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ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 28/09/1990
  • Fecha de publicación: 08/10/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 28/10/1990

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 222.2, sobre características de los documentos de control en soporte electrónico, por Resolución de 22 de mayo de 2023 (Ref. BOE-A-2023-13582).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 33.2, 44.2 y el anexo II.8 y SE AÑADE la disposición final única, por Real Decreto 242/2022, de 5 de abril (Ref. BOE-A-2022-5520).
    • la referencia indicada de los arts. 96.2, 97.4 y 107.3; los arts. 197 a 199 y los anexos I y II, y SE DEJA SIN CONTENIDO el art. 90 bis, por Real Decreto 284/2021, de 20 de abril (Ref. BOE-A-2021-6624).
  • SE DECLARA:
    • la nulidad del art. 119, en la redacción dada por el art. 98 del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por Sentencia del TS de 22 de octubre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-16028).
    • la nulidad del art. 119, en la redacción dada por el art. 2.98 del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por Sentencia del TS de 15 de octubre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-15069).
    • la nulidad del art. 44.2, párrafo 1, en la redacción dada por el art. 2.22 del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por Sentencia del TS de 29 de septiembre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-15068).
    • nulo lo indicado del art. 44, en la redacción dada por el art. 2.22 del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por Sentencia del TS de 28 de septiembre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-13688).
  • SE DICTA EN RELACIÓN con el anexo II y se aplaza la aplicación de los apartados 3, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 hasta el 1 de enero de 2022: Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio (Ref. BOE-A-2020-7432).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD el art. 222, sobre características que deben reunir los documentos de control administrativo en soporte electrónico exigidos en los transportes por carretera: Resolución de 13 de febrero de 2020 (Ref. BOE-A-2020-2571).
  • SE MODIFICA:
    • desde el 18 de diciembre de 2019, el art. 116.4, por Real Decreto 724/2019, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-2019-18017).
    • SE SUPRIME y SE AÑADE determinados preceptos, por Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero (Ref. BOE-A-2019-2289).
  • SE DEROGA el art. 182.2, por Real Decreto-ley 13/2018, de 28 de septiembre (Ref. BOE-A-2018-13179).
  • SE DECLARA la anulación de lo indicado del art. 181.2 en la redacción dada por el Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre, por Sentencia del TS de 4 de junio de 2018 (Ref. BOE-A-2018-10126).
  • SE DEROGA los arts. 181.3 y lo indicado del 182.5, por Decreto-ley 3/2018, de 20 de abril (Ref. BOE-A-2018-5451).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 182.5, sobre transmisión de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor: Real Decreto 1076/2017, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2017-15847).
  • SE MODIFICA los arts. 181 y 182, por Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre (Ref. BOE-A-2015-12574).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 87.3, estableciendo un modelo de contabilidad analítica para empresas contratistas de servicio público de transporte de viajeros: Orden PRE/907/2014, de 29 de mayo (Ref. BOE-A-2014-5826).
    • en materia de transporte sanitario por carretera, por Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio (Ref. BOE-A-2013-8239).
  • SE DEROGA los arts. 52, 53, 73.3 y los títulos VII y VIII, por Ley 9/2013, de 4 de julio (Ref. BOE-A-2013-7320).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • sobre normas de control en relación con los transportes públicos de viajeros por carretera: Orden FOM/1230/2013, de 31 de mayo (Ref. BOE-A-2013-7218).
    • sobre el Documento de control administrativo exigible para el transporte público de mercancías por carretera: Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-154).
  • SE MODIFICA los arts. 135.1 y 137.a), por Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo (Ref. BOE-A-2012-7655).
  • SE DECLARA la nulidad del art. 181.1.a), b) y f), en la redacción dada por el Real Decreto 919/2010, de 16 de julio (Ref. 2010/12534), por Sentencia del TS de 14 de febrero de 2012 (Ref. BOE-A-2012-4022).
  • SE AÑADE el art. 90 bis, por Real Decreto 1387/2011, de 14 de octubre (Ref. BOE-A-2011-17017).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD sobre normas para el ejercicio de funciones por las Juntas Arbitrales de Transporte: Orden FOM/3386/2010, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-20146).
  • SE MODIFICA y se suprime determinados preceptos, por Real Decreto 919/2010, de 16 de julio (Ref. BOE-A-2010-12534).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con los arts. 68 y 69, sobre características técnicas de los vehículos para los servicios públicos regulares: Resolución de 27 de febrero de 2009 (Ref. BOE-A-2009-6345).
    • sobre prestación de caución para personas no residentes en territorio español: Orden FOM/287/2009, de 9 de febrero (Ref. BOE-A-2009-2637).
    • en materia de arrendamiento de vehículos con conductor: Orden FOM/36/2008, de 9 de enero (Ref. BOE-A-2008-1094).
    • en materia de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera: Orden FOM/734/2007, de 20 de marzo (Ref. BOE-A-2007-6514).
  • SE MODIFICA, por Real Decreto 1225/2006, de 27 de octubre (Ref. BOE-A-2006-19826).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 55 y siguientes, regulando el Comité Nacional de Trasportes por Carretera: Orden FOM/1353/2005, de 9 de mayo (Ref. BOE-A-2005-7982).
  • SE MODIFICA el art. 31.1, por Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-21908).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • estableciendo normas de control en relación con los transportes públicos de mercancías por carretera: Orden FOM/0238/2003, de 31 de enero (Ref. BOE-A-2003-2896).
    • con la disposición adicional 11, estableciendo un certificado para conductores de terceros países: Orden FOM/3399/2002, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-539).
    • con la disposición adicional 11, estableciendo normas de control en relación con los transportes públicos de viajeros por carretera: Orden FOM/3398/2002, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-538).
  • SE DEROGA el apartado 9 del art. 28 y se modifican los arts. 28.8, 29.2 y 4, por Real Decreto 366/2002, de 19 de abril (Ref. BOE-A-2002-8737).
  • SE ACTUALIZA, sobre conversión a euros de las cuantías indicadas: Resolución de 22 de octubre de 2001 (Ref. BOE-A-2001-21533).
  • SE DESARROLLA el art. 235, por Orden de 2 de agosto de 2001 (Ref. BOE-A-2001-15668).
  • SE MODIFICA los art. 235, 287.1 y 10, por Real Decreto 780/2001, de 6 de julio (Ref. BOE-A-2001-13864).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • sobre normas para el ejercicio de funciones por las Juntas Arbitrales de Transporte: Orden de 30 de enero de 2000 (Ref. BOE-A-2001-7332).
    • sobre agencias de transporte de mercancías, transitarios y almacenistas-distribuidores: Orden de 21 de julio de 2000 (Ref. BOE-A-2000-14778).
  • SE DESARROLLA el capítulo IV del título IV, por Orden de 4 de abril de 2000 (Ref. BOE-A-2000-6960).
  • SE DEROGA el apartado 5 del art. 288 y se modifican los arts. 33, 37, 38, 40, 53, 118, 125, 127 a 131, 145, 148, 161, a 164 y 197 a 200, por Real Decreto 1830/1999, de 3 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-24068).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD sobre autorizaciones de transportes de mercancías por carretera: Orden de 24 de agosto de 1999 (Ref. BOE-A-1999-18543).
  • SE DESARROLLA:
    • el capítulo I del título II , por Orden de 28 de mayo de 1999 (Ref. BOE-A-1999-13021).
    • el capítulo IV del Título IV, por Orden de 6 de mayo de 1999 (Ref. BOE-A-1999-10735).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • en materia de transporte sanitario por carretera: Orden de 3 de septiembre de 1998 (Ref. BOE-A-1998-21131).
    • sobre arrendamiento de vehículos con conductor: Orden de 30 de julio de 1998 (Ref. BOE-A-1998-19576).
  • SE MODIFICA los arts. 108 y 139, por Real Decreto 927/1998, de 14 de mayo (Ref. BOE-A-1998-12158).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 134.1, sobre características Técnicas, Equipamiento Sanitario y personal de los Vehiculos de Transporte Sanitario: Real Decreto 619/1998, de 17 de abril (Ref. BOE-A-1998-9964).
    • en materia de Autorizaciones de Transporte de mercancías por Carretera: Orden de 23 de julio de 1997 (Ref. BOE-A-1997-17308).
  • SE DESARROLLA el capítulo Primero del título II, por Orden de 23 de julio de 1997 (Ref. BOE-A-1997-17307).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • en materia de Autorizaciones de Transporte Discrecional y privado complementario de Viajeros en Autobus: Orden de 23 de julio de 1997 (Ref. BOE-A-1997-17306).
    • sobre Cooperativas de Transportistas y Sociedades de comercialización: Orden de 23 de julio de 1997 (Ref. BOE-A-1997-17135).
    • sobre Agencias de Transporte de mercancías, Transitarios y Almacenistas Distribuidores: Orden de 23 de julio de 1997 (Ref. BOE-A-1997-17134).
  • SE DEROGA el capítulo III del título IV y se modifican determinados preceptos, por el Real Decreto 1136/1997, de 11 de julio (Ref. BOE-A-1997-16472).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, sobre condiciones Generales de Contratación de los Transportes de mercancías por Carreteras: Orden de 25 de abril de 1997 (Ref. BOE-A-1997-9868).
  • SE DESARROLLA el capítulo IV del título IV, por Orden de 7 de marzo de 1997 (Ref. BOE-A-1997-5408).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • sobre Arrendamiento de Vehiculos sin Conductor: Orden de 20 de julio de 1995 (Ref. BOE-A-1995-18544).
    • con el art. 235, sobre Supresión y protección de Pasos a Nivel: Orden de 1 de diciembre de 1994 (Ref. BOE-A-1994-27472).
  • SE MODIFICA:
    • el capítulo IV del título VI y los arts. 297, 298 y 299, por Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto (Ref. BOE-A-1994-19268).
    • los arts. 174, 175, 176 y 178, por Real Decreto 858/1994, de 29 de abril (Ref. BOE-A-1994-11237).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, estableciendo normas para Transportes Combinados de mercancías entre Estados miembros de la CEE, por Orden de 30 de septiembre de 1993 (Ref. BOE-A-1993-24770).
  • SE DESARROLLA:
    • el capítulo V del título II, por Orden de 14 de septiembre de 1993 (Ref. BOE-A-1993-23154).
    • los arts. 180 a 182, por Orden de 14 de junio de 1993 (Ref. BOE-A-1993-16058).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD art. 200, sobre condiciones Esenciales de las Autorizaciones de Transporte público: Orden de 3 de diciembre de 1992 (Ref. BOE-A-1992-27997).
  • SE DESARROLLA:
    • el capítulo I del Título II, por Orden de 7 de octubre de 1992 (Ref. BOE-A-1992-23130).
    • el capítulo IV del título IV, por Orden de 7 de octubre de 1992 (Ref. BOE-A-1992-23129).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, Excluyendo del régimen de tarifas Obligatorias determinados Transportes públicos: Real Decreto 985/1992, de 31 de julio (Ref. BOE-A-1992-20600).
  • SE DESARROLLA:
    • la sección 1 del capítulo IV del título V, por Orden de 27 de marzo de 1992 (Ref. BOE-A-1992-7719).
    • los arts. 180, 181 y 182, por Orden de 1 de febrero de 1992 (Ref. BOE-A-1992-2755).
    • por Orden de 10 de diciembre de 1991 (Ref. BOE-A-1991-30083).
    • por Orden de 29 de noviembre de 1991 (Ref. BOE-A-1991-30081).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD art. 46, estableciendo la Periodicidad y Plazos de Visado de las Autorizaciones: Orden de 28 de diciembre de 1990 (Ref. BOE-A-1991-1517).
  • SE DESARROLLA:
    • el art. 222, por Orden de 26 de diciembre de 1990 (Ref. BOE-A-1991-350).
    • el art. 222.3, 4 y 5, por Orden de 25 de octubre de 1990 (Ref. BOE-A-1990-26309).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, regulando Distintivos de Vehículos que Realizan Transporte, por Orden de 25 de octubre de 1990 (Ref. BOE-A-1990-26308).
  • SE DESARROLLA el capítulo I del Título II, por Orden de 25 de octubre de 1990 (Ref. BOE-A-1990-26307).

Referencias anteriores

Materias

  • Administración Local
  • Agencias de transportes
  • Agencias de viajes
  • Alquiler de vehículos automóviles
  • Ambulancias
  • Asociaciones
  • Baleares
  • Canarias
  • Circulación vial
  • Código de Comercio
  • Comité Nacional del Transporte por Carretera
  • Comunidades Autónomas
  • Conferencia Nacional de Transportes
  • Consejo Nacional de Transportes Terrestres
  • Construcciones
  • Consumidores y usuarios
  • Cooperativas
  • Cooperativas de trabajo asociado
  • Cooperativas de transportistas
  • Correos y Telecomunicaciones
  • Cuerpo de la Guardia Civil
  • Dirección General de Transportes Terrestres
  • Distribuidores
  • Emigración
  • Empresas
  • Empresas nacionales
  • Estaciones de transporte por carretera
  • Extranjeros
  • Ferrocarriles
  • Ferrocarriles de vía estrecha
  • Ferrocarriles metropolitanos
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
  • Gobiernos civiles
  • Juntas Arbitrales
  • Juntas de Detasas
  • Mercancías
  • Obras
  • Oposiciones y concursos
  • Policía
  • Red Nacional Integrada de Transporte Ferroviario
  • Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte
  • RENFE
  • Seguro obligatorio de viajeros
  • Seguros
  • Tarifas
  • Teleféricos
  • Títulos académicos y profesionales
  • Transporte escolar
  • Transportes terrestres
  • Turismo
  • Vehículos de motor

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