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ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 14/04/1997
  • Fecha de publicación: 15/04/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 05/05/1997
  • Fecha de derogación: 02/10/2016

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, con efectos desde el 2 de octubre de 2016, por Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
  • SE MODIFICA la disposición adicional 10.1, por Ley 11/2015, de 18 de junio (Ref. BOE-A-2015-6789).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • y regula la Biblioteca Nacional de España como organismo autónomo: Ley 1/2015, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-2015-3178).
    • con el art. 40, y se crea el punto nacional de contacto de la OCDE para empresas multinacionales: Orden PRE/2167/2014, de 11 de noviembre (Ref. BOE-A-2014-12022).
  • SE MODIFICA:
    • la disposición adicional 10.1, por Ley 15/2014, de 16 de septiembre (Ref. BOE-A-2014-9467).
    • la disposición adicional 10.1, por Ley 22/2013, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13616).
    • la disposición adicional 10.1, por Ley 19/2013, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-12887).
    • la disposición adicional 10.1, por Ley 3/2013, de 4 de junio (Ref. BOE-A-2013-5940).
    • la disposición adicional 10.1, por Real Decreto-ley 17/2011, de 31 de octubre (Ref. BOE-A-2011-17170).
    • la disposición adicional 10.1, por Ley 34/2011, de 4 de octubre (Ref. BOE-A-2011-15624).
    • la disposición adicional 10.1, por Real Decreto-ley 11/2011, de 26 de agosto (Ref. BOE-A-2011-14221).
    • la disposición adicional 10.1, por Ley 13/2011, de 27 de mayo (Ref. BOE-A-2011-9280).
    • la disposición adicional 10.1, por Ley 7/2010, de 31 de marzo (Ref. BOE-A-2010-5292).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, aprobando el Estatuto del organismo autónomo Cría Caballar de las Fuerzas Armadas : Real Decreto 1664/2008, de 17 de octubre (Ref. BOE-A-2008-17084).
  • SE MODIFICA la disposición adicional 10.1, según redacción dada a la disposición final 2.1 de la Ley 23/2007, de 8 de octubre, por LEY 51/2007, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-22295).
  • SE DEROGA el párrafo 3 de la disposición adicional 4, por Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre (Ref. BOE-A-2007-20636).
  • SE MODIFICA:
    • la disposición adicional 10.1, por Ley 23/2007, de 8 de octubre (Ref. BOE-A-2007-17635).
    • la disposición adicional 10.1, por Ley 15/2007, de 3 de julio (Ref. BOE-A-2007-12946).
    • el art. 43, por Ley 28/2006, de 18 de julio (Ref. BOE-A-2006-13011).
    • la disposición adicional 12, por Ley 17/2006, de 5 de junio (Ref. BOE-A-2006-9958).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • estableciendo el marco general para la mejora de la calidad en la AGE: Real Decreto 951/2005, de 29 de julio 5 (Ref. BOE-A-2005-14836).
    • aprobando el Estatuto del organismo autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el empleo: Real Decreto 868/2005, de 15 de julio (Ref. BOE-A-2005-12752).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 48, 56 y la disposición adicional 12, por Ley 33/2003, de 3 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-20254).
    • el art. 29, por Ley 53/2002, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-25412).
    • el art. 43.3, por Ley 14/2000, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-24357).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 62.3, aprobando el Estatuto de la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado: Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-727).
    • con el art. 66.1, sobre criterios de imágen institucional, producción documental y material impreso de la Administración: Real Decreto 1465/1999 de 17 de septiembre (Ref. BOE-A-1999-19277).
    • regulando las cartas de servicios y los premios a la calidad: Real Decreto 1259/1999, de 16 de julio (Ref. BOE-A-1999-17134).
    • con el art. 62.2, regulando el contenido del plan inicial de actuación de los organismos públicos: Real Decreto 1162/1999, de 2 de julio (Ref. BOE-A-1999-15354).
    • sobre adaptación del Instituto de Crédito Oficial: Real Decreto 706/1999 de 30 de abril (Ref. BOE-A-1999-10738).
    • sobre adaptación de diversos organismos autónomos: Real Decreto 432/1999, de 12 de marzo (Ref. BOE-A-1999-6807).
    • sobre adaptación de diversas entidades de derecho público: Real Decreto 370/1999 de 5 de marzo (Ref. BOE-A-1999-6225).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 12, 13 y la disposición adicional 10 , por Ley 50/1998, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-30155).
    • el párrafo primero de la disposición adicional décima.1, por Ley 34/1998 de 7 de octubre (Ref. BOE-A-1998-23284).
    • la disposición adicional octava, por Ley 20/1998 de 1 de julio (Ref. BOE-A-1998-15583).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con la disposición adicional 11, aprobando el Estatuto de la Entidad Publica Empresarial Correos y Telegrafos: Real Decreto 176/1998, de 16 de febrero (Ref. BOE-A-1998-3823).
    • sobre Integración de servicios Perifericos y de Estructura de las Delegaciones del Gobierno: Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-1997-18548).
    • sobre Subdelegados de Gobierno y Directores Insulares: Real Decreto 617/1997, de 25 de abril (Ref. BOE-A-1997-9547).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • disposición adicional 9 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
    • arts. 4 y 6, apartados 1.B) y 5 de la Ley General presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
    • la Ley 17/1983, de 16 de noviembre (Ref. BOE-A-1983-31091).
    • la Ley 10/1983, de 16 de agosto, Manteniendo su vigencia los arts. 1.1, 2 a 6 y 10.1 (Ref. BOE-A-1983-22148).
    • Ley de Régimen Jurídico de las entidades Estatales Autónomas, de 26 de diciembre de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-19543).
    • con la excepción indicada la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, texto refundido aprobado por Decreto de 26 de julio de 1957 (Ref. BOE-A-1957-10111).
    • con la excepción indicada y DECLARA la vigencia con carácter reglamentario de los arts. 31 a 33, 34.1 y 36 a 39 de la Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Ref. BOE-A-1958-11341).
  • MODIFICA el art. 29.2 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto (Ref. BOE-A-1984-17387).
  • DECLARA la vigencia de los arts. 49 a 53 de la Ley de Conflictos Jurisdiccionales, de 17 de julio de 1948 (Ref. BOE-A-1948-7492).
  • CITA:
    • Ley 13/1995, de 18 de mayo (Ref. BOE-A-1995-11825).
    • Ley 23/1992, de 30 de julio (Ref. BOE-A-1992-18489).
    • Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero (Ref. BOE-A-1992-4252).
    • Ley 31/1990, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1990-31180).
    • Ley sobre Tráfico, circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, texto articulado aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo (Ref. BOE-A-1990-6396).
    • Ley Orgánica 1/1984, de 5 de enero (Ref. BOE-A-1984-415).
    • Ley 12/1983, de 14 de octubre (Ref. BOE-A-1983-27280).
    • Ley sobre procedimiento Economico-Administrativo, texto articulado aprobado por Real Decreto Legislativo 2795/1980, de 12 de diciembre (Ref. BOE-A-1980-27974).
    • Ley Orgánica 6/1980, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1980-14755).
    • Ley 230/1963, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1963-22706).

Materias

  • Administración del Estado en el Exterior
  • Administración General del Estado
  • Conflictos de Atribuciones
  • Correos y Telégrafos
  • Delegación de atribuciones
  • Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas
  • Direcciones Insulares
  • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
  • Entidades Públicas Empresariales
  • Función Pública
  • Gobiernos civiles
  • Organismos autónomos
  • Organización de la Administración del Estado
  • Órganos colegiados
  • Procedimiento administrativo
  • Régimen Jurídico de la Administración del Estado
  • Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas

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