en el Recurso 1828/2021, su desestimación en relación con determinados preceptos, por Sentencia 49/2023, de 10 de mayo (Ref. BOE-A-2023-13960).
en el Recurso 1760/2021, su desestimación en relación a determinados preceptos en la redacción dada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por Sentencia 34/2023, de 18 de abril (Ref. BOE-A-2023-12076).
SE DICTA EN RELACIÓN y se regula la aplicación, en la redacción dada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, de las enseñanzas artísticas y deportivas: Real Decreto 628/2022, de 26 de julio (Ref. BOE-A-2022-12503).
SE DICTA DE CONFORMIDAD y se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato: Real Decreto 243/2022, de 5 de abril (Ref. BOE-A-2022-5521).
SE MODIFICA el art. 95 y las disposiciones adicionales 7 y 9, por Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo (Ref. BOE-A-2022-5139).
SE DICTA DE CONFORMIDAD:
y se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria: Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo (Ref. BOE-A-2022-3296).
y se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional: Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-18812).
SE CORRIGEN errores de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, en BOE núm. 46 de 23 de febrero de 2021 (Ref. BOE-A-2021-2761).
SE MODIFICA, SE AÑADE y SE SUPRIME determinados preceptos, por Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-17264).
SE DICTA EN RELACIÓN la supresión de lo indicado de los arts. 21, 29 y se establecen medidas educativas en el ámbito de la enseñanza no universitaria y la formación profesional: Real Decreto-ley 31/2020, de 29 de septiembre (Ref. BOE-A-2020-11417).
SE MODIFICA el art. 2.1, por Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-16673).
SE DECLARA:
en el Recurso 1433/2014, la inadmisión de adhesión del Parlamento de Navarra y la desestimación en relación a determinados preceptos, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, por Sentencia 53/2018, de 24 de mayo (Ref. BOE-A-2018-8572).
en el Recurso 1377/2017, la inconstitucionalidad y nulidad de lo indicado de la disposición adicional 38.4 c, con los efectos del fj 11 c), la disposición final 5, según el fj 14, y la disposición final 7 bis, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, por Sentencia 14/2018, de 20 de febrero (Ref. BOE-A-2018-4146).
SE DICTA DE CONFORMIDAD:
con los arts. 59 a 62, y establece las exigencias, los currículos básicos y las equivalencias de las enseñanzas de idiomas: Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2017-15367).
y regula las evaluaciones finales de ESO y Bachillerato: Real Decreto 310/2016, de 29 de julio (Ref. BOE-A-2016-7337).
SE MODIFICA los arts. 84.2 y 87.2, por Ley 26/2015, de 28 de julio (Ref. BOE-A-2015-8470).
SE DICTA DE CONFORMIDAD:
desarrollando disposiciones relativas a la docencia: Real Decreto 665/2015, de 17 de julio (Ref. BOE-A-2015-8043).
la disposición adicional 35, sobre competencias, contenidos y criterios de evaluación de la educación primaria, secundaria obligatoria y el bachillerato, por Orden ECD/65/2015, de 21 de enero (Ref. BOE-A-2015-738).
el art. 134.1.c) desarrollando las características del curso de formación y de actualización: Real Decreto 894/2014, de 17 de octubre (Ref. BOE-A-2014-11494).
con la disposición adicional 38, regulando los procedimientos administrativos relativos al reconocimiento de la compensación de los costes de escolarización: Real Decreto 591/2014, de 11 de julio (Ref. BOE-A-2014-8137).
con el art. 3.10, sobre aspectos de la formación profesional básica y sus títulos académicos: Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2014-2360).
SE MODIFICA y SE AÑADE determinados preceptos y SE SUPRIME la disposición transitoria 19, por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-12886).
SE DICTA DE CONFORMIDAD regulando actividades de formación permanente del profesorado: Orden EDU/2886/2011, de 20 de octubre (Ref. BOE-A-2011-16923).
SE MODIFICA:
con los efectos indicados, los arts. 25, 30, 31 y la disposición final 1, por Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo (Ref. BOE-A-2011-4551).
los arts. 37, 39, 41 y 44, por Ley 2/2011, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2011-4117).
SE DICTA DE CONFORMIDAD:
con el art. 94, sobre condiciones de formación del profesorado de los centros privados de educación secundaria obligatoria o bachillerato: Real Decreto 860/2010, de 2 de julio (Ref. BOE-A-2010-11426).
sobre el cálculo de la nota media de las credenciales de convalidación/homologación de estudios y títulos extranjeros con el bachiller: Resolución de 29 de abril de 2010 (Ref. BOE-A-2010-7331).
con el art. 6.5, sobre expedición de títulos académicos y profesionales: Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-20651).
con el art. 84.1, regulando la admisión de los alumnos en centros públicos y privados concertados: Real Decreto 1635/2009, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2009-17431).
con el art. 58, estableciendo la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores: Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre (Ref. BOE-A-2009-17005).
con los arts. 91 a 99 y la disposición adicional 7, sobre condiciones de formación y especialidades de cuerpos docentes: Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-2008-19174).
los arts. 6.2 y 34.3, fijando las enseñanzas mínimas y la estructura del bachillerato: Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre (Ref. BOE-A-2007-19184).
con la disposición adicional 3.2, regulando la relación laboral de los profesores de religión: Real Decreto 696/2007, de 1 de junio (Ref. BOE-A-2007-11450).
estableciendo la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño: Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo (Ref. BOE-A-2007-10487).
con el art. 45, regulando el Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas: Real Decreto 365/2007, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-2007-7115).
con el art. 121.2, creando el Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar: Real Decreto 275/2007, de 23 de febrero (Ref. BOE-A-2007-5441).
con la disposición adicional 6, aprobando el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes: Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (Ref. BOE-A-2007-4372).
el art. 48.2, fijando los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de danza: Real Decreto 85/2007, de 26 de enero (Ref. BOE-A-2007-2956).
con el art. 48.2, regulando los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de música: Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-1221).
estableciendo las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria: Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre de 2006 (Ref. BOE-A-2007-238).
los arts. 6.4 y 14.7, estableciendo las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de educación infantil: Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-185).
con los arts. 59 a 62, fijando los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial: Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-184).
con el art. 6.2, estableciendo las enseñanzas mínimas de educación primaria: Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre de 2006 (Ref. BOE-A-2006-21409).
con la disposición adicional 1, estableciendo el calendario de aplicación: Real Decreto 806/2006, de 30 de junio (Ref. BOE-A-2006-12687).
Referencias anteriores
DEROGA:
Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-25037).
Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre (Ref. BOE-A-1995-25202).