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Boletín Oficial del Estado: sábado 29 de diciembre de 1979, Núm. 312

Sumario BOE-S-1979-312:

I. Disposiciones generales

PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

Inversiones españolas en el extranjero

MINISTERIO DE HACIENDA

Impuesto sobre los Rendimientos del Trabajo Personal
  • Orden de 3 de diciembre de 1979 por la que se interpreta el número 6 del artículo 5.º del texto refundido del Impuesto sobre los Rendimientos del Trabajo Personal, en relación a los miembros del Benemérito Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria.

Obligaciones tributarias
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades
Impuesto extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Productos petrolíferos

MINISTERIO DEL INTERIOR

Policía Nacional. Circunscripciones

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

Organización

MINISTERIO DE TRABAJO

Organización

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

Centros para el Desarrollo Tecnológico Industrial

MINISTERIO DE COMERCIO Y TURISMO

Arancel de Aduanas
  • Real Decreto 2871/1979, de 17 de diciembre, por el que se suspende la aplicación de los derechos arancelarios establecidos en la partida 07.01 A-1-b a la importación de patatas de siembra en las islas Baleares.

  • Real Decreto 2872/1979, de 17 de diciembre, por el que se prorroga la suspensión parcial de derechos arancelarios correspondientes al capítulo 41 del Arancel de Aduanas (Pieles y cueros), así como a determinadas partidas de los capítulos 42 (Manufacturas de cuero...) y 64 (Calzado...).

MINISTERIO DE ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL

Baleares. Consejo General Interinsular y Consejos Insulares
  • Real Decreto 2873/1979, de 17 de diciembre, sobre distribución de competencias de la extinguida Diputación Provincial de Baleares entre los Consejos Insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza-Formentera y el Consejo General Interinsular.

Consejo Regional de Asturias. Transferencia de competencias
  • Real Decreto 2874/1979, de 17 de diciembre, sobre transferencias de competencias de la Administración del Estado al Consejo Regional de Asturias en materia de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, urbanismo, agricultura, ferias interiores, turismo, transportes, administración local, cultura y sanidad.

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