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Documento BOE-A-1979-30591

Orden de 21 de diciembre de 1979, aclaratoria de la deducción por razón de hijos en el Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 29 de diciembre de 1979, páginas 29809 a 29809 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-30591
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/12/21/(2)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

La Orden de 14 de enero de 1978, que desarrolla la ley 50/1977, de 14 de noviembre, sobre medidas urgentes de reforma fiscal, establecida en el numero 13 la deducción de 500.000 pesetas de la base imponible, para determinar la liquidable, en el Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas, por razón de cada hijo menor de veinticinco años con derecho a desgravación en el Impuesto General sobre la Renta de las Personas Físicas, elevando dicha cantidad a la de un millón de pesetas por cada hijo invidente o gran mutilado o gran inválido, física o mentalmente o subnormal, con dicho derecho o desgravación.

Desaparecido el Impuesto General sobre la Renta de las Personas Físicas en virtud de la Ley 44/1978, de 8 de septiembre, y vigente el Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio, es preciso aclarar las expresiones de aquella norma.

En virtud de ello y de lo dispuesto en el articulo 18 de la Ley General Tributaria de 28 de diciembre de 1963, este Ministerio se ha servido aclarar lo siguiente:

Las deducciones por razón de hijos en la base imponible del Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio De Las Personas Físicas, a que alude el numero 13 de la Orden de 14 de enero de 1978, por la que se regula dicho impuesto, se entenderán referidas al hijo menor de veinticinco años, o hijo invidente, gran mutilado o gran inválido física o mentalmente o subnormal, que tengan derecho a deducción en la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 21 de diciembre de 1979.

GARCIA AÑOVEROS

Ilmo. Sr. Director general de Tributos. 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 21/12/1979
  • Fecha de publicación: 29/12/1979
Referencias anteriores
  • INTERPRETA la Deducción Prevista en el Número 13 de la Orden de 14 de enero de 1978 (Ref. BOE-A-1978-1325).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 18 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1963-22706).
  • CITA:
Materias
  • Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas

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