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Legislación consolidada

ANÁLISIS

  • Rango: Ley Orgánica
  • Fecha de disposición: 27/04/2012
  • Fecha de publicación: 30/04/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 01/05/2012
  • Entrada en vigor, con la salvedad indicada, el 1 de mayo de 2012.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEJA SIN EFECTO la prórroga de la disposición adicional 6, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, por Resolución de 10 de septiembre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-10491).
  • SE PRORROGA:
    • para 2020, la aplicación de la disposición adicional 6, por Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto (Ref. BOE-A-2020-9131).
    • para 2019, la aplicación de la disposición adicional 6, por Real Decreto-ley 10/2019, de 29 de marzo (Ref. BOE-A-2019-4669).
    • para 2018, la aplicación de la disposición adicional 6, por Real Decreto-ley 1/2018, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-2018-4152).
    • para el año 2017, la aplicación de la disposición adicional 6, por Ley 3/2017, de 27 de junio (Ref. BOE-A-2017-7387).
  • SE AÑADE la disposición adicional 7, por Ley Orgánica 1/2016, de 31 de octubre (Ref. BOE-A-2016-10025).
  • SE PRORROGA para el año 2016, la aplicación de la disposición adicional 6, por Ley 48/2015, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11644).
  • SE MODIFICA arts. 4.3, 18.1 y 4, 20.1 y la disposición adicional 1, por Ley Orgánica 6/2015, de 12 de junio (Ref. BOE-A-2015-6517).
  • SE DECLARA en el Recurso 557/2013, su desestimación, por Sentencia 215/2014, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-2015-1011).
  • SE PRORROGA, para el año 2015, la aplicación de la disposición adicional 6, por Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-13613).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • sobre instrumentos operativos de las TIC en la Administración del Estado y sus organismos públicos: Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre (Ref. BOE-A-2014-9741).
    • sobre creación de la Central de Información económico-financiera de las Administraciones Públicas y regulación de la remisión de información por el Banco de España y las entidades financieras al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas: Real Decreto 636/2014, de 25 de julio (Ref. BOE-A-2014-8133).
    • desarrollando la metodología de cálculo de pago a proveedores de las Administraciones Públicas, condiciones y procedimiento de retención de recursos: Real Decreto 635/2014, de 25 de julio (Ref. BOE-A-2014-8132).
  • SE MODIFICA:
    • determinados preceptos y SE AÑADE las disposiciones adicionales 5 y 6, por Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13425).
    • los arts. 16, 17.1 y 2 y 23.1, por Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre (Ref. BOE-A-2013-11935).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • la disposición adicional 2, regulando el procedimiento para determinar la responsabilidad por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea: Real Decreto 515/2013, de 5 de julio (Ref. BOE-A-2013-7385).
    • las disposiciones transitoria 2 y final 3, sobre desarrollo metodológico: Orden ECC/2741/2012, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-15499).
    • el art. 6, desarrollando las obligaciones de suministro de información: Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2012-12423).
  • SE MODIFICA las disposiciones adicional 1 y transitoria 4 y SE AÑADE la disposición adicional 4, por Ley Orgánica 4/2012, de 28 de septiembre (Ref. BOE-A-2012-12192).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD sobre medidas de liquidez de las Administraciones públicas y en el ámbito financiero: Real Decreto-ley 21/2012, de 13 de julio (Ref. BOE-A-2012-9365).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • Ley General de Estabilidad Presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-22528).
    • Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-2001-23632).
  • MODIFICA los arts. 11.f) y j), 12.1 y 19.g) y AÑADE las disposiciones adicionales 7 y 8 a la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre (Ref. BOE-A-1980-21166).

Materias

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