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Documento BOE-A-2026-14333

Real Decreto 535/2026, de 30 de junio, por el que se modifican los reales decretos por los que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como el Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, y el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión.

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 2 de julio de 2026, páginas 91325 a 91363 (39 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Referencia:
BOE-A-2026-14333
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2026/06/30/535

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, determina que las enseñanzas deportivas se organizan en ciclos que, a su vez, se estructuran en módulos agrupados en bloque común y bloque específico. Los módulos de enseñanza deportiva que conforman el bloque común están constituidos por la formación asociada a las competencias profesionales que, en el caso de los títulos de Técnico Deportivo Superior, soportan los procesos de «tecnificación deportiva» y «alto rendimiento», independientemente de la modalidad o especialidad deportiva, así como de aquellos objetivos propios de las enseñanzas deportivas.

Conforme a lo previsto en el citado real decreto, las enseñanzas mínimas de los módulos del bloque común de los títulos de Técnico Deportivo Superior regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, aparecen desarrolladas, por primera vez, en el Real Decreto 934/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en hípica y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. Dichos módulos se han venido replicando de manera coincidente en todas las normas que han establecido los diferentes títulos de Técnico Deportivo Superior.

Transcurrida más de una década desde la primera publicación de los módulos comunes de enseñanza deportiva, resulta necesario actualizar los referidos módulos para adecuarlos, por un lado, a las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, en relación con las figuras del entrenador y entrenadora como agentes de prevención, y por otro, a las novedades en la regulación del sistema deportivo previstas en la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, sin que ello constituya un desarrollo de la misma. Asimismo, la evolución conceptual, procedimental y tecnológica del deporte, los cambios en el alto rendimiento deportivo y en las funciones de los entrenadores y las entrenadoras, así como los avances en deporte femenino y en deporte para personas con discapacidad exigen la actualización de las enseñanzas mínimas y de la denominación de algunas especializaciones de los títulos de Técnico Deportivo Superior.

Por ello, procede modificar los reales decretos que establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, adecuando los resultados de aprendizaje, los criterios de evaluación y los contenidos básicos de los módulos de enseñanza deportiva del bloque común, así como la denominación y el número de las especializaciones, al ordenamiento jurídico, a las exigencias de la sociedad actual y a las recomendaciones contenidas en el Libro blanco del deporte para personas con discapacidad en España.

Por otra parte, también se modifica el artículo 23.4 del Real Decreto 243/2022, de 5 abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, y el artículo 23.2 del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión, para incluir el cálculo de la calificación final del título de Bachiller y la calificación de acceso a la universidad de quienes hayan obtenido la homologación o declaración de equivalencia a efectos académicos de otros estudios.

Este real decreto se ajusta a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En primer lugar, se ajusta al principio de necesidad, ya que se trata de una norma que persigue el interés general al incorporar, por un lado, los últimos avances en materia de deporte, entrenamiento, alto rendimiento, igualdad de género y acceso a la práctica deportiva de las personas con discapacidad en la formación de los futuros técnicos deportivos superiores, y, por otro lado, al recoger en la normativa vigente el cálculo de la nota media del título de Bachiller y la calificación de acceso a la universidad en el caso de homologación o declaración de equivalencia a efectos académicos de otros estudios. Asimismo, la modificación simultánea de varios reales decretos que establecen títulos de Técnico Deportivo Superior responde al principio de eficacia, ya que permite garantizar una aplicación efectiva, homogénea y coordinada en todo el territorio nacional, sin que exista otro instrumento más idóneo para lograr estos fines. De acuerdo con el principio de proporcionalidad, la regulación que esta norma contiene es la imprescindible para garantizar su finalidad, ya que actualiza los resultados de aprendizaje, los criterios de evaluación y los contenidos básicos de los módulos de enseñanza deportiva del bloque común de los ciclos conducentes a los títulos de Técnico Deportivo Superior regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, respetando los perfiles profesionales y objetivos generales actualmente en vigor. De igual forma contiene los cambios imprescindibles en el Real Decreto 243/2022, de 5 abril, y en el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, para determinar el cálculo de la nota media del título de Bachiller y la calificación de acceso a la universidad en el caso de homologación o declaración de equivalencia a efectos académicos de otros estudios. Asimismo, conforme a los principios de seguridad jurídica y eficiencia, resulta coherente con el ordenamiento jurídico al adecuar la normativa que regula los títulos mencionados a las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, y la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, así como al incluir en el Real Decreto 243/2022, de 5 abril, y en el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, el cálculo de la calificación final del título de Bachiller y la calificación de acceso a la universidad de quienes hayan obtenido la homologación o declaración de equivalencia a efectos académicos de otros estudios y no impone cargas administrativas innecesarias o accesorias a los ciudadanos. Cumple también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su propósito y, durante el procedimiento de elaboración de la norma, se ha permitido la participación activa de sus potenciales destinatarios y destinatarias a través de los trámites de consulta pública previa y de audiencia e información pública. Además, y tal como prevé el artículo 129.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se ha posibilitado el acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor y a los documentos propios del proceso de elaboración de la norma.

Este real decreto utiliza un lenguaje inclusivo de acuerdo con el artículo 14.11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, respetando también la técnica normativa que desaconseja modificar solo disposiciones puntuales de una norma más amplia por razones de coherencia interna. Ello no obsta a que en su momento se emprenda una completa revisión del lenguaje inclusivo en el conjunto de las normas ahora modificadas.

El presente real decreto se dicta al amparo del mismo título competencial que los reales decretos a los que modifica, esto es, el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado las competencias para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución Española, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, procede en este caso establecer la extensión del carácter básico a una norma reglamentaria, ya que, conforme a la excepcionalidad admitida por dicho tribunal, entre otras, en las STC 25/1983, de 7 de abril, 32/1983, de 28 de abril, y 48/1988, de 22 de marzo, «resulta complemento indispensable en determinados supuestos para asegurar el mínimo común denominador establecido en las normas legales básicas».

Asimismo, la norma responde a las habilitaciones legales contenidas en los artículos 64 y 65 de Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, que facultan al Gobierno para establecer las titulaciones correspondientes a los estudios de enseñanzas deportivas, los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas y los requisitos mínimos de los centros en los que podrán impartirse las enseñanzas respectivas, así como a regular el régimen de convalidaciones y equivalencias entre las enseñanzas deportivas y el resto de enseñanzas y estudios oficiales.

En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las comunidades autónomas en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, y han emitido informe el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de junio de 2026,

DISPONGO:

CAPÍTULO I
Modificación de los reales decretos por los que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
Artículo primero. Modificación del Real Decreto 934/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en hípica y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 934/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en hípica y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:

Uno. La letra d) del artículo 4.1 queda redactado del siguiente modo:

«d) Entrenamiento ecuestre de personas con discapacidad de alto rendimiento.»

Dos. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:

«a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “Anexo II.a Objetivos generales”.

b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento Código: MED-C301” pasa a integrar el “Anexo II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301” y su contenido se sustituye por el del anexo I de este real decreto.

c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento Código MED-C302” pasa a integrar el “Anexo II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302” y su contenido se sustituye por el del anexo II de este real decreto.

d) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos Código MED-C303” pasa a integrar el “Anexo II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303” y su contenido se sustituye por el del anexo III de este real decreto.

e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento deportivo. Código: MED-C304” pasa a integrar el “Anexo II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304” y su contenido se sustituye por el del anexo IV de este real decreto.

f) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación y programación del alto rendimiento en hípica Código: MED-HIHI302” pasa a integrar el “Anexo II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación y programación del alto rendimiento en hípica. Código: MED-HIHI302”.

g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del jinete o la amazona Código: MED-HIHI303” pasa a integrar el “Anexo II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del jinete o la amazona. Código: MED-HIHI303”.

h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento deportivo/condicional del caballo de ARD Código: MED-HIHI304” pasa a integrar el “Anexo II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento deportivo/condicional del caballo de ARD. Código: MED-HIHI304”.

i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección y gestión de un centro ecuestre Código: MED-HIHI305” pasa a integrar el “Anexo II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección y gestión de un centro ecuestre. Código: MED-HIHI305”.

j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento técnico-táctica en hípica Código: MED-HIHI306” pasa a integrar el “Anexo II.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento técnico táctico en hípica. Código: MED-HIHI306”.

k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección técnica en competiciones hípicas de ARD Código: MED-HIHI307” pasa a integrar el “Anexo II.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección técnica en competiciones hípicas de ARD. Código: MED-HIHI307”.

l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización y gestión de competiciones hípicas de ARD Código: MED-HIHI308” pasa a integrar el “Anexo II.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización y gestión de competiciones hípicas de ARD. Código: MED-HIHI308”.

m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Proyecto Código: MED-HIHI309” pasa a integrar el “Anexo II.m Módulo de enseñanza deportiva: Proyecto. Código: MED-HIHI309”.

n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica Código: MED-HIHI310” pasa a integrar el “Anexo II.n Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-HIHI310”.»

Artículo segundo. Modificación del Real Decreto 936/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en vela con aparejo fijo y Técnico Deportivo Superior en vela con aparejo libre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 936/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en vela con aparejo fijo y Técnico Deportivo Superior en vela con aparejo libre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:

Uno. La letra a) del artículo 4.1 queda redactado del siguiente modo:

«a) Vela con aparejo fijo de personas con discapacidad.»

Dos. La letra b) del artículo 4.2 queda redactado del siguiente modo:

«b) Vela con aparejo libre de personas con discapacidad.»

Tres. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:

«a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “Anexo II.a Objetivos generales”.

b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento Código: MED-C301” pasa a integrar el “Anexo II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301” y su contenido se sustituye por el del anexo I de este real decreto.

c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código MED-C302” pasa a integrar el “Anexo II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302” y su contenido se sustituye por el del anexo II de este real decreto.

d) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Nivel: Ciclo de Grado Superior. Código MED-C303” pasa a integrar el “Anexo II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303” y su contenido se sustituye por el del anexo III de este real decreto.

e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código MED-C304” pasa a integrar el “Anexo II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código MED-C304” y su contenido se sustituye por el del anexo IV de este real decreto.

f) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de competiciones de alto nivel y grandes eventos a vela con AF y AL Código MED-VEVE301” pasa a integrar el “Anexo II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de competiciones de alto nivel y grandes eventos a vela con AF y AL. Código: MED-VEVE301”.

g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad de las instalaciones y las regatas de alto nivel con AF y AL Código: MED-VEVE302” pasa a integrar el “Anexo II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad de las instalaciones y las regatas de alto nivel con AF y AL. Código: MED-VEVE302”.

h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización y gestión del centro deportivo de vela con AF y AL Código: MED-VEVE303” pasa a integrar el “Anexo II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización y gestión del centro deportivo de vela con AF y AL. Código: MED-VEVE303”.

i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Análisis de situaciones tácticas en la competición de alto rendimiento Código: MED-VEVE304” pasa a integrar el “Anexo II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Análisis de situaciones tácticas en la competición de alto rendimiento con AF y AL. Código: MED-VEVE304”.

j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Medios audiovisuales y electrónicos a utilizar durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento Código: MED-VEVE305” pasa a integrar el “Anexo II.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Medios audiovisuales y electrónicos a utilizar durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento con AF y AL. Código: MED-VEVE305”.

k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del regatista Código: MED-VEVE306” pasa a integrar el “Anexo II.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del regatista. Código: MED-VEVE306”.

l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección técnica durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento en vela con AF Código: MED-VEAF307” pasa a integrar el “Anexo II.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección técnica durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento en vela con AF. Código: MED-VEAF307”.

m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación y programación del alto rendimiento en vela con AF Código: MED-VEAF308” pasa a integrar el “Anexo II.m Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación y programación del alto rendimiento en vela con AF. Código: MED-VEAF308”.

n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Puesta a punto del material de AF de alto rendimiento Código: MED-VEAF309” pasa a integrar el “Anexo II.n Módulo específico de enseñanza deportiva: Puesta a punto del material de AF de alto rendimiento. Código: MED-VEAF309”.

ñ) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica Código: MED-VEAF310” pasa a integrar el “Anexo II.ñ Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-VEAF310”.

o) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Proyecto final Código: MED-VEAF311” pasa a integrar el “Anexo II.o Módulo de enseñanza deportiva: Proyecto final. Código: MED-VEAF311”.»

Cuatro. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:

«a) El actual contenido de los “Objetivos generales” pasa a integrar el “Anexo III.a Objetivos generales”.

b) Se suprime el siguiente párrafo:

“Los módulos citados a continuación, tanto comunes como específicos, se comparten entre el ciclo de grado superior en vela con aparejo fijo y el ciclo de grado superior en vela con aparejo libre, y están desarrollados, en su totalidad dentro del anexo II:”

c) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código MED-C301” pasa a integrar el “Anexo III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301 está desarrollado en el anexo II.b.”.

d) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código MED-C302” pasa a integrar el “Anexo III.c Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302 está desarrollado en el anexo II.c.”.

e) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código MED-C303” pasa a integrar el “Anexo III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303 está desarrollado en el anexo II.d.”.

f) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento deportivo. Código: MED-C304” pasa a integrar el “Anexo III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304 está desarrollado en el anexo II.e.”.

g) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de competiciones de alto nivel y grandes eventos a vela con AF y AL. Código MED-VEVE301” pasa a integrar el “Anexo III.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de competiciones de alto nivel y grandes eventos a vela con AF y AL. Código: MED-VEVE301” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de competiciones de alto nivel y grandes eventos a vela con AF y AL. Código: MED-VEVE301, está desarrollado en el anexo II.f.”.

h) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad de las instalaciones y las regatas de alto nivel con AF y AL. Código MED-VEVE302” pasa a integrar el “Anexo III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad de las instalaciones y las regatas de alto nivel con AF y AL. Código: MED-VEVE302” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad de las instalaciones y las regatas de alto nivel de AF y AL. Código: MED-VEVE302, está desarrollado en el anexo II.g.”.

i) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización y gestión del centro deportivo de vela con AF y AL. Código MED-VEVE303” pasa a integrar el “Anexo III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización y gestión del centro deportivo de vela con AF y AL. Código: MED-VEVE303” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Organización y gestión del centro deportivo de vela con AF y AL. Código: MED-VEVE303, está desarrollado en el anexo II.h.”.

j) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Análisis de situaciones tácticas en la competición de alto rendimiento. Código MED-VEVE304” pasa a integrar el “Anexo III.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Análisis de situaciones tácticas en la competición de alto rendimiento con AF y AL. Código: MED-VEVE304” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Análisis de situaciones tácticas en la competición de alto rendimiento con AF y AL. Código: MED-VEVE304, está desarrollado en el anexo II.i.”.

k) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Medios audiovisuales y electrónicos a utilizar durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento con AF y AL. Código MED-VEVE305” pasa a integrar el “Anexo III.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Medios audiovisuales y electrónicos a utilizar durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento con AF y AL. Código: MED-VEVE305” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Medios audiovisuales y electrónicos a utilizar durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento con AF y AL. Código: MED-VEVE305, está desarrollado en el anexo II.j.”.

l) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del regatista. Código MED-VEVE306.” pasa a integrar el “Anexo III.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del regatista. Código: MED-VEVE306.” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del regatista. Código: MED-VEVE306, está desarrollado en el anexo II.k.”.

m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección técnica durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento en vela con AL Código MED-VEAL312.” pasa a integrar el “Anexo III.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección técnica durante el entrenamiento y la competición de alto rendimiento en vela con AL. Código: MED-VEAL312”.

n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación y programación del alto rendimiento en vela con AL Código MED-VEAL313.” pasa a integrar el “Anexo III.m Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación y programación del alto rendimiento en vela con AL. Código: MED-VEAL313”.

ñ) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Puesta a punto del material de AL de alto rendimiento Código MED-VEAL314.” pasa a integrar el “Anexo III.n Módulo específico de enseñanza deportiva: Puesta a punto del material de AL de alto rendimiento. Código: MED-VEAL314”.

o) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica Código MED-VEAL315.” pasa a integrar el “Anexo III.ñ Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-VEAL315”.

p) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Proyecto final Código MED-VEAL316.” pasa a integrar el “Anexo III.o Módulo de enseñanza deportiva: Proyecto final. Código: MED-VEAL316”.»

Artículo tercero. Modificación del Real Decreto 705/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 705/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:

Uno. Se incorpora el apartado i) del artículo 4.1 con el siguiente redactado:

«i) Judo de personas con discapacidad.»

Dos. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:

«a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “Anexo II.a Objetivos generales”.

b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento Código: MED-C301” pasa a integrar el “Anexo II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301” y su contenido se sustituye por el del anexo I de este real decreto.

c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código MED-C302” pasa a integrar el “Anexo II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302” y su contenido se sustituye por el del anexo II de este real decreto.

d) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código MED-C303” pasa a integrar el “Anexo II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303” y su contenido se sustituye por el del anexo III de este real decreto.

e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento deportivo. Código: MED-C304” pasa a integrar el “Anexo II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304” y su contenido se sustituye por el del anexo IV de este real decreto.

f) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación y programación del alto rendimiento en judo Código: MED-JUJU-301” pasa a integrar el “Anexo II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación y programación del alto rendimiento en judo. Código: MED-JUJU301”.

g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento en judo y defensa personal de alto rendimiento. Código: MED-JUJU302” pasa a integrar el “Anexo II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento en judo y defensa personal de alto rendimiento. Código: MED-JUJU302”.

h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: La competición en judo Código: MED-JUJU303” pasa a integrar el “Anexo II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: La competición en judo. Código: MED-JUJU303”.

i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización y gestión del club de judo Código: MED-JUJU304” pasa a integrar el “Anexo II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización y gestión del club de judo. Código: MED-JUJU304”.

j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Enseñanza del judo y defensa personal Código: MED-JUJU305” pasa a integrar el “Anexo II.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Enseñanza del judo y defensa personal. Código: MED-JUJU305”.

k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Proyecto final Código: MEDJUJU306” pasa a integrar el “Anexo II.k Módulo de enseñanza deportiva: Proyecto. Código: MED-JUJU306”.

l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MEDJUJU307” pasa a integrar el “Anexo II.l Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-JUJU307”.»

Artículo cuarto. Modificación del Real Decreto 879/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Salvamento y Socorrismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 879/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Salvamento y Socorrismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:

Uno. La letra a) del artículo 4.1 queda redactado del siguiente modo:

«a) Salvamento y socorrismo para personas con discapacidad.»

Dos. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:

«a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “Anexo II.a Objetivos generales”.

b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento Código: MED-C301” pasa a integrar el “Anexo II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301” y su contenido se sustituye por el del anexo I de este real decreto.

c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento Código: MED-C302” pasa a integrar el “Anexo II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302” y su contenido se sustituye por el del anexo II de este real decreto.

d) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos Código: MED-C303” pasa a integrar el “Anexo II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303” y su contenido se sustituye por el del anexo III de este real decreto.

e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento deportivo Código: MED-C304” pasa a integrar el “Anexo II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304” y su contenido se sustituye por el del anexo IV de este real decreto.

f) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación y programación del alto rendimiento en salvamento y socorrismo Código: MED-SSSS301” pasa a integrar el “Anexo II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación y programación del alto rendimiento en salvamento y socorrismo. Código: MED-SSSS-301”.

g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento en salvamento y socorrismo Código: MED-SSSS-302” pasa a integrar el “Anexo II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento en salvamento y socorrismo. Código: MED-SSSS-302”.

h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva. Gestión del centro de salvamento y socorrismo Código: MED-SSSS-303” pasa a integrar el “Anexo II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Gestión del Centro de salvamento y socorrismo. Código: MED-SSSS-303”.

i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos de salvamento y socorrismo Código: MED-SSSS304” pasa a integrar el “Anexo II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos de salvamento y socorrismo. Código: MED-SSSS-304”.

j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Proyecto final Código: MED-SSSS305” pasa a integrar el “Anexo II.j Módulo de enseñanza deportiva: Proyecto final. Código: MED-SSSS-305”.

k) El actual “Módulo profesional: Formación práctica ciclo superior Código: MED-SSSS306” pasa a integrar el “Anexo II.k Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-SSSS-306”.»

Artículo quinto. Modificación del Real Decreto 912/2012, de 8 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Esgrima y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 912/2012, de 8 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Esgrima y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:

Uno. La letra a) del artículo 4.1 queda redactado del siguiente modo:

«a) Esgrima de personas con discapacidad.»

Dos. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:

«a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “Anexo II.a Objetivos generales”.

b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento Código MED-C301” pasa a integrar el “Anexo II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301” y su contenido se sustituye por el del anexo I de este real decreto.

c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento Código MED-C302” pasa a integrar el “Anexo II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302” y su contenido se sustituye por el del anexo II de este real decreto.

d) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código MED-C303” pasa a integrar el “Anexo II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303” y su contenido se sustituye por el del anexo III de este real decreto.

e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento deportivo Código: MED-C304” pasa a integrar el “Anexo II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304” y su contenido se sustituye por el del anexo IV de este real decreto.

f) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación del alto rendimiento en esgrima Código: MED-ESES301” pasa a integrar el “Anexo II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación del alto rendimiento en esgrima. Código: MED-ESES301”.

g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación complementaria en la esgrima Código: MED-ESES302” pasa a integrar el “Anexo II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación complementaria en esgrima. Código: MED-ESES302”.

h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección técnica y organización de eventos en la esgrima Código: MED-ESES303” pasa a integrar el “Anexo II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección técnica y organización de eventos. Código: MED-ESES303”.

i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Nuevas tecnologías en la esgrima Código: MED-ESES304” pasa a integrar el “Anexo II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Nuevas tecnologías en esgrima. Código: MED-ESES304”.

j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de Espada Código: MED-ESES305” pasa a integrar el “Anexo II.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de Espada. Código: MED-ESES305”.

k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de Florete Código: MED-ESES306” pasa a integrar el “Anexo II.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de Florete. Código: MED-ESES306”.

l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de Sable Código: MED-ESES307” pasa a integrar el “Anexo II.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de Sable. Código: MED-ESES307”.

m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Proyecto Código: MED-ESES308” pasa a integrar el “Anexo II.m Módulo de enseñanza deportiva: Proyecto. Código: MED-ESES308”.

n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica en esgrima Código: MED-ESES309” pasa a integrar el “Anexo II.n Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-ESES309”.»

Artículo sexto. Modificación del Real Decreto 668/2013, de 6 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Atletismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 668/2013, de 6 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Atletismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:

Uno. La letra a) del artículo 4 queda redactado del siguiente modo:

«a) Atletismo de personas con discapacidad.»

Dos. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:

«a) El actual contenido de los “Objetivos generales” pasa a integrar el “Anexo II.a Objetivos generales”.

b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento Código: MED-C301” pasa a integrar el “Anexo II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301” y su contenido se sustituye por el del anexo I de este real decreto.

c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento Código: MED-C302” pasa a integrar el “Anexo II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302” y su contenido se sustituye por el del anexo II de este real decreto.

d) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos Código MED-C303” pasa a integrar el “Anexo II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303” y su contenido se sustituye por el del anexo III de este real decreto.

e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento Código: MED-C304” pasa a integrar el “Anexo II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304” y su contenido se sustituye por el del anexo IV de este real decreto.

f) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Módulo de técnica y entrenamiento en velocidad y relevos y vallas Código: MED-ATAT301” pasa a integrar el “Anexo II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica y entrenamiento en velocidad, relevos y vallas. Código: MED-ATAT301”.

g) El actual “Módulo de técnica y entrenamiento en medio fondo, fondo y obstáculos Código: MED-ATAT302” pasa a integrar el “Anexo II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica y entrenamiento en medio fondo, fondo y obstáculos. Código: MED-ATAT302”.

h) El actual “Módulo de técnica y entrenamiento en lanzamientos y pruebas combinadas Código: MED-ATAT303” pasa a integrar el “Anexo II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica y entrenamiento en lanzamientos y pruebas combinadas. Código: MED-ATAT303”.

i) El actual “Módulo de técnica y entrenamiento en saltos Código: MED-ATAT304” pasa a integrar el “Anexo II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica y entrenamiento en saltos. Código: MED-ATAT304”.

j) El actual “Módulo de planificación técnica y condicional en atletismo Código: MED-ATAT305” pasa a integrar el “Anexo II.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación técnica y condicional en atletismo. Código: MED-ATAT305”.

k) El actual “Módulo de organización y gestión en atletismo Código: MED-ATAT306” pasa a integrar el “Anexo II.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización y gestión en atletismo. Código: MED-ATAT306”.

l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Proyecto Código: MED-ATAT307” pasa a integrar el “Anexo II.l Módulo de enseñanza deportiva: Proyecto. Código: MED-ATAT307”.

m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica Código: MED-ATAT308” pasa a integrar el “Anexo II.m Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-ATAT308”.»

Artículo séptimo. Modificación del Real Decreto 982/2015, de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Baloncesto y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 982/2015, de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Baloncesto y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:

Uno. La letra a. del artículo 4.1 queda redactado del siguiente modo:

«a. Baloncesto de personas con discapacidad.»

Dos. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:

«a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “Anexo II.a Objetivos generales”.

b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código MED-C301” pasa a integrar el “Anexo II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301” y su contenido se sustituye por el del anexo I de este real decreto.

c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código MED-C302” pasa a integrar el “Anexo II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302” y su contenido se sustituye por el del anexo II de este real decreto.

d) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código MED-C303” pasa a integrar el “Anexo II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303” y su contenido se sustituye por el del anexo III de este real decreto.

e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código MED-C304” pasa a integrar el “Anexo II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304” y su contenido se sustituye por el del anexo IV de este real decreto.

f) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación del jugador en la etapa de alto rendimiento Código: MED-BCBC301” pasa a integrar el “Anexo II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación del jugador en la etapa de alto rendimiento. Código: MED-BCBC301”.

g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección de equipos en la etapa de alto rendimiento Código: MED-BCBC302” pasa a integrar el “Anexo II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección de equipos en la etapa de alto rendimiento. Código: MED-BCBC302”.

h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento de alto rendimiento en baloncesto Código: MED-BCBC303” pasa a integrar el “Anexo II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento de alto rendimiento en baloncesto. Código: MED-BCBC303”.

i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Táctica de ataque y defensa en la etapa de alto rendimiento Código: MED-BCBC304” pasa a integrar el “Anexo II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Táctica de ataque y defensa en la etapa de alto rendimiento. Código: MED-BCBC304”.

j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Proyecto Código: MED-BCBC305” pasa a integrar el “Anexo II.j Módulo de enseñanza deportiva: Proyecto. Código: MED-BCBC305”.

k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica Código: MED-BCBC306” pasa a integrar el “Anexo II.k Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-BCBC306”.»

Artículo octavo. Modificación del Real Decreto 983/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 983/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:

Uno. La letra a) del artículo 4.1 queda redactado del siguiente modo:

«a) Piragüismo de aguas bravas de personas con discapacidad.»

Dos. La letra a) del artículo 4.2 queda redactado del siguiente modo:

«a) Piragüismo de aguas tranquilas de personas con discapacidad.»

Tres. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:

«a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “Anexo II.a Objetivos generales”.

b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento Código: MED-C301” pasa a integrar el “Anexo II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301” y su contenido se sustituye por el del anexo I de este real decreto.

c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento Código: MED-C302” pasa a integrar el “Anexo II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302” y su contenido se sustituye por el del anexo II de este real decreto.

d) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos Código: MED-C303” pasa a integrar el “Anexo II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303” y su contenido se sustituye por el del anexo III de este real decreto.

e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento deportivo Código MED-C304” pasa a integrar el “Anexo II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304” y su contenido se sustituye por el del anexo IV de este real decreto.

f) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Módulo de planificación del alto rendimiento Código: MED-PIAB301” pasa a integrar el “Anexo II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación del alto rendimiento. Código: MED-PIAB301”.

g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Módulo de perfeccionamiento técnico en slalom Código: MED-PIAB302” pasa a integrar el “Anexo II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en slalom. Código: MED-PIAB302”.

h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física en seco y en agua en slalom de alto nivel Código: MED-PIAB303” pasa a integrar el “Anexo II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física en seco y en agua en slalom de alto nivel. Código: MED-PIAB303”.

i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Módulo de coordinación y gestión Código: MED-PIAB304” pasa a integrar el “Anexo II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Coordinación y gestión. Código: MED-PIAB304”.

j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Módulo de diseño de material e innovación Código: MED-PIAB305” pasa a integrar el “Anexo II.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Diseño de material e innovación. Código: MED-PIAB305”.

k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Proyecto final Código: MED-PIAB306” pasa a integrar el “Anexo II.k Módulo de enseñanza deportiva: Proyecto final. Código: MED-PIAB306”.

l) El actual “Módulo profesional: Formación práctica. Código: MED-PIAB307” pasa a integrar el “Anexo II.l Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-PIAB307”.»

Cuatro. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:

«a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “Anexo III.a Objetivos generales”.

b) Se suprime el siguiente párrafo:

“Los módulos citados a continuación se comparten entre los ciclos de grado superior en piragüismo de aguas bravas, en piragüismo de aguas tranquilas, y están desarrollados, en su totalidad dentro del anexo II.”

c) El párrafo “Módulo común de Enseñanza Deportiva: Factores fisiológicos del Alto Rendimiento Código: MED-C301” pasa a integrar el “Anexo III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301 está desarrollado en el anexo II.b.”.

d) El párrafo “Módulo común de Enseñanza Deportiva: Factores psicosociales del Alto Rendimiento Código: MED-C302” pasa a integrar el “Anexo III.c Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302 está desarrollado en el anexo II.c.”.

e) El párrafo “Módulo común de Enseñanza Deportiva: Formación de Formadores Deportivos Código: MED-C303” pasa a integrar el “Anexo III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303 está desarrollado en el anexo II.d.”.

f) El párrafo “Módulo común de Enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al Alto Rendimiento Deportivo Código: MED-C304” pasa a integrar el “Anexo III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304 está desarrollado en el anexo II.e.”.

g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación del alto rendimiento en aguas tranquilas Código: MED-PIAT308” pasa a integrar el “Anexo III.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación del alto rendimiento en aguas tranquilas. Código: MED-PIAT308”.

h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Análisis de la técnica de paleo en aguas tranquilas Código: MED-PIAT309” pasa a integrar el “Anexo III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Análisis de la técnica de paleo en aguas tranquilas. Código: MED-PIAT309”.

i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento de alto rendimiento en aguas tranquilas Código: MED-PIAT310” pasa a integrar el “Anexo III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento de alto rendimiento en aguas tranquilas. Código: MED-PIAT310”.

j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Competiciones de alto nivel en aguas tranquilas Código: MED-PIAT311” pasa a integrar el “Anexo III.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Competiciones de alto nivel en aguas tranquilas. Código: MED-PIAT311”.

k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de piragüismo de aguas tranquilas Código: MED-PIAT312” pasa a integrar el “Anexo III.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de piragüismo de aguas tranquilas. Código: MED-PIAT312”.

l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Proyecto final Código: MED-PIAT313” pasa a integrar el “Anexo III.k Módulo de enseñanza deportiva: Proyecto final. Código: MED-PIAT313”.

m) El actual “Módulo profesional: Formación práctica ciclo superior de piragüismo de aguas tranquilas Código: MED-PIAT314” pasa a integrar el “Anexo III.l Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-PIAT314”.»

Artículo noveno. Modificación del Real Decreto 701/2019, de 29 de noviembre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en Alta Montaña y Técnico Deportivo Superior en Escalada y se fijan sus currículos básicos y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 701/2019, de 29 de noviembre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en Alta Montaña y Técnico Deportivo Superior en Escalada y se fijan sus currículos básicos y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:

Uno. La letra a) del artículo 4.1 queda redactado del siguiente modo:

«a) Alta montaña de personas con discapacidad.»

Dos. La letra a) del artículo 4.2 queda redactado del siguiente modo:

«a) Escalada de personas con discapacidad.»

Tres. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:

«a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “Anexo II.a Objetivos generales”.

b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código MED-C301” pasa a integrar el “Anexo II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301” y su contenido se sustituye por el del anexo I de este real decreto.

c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código MED-C302” pasa a integrar el “Anexo II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302” y su contenido se sustituye por el del anexo II de este real decreto.

d) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código MED-C303” pasa a integrar el “Anexo II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303” y su contenido se sustituye por el del anexo III de este real decreto.

e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento deportivo. Código MED-C304” pasa a integrar el “Anexo II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304” y su contenido se sustituye por el del anexo IV de este real decreto.

f) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Código: MED–MOAM302 Perfeccionamiento técnico en alta montaña.” pasa a integrar el “Anexo II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en alta montaña. Código: MED–MOAM302”.

g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Código: MED–MOAM303 Guiado en alta montaña.” pasa a integrar el “Anexo II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado en alta montaña. Código: MED–MOAM303”.

h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Código: MED–MOAM304 Escalada en hielo.” pasa a integrar el “Anexo II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Escalada en hielo. Código: MED–MOAM304”.

i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Código: MED–MOAM305 Esquí de montaña.” pasa a integrar el “Anexo II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Esquí de montaña. Código: MED–MOAM305”.

j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Código: MED–MOAM306 Preparación física del deportista de alta montaña” pasa a integrar el “Anexo II.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del deportista de alta montaña. Código: MED–MOAM306”.

k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva. Código: MED–MOAM307 Proyecto Final” pasa a integrar el “Anexo II.k Módulo de enseñanza deportiva: Proyecto final. Código: MED–MOAM307”.

l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva. Código: MED–MOAM308 Formación Práctica.” pasa a integrar el “Anexo II.l Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED–MOAM308”.»

Cuatro. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:

«a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “Anexo III.a Objetivos generales”.

b) Se suprime el siguiente párrafo:

“Los módulos citados a continuación se comparten entre el ciclo de grado superior en alta montaña y el ciclo de grado superior en escalada, y están desarrollados en su totalidad dentro del anexo II.”

c) El párrafo “Módulo común de Enseñanza Deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento Código: MED-C301” pasa a integrar el “Anexo III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301 está desarrollado en el anexo II.b.”.

d) El párrafo “Módulo común de Enseñanza Deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento Código: MED-C302” pasa a integrar el “Anexo III.c Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302 está desarrollado en el anexo II.c.”.

e) El párrafo “Módulo común de Enseñanza Deportiva: Formación de formadores deportivos Código: MED-C303” pasa a integrar el “Anexo III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303 está desarrollado en el anexo II.d.”.

f) El párrafo “Módulo común de Enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento deportivo Código: MED-C304” pasa a integrar el “Anexo III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304 está desarrollado en el anexo II.e.”.

g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Código: MED–MORO309 Planificación en escalada deportiva” pasa a integrar el “Anexo III.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Planificación en escalada deportiva. Código: MED–MORO309”.

h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Código: MED–MORO310 Entrenamiento de la escalada.” pasa a integrar el “Anexo III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento en escalada. Código: MED–MORO310”.

i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Código: MED–MORO311 Organización de eventos de escalada.” pasa a integrar el “Anexo III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos de escalada. Código: MED–MORO311”.

j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Código: MED–MORO312 Escuela de escalada.” pasa a integrar el “Anexo III.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de escalada. Código: MED–MORO312”.

k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Código: MED–MORO313 Proyecto final.” pasa a integrar el “Anexo III.j Módulo de enseñanza deportiva: Proyecto final. Código: MED–MORO313”.

l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Código: MED–MORO314 Formación práctica.” pasa a integrar el “Anexo III.k Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED–MORO314”.»

Artículo décimo. Modificación del Real Decreto 901/2021, de 19 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.

El Real Decreto 901/2021, de 19 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:

Uno. La letra a) del artículo 4.1 queda redactado del siguiente modo:

«a) Balonmano de personas con discapacidad.»

Dos. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:

«a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “Anexo II.a Objetivos generales”.

b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código MED-C301” pasa a integrar el “Anexo II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301” y su contenido se sustituye por el del anexo I de este real decreto.

c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código MED-C302” pasa a integrar el “Anexo II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302” y su contenido se sustituye por el del anexo II de este real decreto.

d) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código MED-C303” pasa a integrar el “Anexo II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303” y su contenido se sustituye por el del anexo III de este real decreto.

e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento deportivo. Código MED-C304” pasa a integrar el “Anexo II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304” y su contenido se sustituye por el del anexo IV de este real decreto.

f) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Metodología para el alto rendimiento en balonmano Código: MED-BMBM301” pasa a integrar el “Anexo II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Metodología para el alto rendimiento en balonmano. Código: MED-BMBM301”.

g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación técnico táctica individual en alto rendimiento en balonmano Código: MED-BMBM 302” pasa a integrar el “Anexo II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación técnico táctica individual en alto rendimiento en balonmano. Código: MED-BMBM302”.

h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Juego colectivo ofensivo en alto rendimiento en balonmano Código: MED-BMBM 303” pasa a integrar el “Anexo II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Juego colectivo ofensivo en alto rendimiento en balonmano. Código: MED-BMBM303”.

i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Juego colectivo defensivo en alto rendimiento en balonmano Código: MED-BMBM 304” pasa a integrar el “Anexo II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Juego colectivo defensivo en alto rendimiento en balonmano. Código: MED-BMBM304”.

j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección deportiva en el alto rendimiento Código: MED-BMBM 305” pasa a integrar el “Anexo II.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección deportiva en alto rendimiento. Código: MED-BMBM305”.

k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección de equipo en alto rendimiento Código: MED-BMBM 306” pasa a integrar el “Anexo II.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección de equipo en alto rendimiento. Código: MED-BMBM306”.

l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física en el alto rendimiento en balonmano Código: MED-BMBM 307” pasa a integrar el “Anexo II.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física en el alto rendimiento en balonmano. Código: MED-BMBM307”.

m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Proyecto final Código: MED-BMBM 308” pasa a integrar el “Anexo II.m Módulo de enseñanza deportiva: Proyecto final. Código: MED-BMBM308”.

n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica Código: MED-BMBM 309” pasa a integrar el “Anexo II.n Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-BMBM309”.»

CAPÍTULO II
Modificación del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato y del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión
Artículo undécimo. Modificación del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato.

Se modifica el apartado 4 del artículo 23 del Real Decreto 243/2022, de 5 abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, que queda redactado como sigue:

«4. La nota que figurará en el título de Bachiller de este alumnado se deducirá de la siguiente ponderación:

a) El 60 % de la media de las calificaciones obtenidas en las materias comunes del Bachillerato.

b) El 40 % de la nota media obtenida en las enseñanzas mediante las que se accede a la obtención del título, calculada conforme a lo establecido en los respectivos reales decretos de ordenación de las mismas.

En el caso del alumnado que careciese de nota media en las enseñanzas correspondientes, por haber accedido a la obtención del título de Bachiller mediante la homologación o declaración de equivalencia a efectos académicos de otros estudios, se otorgará a este apartado una calificación de 5 puntos.»

Artículo duodécimo. Modificación del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión.

Se modifica el apartado 2 del artículo 23 del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión, que queda redactado como sigue:

«2. En el caso de quienes estén en posesión de un título de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o de Técnico Deportivo Superior, se tendrá en cuenta como calificación de acceso la nota media obtenida en las enseñanzas correspondientes, calculada conforme a lo establecido en los respectivos reales decretos de ordenación de estas. Al alumnado que careciese de nota media por haber obtenido la homologación o declaración de equivalencia a efectos académicos de otros estudios con los títulos mencionados se le asignará una nota de 5 puntos como calificación de acceso.

Asimismo, las universidades podrán tener en consideración para la admisión de este alumnado la correspondencia que, a tales efectos, haya establecido el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes entre sus títulos y los ámbitos del conocimiento».

Disposición transitoria única. Transitoriedad normativa.

Hasta la finalización de los ciclos de enseñanza deportiva iniciados con anterioridad a la implantación de las enseñanzas mínimas de los módulos del bloque común establecidas en este real decreto seguirá siendo de aplicación lo dispuesto en los reales decretos por los que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción anterior a la entrada en vigor de este real decreto.

Disposición final primera. Título competencial.

El presente real decreto se dicta al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Disposición final segunda. Calendario de implantación.

Las administraciones educativas implantarán las enseñanzas mínimas de los módulos del bloque común establecidas en este real decreto en el curso escolar 2027-2028. No obstante, podrán anticipar la implantación al año académico 2026-2027.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado el 30 de junio de 2026.

FELIPE R.

La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes,

MILAGROS TOLÓN JAIME

ANEXO I
Módulo común de enseñanza deportiva: Factores fisiológicos del alto rendimiento. Código: MED-C301

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación

RA-1. Analiza los principales conceptos del metabolismo energético y su relación con las capacidades condicionales reconociendo las adaptaciones fisiológicas al entrenamiento más importantes.

a) Se han identificado los principales conceptos del metabolismo energético.

b) Se han analizado las diferentes vías metabólicas y las principales fuentes de energía en relación con el ejercicio físico, incidiendo en los aspectos fisiológicos que determinan la resistencia.

c) Se han analizado las principales adaptaciones fisiológicas al entrenamiento de los diferentes sistemas del organismo en relación con el metabolismo energético.

d) Se han valorado las características del metabolismo energético en mujeres deportistas, así como sus adaptaciones fisiológicas al entrenamiento.

RA-2. Analiza los principales componentes del sistema neuromuscular y su relación con las capacidades condicionales reconociendo las adaptaciones fisiológicas al entrenamiento más importantes.

a) Se ha analizado el sistema neuromuscular, incidiendo en los aspectos fisiológicos y mecánicos que determinan la fuerza, la velocidad y la amplitud de movimiento.

b) Se ha descrito el concepto de fuerza y sus diferentes manifestaciones en relación con la actividad físico-deportiva.

c) Se ha descrito el concepto de velocidad y sus diferentes manifestaciones en relación con la actividad físico-deportiva, así como su implicación en las capacidades coordinativas.

d) Se han analizado las principales adaptaciones al entrenamiento en relación con el sistema neuromuscular.

e) Se han valorado las características del sistema neuromuscular en mujeres deportistas, así como sus adaptaciones fisiológicas al entrenamiento.

RA-3. Selecciona a los/las deportistas para la alta competición analizando los factores fisiológicos determinantes que influyen en el alto rendimiento.

a) Se han identificado los principales factores fisiológicos determinantes y limitantes del alto rendimiento deportivo.

b) Se han analizado los fundamentos de la evaluación de la capacidad funcional vinculados al alto rendimiento deportivo.

c) Se han interpretado los resultados y diferencias entre hombres y mujeres en la evaluación de la capacidad funcional.

d) Se ha interpretado la importancia de la valoración anatómica y fisiológica como elemento de selección de los/las deportistas en el alto rendimiento deportivo, empleando diferentes métodos y tecnologías fiables, válidas y sensibles.

e) Se ha descrito la organización de los equipos de trabajo en el alto rendimiento deportivo, identificando las diferentes funciones y roles de los especialistas que los componen.

RA-4. Colabora con la persona especialista en la determinación de la dieta y en la prescripción de ayudas ergogénicas analizando los principales conceptos de nutrición deportiva y los efectos nocivos de las sustancias dopantes para la salud.

a) Se han identificado los principios fundamentales y los conceptos básicos de la nutrición, la suplementación y las ayudas ergogénicas en relación con el ámbito físico-deportivo.

b) Se han interpretado los resultados de la valoración nutricional del deportista a partir de los datos de un supuesto práctico.

c) Se han elaborado de manera justificada las estrategias de reposición de nutrientes, agua y sales minerales durante el entrenamiento y la competición, aplicándolas en supuestos prácticos basados en los conceptos de fisiología y nutrición deportiva estudiados.

d) Se han identificado los principales aspectos en el diseño de la dieta de los y las deportistas, así como en la adecuada prescripción de suplementos y ayudas ergogénicas para la mejora del rendimiento físico-deportivo durante el entrenamiento y la competición, contemplando las necesidades nutricionales particulares de las mujeres y hombres deportistas de alto rendimiento.

e) Se han identificado las principales sustancias dopantes y sus efectos nocivos para la salud.

RA-5. Programa y dirige el entrenamiento del deportista aplicando los conceptos de carga, fatiga y recuperación.

a) Se han clasificado los diferentes tipos de fatiga, central o periférica y aguda o crónica, así como sus mecanismos de producción.

b) Se han analizado los efectos de la fatiga deportiva en el sistema neuromuscular, endocrino e inmunológico.

c) Se han empleado diferentes medios y métodos para cuantificar la fatiga producida por el entrenamiento.

d) Se han diseñado y aplicado diferentes medios y métodos de recuperación según el mecanismo de producción de la fatiga.

e) Se ha valorado la importancia de la monitorización de la carga para una adecuada gestión del entrenamiento, con el propósito de prevenir el síndrome de sobreentrenamiento y reducir el riesgo de lesiones deportivas.

f) Se han empleado diferentes métodos y tecnologías, validas, fiables y sensibles de monitorización de la carga de entrenamiento.

RA-6. Programa y dirige el entrenamiento y/o la competición en condiciones especiales identificando sus bases y características más importantes.

a) Se han analizado las causas y los efectos fisiológicos producidos por el entrenamiento y/o la competición en condiciones extremas de calor, frío y/o humedad.

b) Se han diseñado entrenamientos y estrategias de mejora de la adaptación de los/las deportistas al entrenamiento y la competición en situaciones de temperatura y/o humedad extrema.

c) Se han identificado las bases y protocolos de entrenamiento controlado en calor utilizados como medio de mejora del rendimiento físico-deportivo.

d) Se han analizado las causas y los efectos fisiológicos producidos por los entrenamientos y/o competición en altura, así como sus posibles efectos positivos y negativos sobre el rendimiento físico-deportivo.

e) Se han diseñado entrenamientos en diferentes situaciones de altitud, así como estrategias de adaptación de los/las deportistas a dichas condiciones.

f) Se han analizado los efectos fisiológicos producidos por cambios significativos de huso horario sobre el rendimiento del deportista en el entrenamiento y/o la competición.

g) Se han diseñado entrenamientos en situaciones de cambio horario, así como estrategias de adaptación de los/las deportistas a dichas condiciones.

h) Se ha valorado la colaboración con el grupo de especialistas en la dirección del entrenamiento en condiciones especiales (altitud, cambios horarios, frío, calor, humedad).

Contenidos básicos

RA-1. Analiza los principales conceptos del metabolismo energético y su relación con las capacidades condicionales reconociendo las adaptaciones fisiológicas al entrenamiento más importantes.

1. Conceptos de metabolismo, catabolismo y anabolismo. Absorción, transporte y almacenamiento de nutrientes.

2. El ATP. Principales vías metabólicas:

– Vías anaeróbicas: sistema ATP-PC, glucólisis anaeróbica y ciclo de Cori.

– Vías aeróbicas: glucólisis aeróbica y ciclo de Krebs.

3. Fuentes de energía en relación con las diferentes vías metabólicas: ATP, PC, glucosa, glucógeno, ácidos grasos y proteínas.

4. Implicación fisiológica de las vías metabólicas en relación con la resistencia durante la actividad físico-deportiva.

5. El modelo trifásico y los principales hitos fisiológicos: umbrales ventilatorios, VO2max, umbrales lácticos y Máximo Estado Estable del Lactato (MLSS). Métodos directos e indirectos para su valoración y control. Aplicación a los modelos por zonas de intensidad para la planificación y control del entrenamiento.

6. Conceptos de eficiencia y economía energética. Relevancia en la práctica físico-deportiva.

7. Principales adaptaciones fisiológicas, agudas y crónicas, al entrenamiento de los diferentes sistemas del organismo en relación con el metabolismo energético.

8. El metabolismo energético en mujeres deportistas. Principales características de sus adaptaciones fisiológicas al entrenamiento.

RA-2. Analiza los principales componentes del sistema neuromuscular y su relación con las capacidades condicionales reconociendo las adaptaciones fisiológicas al entrenamiento más importantes.

1. Funciones de los diferentes tipos de músculos: cardiaco, liso y esquelético.

2. Tipos, componentes y estructura del músculo esquelético. El tendón como transmisor de fuerzas del sistema musculoesquelético y su relación con el ciclo estiramiento-acortamiento (CEA).

3. La fibra muscular y el sarcómero como unidad funcional básica del músculo. Teoría del filamento deslizante.

4. Concepto de unidad motora y tipos de fibras musculares. Relación con los principales aspectos fisiológicos y mecánicos que determinan la fuerza, la velocidad y la amplitud de movimiento.

5. Concepto de fuerza. Principales manifestaciones en relación con la actividad físico-deportiva: fuerza aplicada, fuerza máxima, producción de fuerza por unidad de tiempo (RFD) y fuerza útil. Curvas de fuerza-tiempo y de fuerza-velocidad. Aplicaciones prácticas del entrenamiento de fuerza basadas en la velocidad.

6. Concepto de velocidad. Principales manifestaciones en relación con la actividad físico-deportiva: velocidad de reacción, gestual y de desplazamiento. Implicaciones sobre las capacidades coordinativas.

7. Principales adaptaciones, agudas y crónicas al entrenamiento en relación con el sistema neuromuscular: estructurales, nerviosas y hormonales.

8. Características del sistema neuromuscular y adaptaciones fisiológicas al entrenamiento en mujeres deportistas.

RA-3. Selecciona a los/las deportistas para la alta competición analizando los factores fisiológicos determinantes que influyen en el alto rendimiento.

1. Aspectos limitantes y factores fisiológicos determinantes del alto rendimiento deportivo.

2. Fundamentos, medios directos e indirectos y métodos avanzados para la evaluación de la capacidad funcional en el alto rendimiento deportivo. Identificación de la tecnología adecuada y orientaciones para la interpretación de los resultados.

3. La valoración anatómico-fisiológica como elemento para la selección de los/las deportistas en el alto rendimiento deportivo: medios y métodos. Utilización de tecnología fiable, válida y sensible para una adecuada evaluación.

4. Análisis e interpretación de los resultados en los estudios antropométricos y de composición corporal utilizados en el alto rendimiento deportivo.

5. Valoración de las diferencias entre hombres y mujeres.

6. Organización de los equipos de trabajo en el alto rendimiento deportivo. Diferentes funciones y roles de los especialistas que los componen.

RA-4. Colabora con la persona especialista en la determinación de la dieta y en la prescripción de ayudas ergogénicas analizando los principales conceptos de nutrición deportiva y los efectos nocivos de las sustancias dopantes para la salud.

1. Principios fundamentales y conceptos básicos de la nutrición, la suplementación y las ayudas ergogénicas en relación con el ámbito físico-deportivo.

2. Suplementos y ayudas ergogénicas respaldados por la evidencia científica más utilizados en el alto rendimiento deportivo. Criterios para un uso adecuado.

3. Valoración y control nutricional del deportista de alto rendimiento: medios, métodos e interpretación de los resultados. Identificación de la tecnología adecuada para la evaluación.

4. La reposición de nutrientes, agua y sales minerales durante el entrenamiento y la competición: bases fisiológicas y estrategias de aplicación individualizadas utilizadas en el alto rendimiento deportivo.

5. Orientaciones para la colaboración con la persona especialista en el diseño de la dieta, así como en la prescripción de suplementos y ayudas ergogénicas para la mejora del rendimiento físico-deportivo durante el entrenamiento y la competición.

6. El dopaje en el deporte: concepto, clasificación y ejemplos de sustancias y métodos prohibidos más extendidos en la práctica deportiva.

7. Toma de conciencia de las repercusiones del dopaje en la salud de los/las deportistas. Consecuencias legales y sanciones deportivas.

8. El control antidopaje: normativa, organismos y principales métodos para la detección de sustancias prohibidas.

RA-5. Programa y dirige el entrenamiento del deportista aplicando los conceptos de carga, fatiga y recuperación.

1. Binomio fatiga-recuperación: concepto y relación con el rendimiento deportivo.

2. Fatiga, sobrecarga y sobreentrenamiento: concepto, tipos, mecanismos de producción, indicadores y formas de prevención.

3. Efectos de la fatiga en el sistema neuromuscular, endocrino e inmunológico.

4. La recuperación: concepto, medios y métodos. Relación con los mecanismos de producción.

5. Principales estrategias de recuperación en alto rendimiento: sueño, nutrición, hidratación, crioterapia, prendas compresivas, masaje, hidroterapia, etc.

6. Principios de aplicación de las estrategias de recuperación: individualización, alternancia y especificidad.

7. Pruebas objetivas y subjetivas para cuantificar la fatiga en el alto rendimiento deportivo: marcadores fisiológicos y bioquímicos, test físicos y escalas subjetivas de bienestar.

8. Relación entre carga de entrenamiento y lesiones por sobreuso.

9. Nuevas tecnologías para la monitorización de la carga de entrenamiento en el alto rendimiento deportivo.

RA-6. Programa y dirige el entrenamiento y/o la competición en condiciones especiales identificando sus bases y características más importantes.

1. Causas, efectos y respuestas fisiológicas producidos por el entrenamiento y/o la competición en condiciones extremas de calor, frío y/o humedad.

2. Diseño y elaboración de entrenamientos en situaciones de temperatura y/o humedad extrema.

3. Estrategias para facilitar la adaptación de los/las deportistas al entrenamiento y la competición en situaciones de temperaturas y/o humedades extremas.

4. Diseño y elaboración de protocolos y sesiones de entrenamiento controlado en calor para la mejora del rendimiento físico-deportivo.

5. Respuesta fisiológica aguda, reposo vs. ejercicio y crónica. Efectos y adaptaciones a la altitud sobre el sistema cardiorrespiratorio, hormonal y neuromuscular.

6. Diseño y elaboración de programas de entrenamiento en altitud.

7. Estrategias de entrenamiento en condiciones de hipoxia.

8. Estrategias para facilitar la adaptación de los/las deportistas al entrenamiento y la competición en situaciones de altitud.

9. Efectos y respuestas fisiológicas producidos por el cambio horario en los diferentes sistemas del organismo: alteraciones de los ritmos circadianos, frecuencia cardíaca y ventilatoria, función urinaria, gástrica y hormonal. Consecuencias sobre el rendimiento físico-deportivo.

10. Consideraciones y estrategias en la programación del entrenamiento y la competición para facilitar la adaptación de los/las deportistas en situaciones de cambio horario.

ANEXO II
Módulo común de enseñanza deportiva: Factores psicosociales del alto rendimiento. Código: MED-C302

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación

RA-1. Identifica los factores psicológicos del deportista analizando los principales conceptos de la psicología del deporte, sus efectos en el rendimiento y el bienestar del deportista.

a) Se han identificado los objetivos y funciones de la psicología del deporte.

b) Se han analizado las contribuciones de los factores psicológicos a la progresión y el rendimiento de los/las deportistas de alto nivel.

c) Se han descrito las principales destrezas psicológicas del deportista que influyen en el rendimiento deportivo según la modalidad deportiva.

d) Se ha argumentado la necesidad de integrar las destrezas psicológicas en la evaluación del rendimiento de los/las deportistas de alto nivel.

e) Se han descrito las principales situaciones de riesgo para la salud mental y el bienestar psicológico del deportista.

RA-2. Selecciona al/a la deportista para la alta competición, analizando las características psicológicas de los/las deportistas y equipos de alto nivel y las exigencias psicológicas del alto rendimiento.

a) Se han definido las características psicológicas óptimas, de deportistas y equipos, que demanda el alto rendimiento deportivo en el entrenamiento y en la competición.

b) Se han analizado específicamente peculiaridades psicológicas de las mujeres deportistas en el alto rendimiento.

c) Se han analizado los condicionantes psicológicos y las consideraciones específicas de los/las deportistas con discapacidad en el alto rendimiento.

d) Se han propuesto de forma justificada criterios psicológicos de selección de deportistas de alto nivel en función de las exigencias del entrenamiento y la competición de alto nivel.

e) Se han aplicado procedimientos psicológicos de detección de deportistas de alto nivel, mediante la realización de entrevistas y la observación de deportistas en situaciones simuladas de competición y entrenamiento.

f) Se ha argumentado la importancia de la incorporación de protocolos psicológicos en la detección de deportistas de alto nivel.

RA-3. Valora el entorno del/de la deportista, analizando los aspectos sociales que afectan a su rendimiento deportivo y facilitan su formación académica.

a) Se han reconocido los aspectos sociales del entorno que afectan al rendimiento de los diferentes tipos de deportista de alto nivel.

b) Se han definido los aspectos sociales del entorno del/de la deportista que facilitan su formación académica.

c) Se han aplicado procedimientos de evaluación del entorno del/de la deportista que afectan a su rendimiento, en un supuesto práctico debidamente caracterizado.

d) Se han aplicado de manera justificada medios de gestión del entorno, en situaciones simuladas debidamente caracterizadas, que eviten la interferencia con la formación deportiva y académica del/de la deportista.

e) Se ha argumentado la conveniencia de que el/la entrenador/a facilite al/a la deportista la posibilidad de compaginar la carrera deportiva con la formación académica y la conciliación de la vida familiar y deportiva.

f) Se han localizado, en una situación simulada debidamente caracterizada, las ayudas y fuentes de información de que disponen los/las deportistas de alto nivel al llegar al final de su carrera deportiva, que facilitan su integración en la vida laboral.

g) Se ha reconocido la importancia de incorporar el análisis de los aspectos sociales del entorno del/de la deportista en la evaluación de su rendimiento.

h) Se ha valorado la actitud positiva del/de la entrenador/a hacia el reconocimiento y prevención de los problemas de inserción laboral más frecuentes en los/las deportistas de alto nivel.

RA-4. Participa en la preparación psicológica del deportista de alto rendimiento, analizando y aplicando actividades y técnicas de mejora de las destrezas psicológicas.

a) Se han descrito las características y estructura de las técnicas de preparación psicológica que influyen en la mejora del rendimiento deportivo.

b) Se han puesto en práctica actividades de preparación psicológica que influyen en la mejora del rendimiento deportivo en un supuesto practico debidamente caracterizado.

c) Se han aplicado métodos de preparación psicológica en la mejora del afrontamiento de la competición que los/las deportistas de alto nivel hacen en situaciones simuladas debidamente caracterizadas.

d) Se han realizado sencillas secuencias de actividades que favorezcan la mejora de las destrezas psicológicas en función de las exigencias de la especialidad deportiva y las características del deportista de una situación simulada debidamente caracterizada.

RA-5. Colabora en la planificación de la preparación psicológica del/de la deportista, analizando la estructura de la preparación y aplicando criterios de secuenciación de los procedimientos y métodos para afrontar la alta competición.

a) Se ha reconocido la pertinencia de integrar la preparación psicológica en la programación de la preparación general del/de la deportista.

b) Se han elaborado sesiones de entrenamiento de las diferentes destrezas psicológicas que influyen en el rendimiento del deportista de alta competición.

c) Se ha planificado la preparación psicológica dirigida a mejorar el rendimiento deportivo en la alta competición distribuyendo las cargas de trabajo de las diferentes destrezas psicológicas a lo largo de la temporada.

d) Se han integrado en un supuesto práctico de preparación deportiva los procedimientos psicológicos de mantenimiento de la motivación de los/las deportistas de alto nivel a lo largo de la temporada deportiva.

e) Se han programado los procesos relacionados con la forma en que el/la deportista de alto nivel afronta la competición en un supuesto práctico.

f) Se ha valorado la importancia de la gestión psicológica en el proceso de rehabilitación de lesiones en los/las deportistas de alto rendimiento.

g) Se ha valorado la importancia de la gestión psicológica en el proceso de finalización de la etapa competitiva en la vida del deportista y tránsito a la vida lejos de la competición.

RA-6. Coordina el equipo de personal técnico en ciencias aplicadas al deporte, identificando las funciones del/de la psicólogo/a y aplicando técnicas de liderazgo en la gestión de recursos humanos.

a) Se han definido los roles del/de la profesional de la psicología, diferenciándolos de las funciones del entrenador y de la entrenadora.

b) Se han descrito los diferentes estilos de liderazgo de que dispone el/la entrenador/a en la gestión del equipo del personal técnico especialista.

c) Se han descrito las pautas para desarrollar la cohesión del grupo de los recursos humanos del staff técnico.

d) Se han identificado aquellas pautas de comunicación que puede utilizar el/la entrenador/a que generan credibilidad en su equipo de técnicos/as especialistas.

e) Se han aplicado los estilos de liderazgo, las técnicas de cohesión de grupo y las pautas de comunicación en la gestión de los recursos humanos del staff técnico en situaciones simuladas de trabajo en equipo.

f) Se han descrito las pautas a seguir por parte del técnico en la incorporación de las aportaciones especializadas del/de la profesional de la psicología a la preparación del/de la deportista en función del grado de participación de la persona especialista con el/la deportista.

g) Se ha justificado la conveniencia de disponer de equipos de personal técnico especialista en ciencias del deporte.

h) Se han descrito los aspectos de la preparación deportiva susceptibles de ser derivados al/a la profesional de la psicología.

Contenidos básicos

RA-1. Identifica los factores psicológicos del deportista analizando los principales conceptos de la psicología del deporte, sus efectos en el rendimiento y el bienestar del deportista.

1. La psicología del deporte y el ejercicio físico: historia y evolución.

2. Objetivos principales de la psicología del deporte.

3. Funciones y áreas de estudio de la psicología del deporte.

4. Factores psicológicos y su contribución a la progresión y el rendimiento:

– La personalidad y su estructura de análisis.

– Motivación y competitividad.

– Arousal, estrés y ansiedad.

– Rasgos de la personalidad, estados emocionales y herramientas de medida: tests, inventarios y directrices para su uso.

– Fases de desarrollo de la motivación de logro y la competitividad.

– Teorías e hipótesis sobre el efecto del arousal y la ansiedad en la ejecución.

– Destrezas psicológicas que influyen en el rendimiento deportivo como la regulación del arousal, visualización, autoconfianza, establecimiento de objetivos y concentración.

– Contribuciones de las destrezas psicológicas del deportista a la progresión y el rendimiento de los/las deportistas de alto nivel según la modalidad deportiva.

– La necesidad de integrar aspectos psicológicos en la evaluación del deportista para la mejora del rendimiento deportivo.

– Influencia en el rendimiento deportivo de la motivación del deportista, los rasgos de personalidad, el nivel de competitividad o la gestión de la ansiedad.

– El autoconcepto, la conducta Tipo A y su relevancia en la salud mental del deportista.

RA-2. Selecciona al/a la deportista para la alta competición, analizando las características psicológicas de los/las deportistas y equipos de alto nivel y las exigencias psicológicas del alto rendimiento.

1. Características psicológicas óptimas de los/las deportistas y equipos de alto nivel en el entrenamiento y en la competición.

2. Modelo de salud mental positiva (Morgan 1979) para la predicción del éxito deportivo. El perfil de Iceberg.

3. Peculiaridades psicológicas y consideraciones específicas de la mujer deportista de alto rendimiento.

4. Condicionantes psicológicos y consideraciones específicas de los/las deportistas con discapacidad en el alto rendimiento.

5. Identificación del perfil psicológico de los/las deportistas y equipos de alto nivel.

6. Importancia de los aspectos psicológicos en los procesos de detección de deportistas de alto nivel.

7. Criterios psicológicos en la selección de deportistas de alto nivel.

8. Aplicación de procedimientos de selección psicológica de deportistas de alto nivel.

9. Métodos de evaluación de las destrezas psicológicas implicados en el entrenamiento y en la competición para su selección.

10. Registro y análisis de la actuación psicológica de los/las deportistas en entrenamiento y en competición para su selección.

11. La necesidad de integrar las destrezas psicológicas en la selección del deportista de alto nivel.

RA-3. Valora el entorno del/de la deportista, analizando los aspectos sociales que afectan a su rendimiento deportivo y facilitan su formación académica.

1. Aspectos sociales del entorno del/de la deportista de alto nivel relacionados con el rendimiento deportivo y académico (familia, relaciones sociales y afectivas, centro educativo y/o laboral, club, federación, patrocinadores, representantes, medios de comunicación y redes sociales).

2. Características específicas del entorno de la mujer deportista.

3. Características específicas del entorno del/de la deportista con discapacidad en el alto rendimiento.

4. Interacciones entre las características psicológicas de los/las deportistas de alto nivel y los aspectos sociales de su entorno.

5. Aspectos sociales del entorno del/de la deportista relacionados con su formación académica.

6. Evaluación de los aspectos sociales del entorno del/de la deportista relacionados con su progresión deportiva.

7. Medios de gestión del entorno por parte del/de la entrenador/a para que no interfiera en la preparación deportiva, académica o en el rendimiento deportivo del/de la deportista (formación de las familias, educación de los medios de comunicación, gestión de las redes sociales).

8. Desarrollo de una actitud en el/la entrenador/a que facilite al/a la deportista compaginar sus estudios con la práctica deportiva.

9. Conciliación personal-familiar y deportiva, las expectativas de maternidad de las deportistas durante la vida deportiva.

10. Problemas de inserción laboral más frecuentes en deportistas de alto nivel. Identificación de las ayudas y fuentes de información que facilitan la integración de los/las deportistas de alto nivel a la vida laboral.

11. Evaluación de los efectos del entorno del deportista en su rendimiento deportivo.

12. La actitud positiva del/de la entrenador/a hacia el reconocimiento y la prevención de problemas de inserción laboral en los/las deportistas de alto nivel.

13. La integración de los aspectos sociales del entorno del/de la deportista en la evaluación de su rendimiento.

RA-4. Participa en la preparación psicológica del deportista de alto rendimiento, analizando y aplicando actividades y técnicas de mejora de las destrezas psicológicas.

1. Técnicas para desarrollar y perfeccionar las habilidades psicológicas para la mejora del rendimiento.

– Técnicas de reducción de la ansiedad.

– Técnicas inductoras del arousal.

– Ejercicios para trabajar los diferentes tipos de visualización.

– Estrategias para trabajar la autoconfianza.

– Principios básicos del establecimiento de objetivos.

– Ejercicios para mejorar la concentración y el foco atencional.

2. Estrategias para conseguir un determinado estado mental para realizar conductas relevantes para la mejora del rendimiento y/o la salud psicológica.

3. Aplicación de situaciones de competitividad y cooperación como herramientas para el aumento del rendimiento.

4. Utilización del Feedback y técnicas de reforzamiento de la conducta.

5. Métodos aplicados para la preparación psicológica del afrontamiento de la competición deportiva de alto nivel.

6. Secuencias y progresiones de actividades para la mejora de las destrezas psicológicas específicas de la modalidad deportiva en función de las peculiaridades del deportista.

RA-5. Colabora en la planificación de la preparación psicológica del/de la deportista, analizando la estructura de la preparación y aplicando criterios de secuenciación de los procedimientos y métodos para afrontar la alta competición.

1. Los programas de entrenamiento de las destrezas psicológicas y su integración en la planificación deportiva general.

2. Estructura y diseño de las sesiones de entrenamiento de las destrezas psicológicas del deportista de alta competición como unidad de programación.

3. Programas de sesiones para la mejora de las distintas destrezas psicológicas que influyen en el rendimiento deportivo.

4. Distribución de las cargas de trabajo de las distintas destrezas psicológicas a lo largo de la temporada deportiva.

5. Diseño y evaluación de programas de mejora de las destrezas psicológicas.

6. Procedimientos psicológicos para mantener la motivación de deportistas de alto nivel a lo largo de la temporada.

7. Métodos de preparación psicológica para mejorar el afrontamiento que los/las deportistas de alto nivel hacen de la competición.

8. Planificación de los procesos de afrontamiento de la competición implicados en el alto rendimiento deportivo.

9. Elaboración de programaciones deportivas que integren los procesos de motivación y de afrontamiento de la competición.

10. Relevancia del trabajo psicológico para deportistas de alto nivel en situaciones de riesgo para su salud mental:

– Procesos de rehabilitación de lesiones.

– Finalización de la etapa competitiva en la vida del deportista y tránsito a la vida lejos de la competición.

RA-6. Coordina el equipo de personal técnico en ciencias aplicadas al deporte, identificando las funciones del/de la psicólogo/a y aplicando técnicas de liderazgo en la gestión de recursos humanos.

1. Funciones del/de la profesional de la psicología aplicada al deporte y del técnico en los programas de entrenamiento de las destrezas psicológicas:

– Detección de necesidades.

– Diseño de la planificación.

– Implementación del programa.

– Supervisión y evaluación del programa.

2. Estilos de liderazgo aplicados en la conducción de equipos de trabajo.

3. Pautas para el desarrollo de un buen liderazgo de equipos de trabajo.

4. Pautas para el desarrollo de la cohesión de grupo y su medición.

5. Análisis de la comunicación para generar credibilidad en el conjunto de especialistas en ciencias aplicadas al deporte.

6. Protocolos para integrar la aportación del/de la profesional de la psicología en la preparación de deportistas de alto nivel.

7. La necesidad de disponer de equipos técnicos multidisciplinares.

8. La derivación de aspectos de la preparación de deportistas de alto nivel a profesionales de la psicología. Pautas de actuación.

ANEXO III
Módulo común de enseñanza deportiva: Formación de formadores deportivos. Código: MED-C303

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación

RA-1. Elabora la programación didáctica de los módulos de enseñanzas deportivas, analizando la normativa de ordenación de las mismas, de los centros docentes, del profesorado y de la evaluación, aplicando los procesos de programación y secuenciación.

a) Se ha analizado la organización básica de las enseñanzas deportivas en relación con el sistema educativo.

b) Se ha analizado la normativa que rige el funcionamiento y organización de los diferentes tipos de centros docentes en los que se puede impartir las enseñanzas deportivas de régimen especial.

c) Se han analizado las diferentes formas de colaboración entre las administraciones educativas y las federaciones deportivas, para impartir las enseñanzas deportivas.

d) Se han relacionado las competencias del perfil profesional y los objetivos generales de un ciclo de enseñanzas deportivas con los resultados de aprendizaje de uno de los módulos y sus criterios de evaluación, mediante la valoración de sus características.

e) Se han analizado los conceptos, procedimientos y actitudes que soportan los criterios de evaluación de los resultados de aprendizaje de un módulo específico de enseñanza deportiva.

f) Se ha elaborado la programación didáctica de un módulo específico, en situaciones simuladas que concreten, entre otras, el tipo de enseñanza y el entorno docente.

g) Se ha valorado justificadamente la importancia de programar en la formación de técnicos deportivos.

RA-2. Elabora las sesiones de formación de técnicos deportivos de la programación didáctica conforme a sus elementos, valorando las características del alumnado adulto, y analizando, seleccionando y diseñando recursos didácticos propios de las enseñanzas deportivas.

a) Se han valorado las características individuales y psicosociales del alumnado, en una situación simulada de formación de técnicos deportivos con un grupo diverso que incluya elementos de atención a las personas con discapacidad.

b) Se han analizado las características de los recursos didácticos (actividades, tareas, materiales y medios) y las pautas didácticas que facilitan el proceso de enseñanza-aprendizaje presencial y a distancia, en un supuesto práctico de sesión de formación de técnicos deportivos.

c) Se han seleccionado y diseñado actividades, tareas, materiales y medios didácticos (tradicionales, digitales y multimedia), en una sesión de trabajo donde se establezca el tipo de sesión (teórica, práctica, presencial y a distancia), el módulo específico, la concreción curricular y la estructura de sesión.

d) Se han seleccionado y diseñado recursos didácticos alternativos en una situación simulada de una incidencia técnica, debidamente caracterizada de atención a una necesidad educativa especial o aplicación del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la formación de técnicos deportivos.

e) Se ha valorado justificadamente la importancia de seleccionar y diseñar recursos didácticos en la programación didáctica previamente a su utilización en la formación de técnicos deportivos, así como recursos didácticos alternativos frente a posibles incidencias y en atención a la diversidad.

RA-3. Imparte formación de técnicos deportivos conforme a la programación didáctica, aplicando la metodología de enseñanza-aprendizaje y analizando la disposición docente que facilita el aprendizaje y la evaluación.

a) Se han demostrado comportamientos y actitudes docentes que potencien y afiancen el rendimiento y la implicación del alumnado adulto en su formación deportiva, en situaciones simuladas de dirección de sesiones donde se establezcan las características del alumnado.

b) Se han aplicado los estilos de enseñanza y las estrategias pedagógicas de fomento de los estilos de aprendizaje adecuados a la adquisición de competencias profesionales, en un supuesto practico debidamente caracterizado en el que se establezca el tipo de práctica, la modalidad de enseñanza, el módulo específico y las características del alumnado.

c) Se ha dirigido una sesión de formación de enseñanzas deportivas, en un supuesto practico debidamente caracterizado en el que se establezca el tipo de sesión (teórica o práctica), la modalidad de enseñanza y la programación de la sesión.

d) Se han aplicado recursos didácticos alternativos, en un supuesto práctico de una incidencia técnica y en otro de atención a la diversidad en la formación de técnicos deportivos, poniendo en práctica los recursos que resulten más adecuados en cada caso.

e) Se han aplicado las estrategias, instrumentos y formas de evaluación de competencias profesionales en las enseñanzas deportivas, en una situación simulada donde se establezcan las características de los alumnos y los criterios de evaluación de los resultados de aprendizaje de un módulo específico.

f) Se ha resuelto de forma argumentada una reclamación de calificación presentada por un/a alumno/a de enseñanzas deportivas, en una situación simulada en la que se concrete la comunidad autónoma y la normativa a utilizar.

RA-4. Tutoriza técnicos deportivos en su proceso de formación específica (módulos específicos, de formación práctica y proyecto final), analizando y aplicando las estrategias y procedimientos específicos de tutorización.

a) Se han comparado las diferentes estrategias y procedimientos que permiten establecer una línea de trabajo continua y coherente entre los módulos del bloque específico y los del bloque común de las enseñanzas deportivas.

b) Se han analizado las estrategias y procedimientos de actuación en la tutorización de técnicos deportivos y en la dirección de su proyecto final, para su seguimiento y orientación.

c) Se han categorizado y aplicado las diferentes formas de contacto y colaboración con los centros de prácticas para la formalización del convenio de colaboración del módulo de formación práctica.

d) Se han concretado los conceptos, procedimientos y actitudes establecidos en los criterios de evaluación del módulo de formación práctica que deben formar parte del guion de la memoria de prácticas.

e) Se ha valorado la importancia de que el alumnado en prácticas recoja en un diario de campo el registro de lo realizado como elemento de aprendizaje reflexivo.

f) Se han elaborado de forma justificada los apartados clave a incluir en el guion de la presentación oral y escrita de un proyecto final de las enseñanzas deportivas, en un supuesto práctico en el que se establezca la temática del proyecto.

g) Se han ejemplificado estrategias de orientación a aplicar a un/a supuesto/a alumno/a en una situación simulada de seguimiento realizado en un ciclo superior de las enseñanzas deportivas, detectando los momentos en los que habrían sido necesarias.

h) Se ha evaluado una memoria de prácticas o un proyecto final, en una situación simulada donde se establezca dicho documento y los criterios de evaluación de los resultados de aprendizaje de un módulo de formación práctica o de proyecto final.

i) Se ha elaborado de forma justificada el modelo de informe de evaluación, en un supuesto práctico en el que se establece el tipo de módulo a informar.

RA-5. Promueve el desarrollo ético y moral de técnicos y deportistas de alto rendimiento, valorando el impacto que sus comportamientos y actitudes tienen a nivel social, especialmente a través de los medios de comunicación.

a) Se han analizado los valores y antivalores más relevantes relacionados con el alto rendimiento deportivo en la prensa y en las redes sociales.

b) Se han analizado las características que ha de tener el tratamiento de la información deportiva en los medios de comunicación para transmitir valores, especialmente haciendo efectiva la no promoción de la violencia y la valoración del éxito deportivo de otros colectivos normalmente menos valorados como mujeres y personas con discapacidad.

c) Se ha valorado el impacto social de actitudes y comportamientos deportivos y antideportivos de miembros del cuerpo técnico y de deportistas de alto rendimiento, en supuestos prácticos de interacción con los medios de comunicación.

d) Se han analizado los estereotipos de género u otro tipo, conductas de violencia, valores y antivalores, en un supuesto práctico de actuación del equipo de alto rendimiento frente a un conflicto, o en uno personal de resolución de una conducta poco ética y moral del equipo.

e) Se han aplicado estrategias de desarrollo ético y moral personal y del equipo a reflejar en los comportamientos y actitudes ante los medios de comunicación, en un supuesto práctico de dirección de un equipo de alto rendimiento.

f) Se han aplicado estrategias de resolución de conductas poco éticas y morales ante los medios de comunicación, en un supuesto práctico personal o de un deportista de alto rendimiento.

Contenidos básicos

RA-1. Elabora la programación didáctica de los módulos de enseñanzas deportivas, analizando la normativa de ordenación de las mismas, de los centros docentes, del profesorado y de la evaluación, aplicando los procesos de programación y secuenciación.

1. Enumeración de elementos y secuenciación de la programación didáctica.

2. Programación didáctica en enseñanza presencial y a distancia: características diferenciales.

3. Ubicación de las enseñanzas deportivas en el sistema educativo.

– Ordenación, estructura y organización básica.

– Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional: oferta formativa en relación con las enseñanzas deportivas.

4. Normativa específica básica de las enseñanzas deportivas a tener en cuenta en la programación didáctica.

– Centros de enseñanzas deportivas.

– Características del profesorado de enseñanzas deportivas.

– Perfil profesional de los ciclos de enseñanzas deportivas.

– Objetivos generales de los diferentes ciclos de las enseñanzas deportivas.

– Ciclos, bloques y módulos de las enseñanzas deportivas.

– Elementos curriculares de los módulos de las enseñanzas deportivas.

– Normativa de evaluación en las enseñanzas deportivas.

RA-2. Elabora las sesiones de formación de técnicos deportivos de la programación didáctica conforme a sus elementos, valorando las características del alumnado adulto, y analizando, seleccionando y diseñando recursos didácticos propios de las enseñanzas deportivas.

1. Valoración de las características psicosociales del alumnado adulto propio de las enseñanzas deportivas.

– Aprendizaje de personas adultas. Teorías cognitivas del aprendizaje.

– Métodos de valoración psicosocial.

– Implicaciones de las características psicosociales en el aprendizaje adulto.

2. Atención a la diversidad en el alumnado de enseñanzas deportivas, Principio de individualización en la enseñanza-aprendizaje y medidas para su fomento en las mismas.

– Atención a las personas con discapacidad. Principio de normalización.

– Principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

– Adaptación curricular.

– Situaciones de aprendizaje coeducativas, cooperativas e interactivas.

3. Elementos de la sesión en la planificación de sesiones en la formación de técnicos deportivos.

– Concreción curricular.

– Estructura.

4. Recursos didácticos a utilizar en las sesiones de formación técnicos deportivos. Características y criterios de selección y elaboración para enseñanza presencial y a distancia.

– Actividades y tareas.

– Medios didácticos: tradicionales, digitales (nuevas tecnologías –las TIC– aplicadas a la educación) y multimedia.

– Materiales específicos de las disciplinas deportivas.

– Pautas didácticas para la adecuación de los recursos didácticos.

– Alternativas en caso de fallo técnico de los recursos didácticos y frente a otras posibles incidencias en las enseñanzas deportivas.

– Diseño de los recursos didácticos para la individualización del proceso de enseñanza-aprendizaje y en atención a la diversidad en las enseñanzas deportivas.

RA-3. Imparte formación de técnicos deportivos conforme a la programación didáctica, aplicando la metodología de enseñanza-aprendizaje y analizando la disposición docente que facilita el aprendizaje y la evaluación.

1. Desarrollo de la actitud de disposición del profesorado en la intervención docente en la formación de técnicos deportivos, para potenciar y afianzar el rendimiento y la implicación del alumnado adulto en el aprovechamiento de su formación.

– Componentes cognitivos, afectivos y conductuales de la actitud de disposición docente.

2. Aspectos metodológicos de la enseñanza-aprendizaje en la formación de técnicos deportivos.

– Estilos y estrategias de aprendizaje en personas adultas.

– Modelos de formación del profesorado en las enseñanzas deportivas.

– Estilos de enseñanza en modalidad presencial y a distancia.

– Dirección de sesiones en la formación de técnicos deportivos.

3. Evaluación de la formación de técnicos deportivos.

– Estrategias de evaluación.

– Instrumentos de evaluación.

– Formas de evaluación.

– Pautas y proceso para la adecuada atención de reclamaciones de calificaciones.

RA-4. Tutoriza técnicos deportivos en su proceso de formación específica (módulos específicos, de formación práctica y proyecto final), analizando y aplicando las estrategias y procedimientos específicos de tutorización.

1. Análisis de la relación curricular existente entre los distintos módulos de los bloques común y específico de las enseñanzas deportivas a tener en cuenta en la tutorización.

– Implicaciones en el seguimiento y orientación en la tutorización.

2. Seguimiento educativo en la tutorización grupal, personal, presencial y a distancia de los módulos del bloque específico en la formación de técnicos deportivos.

– Estrategias para la monitorización y control del proceso educativo.

– Aplicaciones informáticas específicas de gestión y seguimiento.

3. Orientación educativa en la tutorización grupal, personal, presencial y a distancia de los módulos del bloque específico en la formación de técnicos deportivos.

– Potenciación y afianzamiento del rendimiento y la implicación del alumnado adulto en el aprovechamiento de su formación deportiva.

4. Aspectos específicos a tener en cuenta en la tutorización del módulo de formación práctica de las enseñanzas deportivas.

– Establecimiento de contactos y convenios con entidades colaboradoras.

– Estrategias y procedimientos de actuación específicos en su seguimiento y orientación.

– Memoria de prácticas.

– Diario de campo.

5. Aspectos específicos a tener en cuenta en la tutorización del módulo de proyecto final de las enseñanzas deportivas.

– Dirección y tutorización de proyectos: estrategias y procedimientos de actuación específicos en su seguimiento y orientación.

– Proyecto.

– Presentación oral.

6. Funciones y efectos específicos de la tutorización en el proceso de evaluación de los diferentes módulos de las enseñanzas deportivas.

– Análisis de la progresión en la consecución de los criterios de evaluación de los resultados de aprendizaje de los distintos módulos a lo largo del ciclo de la enseñanza deportiva.

– Elaboración de informes de evaluación.

RA-5. Promueve el desarrollo ético y moral de técnicos y deportistas de alto rendimiento, valorando el impacto que sus comportamientos y actitudes tienen a nivel social, especialmente a través de los medios de comunicación.

1. Ética y moral en el deporte de alto rendimiento. Valores propios.

– Antivalores más relevantes y comunes. Estereotipos y violencia en el deporte de alto rendimiento.

– Valores y rendimiento deportivo.

2. Deporte de alto rendimiento, su impacto social y su desarrollo ético y moral en relación con los medios de comunicación.

– Interacción de los diferentes agentes del ámbito del alto rendimiento deportivo con los medios de comunicación: deportistas y cuerpo técnico.

– Análisis del contenido de la información deportiva en los medios de comunicación: transmisión de valores y valoración del éxito en mujeres y personas con discapacidad.

– Repercusión mediática de actitudes y comportamientos deportivos y antideportivos de las/os deportistas y del cuerpo técnico ante los medios de comunicación.

– Estrategias para el análisis y la difusión de valores deportivos a través de los medios.

ANEXO IV
Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y gestión aplicada al alto rendimiento. Código: MED-C304

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación

RA-1. Revisa las condiciones de seguridad de los recursos materiales y equipamientos deportivos en instalaciones de alto rendimiento, utilizando la normativa vigente y aplicando criterios de protección contra riesgos, además de medidas de protección avanzadas.

a) Se ha identificado la normativa básica y complementaria relativa a la seguridad aplicable a un supuesto práctico donde se concretan las características de una instalación deportiva de alto rendimiento.

b) Se han aplicado los principales criterios de seguridad que deben cumplir las instalaciones y equipamientos deportivos de instalaciones de alto rendimiento, en un supuesto práctico donde se establece el marco normativo a utilizar y las características específicas de la instalación.

c) Se han analizado las características de un plan de emergencia y evacuación en una instalación deportiva de alto rendimiento.

d) Se han detallado estrategias y medidas de protección avanzadas contra riesgos antisociales y de violencia en el deporte, aplicables a una situación simulada debidamente caracterizada propia del alto rendimiento.

RA-2. Organiza competiciones y eventos propios del nivel de tecnificación deportiva, analizando los requisitos administrativos, medios materiales y humanos necesarios, en relación con el marco legal que las regula y valorando los criterios de igualdad de género y sostenibilidad.

a) Se ha identificado la estructura organizativa y la persona responsable de la competición de tecnificación deportiva, diferenciando sus funciones esenciales a partir de la normativa vigente.

b) Se han categorizado de manera justificada las estrategias o herramientas utilizables en la búsqueda de financiación o apoyo económico de eventos y competiciones deportivas.

c) Se ha elaborado el procedimiento de comunicación y difusión de los resultados, así como la gestión del protocolo de manera eficiente, aplicables en eventos reales o simulados.

d) Se ha valorado el impacto ambiental y social de la celebración de eventos deportivos acorde a criterios de sostenibilidad, mediante la participación en espacios de discusión y análisis colectivo.

RA-3. Acompaña a deportistas o equipos a competiciones de alto nivel y alto rendimiento, identificando el marco legislativo y organizativo de dichas competiciones y analizando las normativas de aplicación a deportistas profesionales, deportistas de alto nivel y alto rendimiento.

a) Se ha analizado la normativa deportiva de ámbito internacional y su relación con la estructura administrativa del deporte, mediante un escenario de estudio realista.

b) Se ha descrito la organización, estructura y funciones de los organismos deportivos internacionales más importantes, mediante el análisis de casos prácticos.

c) Se ha descrito el régimen disciplinario y antidopaje y su relación con los organismos del deporte.

d) Se ha analizado la normativa que afecta a Deportistas de Alto Nivel y Alto Rendimiento en España, a través de la revisión de casos representativos.

e) Se han analizado las características de los programas de ayuda a la preparación de Deportistas de Alto Nivel y Alto Rendimiento de los deportes olímpicos, a través de la revisión de programas de apoyo reales.

RA-4. Identifica las formas jurídicas y estructuras de las organizaciones deportivas, relacionándolas con la normativa vigente y aplicando procedimientos básicos de gestión económica.

a) Se ha distinguido el grado de responsabilidad de las personas propietarias y gestoras de organizaciones deportivas, en función de su forma jurídica, mediante el análisis comparativo de distintas estructuras organizativas.

b) Se han identificado los procedimientos de creación y puesta en marcha de una organización deportiva, en un supuesto práctico de emprendimiento en el que se establece la forma jurídica y la estructura de la organización deportiva.

c) Se han enumerado los trámites de obtención de apoyo económico exigidos por la normativa vigente en los procesos de creación de organizaciones deportivas, adecuándolos a las características de cada organización.

d) Se han seleccionado los procedimientos de gestión económica esenciales en la organización deportiva, a partir de una organización ficticia.

RA-5. Selecciona las oportunidades de empleo, identificando itinerarios formativos profesionales, realizando una autovaloración de características personales y reconociendo organizaciones útiles para el asesoramiento en la búsqueda.

a) Se ha valorado la importancia de la formación permanente como factor clave en la empleabilidad y la adaptación a las exigencias del mercado laboral y de la modalidad deportiva, mediante la participación en espacios de discusión y análisis colectivo.

b) Se han identificado los itinerarios formativos profesionales que completan su perfil profesional y aumentan su empleabilidad, a partir de la búsqueda en bases de datos educativas y ofertas formativas actualizadas.

c) Se han descrito posibilidades de empleo relacionadas con su perfil profesional, a partir de la búsqueda de oportunidades en el mercado.

d) Se han analizado y aplicado herramientas de autoevaluación de las aspiraciones, actitudes y formación vinculadas con la búsqueda de empleo.

e) Se han seleccionado de manera justificada las organizaciones de asesoramiento en la búsqueda de empleo, a partir de la consulta de portales de empleo y orientación profesional.

Contenidos básicos

RA-1. Revisa las condiciones de seguridad de los recursos materiales y equipamientos deportivos en instalaciones de alto rendimiento, utilizando la normativa vigente y aplicando criterios de protección contra riesgos, además de medidas de protección avanzadas.

1. Instalaciones deportivas: concepto y características funcionales.

2. Fundamentos normativos sobre seguridad en las instalaciones deportivas.

3. La información sobre seguridad en las instalaciones deportivas. Interpretación de la señalización de seguridad. Accesibilidad en instalaciones deportivas.

4. Procedimientos de revisión de los equipamientos deportivos.

5. Análisis y aplicación de los planes de emergencia y evacuación.

6. Medidas básicas de protección para las personas usuarias y las personas trabajadoras.

7. Protección contra actos antisociales y violencia en el deporte.

RA-2. Organiza competiciones y eventos propios del nivel de tecnificación deportiva, analizando los requisitos administrativos, medios materiales y humanos necesarios, en relación con el marco legal que las regula y valorando los criterios de igualdad de género y sostenibilidad.

1. Competiciones deportivas. Estructura organizativa básica. Funciones y responsabilidades.

2. Vías de apoyo económicas y materiales.

3. Apoyo a la esponsorización del deporte femenino, su importancia en la organización de eventos de esta naturaleza.

4. Organización de actos de protocolo.

5. Gestión y difusión de los resultados de las competiciones deportivas.

6. Sostenibilidad en competiciones y eventos deportivos.

– Medidas para minimizar las afecciones en la Biodiversidad y de restauración de zonas afectadas. Preservación de zonas frágiles, patrimonio arqueológico, histórico y cultural.

– Medidas de ahorro y uso eficiente del agua.

– Gestión de residuos y limpieza.

– Minimizar el uso de energía, fomento de energías renovables.

RA-3. Acompaña a deportistas o equipos a competiciones de alto nivel y alto rendimiento, identificando el marco legislativo y organizativo de dichas competiciones y analizando las normativas de aplicación a deportistas profesionales, deportistas de alto nivel y alto rendimiento.

1. Deporte internacional. Normativa de referencia:

– Carta Olímpica.

– Carta Europea del Deporte: personas con discapacidad.

– Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

– Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad: resolución de la Asamblea General de la ONU del 13 de diciembre de 2006 (artículo 30.5).

2. Organismos Internacionales.

– Estructura y funciones: Comité Paralímpico Internacional, Comité Olímpico Internacional. Tribunal de Arbitraje del Deporte. Agencia Mundial Antidopaje.

– Régimen Disciplinario.

3. Deporte Profesional. Concepto.

– Ley del deporte.

– Ligas profesionales españolas. Características.

4. Deporte de Alto Nivel (DAN) y de Alto Rendimiento (DAR).

– Normativa de aplicación DAN y DAR.

– Plan ADO y «Team España». Características.

– Plan ADOP. Características.

– Programas de apoyo a las deportistas DAN y DAR.

RA-4. Identifica las formas jurídicas y estructuras de las organizaciones deportivas, relacionándolas con la normativa vigente y aplicando procedimientos básicos de gestión económica.

1. Organizaciones y empresas deportivas. Formas jurídicas. Estructura y funciones.

2. Elección de la forma jurídica.

3. Requisitos legales de constitución de organizaciones deportivas y empresas.

4. Vías de financiación de las organizaciones y empresas deportivas. Ayudas y subvenciones. Tramitación de solicitudes de ayudas y subvenciones.

5. Nociones básicas de contabilidad.

6. Análisis de la información contable.

RA-5. Selecciona las oportunidades de empleo, identificando itinerarios formativos profesionales, realizando una autovaloración de características personales y reconociendo organizaciones útiles para el asesoramiento en la búsqueda.

1. Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y profesional del personal técnico deportivo superior.

2. Identificación de los itinerarios formativos relacionados con el personal técnico deportivo superior.

3. El proceso de búsqueda de empleo.

4. Técnicas e instrumentos de búsqueda de empleo.

5. El proceso de toma de decisiones.

6. Análisis de los intereses, aptitudes y motivaciones personales para la carrera profesional.

7. Análisis del mercado de entidades públicas y privadas orientadas al asesoramiento en la búsqueda de empleo.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 30/06/2026
  • Fecha de publicación: 02/07/2026
  • Fecha de entrada en vigor: 22/07/2026
  • Aplicable en la forma indicada en la disposición final 2.
Referencias anteriores
  • MODIFICA:
    • el art. 23.2 del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio (Ref. BOE-A-2024-11858).
    • el art. 23.4 del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril (Ref. BOE-A-2022-5521).
    • el art. 4.1 y el anexo II del Real Decreto 901/2021, de 19 de octubre (Ref. BOE-A-2021-18142).
    • el art. 4 y los anexos II y III del Real Decreto 701/2019, de 29 de noviembre (Ref. BOE-A-2020-343).
    • el art. 4 y los anexos II y III del Real Decreto 983/2015, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2015-12778).
    • el art. 4.1 y el anexo II del Real Decreto 982/2015, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2015-12777).
    • el art. 4 y el anexo II del Real Decreto 668/2013, de 6 de septiembre (Ref. BOE-A-2013-10218).
    • el art. 4.1 y el anexo II del Real Decreto 912/2012, de 8 de junio (Ref. BOE-A-2012-7707).
    • el art. 4.1 y el anexo II del Real Decreto 879/2011, de 24 de junio (Ref. BOE-A-2011-12721).
    • el art. 4.1 y el anexo II del Real Decreto 705/2011, de 20 de mayo (Ref. BOE-A-2011-10780).
    • el art. 4 y los anexos II y III del Real Decreto 936/2010, de 23 de julio (Ref. BOE-A-2010-13565).
    • el art. 4.1 y el anexo II del Real Decreto 934/2010, de 23 de julio (Ref. BOE-A-2010-13563).
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 64 y 665 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (Ref. BOE-A-2006-7899).
Materias
  • Acceso a la universidad
  • Admisión de alumnos
  • Bachillerato
  • Baloncesto
  • Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
  • Centros de enseñanza
  • Currículo
  • Deporte
  • Enseñanza Universitaria
  • Formación profesional
  • Salvamento
  • Técnicos deportivos
  • Títulos académicos y profesionales

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