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Documento BOE-A-1997-24776

Real Decreto 1622/1997, de 24 de octubre, por el que se establece el título de Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño en Arte Textil, perteneciente a la familia profesional de Textiles Artísticos, y se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 1997, páginas 34028 a 34039 (12 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-24776
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1997/10/24/1622

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en su artículo 38, establece como finalidad primordial de las Enseñanzas Artísticas proporcionar a los alumnos una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de las artes. Dentro de estas enseñanzas, la Ley define, en el artículo 46, como de Artes Plásticas y Diseño aquellas que comprenden, entre otros, los estudios relacionados con las Artes Aplicadas y los Oficios Artísticos.

Las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos cuentan con una extensa tradición en el sistema educativo, cuyo origen remite a las raíces genuinas de nuestra cultura artística y cuya acelerada evolución en la modernidad ha dependido no sólo del proceso de constante transformación y diversificación de las tendencias artísticas, sino también de las mejoras introducidas en los productos como resultado de la aplicación a la industria de los logros provenientes de la invención y del desarrollo tecnológico, así como de la aspiración emancipatoria de amplios sectores sociales que otorga al fomento de la dimensión estética del hombre una cualidad determinante para el crecimiento de valores de identidad, expresión personal y comunicación social.

Por ello, las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño, asumen un doble sentido, ya que, por un lado, la transmisión de sus saberes empíricos garantiza la conservación de prácticas artísticas fundamentales, tanto en la composición y el crecimiento del Patrimonio Histórico del Estado como en las tareas de apoyo a la conservación y restauración de éste, y por otro, auspician la renovación y diseño de las artes y las industrias culturales a través de la incentivación de la reflexión estética y la sólida formación en los oficios de las artes.

El presente Real Decreto establece el título de Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño en Arte Textil, perteneciente a la familia profesional de Textiles Artísticos, y sus correspondientes enseñanzas mínimas, configurándose éste en línea de continuidad y correspondencia con los títulos de Artes Plásticas y Diseño establecidos por Real Decreto 1843/1994, de 9 de septiembre.

El ciclo formativo de grado superior de Arte Textil está orientado a formar profesionales que conozcan y sepan utilizar diferentes técnicas con el fin de cubrir la amplia demanda de profesionales capacitados para realizar actividades relacionadas con este ámbito profesional.

Las enseñanzas mínimas que regulan el presente Real Decreto señalan como aspecto básico que el técnico de este nivel deberá estar en posesión de una cultura apropiada, particularmente en lo que concierne al hecho y a los fundamentos de la expresión artística, a las formas de representación y comunicación que den significado a su capacidad creativa y a su realización práctica. Contienen, por tanto, la concepción e interpretación de esquemas proyectuales y su desarrollo desde cualquier tendencia plástica, tanto tradicional como actual, en el campo del diseño de indumentaria, así como el manejo de las técnicas actuales que permitan obtener una resolución óptima de los proyectos propios de su ámbito profesional.

La organización de los contenidos formativos ha de permitir con flexibilidad programar interdisciplinariamente secuencias de aprendizaje, destacando de los ámbitos artísticos, técnicos y de aquellos otros relativos a la especialización profesional del alumno, los contenidos de mayor significación o pertinencia para el desarrollo cualificado de las actividades profesionales para las que preparan los ciclos formativos.

La incorporación al ciclo formativo de fases de formación práctica es pieza clave en la construcción de este modelo formativo, ya que la intervención de profesionales, entidades e instituciones, con su colaboración contribuirá desde planteamientos reales a la concreción de proyectos educativos que anticipen soluciones de solvencia en el mercado de las industrias culturales, cuya referencia ha de proporcionar constantemente índices orientadores de la competitividad profesional en este campo.

Como componente formativo de transición entre la formación modular del ciclo formativo y el mundo profesional en el que ha de insertarse el alumno, el proyecto final comprende un proceso de trabajo compuesto por fases concatenadas de elaboración sobre un supuesto práctico suscitado a partir de situaciones de proyecto referibles a la realidad del trabajo profesional según éste se produce. Esa elaboración y su culminación y evaluación han de contribuir a situar al alumno, con realismo y sentido práctico, ante el inicio de su vida profesional. Por ello, el proyecto final ha de reflejar con nitidez el grado de adquisición de capacidades por parte de los alumnos, permitiendo, a su vez, desplegar su sentido artístico, a disposición del proceso de soluciones previsto como respuesta a la problemática planteada en el propio proyecto final.

Por último, se establecen distintas vías de acceso al ciclo formativo que tienen como denominador común el que todas ellas permiten garantizar que los alumnos poseen aptitudes y dotes de personalidad y talento artístico suficientes que les posibilitan iniciar, progresar y culminar su formación con garantías de aprovechamiento.

Para la elaboración de esta norma han sido consultadas las Comunidades Autónomas que se encuentran en el pleno ejercicio de sus competencias en materia educativa, en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Cultura, previo informe del Consejo Escolar del Estado, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de octubre de 1997,

D I S P O N G O :

Artículo 1.

1. Se establece el título de Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño en Arte Textil, perteneciente a la familia profesional de Textiles Artísticos, el cual tendrá carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

2. Se aprueban las enseñanzas mínimas correspondientes al título establecido por el presente Real Decreto, los objetivos generales, la descripción del perfil profesional, así como las condiciones para la impartición de sus enseñanzas referidas a la relación numérica profesor/alumno e instalaciones, cuyos contenidos se especifican en el anexo I.

3. Las Administraciones educativas competentes establecerán el currículo del ciclo formativo de grado superior, del que formarán parte, en todo caso, las enseñanzas mínimas.

Artículo 2.

Las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial a que se refiere el artículo 1 tienen como objetivo común, en cuanto enseñanzas de artes plásticas y diseño:

a) Proporcionar a los alumnos una formación artística de calidad, que les permita apreciar la importancia de las artes plásticas como lenguaje artístico y medio de expresión cultural y desarrollar su capacidad creativa, tomando conciencia de las posibilidades de realización profesional que todo ello implica.

b) Garantizar su cualificación profesional, permitiéndoles adquirir la capacidad y conocimientos necesarios para resolver cuantos problemas se presenten en el desarrollo de su actividad profesional y adaptarse a la evolución de los procesos técnicos y de las concepciones artísticas.

Artículo 3.

Asimismo, estas enseñanzas tienen como objetivo específico, en cuanto ciclo formativo de grado superior, proporcionar a los alumnos la formación necesaria para:

a) Proyectar y coordinar procesos técnicos y artísticos de realización.

b) Proyectar y realizar obras que posean rigor técnico y sensibilidad expresiva, a través del desarrollo de su personalidad artística, sus facultades y su cultura plástica.

c) Poseer los conocimientos científico-técnicos y prácticos que les capaciten para la realización de su trabajo a través de los procesos tecnológicos, tradicionales y actuales, relacionados con su actividad artística profesional.

d) Desarrollar su capacidad de investigación de formas con un enfoque pluridisciplinar.

e) Comprender la organización y características del ámbito de su profesión, así como los mecanismos de inserción profesional básica; conocer la legislación profesional básica y los mecanismos de prevención de riesgos laborales.

Artículo 4.

1. Al establecer el currículo del ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño de Arte Textil, las Administraciones educativas tendrán en cuenta las necesidades de desarrollo económico y social del territorio de su competencia educativa, así como la función de estas enseñanzas en el fomento de su patrimonio cultural. A tal fin, impulsarán la participación de los sectores artístico, profesional y empresarial y de organismos e institucio nes artísticos y culturales, tanto en la elaboración del currículo como en el desarrollo de las enseñanzas, especialmente en la organización y evaluación de las fases de formación práctica y del proyecto final.

2. Asimismo, en el establecimiento del currículo se fomentará la autonomía pedagógica y organizativa de los centros y se impulsará su relación con su entorno socioeconómico y cultural.

3. Las Administraciones educativas facilitarán la actividad artística e investigadora del profesorado en relación con su práctica docente.

Artículo 5.

La obtención del correspondiente título requerirá la evaluación positiva de los distintos contenidos en que se estructura la enseñanza impartida en el centro educativo, de las fases de formación práctica en empresas, estudios o talleres, así como del proyecto final.

Artículo 6.

1. La enseñanza en el centro educativo se organiza en módulos.

2. A efectos de lo dispuesto en el presente Real Decreto, el concepto «módulo» se considerará equivalente al término «materia teórica», «materia teórico-práctica» y «clases prácticas» a que se refiere el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan Enseñanzas Artísticas.

Artículo 7.

1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.4 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octu bre, de Ordenación General del Sistema Educativo, el currículo de los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño incluirá fases de formación práctica en empresas, estudios o talleres, que podrán consistir tanto en la realización de prácticas en entidades de titularidad pública o privada, como en trabajos profesionales académicamente dirigidos e integrados en el currículo, así como aquellos efectuados en el marco de programas de intercambio nacional o internacional.

2. La fase de formación práctica tendrá por finalidades:

a) Complementar los conocimientos, habilidades y destrezas de los módulos que integren el currículo.

b) Contribuir al logro de los objetivos previstos en los artículos 2 y 3 del presente Real Decreto y de los objetivos propios de la especialidad de cada ciclo formativo.

3. Las Administraciones educativas regularán la organización y evaluación de la fase de formación práctica, pudiendo quedar total o parcialmente exentos de ella quienes acrediten experiencia laboral en el campo profesional directamente relacionado con este ciclo formativo.

Artículo 8.

1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artícu lo 48.4 de la Ley Orgánica 1/1990, de Ordenación General del Sistema Educativo, el currículo determinará el proyecto final que deberá superar el alumno, una vez aprobados los módulos del ciclo formativo, para la obtención del título. En el proyecto final el alumno deberá acreditar el dominio de los conocimientos y métodos científicos y artísticos exigibles para el ejercicio profesional en la correspondiente especialidad.

2. Con dicho fin, el alumno elaborará un proyecto de su especialidad, con una memoria que incluya las necesidades funcionales, sociales y artísticas a satisfacer y las previsiones y cálculos tecnológicos, de coste y de medios que resultarían precisos para la ejecución de lo proyectado.

3. Las Administraciones educativas regularán el procedimiento de elaboración y la evaluación del proyecto.

Artículo 9.

1. Para acceder al ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño que se regula en el presente Real Decreto será preciso estar en posesión del título de Bachiller o haber superado los estudios equivalentes a aquél título, según se establece en los anexos I y II del Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del Sistema Educativo, y superar la correspondiente prueba de acceso.

2. La prueba de acceso, cuya estructura, contenido y criterios de calificación serán determinados por cada Administración educativa deberá permitir acreditar los conocimientos y aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas.

3. La superación de esta prueba posibilitará el acceso en todo el ámbito nacional a las enseñanzas de grado superior establecidas en el presente Real Decreto, sin perjuicio de las disponibilidades de plazas en los diferentes centros.

Artículo 10.

1. No obstante lo previsto en el artículo anterior, será posible acceder a los ciclos establecidos en el presente Real Decreto sin estar en posesión del título de Bachiller, siempre que el aspirante tenga cumplidos los veinte años de edad y supere una prueba en la que demuestre tanto madurez intelectual, acreditada a través del dominio de las capacidades lingüísticas, de razonamiento y de conocimientos fundamentales de la etapa educativa anterior relacionados con la enseñanza a la que aspira, como las habilidades específicas necesarias para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

2. Esta prueba, que tendrá validez en todo el territorio nacional, será regulada por las Administraciones educativas.

Artículo 11.

1. Estarán exentos de realizar la prueba de acceso prevista en el artículo 9 del presente Real Decreto:

a) Los alumnos que hubieran superado en el Bachillerato de la modalidad de Artes la materia «Fundamentos del Diseño» y aquellas otras dos materias del mismo Bachillerato que las Administraciones educativas determinen teniendo en cuenta su directa concordancia con los estudios de esta familia profesional.

b) Los alumnos que hubieran superado los estudios experimentales de Bachillerato Artístico.

c) Los alumnos que estuvieran en posesión del título de Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño correspondiente a otro ciclo formativo de la misma familia profesional, así como quienes tuvieran el título de Graduado en Artes Aplicadas en especialidades del ámbito de los textiles artísticos.

2. Las Administraciones educativas determinarán el número máximo de plazas disponibles para alumnos que se hallen en los supuestos de exención a que se refiere este artículo y los criterios de valoración de los estudios previos para la adjudicación de las mismas.

Artículo 12.

1. La evaluación de las enseñanzas propias de los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño se realizará por módulos, considerando los objetivos educativos y los criterios de evaluación establecidos en el currículo para cada módulo, así como la madurez académica de los alumnos en relación con los objetivos del ciclo.

2. Asimismo, el número máximo de convocatorias por cada módulo será de cuatro. Con carácter excepcional, las Administraciones educativas podrán establecer una convocatoria extraordinaria en los supuestos de enfermedad que impida el normal desarrollo de los estudios u otros que merezcan igual consideración.

3. Podrán ser objeto de correspondencia con la práctica profesional los módulos que se establecen en el anexo I del presente Real Decreto.

Artículo 13.

El título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Arte Textil permitirá el acceso directo a los estudios superiores que se determinen.

Disposición adicional primera.

Los elementos básicos de los informes de evaluación del alumnado que curse los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño regulados por la Ley 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad de los alumnos, se regirán por lo dispuesto en la Orden de 16 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 23).

Disposición adicional segunda.

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 676/1993, de 7 de mayo, por el que se establecen directrices generales sobre los títulos y las correspondientes enseñanzas mínimas de formación profesional, los elementos que se enuncian bajo el epígrafe «Descripción del perfil profesional» en el apartado 2 del anexo I no constituyen una regulación del ejercicio de profesión titulada alguna y, en todo caso, se entenderán en el contexto del presente Real Decreto con respecto al ámbito del ejercicio profesional vinculado por la legislación vigente a las profesiones tituladas.

Disposición transitoria única.

Hasta tanto se determinen las nuevas especialidades docentes, la competencia del profesorado pertenecientes a los Cuerpos de Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño para la impartición de cada módulo, queda definida por su pertenencia a la especialidad que se establece en el anexo II del presente Real Decreto. No obstante, las Administraciones educativas, en su ámbito de competencia y durante el mismo período transitorio, podrán autorizar la impartición de determinados módulos a aquellos docentes que, a la promulgación de este Real Decreto, se encontrasen impartiendo materias equivalentes de la anterior ordenación, siempre que acrediten preparación para ello.

Disposición final primera.

El presente Real Decreto, que tiene carácter de básico, se dicta en uso de las competencias atribuidas al Estado en el artículo 149.1.30.a de la Constitución, así como en la disposición adicional primera, apartado 2, de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, del Derecho a la Educación y en virtud de la habilitación que confiere al Gobierno el artículo 4 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Disposición final segunda.

Corresponde a las Administraciones educativas competentes dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, cuantas disposiciones sean precisas para la ejecución y desarrollo de lo dispuesto en el presente Real Decreto.

Disposición final tercera.

El Director general de Centros Educativos determinará las convalidaciones entre módulos de ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño de Arte Textil y módulos pertenecientes a ciclos formativos de diferentes familias profesionales, atendiendo a la correspondencia de sus contenidos.

Disposición final cuarta.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 24 de octubre de 1997.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación y Cultura,

ESPERANZA AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

ANEXO I

ARTE TEXTIL

1. Identificación del título

Este ciclo armoniza en su estructura una variada gama de talleres, procedimientos y materiales, que han constituido el campo propio de las artes textiles desde el más remoto pasado humano. A través de cualquiera de sus manifestaciones, la significación cultural de estas modalidades de arte aplicado está indiscutiblemente avalada por la finalidad utilitaria y de ennoblecimiento de su hábitat que la sociedad les ha encomendado; por la especialización técnica que debe poseer el realizador de textiles y por sus aportaciones creativas en el ámbito del lenguaje gráfico, el color, la ornamentación o la composición.

España goza de una larga tradición textil, que abarca amplios repertorios de materiales y va desde la producción de lujo a los ejemplares de inspiración popular. La riqueza de esta tradición y la vinculación de los talleres textiles a las enseñanzas artísticas (en cualquiera de las denominaciones que han ostentado los centros que las imparten), hace necesario encuadrarlas en el marco de la nueva ordenación del sistema educativo, con el fin de proteger la variada gama de oficios artísticos que se insertan en este ciclo formativo superior, garantizar la continuidad de sus procedimientos técnico-artísticos históricos, y dotar a estas profesiones de la necesaria acomodación a los métodos, tecnologías e innovaciones creativas que demanda el arte textil en la actualidad.

La evolución estética del siglo XX ha desembocado en una realidad plástica contemporánea en la que conceptos y planteamientos tradicionales han experimentado una transformación radical. La separación entre artes «mayores» y «menores» carece hoy de una base formal de argumentación, y en el campo textil así lo demuestran las investigaciones que se han llevado y se llevan a cabo por el camino de la más amplia libertad creativa, ya sea en el tratamiento tridimensional, como en materiales, texturas o tendencias.

El ciclo formativo de grado superior «Arte Textil» potencia la formación de profesionales con impulso creativo y capacidad de realización práctica, conocedores de las tradiciones y poseedores de los recursos óptimos para dar respuesta a las necesidades que requiere el arte textil contemporáneo, por su adaptación amplia y polivalente a los diferentes oficios artísticos que configuran su campo. El técnico de este nivel, gracias a su capacitación, podrá atender a la amplia demanda social de que gozan los tejidos artísticos en el entorno del hombre actual, o realizarlos como obra de arte independiente.

a) Denominación: Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño en Arte Textil.

b) Nivel: grado superior de Artes Plásticas y Diseño.

c) Duración total del ciclo: mil novecientas cincuenta horas.

2. Descripción del perfil profesional

a) Campo profesional:

El profesional de este nivel ejercerá su actividad:

1.o En empresas del sector textil y en aquellas otras que, enmarcadas en otros sectores de producción industrial, requieren los servicios de este profesional dado que utilizan entre sus componentes elementos textiles propios o afines de la producción de los textiles artísticos.

2.o En empresas y talleres de carácter artesanal y artístico, ya sean públicos o privados, pequeños, medianos o grandes, relacionados con el campo profesional relativo a los textiles artísticos.

3.o Como profesional indepediente, en régimen de sociedad o asociado en cooperativa.

4.o Bajo la dirección de técnicos de niveles superiores, de éste o de otros ámbitos académicos, para la realización de proyectos que requieran los servicios de estos profesionales.

5.o En tareas de asesoramiento sobre textiles artísticos a empresas, profesionales independientes o artistas.

6.o En la realización de proyectos de carácter artísticos creados por él, por otros titulados o por artistas.

b) Tareas más significativas:

1.o La concepción, proyección, producción y acabado de textiles artísticos en cualquiera del conjunto de técnicas que integran este ciclo, para la decoración de interiores y del mobiliario, tanto de carácter utilitario como artístico o decorativo; de textiles para la confección de prendas de vestir, complementos de moda y tejidos y de instalaciones textiles para escenografías teatrales o de cualquier otro tipo de espectáculo, y el control de todo el proceso desde su concepción hasta su comercialización.

2.o La realización de muestrarios.

3.o La realización de prototipos para diseñadores o empresas textiles.

4.o La recuperación y catalogación de técnicas y textiles artísticos tradicionales.

5.o La definición de las características técnicas y estéticas del producto y la selección de materiales y equipamientos idóneos en colaboración con técnicos de nivel superior de los departamentos de diseño, producción y comercialización.

6.o Interpretar los datos suministrados por clientes, revistas especializadas, asociaciones profesionales, estudios de mercado, con vistas a la realización de productos que satisfagan una necesidad existente en la sociedad.

7.o Proyectar y producir textiles artísticos tanto funcionales como decorativos que, en el plano técnico, se adapten a las prestaciones del equipamiento de que se dispone y, en el plano estético, tengan en cuenta las tendencias de estilo y colorido.

8.o Organizar el proceso productivo de la manera más racional y eficiente posible y resolver los problemas técnicos que plantee la ejecución del trabajo y el mantenimiento de la maquinaria y el utillaje.

9.o En el seno de una empresa de carácter industrial la formación, dirección y coordinación de equipos de trabajo y la comunicación con técnicos de otros departamentos.

10. Ejercer labores de control de calidad.

11. Analizar, conservar y reproducir textiles artísticos, así como realizar tareas de asesoramiento en su conservación y limpieza, embalado y almacenamiento.

12. Conocer e incorporar las innovaciones que puedan ir surgiendo debidas a la incorporación de nuevos materiales y tecnologías.

3. Enseñanzas mínimas

A) Objetivos generales del ciclo formativo.

El desarrollo de los diferentes módulos que conforman este ciclo formativo ha de contribuir a que los alumnos y alumnas adquieran las siguientes capacidades:

1.o Desarrollar las actitudes, destrezas y habilidades que les permitan analizar, comprender y desarrollar los procesos básicos de realización propios de la especialidad.

2.o Conocer y saber utilizar los métodos y sistemas de creación y elaboración de productos propios de la especialidad, tanto en lo referente a tendencias plásticas como a las técnicas que se integran dentro de este campo profesional.

3.o Valorar de forma idónea las necesidades planteadas en la propuesta de trabajo, así como los aspectos plásticos, artísticos, técnicos, organizativos y económicos, para configurar el proyecto y seleccionar las especificaciones plásticas y técnicas oportunas para conseguir un óptimo resultado en su trabajo profesional.

4.o Resolver los problemas artísticos y tecnológicos que se planteen durante el proceso de proyectación y realización o producción.

5.o Conocer con detalle las especificaciones técnicas de los equipos y maquinaria utilizados.

6.o Conocer y saber utilizar las medidas preventivas necesarias para que los procesos de realización utilizados no incidan negativamente en la salud y en el medio ambiente.

7.o Investigar las formas, materiales, técnicas y procesos creativos y artísticos relacionados con la especialidad.

8.o Conocer y comprender el marco legal, económico y organizativo que regula y condiciona la actividad profesional en el campo propio de la especialidad.

9.o Analizar, adaptar y, en su caso, generar documentación artístico-técnica imprescindible en la formación y adiestramiento de profesionales del sector.

10. Seleccionar y valorar con rigor crítico las situaciones plásticas, artísticas, técnicas y culturales derivadas del avance tecnológico y cultural de la sociedad, de forma que le permitan desarrollar su capacidad de autoaprendizaje a fin de evolucionar adecuadamente en la profesión.

11. Adquirir los conocimientos suficientes para rentabilizar el trabajo.

12. Integrar los conocimientos que los diversos módulos proporcionan dentro de los procesos de investigación, bien sea ésta artística, técnica o tecnológica.

B) Distribución horaria de las enseñanzas mínimas:

Horas

mínimas / Estructura general

Módulos impartidos en el centro educativo / 975

Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres / 25

Proyecto final / 75

Suma horas enseñanzas mínimas / 1.075

C) Formación en centros educativos:

1.o Distribución horaria de los módulos impartidos en el centro educativo:

Horas

enseñanzas

mínimas /

Módulos

Historia de los Textiles Artísticos / 75

Dibujo Artístico / 75

Color / 50

Taller de Tapices y Alfombras / 75

Taller de Tejidos en Bajo Lizo / 75

Taller de Bordados y Encajes / 75

Taller de Estampación y Tintados de Telas / 75

Taller de Arte Textil / 350

Proyectos: Arte Textil / 75

Formación y Orientación Laboral / 50

Suma horas / 975

2.o Objetivos, contenidos y criterios de evaluación de los diversos módulos:

I. Historia de los Textiles Artísticos

a) Objetivos:

1.o Desarrollar la comprensión visual conceptual del ámbito histórico y cultural propio de las artes textiles.

2.o Comprender las especificidades de su lenguaje y relacionarlas en el espacio y en el tiempo con otras manifestaciones artísticas bidimensionales, o con las propias de las distintas culturas visuales.

3.o Conocer su génesis y evolución a través del tiempo y valorar sus tendencias actuales como parte de la sensibilidad artística contemporánea.

4.o Facilitar a cada una de las especialidades que se integran en este ciclo formativo las referencias concretas que son necesarias para un óptimo conocimiento técnico, histórico y artístico de la modalidad escogida.

5.o Coordinar planteamientos de trabajo y actividades en común con el resto de las disciplinas que configuran el área artística y con las que desarrollan los procedimientos específicos de taller, para conexionar de forma idónea el conocimiento teórico de la historia del tejido artístico con la realización práctica del mismo.

b) Contenidos:

1.o El lenguaje de las Artes Aplicadas bidimensionales. Categorías, técnicas, materiales y utillaje propios del campo de las artes textiles. La ornamentación como expresión artística en las artes textiles.

2.o Primeras manifestaciones textiles. Realizaciones del mundo antiguo y aportaciones de la Arqueología para su conocimiento. Repertorios ornamentales. Formulaciones del clasicismo.

3.o La iconografía cristiana y los esquemas ornamentales sasánidas: su repercusión en los planteamientos textiles medievales. La estética musulmana aplicada a las elaboraciones textiles: el mudejarismo. Artes textiles bajomedievales.

4.o Producciones textiles del Extremo Oriente y del mundo africano: panorámica histórica y repercusiones en Occidente. El mundo textil precolombino.

5.o Equilibrio, proporción y armonía en las concepciones del Renacimiento. El grutesco y su difusión. El «italianismo» en las diferentes manifestaciones textiles nacionales.

6.o Conceptos estéticos y ornamentales de Barroco y Rococó. El predominio francés. Influencia de la pintura sobre las artes textiles. Principales manufacturas. Valoración de las producciones españolas.

7.o El nuevo clasicismo: evolución decorativa y perfeccionamientos técnicos. Industrialismo y eclecticismo y su repercusión en las artes textiles. Corrientes renovadoras de fin de siglo. Los comienzos del diseño textil. Estética del «Art-Nouveau». Conceptos ornamentales, repertorio temático y aportaciones a las artes textiles. Intentos de alejamiento de las fórmulas pictóricas.

8.o Nuevos caminos estéticos del siglo XX y consecuencias de las vanguardias históricas para el arte aplicado, en especial para las modalidades textiles. Renovación de los oficios y de los tratamientos ornamentales. Experiencias del período de entreguerras.

9.o La estética contemporánea. Textiles artesanales e industriales. El diseño actual y las nuevas tecnologías. Renovación de materiales y superación del concepto bidimensional. La artesanía textil de las culturas primitivas. El arte popular.

c) Criterios de evaluación:

Se valorarán los siguientes términos:

1.o Capacidad de percepción visual razonada y científica de las artes aplicadas bidimensionales y en especial de las artes textiles.

2.o Comprensión razonada y crítica de cualquier manifestación artística, y especialmente de los conceptos relacionados con el arte textil, que posibilite la ambientación de estas manifestaciones en el contexto histórico-social en el que han sido concebidas y realizadas.

3.o La sensibilidad y ponderación manifestadas ante el hecho artístico contemporáneo y su expresión en las artes textiles.

4.o Utilización de un lenguaje claro y conciso, así como de una terminología y un vocabulario específico idóneos.

II. Dibujo Artístico

a) Objetivos:

1.o Conocer los elementos básicos de la psicología de la percepción visual y su comportamiento.

2.o Desarrollar la capacidad para analizar formas, tanto en su aspecto externo como estructural y la capacidad de memorización visual y retentiva.

3.o Conocer los materiales, los útiles de dibujo y los procedimientos más usuales en este ámbito creativo sabiendo elegir los más adecuados al trabajo que se quiere realizar.

4.o Desarrollar la sensibilidad artística y la creatividad y su aplicación en el desarrollo de lenguajes compositivos personales y funcionales.

5.o Desarrollar la capacidad de expresión y comunicación a través de la descripción, la representación y la interpretación gráfico-plástica de la realidad exterior o las ideas, demostrando creatividad y sentido artístico en el trabajo.

6.o Desarrollar las actitudes idóneas para el trabajo en equipo.

b) Contenidos:

1.o Introducción a la psicología de la percepción visual.

2.o Elementos conceptuales y comportamientos formales básicos de la imagen.

3.o Elementos estructurales y lenguajes composi tivos.

4.o Técnicas y procedimientos gráficos, análisis de las propiedades y condicionamientos.

5.o Análisis de las formas geométricas y orgánicas. Dibujo de las formas de la naturaleza, del paisaje y de los espacios arquitectónicos.

6.o Dibujo de retentiva. Apuntes rápidos, bocetos y cartones. Estudio de la figura humana.

7.o Gestión de la producción personal de mensajes funcionales y dependientes del entorno con el cual se opera.

8.o Actitudes y procedimientos idóneos para el trabajo en equipo.

9.o El lenguaje gráfico como valor expresivo y comunicativo. La expresión creativa y comunicativa aplicada al diseño textil.

c) Criterios de evaluación:

Se valorará:

1.o Conocer los elementos básicos del comportamiento perceptivo visual.

2.o La capacidad de expresión y comunicación a través de la representación gráfico-plástica.

3.o La capacidad del alumno para realizar el análisis de los elementos conceptuales, comportamientos formales básicos de la imagen, y de los elementos estructurales y de los lenguajes compositivos.

4.o La capacidad del alumno para realizar una correcta elección y utilización de los materiales de dibujo, las técnicas y procedimientos gráficos adecuados y el conocimiento de las propiedades y condicionamientos.

5.o El nivel expresivo y comunicativo del lenguaje gráfico y la sensibilidad artística demostrada en la realización del trabajo, su nivel de acabado y la presentación final.

6.o La capacidad de análisis, representación e integración de las formas geométricas y orgánicas, las formas de la naturaleza, del paisaje y de los espacios arquitectónicos.

7.o Los progresos conseguidos en el dibujo de retentiva, apuntes rápidos, creación de bocetos y cartones y en el estudio de la figura humana.

8.o La capacidad del alumno para producir mensajes funcionales y dependientes del entorno con el cual se opera y su carácter expresivo y personalizado.

9.o El desarrollo de las actitudes y procedimientos idóneos para el trabajo en equipo.

III. Color

a) Objetivos:

1.o Adquirir los conocimientos necesarios relativos a las teorías y conceptos básicos sobre el comportamiento del color y la percepción cromática.

2.o Conocer las propiedades y características físico químicas de los colores, las mezclas y los procedimientos.

3.o Desarrollar la capacidad de análisis de las composiciones cromáticas desde una perspectiva multidisciplinar.

4.o Seleccionar y utilizar correctamente los distintos útiles y materiales, técnicas y procedimientos de acuerdo con el trabajo a realizar.

5.o Profundizar en el conocimiento de aquellos aspectos del color más relacionados con el mundo de los textiles.

6.o Desarrollar la sensibilidad artística, la creatividad y las capacidades expresivas y comunicativas.

7.o Conocer e interpretar los códigos y las normas cromáticas y colorimétricas e incorporarlas en la realización de los trabajos.

b) Contenidos:

1.o Teoría y conceptos relativos a la visión. Relación ojo-cerebro. Teoría psicofísica del color.

2.o Fenómenos ópticos. Umbral de percepción de la forma, el color y el espacio. La percepción interactiva forma-espacio-color-movimiento.

3.o Principales teorías del color. Análisis cromático. Dimensiones cromáticas del color: cromatología, colorimetría. Espacios cromáticos CIE y espacios normalizados.

4.o Color y luz. Absorción de la luz. Mezclas de colores. Color y constitución físico-química.

5.o Estructura y composición cromática: contraste y armonía.

6.o Realidad y representación. Valores icónicos y simbólicos.

7.o Dinámica de los colores aplicada a los objetos textiles.

8.o Técnicas y procedimientos pictóricos.

c) Criterios de evaluación:

Se valorará:

1.o Los conocimientos y la capacidad de análisis y comprensión de los comportamientos perceptivos relativos al color.

2.o El nivel alcanzado por el alumno en el conocimiento aplicado de las diversas teorías y conceptos, los códigos y normas cromáticas y su integración y desarrollo en los trabajos planteados.

3.o La capacidad para establecer criterios de selección y utilización de las materias, materiales, técnicas y procedimientos cromáticos y pictóricos propios del ámbito del diseño textil, así como el nivel de destreza lograda.

4.o La capacidad del alumno para producir mensajes funcionales y expresivos, dependientes del entorno con el cual se opera, a través de composiciones cromáticas, así como el nivel artístico y personalizado de las mismas.

5.o La sensibilidad artística demostrada y el nivel de calidad en la ejecución y presentación de los trabajos.

IV. Taller de Tapices y Alfombras

a) Objetivos:

1.o Adquirir conocimientos generales teórico-prácticos sobre las diversas técnicas, así como sobre los materiales tradicionalmente asociados a éstas.

2.o Realizar trabajos de iniciación en el taller de tapices y alfombras.

3.o Desarrollar el sentido artístico y la creatividad.

b) Contenidos:

1.o Elaboración de cartones para tapiz a partir de bocetos.

2.o Urdido y montaje de la urdimbre en el telar de plegadores.

3.o Lizado para tejeduría de tapices.

4.o Trazado del dibujo sobre la urdimbre.

5.o Tejido. Remates, acabados y sistemas de instalación.

6.o Elaboración de cartones para alfombra a partir de bocetos e interpretación de los mismos. Sistemas de cuadrícula y de trazado directo.

7.o Urdido y montaje de la urdimbre.

8.o Lizado para alfombras. Tejido: nudo turco, nudo español. Remates y acabados.

9.o Técnicas de limpieza y conservación.

10. Análisis de tejidos y reconstrucción de estructuras.

c) Criterios de evaluación:

Se valorará:

1.o El correcto empleo de los materiales y equipamiento del taller y la adquisición de habilidades en la ejecución de las técnicas.

2.o La capacidad para racionalizar los procesos de producción en el taller.

3.o La sensibilidad para seleccionar los materiales y técnicas más adecuadas en cada caso.

4.o La facilidad para interpretar y adaptar motivos de textiles tradicionales o dibujos y bocetos de creación personal.

5.o La realización correcta del trabajo.

6.o Creatividad y sensibilidad artística demostrada en su trabajo.

V. Taller de Tejidos de Bajo Lizo

a) Objetivos:

1.o Adquirir conocimientos generales teórico-prácticos sobre las diversas técnicas, así como sobre los materiales tradicionalmente asociados a éstas.

2.o Realizar trabajos de iniciación en el taller de tejidos de bajo lizo.

3.o Desarrollar la sensibilidad artística y la creatividad.

b) Contenidos:

1.o Materiales, tipos de telares y utensilios.

2.o Sistemas de urdido y de montaje de la urdimbre en el telar.

3.o Cuestiones relacionadas con la práctica de tejido. Representación gráfica de ligamentos, remetidos y picados. Ligamentos fundamentales y derivados. Ligamentos compuestos: estudio especial del damasco. Tejidos compuestos: telas a dos caras y dobles telas. Remates y acabados.

c) Criterios de evaluación:

Se valorará:

1.o El correcto empleo de los materiales y equipamiento del taller y la adquisición de habilidades en la ejecución de las técnicas.

2.o La capacidad para racionalizar los procesos de producción en el taller.

3.o La sensibilidad para seleccionar los materiales y técnicas más adecuadas en cada caso.

4.o La facilidad para interpretar y adaptar motivos de textiles tradicionales o dibujos y bocetos de creación personal.

5.o Sensibilidad artística y creatividad demostrada en su trabajo.

VI. Taller de Bordados y Encajes

a) Objetivos:

1.o Adquirir conocimientos generales teórico-prácticos sobre las diversas técnicas, así como sobre los materiales tradicionalmente asociados a éstas.

2.o Realizar trabajos de iniciación en el taller de bordados y encajes.

3.o Desarrollar la sensibilidad artística y la creatividad.

b) Contenidos:

1.o Encajes: materiales y utensilios.

2.o Encajes de bolillos: aspecto gráfico, preparación del dibujo y el picado, muestreo y variantes de color. Conocimientos previos a un encaje. Montaje de los bolillos. Puntos base y fondos fundamentales. Clasificación.

3.o Los encajes de almohadilla larga. Clasificación y técnicas.

4.o Encajes de aguja: preparación y montaje. Clasificación y técnicas.

5.o Bordados de trama y urdimbre: elaboración de cartones y trazado de estos dibujos. Motivos y puntos característicos. Clasificación. Muestreo y variantes de color.

6.o Bordados de trama y urdimbre: bordados populares cortando hilos, bordados eruditos y fondos contando hilos, bordados de tapicería.

7.o Bordados dibujados y aplicados: elaboración de cartones y trazado de estos dibujos. Motivos y puntos característicos. Muestreo y variantes y color. Clasificación.

8.o Técnicas de bordados dibujados y aplicados: bordados dibujados populares, bordados en blanco, reposteros.

9.o Bordados a máquina. Iniciación. Manejo de la máquina.

c) Criterios de evaluación:

Se valorará:

1.o El correcto empleo de los materiales y equipamiento del taller y la adquisición de habilidades en la ejecución de las técnicas.

2.o La capacidad para racionalizar los procesos de producción en el taller.

3.o La sensibilidad para seleccionar los materiales y técnicas más adecuadas en cada caso.

4.o La facilidad para interpretar y adaptar motivos de textiles tradicionales o dibujos y bocetos de creación personal.

5.o Creatividad y sensibilidad artística demostrada en su trabajo.

VII. Taller de Estampación y Tintado de Telas

a) Objetivos:

1.o Adquirir conocimientos generales teórico-prácticos sobre las diversas técnicas, así como sobre los materiales tradicionalmente asociados a éstas.

2.o Realizar trabajos de iniciación en el taller de estampación y tintado de telas.

3.o Desarrollar la sensibilidad artística y la creatividad.

b) Contenidos:

1.o Materiales, utensilios y colorantes.

2.o Preparación de soportes.

3.o Adecuación de motivos.

4.o Iniciación al tintado.

5.o Iniciación a las técnicas de estampación: a la «Lionesa» (serigrafía), con pistola (aerógrafo), Batik en frío (pintura sobre telas).

6.o Estampación por eliminación selectiva del color.

7.o Selección de color, obtención de plantillas con tintas planas (por cuatricomía con carácter informativo).

8.o Iniciación al grabado de moldes.

9.o Muestreo.

10. Fijación del color y acabados.

c) Criterios de evaluación:

Se valorará:

1.o El correcto empleo de los materiales y equipamiento del taller y la adquisición de habilidades en la ejecución de las técnicas.

2.o La capacidad para racionalizar los procesos de producción en el taller.

3.o La sensibilidad para seleccionar los materiales y técnicas más adecuadas en cada caso.

4.o La facilidad para interpretar y adaptar motivos de textiles tradicionales o dibujos y bocetos de creación personal.

5.o Sensibilidad artística y creatividad demostrada en su trabajo.

VIII. Taller de Arte Textil

a) Objetivos:

1.o Utilizar y combinar las técnicas propias de los textiles como instrumento de creación artística, sin excluir la posible funcionalidad que puedan tener.

2.o Incorporar nuevos materiales y nuevas tecnologías auxiliares, especialmente en el campo de las operaciones preparatorias del proceso de producción y en el de los acabados.

3.o Investigar las posibilidades expresivas de técnicas y materiales sobrepasando el marco tradicional de su utilización con el fin de crear obras de carácter experimental y/o artístico.

4.o Desarrollar la sensibilidad artística y la creatividad.

b) Contenidos:

1.o Composiciones cromáticas en el plano: diversas técnicas de tejido y decoración de superficies. Texturas visuales.

2.o Relieves partiendo del plano.

3.o Posibilidades texturales de las fibras, tejidos y otros materiales textiles y paratextiles.

4.o Manipulación por técnicas tradicionales y libres.

5.o Cualidades gráficas de fibras e hilaturas. Materiales extratextiles de carácter lineal. Técnicas de entrelazado, anudado y libres.

6.o Capacidad de los materiales y técnicas textiles para crear estructuras espaciales: escultura textil y textiles funcionales tridimensionales.

7.o Intervención y creación de espacio: instalaciones textiles.

c) Criterios de evaluación:

Se valorará:

1.o El correcto empleo de los materiales y equipamiento del taller y el desarrollo de habilidades en la ejecución de las técnicas.

2.o La capacidad para racionalizar los procesos de producción en el taller.

3.o La búsqueda de un lenguaje personal de expresión artística a través de los materiales y/o técnicas textiles.

4.o La sensibilidad para la selección, combinación y manipulación de materiales y para la elección de técnica dentro de la diversidad de técnicas textiles.

5.o La correcta ejecución material del proyecto textil.

6.o Sensibilidad artística y creatividad demostrada en su trabajo.

IX. Proyectos: Arte Textil

a) Objetivos:

1.o Adquirir una metodología básica para el desarrollo de un proyecto textil, de información y el conocimiento de las herramientas necesarias en cada fase.

2.o Elaborar y presentar documentos, tanto escritos como gráficos, sobre el trabajo.

3.o Realizar bocetos específicos, maquetas y prototipos relacionados con los modos de producción artísticos, artesanales e industriales, teniendo en cuenta los materiales aptos para el producto final y el colorido.

4.o Realizar los muestreos necesarios de acuerdo con las tendencias del momento.

5.o Analizar, desde el estudio del prototipo, la economía de materiales, procesos de realización y acabados y posible reciclaje de las partes del producto.

6.o Desarrollar la creatividad y el sentido artístico.

b) Contenidos:

1.o Metodología del proyecto. Enunciación del problema: análisis de las necesidades.

2.o Componentes físicos. La forma. Comprobaciones técnicas y económicas.

3.o Componentes psicológicos: aspectos culturales, históricos y geográficos. Relación entre el producto textil y el usuario. Límites. Duración. Normas legales. Estudio de las tendencias del mercado.

4.o Análisis de las disposiciones tecnológicas.

5.o Síntesis creativa. Modelos. Muestreos de materiales y color. Elección de opciones. Variantes. Configuración de colección. Coordinados. Prototipos.

6.o Tecnología instrumental.

7.o Elaboración de la memoria, documentación gráfica y estudio de costes.

8.o Investigación textil. Incorporación de nuevas propuestas en torno al textil.

c) Criterios de evaluación:

Se valorará:

1.o La capacidad para elaborar proyectos integrales que contemplen todos los aspectos mencionados en la programación.

2.o La capacidad de comunicación reflejada en la presentación comprensible y atractiva del proyecto.

3.o La sensibilidad para concebir o transformar textiles artísticos.

4.o La creatividad y sentido artístico demostradas en sus obras.

X. Formación y Orientación Laboral

Este espacio lectivo está estructurado en dos bloques.

El primer bloque está dedicado a la información profesional y sus contenidos constan, en primer lugar, de una parte general, tendente a que el alumno se familiarice con el marco jurídico de condiciones de trabajo y salud y con los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones contractuales de trabajo, ya sean por cuenta ajena o por cuenta propia. Permite, además, orientar en la búsqueda de un puesto de trabajo acorde con el perfil profesional y/o formar para el autoempleo. En segundo lugar, consta de una parte específica propia de cada campo profesional.

El segundo bloque está enfocado básicamente a la colaboración y participación de expertos y pretende posibilitar al alumno una mayor aproximación a la realidad sociolaboral, cultural y técnica a través de la recepción de contenidos teóricos y prácticos que giren en torno a la especialidad: charlas de representantes de asociaciones y colegios profesionales, críticos de arte y profesionales en nuevas tecnologías o en el campo creativo.

Los centros acordarán las colaboraciones de los correspondientes expertos, fijando para ello una temporalización flexible y circunscribiéndose al tiempo establecido para este bloque:

a) Objetivos:

1.o Familiarizarse con el marco legal del trabajo y conocer los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales.

2.o Adquirir la sensibilización necesaria acerca de la salud laboral, como determinante tanto de la calidad de vida como de los resultados de calidad en la actividad productiva.

3.o Conocer las distintas vías de acceso al empleo, así como las ayudas de organismos e instituciones dedicadas a este fin, nacionales y comunitarias.

4.o Capacitarse para realizar tareas asociativas, adquiriendo actitudes de cooperación e incluso de actividades de trabajo en grupo.

5.o Adquirir las bases necesarias para organizar una empresa de pequeño y mediano tamaño, así como la comercialización de sus productos teniendo en cuenta los factores de producción y distribución, las relaciones mercantiles y los aspectos jurídicos y sociolaborales que intervienen.

6.o Conocer los instrumentos jurídicos propios de la especialidad.

b) Contenidos:

1. Comunes:

1.o El marco jurídico de las relaciones laborales. Estatuto de los Trabajadores y reglamentación específica del sector.

2.o Medidas de seguridad e higiene en el trabajo.

3.o Sistemas de acceso al empleo. Técnicas y organismos que prestan ayuda a la inserción laboral.

4.o Conceptos básicos de economía y mercadotecnia.

5.o La empresa. El diseño de la organización y cultura empresarial. Descripción de los distintos modelos jurídicos de empresas y características.

6.o El empresario individual. Trámites para el inicio de la actividad empresarial. Administración y gestión de empresas. Obligaciones jurídicas y fiscales. Programas de financiación y ayudas a empresas.

7.o La organización de la producción, venta y distribución en la empresa. Métodos de análisis de costes y el control de la calidad.

2. Derecho específico:

1.o Protección al diseño: propiedad intelectual. Registro de la Propiedad Intelectual. Entidades de gestión. Propiedad industrial. Los modelos y dibujos industriales y artísticos. Registro y procedimiento registral.

2.o La protección internacional de las innovaciones.

3.o Los signos distintivos: marca, rótulo y nombre comercial.

4.o Información sobre normas técnicas. Centros y asociaciones de investigación y desarrollo de la industria.

c) Criterios de evaluación:

Se valorarán los siguientes términos:

1.o Capacidad de asimilación de los conceptos fundamentales que se incluyen en los bloques temáticos.

2.o Interés por la materia.

3.o Utilización correcta de una terminología específica en torno a los contenidos económicos, laborales, de marketing y mercadotecnia, jurídicos o empresariales.

4.o Valoración razonada de la normativa específica por la que se sigue este campo profesional.

D) Fase de prácticas en empresas, estudios o talleres.

A efectos del cómputo total horario, se atribuye a la fase de prácticas en empresas, estudios o talleres un mínimo de veinticinco horas.

Objetivos:

1.o Asumir la realidad profesional para completar la formación académica, realizando un cometido laboral de responsabilidad acorde con su nivel.

2.o Tomar contacto con el mundo del trabajo y con su sistema de relaciones sociales, laborales y técnicas.

3.o Contrastar los conocimientos adquiridos en el centro educativo con la realidad empresarial y laboral.

4.o Adquirir, a través del contacto con la empresa, los conocimientos complementarios necesarios para la práctica de la profesión, tanto sobre la propia especialidad como sobre la situación y relaciones de mercado, tendencias artísticas y culturales, organización y coordinación del trabajo, gestión empresarial, relaciones de una empresa.

5.o Adquirir los conocimientos técnicos de útiles, herramientas, aparatos y máquinas que, por su especialización, coste o novedad, no están al alcance del centro educativo.

6.o Participar de forma activa en las fases del proceso productivo, bajo la tutoría o dirección corres pondiente.

7.o Aplicar los conocimientos y habilidades adquiridos en la formación teórico-práctica del alumno en los centros docentes.

8.o Integrar en el mundo laboral y en el sistema técnico-social de la empresa.

E) Proyecto final.

A efectos del cómputo total horario, se atribuye al proyecto final un mínimo de setenta y cinco horas.

El alumno habrá de elaborar y llevar a la práctica un proyecto final al que se apliquen las consecuencias extraídas tanto de la formación recibida en el centro educativo como en la fase de prácticas.

Este proyecto concreto de la especialidad, propuesto por el alumno, o sugerido por el centro educativo, estará orientado por el tribunal que a tal efecto se designe, y podrá ser asesorado, en su caso, por empresas, talleres o estudios profesionales o profesionales autónomos.

El proyecto constará de los siguientes apartados:

1.o Información:

a) Documentación histórica, técnica, de referencia.

b) Desarrollo de la idea: memoria, bocetos.

2.o Comunicación:

a) Dibujos o planos.

b) Detalles constructivos.

c) Presupuestos económicos.

3.o Realización:

a) Prototipo o maqueta.

b) Realización: total, parcial, con o sin participación de la empresa, según tiempo, tecnología, escala.

En su evaluación podrán intervenir, corresponsablemente, centro educativo, profesionales especializados o representantes de organismos o instituciones culturales y artísticas.

4. Relación numérica profesor/alumno

De acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas artísticas, para la impartición de las enseñanzas correspondientes a los siguientes módulos, se mantendrá una relación numérica profesor/alumno no superior a 1/15:

Taller de Tapices y Alfombras.

Taller de Arte Textil.

Taller de Tejidos de Bajo Lizo.

Taller de Bordados y Encajes.

Taller de Estampación y Tintado de Telas.

Al resto de los módulos se aplicará la relación numérica profesor/alumno no superior a 1/30.

5. Instalaciones

Para la impartición de este ciclo formativo se requerirán las instalaciones establecidas en el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril.

6. Correspondencias

Módulos que pueden ser objeto de correspondencia con la práctica laboral:

1.o Taller de Tapices y Alfombras.

2.o Taller de Arte Textil.

3.o Taller de Tejidos de Bajo Lizo.

4.o Taller de Bordados y Encajes.

5.o Taller de Estampación y Tintado de Telas.

6.o Formación y Orientación Laboral.

Asimismo, podrán quedar total o parcialmente exentos de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, quienes acrediten experiencia laboral en el campo profesional directamente relacionado con este ciclo formativo.

ANEXO II

Especialidad del profesorado con atribución docente en los módulos del ciclo formativo de Arte Textil

Los funcionarios del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño impartirán, con carácter preferente, los módulos de estos ciclos de acuerdo con la atribución de módulos a especialidades que figura en la columna (A) del presente anexo.

No obstante, a fin de lograr una optimización en el aprovechamiento de los recursos disponibles en el centro, en la organización del mismo, dichos módulos podrán ser impartidos por funcionarios de otras especialidades de acuerdo con lo que figura en la columna (B), sin que ello surta efectos en la adscripción de especialidad.

Especialidad del profesorado / Módulos / (A) / (B)

Historia de los Téxtiles Artísticos. / Cuerpo: Profesores de Artes Plásticas y Diseño.

Especialidades:

Historia del Arte.

Historia del Arte y de la Cerámica.

Cultura General Cerámica.

Dibujo Artístico. / Cuerpo: Profesores de Artes Plásticas y Diseño. / Cuerpo: Profesores de Artes Plásticas y Diseño.

Especialidades: / Especialidades:

Dibujo Artístico. / Proyectos de Arte Decorativo.

Colorido y Procedimientos Pictóricos. / Teoría y Práctica del Diseño.

Diseño de Figurines.

Composición Decorativa, Pintura y Escultura Religiosa. / Corte y Confección.

Decoración sobre Pastas Cerámicas.

Análisis de Forma y Color.

Procedimientos Pictóricos.

Técnicas de Colorido Aplicado a la Cerámica.

Dibujo Publicitario.

Composición Ornamental.

Estilización Artística y Colorido.

Decoración Elemental Cerámica.

Color. / Cuerpo: Profesores de Artes Plásticas y Diseño.

Especialidades:

Dibujo Artístico.

Colorido y Procedimientos Pictóricos.

Composición Decorativa, Pintura y Escultura Religiosa.

Decoración sobre Pastas Cerámicas.

Análisis de Forma y Color.

Procedimientos Pictóricos.

Técnicas de Colorido Aplicado a la Cerámica.

Dibujo Publicitario.

Composición Ornamental.

Estilización Artística y Colorido.

Decoración Elemental Cerámica.

Taller de Tapices y Alfombras. / Cuerpo: Profesores de Artes Plásticas y Diseño.

Especilidades:

Alfombras.

Tapices y Alfombras.

Textiles Artísticos.

Restauración de Tejidos y Reposteros.

Taller de Tejidos en Bajo Lienzo. / Cuerpo: Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Especilidades:

Alfombras.

Tapices y Alfombras.

Textiles Artísticos.

Restauración de Tejidos y Reposteros.

Taller de Bordados y Encajes. / Cuerpo: Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Especialidades:

Labores y Encajes.

Bordados y Encajes.

Taller de Estampación y Tintado de Telas. / Cuerpo: Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Especialidad:

Estampado.

Taller de Arte Textil. / Cuerpo: Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Especilidades:

Alfombras.

Tapices y Alfombras.

Textiles Artísticos.

Restauración de Tejidos y Reposteros.

Proyectos: Arte Textil. / Cuerpo: Profesores de Artes Plásticas y Diseño.

Especialidades:

Proyectos de Arte Decorativo.

Teoría y Práctica del Diseño. / Cuerpo: Profesores de Artes Plásticas y Diseño.

Especialidades:

Dibujo Artístico.

Colorido y Procedimientos Pictóricos.

Composición Decorativa, Pintura y Escultura Religiosa.

Decoración sobre Pastas Cerámicas.

Análisis de Forma y Color.

Procedimientos Pictóricos.

Técnicas de Colorido Aplicado a la Cerámica.

Dibujo Publicitario.

Composición Ornamental.

Estilización Artística y Colorido.

Decoración Elemental Cerámica.

Formación y Orientación Laboral. / Cuerpo: Profesores de Artes Plásticas y Diseño.

Especialidades:

Derecho Usual.

Organización Industrial.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 24/10/1997
  • Fecha de publicación: 20/11/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 21/11/1997
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD estableciendo el curriculo y la prueba de acceso al ciclo formativo de grado superior: Real Decreto 2284/1998 de 23 de octubre (Ref. BOE-A-1998-26350).
Referencias anteriores
Materias
  • Artes Plásticas y Diseño
  • Enseñanza Artística
  • Títulos académicos y profesionales

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