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ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto Legislativo
  • Fecha de disposición: 02/07/2010
  • Fecha de publicación: 03/07/2010
  • Fecha de entrada en vigor: 01/09/2010
  • Aplicable desde el 1 de septiembre de 2010, excepto el art. 515, que será de aplicación el 1 de julio de 2011.
  • Suspende, desde el 24 de junio de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2014, la aplicación del art. 348 bis.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • los arts. 160.g), 194.1, 199.b), 346.3, 461 y 462, por Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (Ref. BOE-A-2023-15135).
    • el capítulo II del título II, el art. 213, y SE AÑADE el art. 20 bis, 22 bis y el capítulo III bis al título II , por Ley 11/2023, de 8 de mayo (Ref. BOE-A-2023-11022).
    • los arts. 23, 407 y SE AÑADE el capítulo VIII bis al título XIV, por Ley 6/2023, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2023-7053).
  • SE DEROGA el título XII y las disposiciones adicionales 4, 5 y 6, SE MODIFICA los arts. 4, 5, 23 y la disposición adicional 8 y SE SUPRIME el art. 4 bis, por Ley 18/2022, de 28 de septiembre (Ref. BOE-A-2022-15818).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 365 y 367, por Ley 16/2022, de 5 de septiembre (Ref. BOE-A-2022-14580).
    • el art. 348 bis y la disposición adicional 11, por Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril (Ref. BOE-A-2021-6872).
    • y SE AÑADE determinados preceptos, con los efectos indicados en la disposición transitoria 1, por Ley 5/2021, de 12 de abril (Ref. BOE-A-2021-5773).
  • SE DICTA EN RELACIÓN medidas aplicables durante el año 2021 a las sociedades de capital previstas en el art. 1: Ley 2/2021, de 29 de marzo (Ref. BOE-A-2021-4908).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD el art. 1, sobre medidas extraordinarias para el año 2021, aplicables a las personas jurídicas de Derecho privado: Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre (Ref. BOE-A-2020-14368).
  • SE DICTA EN RELACIÓN con el art. 348 bis, sobre suspensión hasta el 31 de diciembre de 2020, de lo indicado de los apartados 1 y 4, por el art. 40.8 del Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio (Ref. BOE-A-2020-7311).
  • SE MODIFICA los arts. 62, 253, 262, 276, 279. 348 bis, 514, 529 bis, 529 ter y 540, por Ley 11/2018, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-17989).
  • SE AÑADE la disposición adicional 11, por Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre (Ref. BOE-A-2018-16036).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 262 y lo indicado del 540.4.c), por Real Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre (Ref. BOE-A-2017-13643).
    • el art. 285.2, por Real Decreto-ley 15/2017, de 6 de octubre (Ref. BOE-A-2017-11501).
    • determinados preceptos, en la forma indicada, por Ley 22/2015, de 20 de julio (Ref. BOE-A-2015-8147).
    • determinados preceptos, por Ley 15/2015, de 2 de julio (Ref. BOE-A-2015-7391).
  • SE AÑADE la disposición adicional 10, por Ley 11/2015, de 18 de junio (Ref. BOE-A-2015-6789).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 285.2 y disposición transitoria y SUSPENDE la aplicación, hasta el 31 de diciembre de 2016, del art. 348 bis, por Ley 9/2015, de 25 de mayo (Ref. BOE-A-2015-5744).
    • los arts. 401, 403, 405 al 407, 409, 421, 423, 425, 427 y 428, y AÑADE los arts. 424.bis y 424.ter, por Ley 5/2015, de 27 de abril (Ref. BOE-A-2015-4607).
    • y SE AÑADE determinados preceptos, por Ley 31/2014, de 3 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-12589).
    • la disposición transitoria y SUSPENDE lo indicado hasta el 31 de diciembre de 2016, por Real Decreto-ley 11/2014, de 5 de septiembre (Ref. BOE-A-2014-9133).
    • Arts. 4, 5, 23, 257, 263 y disposición adicional 3 y SE AÑADE el art 4 bis , por Ley 14/2013, de 27 de septiembre (Ref. BOE-A-2013-10074).
    • el art. 428.1, por Ley 9/2012, de 14 de noviembre (Ref. BOE-A-2012-14062).
    • arts. 11 bis, 69, 173, 188 y 527 y SE AÑADE los arts. 11 ter y 11 quáter y, con los efectos indicados, una disposición transitoria, por Ley 1/2012, de 22 de junio (Ref. BOE-A-2012-8406).
    • los arts. 11 bis y 69 y SE AÑADE la seccion 4 al capítulo II del título I, por Real Decreto-ley 9/2012, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-2012-3812).
  • SE DEROGA los arts. 289, 527 y la rúbrica de la sección 2 del capítulo IX del título XIV y SE MODIFICA determinados preceptos, por Ley 25/2011, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-2011-13240).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 497, por Ley 2/2011, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2011-4117).
    • los arts. 35, 173, 289, 290.1, 319, 333.2 y 369, por Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-18651).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE num. 210 de 30 de agosto de 2010 (Ref. BOE-A-2010-13539).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • Ley 2/1995, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7240).
    • Ley de Sociedades Anónimas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-1989-30361).
    • Lo indicado del título X de la Ley 24/1988, de 28 de julio (Ref. BOE-A-1988-18764).
    • Sección 4 del título I del libro II, del Código de Comercio publicado por Real Decreto de 22 de agosto de 1885 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1885-6627).
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final 7 de la Ley 3/2009, de 3 de abril (Ref. BOE-A-2009-5614).

Materias

  • Código de Comercio
  • Comisión Nacional del Mercado de Valores
  • Mercado de Valores
  • Registro Mercantil
  • Sociedad Limitada Nueva Empresa
  • Sociedades
  • Sociedades Anónimas
  • Sociedades Comanditarias
  • Sociedades de capital
  • Sociedades de Responsabilidad Limitada

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