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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 12/12/2002
  • Fecha de publicación: 13/12/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 14/12/2002
  • Entrada en vigor: 14 de diciembre de 2002.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEJA SIN EFECTO la derogación de la disposición transitoria 5, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, por Resolución de 10 de enero de 2024 (Ref. BOE-A-2024-664).
  • SE DEROGA:
    • la disposición transitoria 5, por Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-25759).
    • con efectos desde el 1 de septiembre de 2023, la disposición adicional 9, por Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero (Ref. BOE-A-2023-625).
    • el art. 4, disposición adicional 2 y transitoria 2 , por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11724).
    • las disposiciones adicional 11 y transitoria 4, por Ley 31/2015, de 9 de septiembre (Ref. BOE-A-2015-9735).
  • SE MODIFICA:
    • la disposición adicional 11, por Ley 14/2013, de 27 de septiembre (Ref. BOE-A-2013-10074).
    • las disposiciones adicional 11 y transitoria 4, por Ley 11/2013, de 26 de julio (Ref. BOE-A-2013-8187).
    • las disposiciones adicional 11 y transitoria 4.1, por Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero (Ref. BOE-A-2013-2030).
  • SE DEROGA la disposición transitoria 5.3.3, por Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio (Ref. BOE-A-2012-9364).
  • SE MODIFICA:
    • las disposiciones transitorias 6.1 y 4.1, por Ley 3/2012, de 6 de julio (Ref. BOE-A-2012-9110).
    • las disposiciones transitorias 4.1 y 6.1, por Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero (Ref. BOE-A-2012-2076).
  • SE DEROGA el art. 4.1.1, por Ley 28/2011, de 22 de septiembre (Ref. BOE-A-2011-15038).
  • SE MODIFICA:
    • la disposición transitoria 4, por Ley 39/2010, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-19703).
    • la disposición transitoria 4.1, por Real Decreto 1975/2008, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-2008-19437).
  • SE DEROGA la disposición adicional 4 y SE MODIFICA la adicional 11, por Ley 43/2006, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-22949).
  • SE SUSTITUYE lo indicado del art. 4.1.2.b), por Real Decreto 864/2006, de 14 de julio (Ref. BOE-A-2006-12790).
  • SE DEROGA la disposición adicional 4, por Real Decreto-ley 5/2006, de 9 de junio (Ref. BOE-A-2006-10562).
  • SE MODIFICA:
    • la disposición adicional 11, por Ley 30/2005, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-21525).
    • la disposición transitoria 4.1, por Real Decreto 1413/2005, de 25 de noviembre (Ref. BOE-A-2005-20552).
    • la disposición transitoria 4.1, por Ley 36/2003, de 11 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-20695).
    • la disposicion transitoria 4.1, por Real Decreto-ley 2/2003, de 25 de abril (Ref. BOE-A-2003-8589).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con la disposición adicional tercera, regulando la renta agraria de los trabajadores de Andalucía y Extremadura: Real Decreto 426/2003, de 11 de abril (Ref. BOE-A-2003-7616).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • Real Decreto-ley 5/2002, de 24 de mayo (Ref. BOE-A-2002-10097).
    • Lo indicado del art. 2.1.c) del Real Decreto 5/1997, de 10 de enero (Ref. BOE-A-1997-582).
    • Lo indicado de los arts. 213 y 219, MODIFICA determinados preceptos y AÑADE la disposición adicional 33 a la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Ref. BOE-A-1994-14960).
    • Lo indicado del art. 1.1 del Real Decreto 625/1985 (Ref. BOE-A-1985-8124).
  • MODIFICA:
    • Disposición adicional 5 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2001-24965).
    • arts. 4, 6, 7 y 8 de la Ley 12/2001, de 9 de julio (Ref. BOE-A-2001-13265).
    • arts. 2, 5, 16, 17, 47 y lo indicado del capítulo II de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (Ref. BOE-A-2000-15060).
    • art. 7.e) de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-28472).
    • arts. 110, 295 y AÑADE el 145 bis a la Ley de Procedimiento Laboral, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (Ref. BOE-A-1995-8758).
    • arts. 11.2.e), 33, 55, 56 y 57 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • art. 3.a) y AÑADE la disposición adicional 3 al Real Decreto 1043/1985, de 19 de junio (Ref. BOE-A-1985-12675).

Materias

  • Agricultores
  • Comunidades Autónomas
  • Contratos de trabajo
  • Cooperativas de explotación comunitaria de la tierra
  • Cooperativas de trabajo asociado
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Desempleo
  • Despidos
  • Discapacidad
  • Emigración
  • Empleo
  • Empresas
  • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
  • Estatuto de los Trabajadores
  • Fondo de Garantía Salarial
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Indemnizaciones
  • Instituto Social de la Marina
  • Mujer
  • Procedimiento Laboral
  • Programas
  • Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • Salarios
  • Sanciones
  • Seguridad Social
  • Subsidio de desempleo
  • Trabajadores
  • Trabajo
  • Vacaciones

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