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Ley 5/1983, de 29 de junio, de medidas urgentes en materia presupuestaria, financiera y tributaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 30/06/1983.
Entrada en vigor:
30/06/1983
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1983-18137

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 29/06/1983
  • Fecha de publicación: 30/06/1983
  • Fecha de entrada en vigor: 30/06/1983

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA los arts. 12 y 15 a 18, por Ley 43/1995, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1995-27752).
  • SE DECLARA:
    • en las CUESTIONES 1982/1988, 1096 y 1883/1989, la desestimación respecto al art. 23.2.3, por Sentencia 197/1992, de 19 de noviembre (Ref. BOE-T-1992-28333).
    • en la CUESTIÓN 998/1987, la desestimación en relación con la disposición adicional 6.3, por Sentencia 156/1987, de 14 de octubre (Ref. BOE-T-1987-25332).
    • en la CUESTIÓN 377/1985 y 94 más acumuladas, la desestimación, por Sentencia 126/1987, de 16 de julio (Ref. BOE-T-1987-18626).
    • en el recurso 655/1983, la inconstitucionalidad del párrafo 2 de la disposición adicional 3.2, por Sentencia 63/1986, de 21 de mayo (Ref. BOE-T-1986-15947).
  • SE MODIFICA el art. 17 a) y c), por Ley 46/1985, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1985-26831).
  • SE DESARROLLA, por Real Decreto 2570/1983, de 21 de septiembre (Ref. BOE-A-1983-26061).
  • CORRECCIÓN de erratas en BOE núm. 175, de 23 de julio de 1983 (Ref. BOE-A-1983-20572).
  • SE SUSTITUYE las Operaciones relativas a las Operaciones Financieras, por Ley 9/1983, de 13 de julio (Ref. BOE-A-1983-19653).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • Real Decreto-ley 24/1982, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1982-34943).
    • Capítulo 2 del Título II de las Tasas Fiscales, texto refundido aprobado por Decreto 3059/1966, de 1 de diciembre (Ref. BOE-A-1966-20178).
  • DEJA SIN EFECTO Art. 3.7 y MODIFICA el art. 3.4 núm. 2 del Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero (Ref. BOE-A-1977-5883).
  • MODIFICA:
    • Determinados arts. del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 875/1981, de 27 de marzo (Ref. BOE-A-1981-11204).
    • Art. 10 de la Ley 30/1980, de 21 de junio (Ref. BOE-A-1980-13663).
    • Arts. 13 y 29 de la Ley 39/1979, de 30 de noviembre (Ref. BOE-A-1979-28846).
    • Párrafo Primero del art. 26.1 de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1978-31230).
    • Determinados preceptos de la Ley 44/1978, de 8 de septiembre (Ref. BOE-A-1978-23326).
    • Art. 7 de la Ley 50/1977, de 14 de noviembre (Ref. BOE-A-1977-27150).
    • los arts. 13 y 41 del Impuesto General sobre el Tráfico de empresas, texto refundido aprobado por Decreto 3314/1966, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1967-2011).
    • Arts. 7 y 8 del texto refundido de la Contribución Rústica y Pecuaria, aprobado por Decreto 2230/1966, de 23 de julio (Ref. BOE-A-1966-14850).
    • Determinados preceptos de la Ley de Contratos del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 923/1965, de 8 de abril (Ref. BOE-A-1965-7156).
  • PRORROGA:
    • Tasas del art. 43 y el plazo fijado en el art. 6.4 de la Ley 44/1981, de 26 de diciembre y declara de aplicación el art. 15.1 (Ref. BOE-A-1981-29991).
    • Los valores fijados en el art. 47.1 de la Ley 74/1980, de 29 de diciembrede y declara de aplicación los Valores fijados en el art. 47.1 (Ref. BOE-A-1980-27973).
    • El Régimen previsto en el art. 21 de la Ley 30/1972, de 22 de julio (Ref. BOE-A-1972-1094).
  • DECLARA:
  • CITA:

Materias

  • Administración Local
  • Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública
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  • Fondo de Ayuda al Desarrollo
  • Fondo de Compensación Interterritorial
  • Fondo Especial de Protección al Desempleo
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  • Hacienda Pública
  • Haciendas Locales
  • Impuesto Especial sobre Alcoholes etílicos y Bebidas alcohólicas
  • Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas
  • Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
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