Está Vd. en

Documento DOUE-L-1992-80745

Reglamento (CEE) núm. 1378/92 del Consejo, de 21 de mayo de 1992, por el que se fijan, para la campaña de 1992/1993, determinados precios y otros importes aplicables en el sector de las frutas y hortalizas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 147, de 29 de mayo de 1992, páginas 7 a 13 (7 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1992-80745

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal y, en particular, el apartado 1 de su artículo 89 y el apartado 2 de su artículo 234,

Visto el Reglamento (CEE) no 1035/72 del Consejo, de 18 de mayo de 1972, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas (1), y en particular el apartado 1 de su artículo 16,

Visto el Reglamento (CEE) no 2511/69 del Consejo, de 9 de diciembre de 1969, que prevé medidas especiales con el fin de mejorar la producción y la comercialización de los agrios comunitarios (2), y en particular el apartado 2 de su artículo 7,

Vista la propuesta de la Comisión (3),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (4),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (5),

Considerando que, en virtud de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 16 del Reglamento (CEE) no 1035/72, debe fijarse, para cada uno de los productos enumerados en el Anexo II de dicho Reglamento, y para cada campaña de comercialización, un precio base y un precio de compra; que las campañas de comercialización de los productos en cuestión, conforme al apartado 3 del artículo 1 del Reglamento anteriormente citado, se extienden para:

- las coliflores: del 1 de mayo al 30 de abril,

- los tomates: del 1 de enero al 31 de diciembre,

- los melocotones y las nectarinas (incluidos los bruñones): del 1 de mayo al 31 de octubre,

- los limones: del 1 de junio al 31 de mayo,

- las peras: del 1 de junio al 31 de mayo,

- las uvas de mesa: del 1 de mayo al 30 de abril,

- las manzanas: del 1 de julio al 30 de junio,

- las mandarinas, las satsumas y las clementinas: del 1 de octubre al 15 de mayo,

- las naranjas: del 1 de octubre al 15 de julio,

- las berenjenas: del 1 de enero al 31 de diciembre,

- los albaricoques: del 1 de mayo al 31 de agosto;

Considerando que, sin embargo, conforme al párrafo tercero del apartado 1 del artículo 16 del Reglamento (CEE) no 1035/72, no deberán fijarse ni precio de base ni precio de compra durante los períodos de una débil comercialización a principios y a finales de campaña;

Considerando que, con motivo de la fijación de los precios de base y de los precios de compra de frutas y hortalizas, es conveniente tener en cuenta los

objetivos de la política agraria común; que la política agraria común tiene como principales objetivos asegurar a la población agrícola un nivel de vida equitativo, garantizar la seguridad de los abastecimientos y asegurar al consumidor suministros a precios razonables;

Considerando que los precios de base deberán fijarse sobre la base de la evolución de la media de los precios registrados durante los tres últimos años en los mercados de producción más representativos de la Comunidad para un producto definido en sus características comerciales, tales como la variedad o el tipo, la categoría de calidad, el calibre y el tratamiento; que los precios de compra deberán fijarse en función del precio de base conforme al apartado 3 del artículo 16 del Reglamento (CEE) no 1035/72;

Considerando que el apartado 1 del artículo 148 del Acta de adhesión ha conducido en España a un nivel de precios diferente del de los precios comunes; que, en virtud del artículo 149 del Acta de adhesión, conviene aproximar los precios españoles a los precios comunes cada año al principio de la campaña de comercialización; que los criterios previstos para esta aproximación conducen a la fijación de los precios españoles en los niveles que se indican a continuación;

Considerando que el apartado 1 del artículo 285 del Acta de adhesión ha dado lugar a que en Portugal se haya fijado, a principios de la segunda etapa de la adhesión, un nivel de precios para algunos productos diferente del de los precios comunes; que, en virtud del apartado 2 del artículo 285 del Acta de adhesión, procede aproximar cada año los precios portugueses a los precios comunes al principio de la campaña de comercialización; que las normas previstas para efectuar esta aproximación conducen a fijar los precios portugueses en los niveles que se indican más adelante

Considerando que el importe de la compensación financiera para las naranjas y las mandarinas deberá fijarse conforme a los criterios contemplados en el apartado 1 del artículo 7 del Reglamento (CEE) no 2511/69,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Para la campaña 1992/1993, los precios de base y los precios de compra de las frutas y hortalizas, los períodos durante los que se aplicarán, y las calidades tipo a las que se refieren son los que se fijan en el Anexo I.

Artículo 2

Para la campaña 1992/1993, el importe de la compensación financiera para las naranjas y las mandarinas es el que se fija en el Anexo II.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de mayo de 1992.

Por el Consejo

El Presidente

Arlindo MARQUES CUNHA

(1) DO no L 118 de 20. 5. 1972, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1156/92 (DO no L 122 de 7. 5. 1992, p.

3).(2) DO no L 318 de 18. 12. 1969, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1130/89 (DO no L 119 de 19. 4. 1989, p. 22).(3) DO no C 119 de 11. 5. 1992, p. 54.(4) Dictamen emitido el 14 de mayo de 1992 (no publicado aún en el Diario Oficial).(5) Dictamen emitido el 29 de abril de 1992 (no publicado aún en el Diario Oficial).

ANEXO I

PRECIOS DE BASE Y PRECIOS DE COMPRA COLIFLORES

Para el período del 1 de junio de 1992 al 30 de abril de 1993

(en ecus por 100 kg netos)

Precio de base

Precio de compra

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Junio

24,92

22,11

22,48

10,80

9,58

9,75

Julio

22,13

20,01

19,69

9,53

8,62

8,48

Agosto

22,13

20,01

19,69

9,53

8,62

8,48

Septiembre

23,90

21,34

21,46

10,17

9,10

9,12

Octubre

24,79

22,01

22,35

10,54

9,18

9,49

Noviembre

29,82

25,80

27,38

12,90

11,16

11,85

Diciembre

29,82

25,80

27,38

12,90

11,16

11,85

Enero

29,82

25,80

27,38

12,90

11,16

11,85

Febrero

27,82

24,30

25,38

12,00

10,48

10,95

Marzo

29,26

25,38

26,82

12,54

10,89

11,49

Abril

29,62

25,65

27,18

12,90

11,16

11,85

Estos precios se refieren a las coliflores «coronadas» de la categoría de calidad I presentadas en envase.

TOMATES

Para el período del 11 de junio al 30 de noviembre de 1992

(en ecus por 100 kg netos)

Precio de base

Precio de compra

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Junio (del 11 al 20)

28,41

19,82

25,10

10,80

7,53

9,54

(del 21 al 30)

25,87

18,63

22,56

10,04

7,18

8,78

Julio

23,34

17,46

20,03

8,66

6,53

7,40

Agosto

20,93

16,33

17,62

7,77

6,12

6,51

Septiembre

22,20

16,92

18,89

8,27

6,35

7,01

Octubre

23,53

17,54

20,22

8,67

6,54

7,41

Noviembre

28,28

19,76

24,97

11,32

7,77

10,06

Estos precios se refieren a los tomates de los tipos «redondos lisos» y «asurcados», de la categoría de calidad I y calibre de 57 a 67 milímetros, presentados en envase.

BERENJENAS

Para el período del 1 de julio al 31 de octubre de 1992

(en ecus por 100 kg netos)

Precio de base

Precio de compra

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

De julio a octubre

17,74

12,54

15,25

7,11

5,03

6,11

Estos precios se refieren a las berenjenas:

- de tipo alargado, categoría de calidad I, calibre superior a 40 milímetros,

- de tipo redondo, categoría de calidad I, calibre superior a 70 milímetros,

presentadas en envase.

MELOCOTONES

Para el período del 1 de junio al 30 de septiembre de 1992

(en ecus por 100 kg netos)

Precio de base

Precio de compra

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Junio

45,31

43,92

45,31

25,17

24,41

25,17

Julio a septiembre

42,92

41,77

42,92

24,04

23,40

24,04

Estos precios se refieren a los melocotones de las variedades Amsden, Cardinal, Charles Ingouf, Dixired, Jeronimo, J. H. Hale, Merril Gemfree, Michelini, Red Haven, San Lorenzo, Springcrest y Springtime, categoría de calidad I y calibre de 61 a 67 milímetros, presentados en envase.

NECTARINAS

(incluidos los bruñones)

Para el período del 1 de junio al 31 de agosto de 1992

(en ecus por 100 kg netos)

Precio de base

Precio de compra

Junio

59,07

28,35

Julio y agosto

54,69

26,25

Estos precios se refieren a las nectarinas de las variedades Armking, Crimsongold, Early Sun Grand, Fantasia, Independence, May Grand, Nectared, Snow Queen y Stark Red Gold, categoría de calidad I y calibre de 61 a 67 milímetros, presentadas en envase.

ALBARICOQUES

Para el período del 1 de junio al 31 de julio de 1992

(en ecus por 100 kg netos)

Precio de base

Precio de compra

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Junio y julio

41,68

34,00

35,43

23,74

19,37

20,19

Estos precios se refieren a los albaricoques de la categoría de calidad I, calibre superior a 30 milímetros, presentados en envase.

LIMONES

Para el período del 1 de junio de 1992 al 31 de mayo de 1993

(en ecus por 100 kg netos)

Precio de base

Precio de compra

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Junio

42,47

32,56

34,89

24,95

19,18

20,46

Julio

43,48

33,13

35,90

25,58

19,54

21,09

Agosto

43,05

32,89

35,47

25,45

19,47

20,96

Septiembre

38,67

30,42

31,09

24,05

18,68

19,56

Octubre

36,50

29,19

28,92

23,73

18,53

18,54

Noviembre

35,49

28,62

27,91

20,75

16,81

16,26

Diciembre

34,86

28,26

27,28

20,50

16,67

16,01

Enero

35,87

28,83

28,29

21,01

16,96

16,52

Febrero

34,61

28,12

27,03

20,38

16,60

15,89

Marzo

36,00

28,91

28,42

21,01

16,96

16,52

Abril

37,65

29,84

30,07

22,02

17,53

17,53

Mayo

38,53

30,34

30,95

22,53

17,82

18,04

Estos precios se refieren a los limones de la categoría de calidad I, calibre de 53 a 62 milímetros, presentados en envase.

PERAS

(excluidas las peras para perada)

Para el período del 1 de julio de 1992 al 30 de abril de 1993

(en ecus por 100 kg netos)

Precio de base

Precio de compra

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Julio

28,62

23,24

23,39

14,73

12,01

11,99

Agosto

26,72

22,02

21,49

14,34

11,76

11,60

Septiembre

25,57

21,28

20,34

13,72

11,37

10,98

Octubre

26,59

21,94

21,36

13,72

11,37

10,98

Noviembre

26,98

22,19

21,75

13,97

11,53

11,23

Diciembre

27,35

22,42

22,12

14,34

11,76

11,60

Enero a abril

27,60

22,58

22,37

14,60

11,93

11,86

Estos precios se refieren:

- a las peras de las variedades Beurré Hardy, Bon Chrétien Williams, Conférence, Coscia (Ercolini), Crystallis (Beurré Napoléon, Blanquilla, Tsakonika), Dr. Jules Guyot (Limonera) y Rocha, categoría de calidad I y calibre igual o superior a 60 milímetros,

- a las peras de la variedad Empéreur Alexandre (Kaiser Alexandre Bosc), categoría de calidad I, calibre igual o superior a 70 milímetros,

presentadas en envase.

UVAS DE MESA

Para el período del 1 de agosto al 20 de noviembre de 1992

(en ecus por 100 kg netos)

Precio de base

Precio de compra

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Agosto

36,25

36,25

31,81

23,31

23,31

20,55

Septiembre, octubre y

noviembre (del 1 al 20)

32,45

32,45

28,01

19,88

19,88

17,12

Estos precios se refieren a las uvas de mesa de las variedades Regina dei Vigneti, Soultanine, Regina (Mennavacca bianca, Rosaki, Dattier de Beyrouth), Italia, Aledo, Ohanes (Almería) y Da Maria de la categoría de calidad I, presentadas en envase.

MANZANAS

(excluidas las manzanas para sidra)

Para el período del 1 de agosto de 1992 al 31 de mayo de 1993

(en ecus por 100 kg netos)

Precio de base

Precio de compra

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Agosto

26,46

22,42

22,73

13,48

11,44

11,58

Septiembre

26,46

22,42

22,73

13,48

11,44

11,58

Octubre

26,46

22,42

22,73

13,60

11,52

11,70

Noviembre

27,17

22,89

23,44

14,03

11,80

12,13

Diciembre

29,56

24,45

25,83

15,14

12,53

13,24

Enero a mayo

31,96

26,03

28,23

16,24

13,25

14,34

Estos precios se refieren:

- a las manzanas de la variedad Reine des Reinetas y Verde Doncella, categoría de calidad I, y calibre igual o superior a 65 milímetros,

- a las manzanas de las variedades Delicious Pilaga, Golden Delicious, James Grieve, Red Delicious, Reinette grise del Canadá y Starking Delicious, categoría de calidad I, calibre igual o superior a 70 milímetros,

presentadas en envase.

MANDARINAS

Para el período del 16 de noviembre de 1992 al 28 de febrero de 1993

(en ecus por 100 kg netos)

Precio de base

Precio de compra

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Noviembre (del 16 al 30)

36,95

31,69

36,95

23,64

20,22

23,64

Diciembre

36,57

31,45

36,57

23,13

19,89

23,13

Enero

36,07

31,13

36,07

22,37

19,40

22,37

Febrero

34,41

30,07

34,41

21,86

19,08

21,86

Estos precios se refieren a las mandarinas de la categoría de calidad I, calibre 54 a 69 milímetros, presentadas en envase.

SATSUMAS

Para el período del 16 de octubre de 1992 al 15 de enero de 1993

(en ecus por 100 kg netos)

Precio de base

Precio de compra

Octubre (del 16 al 31)

28,72

13,71

Noviembre

25,48

11,47

Diciembre

27,64

12,44

Enero (del 1 al 15)

26,56

12,08

Estos precios se refieren a las satsumas Unshiu (owari) de la categoría de calidad I, calibre 54 a 69 milímetros, presentadas en envase.

CLEMENTINAS

Para el período del 1 de diciembre de 1992 al 15 de febrero de 1993

(en ecus por 100 kg netos)

Precio de base

Precio de compra

Diciembre

33,85

18,64

Enero

31,66

17,43

Febrero (del 1 al 15)

36,42

18,18

Estos precios se refieren a las clementinas (Citrus reticulata, Blanco) de la categoría de calidad I, calibre 43 a 60 milímetros, presentadas en envase.

NARANJAS DULCES

Para el período del 1 de diciembre de 1992 al 31 de mayo de 1993

(en ecus por 100 kg netos)

Precio de base

Precio de compra

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Comunidad

de los Diez

España

Portugal

Diciembre

34,45

32,52

30,69

21,78

20,56

19,43

Enero

30,90

29,64

27,14

20,01

19,13

17,61

Febrero

31,52

30,15

27,76

20,49

19,54

18,01

Marzo

33,43

31,70

29,67

20,77

19,74

18,42

Abril y mayo

34,06

32,20

30,30

21,02

19,95

18,67

Estos precios se refieren a las naranjas de las variedades Moro, Navel, Navellina, Salustiana, Sanguinello y Valencia late, categoría de calidad I, calibre 67 a 80 milímetros, presentadas en envase.

Nota: Los precios indicados en el presente Anexo no incluyen la incidencia del coste del envase en el que se contiene el producto.

ANEXO II

IMPORTE DE LA COMPENSACION FINANCIERA CAMPAÑA DE COMERCIALIZACION DE 1992/1993 3,84 ecus/100 kg netos para las naranjas de las variedades Moro, Tarocco, Ovale Calabrese, Beladonna, Navel, Valencia late;

3,30 ecus/100 kg netos para las naranjas de la variedad Sanguinello;

2,17 ecus/100 kg netos para las naranjas de las variedades Sanguigno e Biondo comune;

3,23 ecus/100 kg netos para las mandarinas.

Nota: la compensación financiera sólo se concederá para los productos de las categorías de calidad Extra y I.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 21/05/1992
  • Fecha de publicación: 29/05/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 29/05/1992
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • determinados precios, por Reglamento 277/93, de 8 de febrero (Ref. DOUE-L-1993-80136).
    • los precios de Base y de Compra, por Reglamento 3212/92, de 4 noviembre (Ref. DOUE-L-1992-81805).
    • determinados precios, por Reglamento 2974/92, de 14 de octubre (Ref. DOUE-L-1992-81647).
    • los precios de Base y de Compra, por Reglamento 1422/92, de 27 de mayo (Ref. DOUE-L-1992-80748).
Referencias anteriores
Materias
  • Frutos y productos hortícolas
  • Precios

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid