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ANÁLISIS

  • Rango: Decreto Legislativo
  • Fecha de disposición: 19/07/1984
  • Fecha de publicación: 27/07/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 06/08/1984
  • Fecha de derogación: 01/01/2018

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, con efectos desde el 1 de enero de 2018, por Ley 3/2017, de 15 de febrero de 2017 (Ref. BOE-A-2017-2466).
  • SE SUSTITUYE, con efectos desde el 3 de abril de 2008, los arts. 337 a 339, por Ley 1/2008, de 20 de febrero (Ref. BOE-A-2008-6152).
  • SE DEROGA, con efectos desde el 1 de julio de 2006, los arts. 277, 329, y 340 a 342 , por Ley 5/2006, de 10 de mayo (Ref. BOE-A-2006-11130).
  • SE SUSTITUYE, con efectos desde el 1 de enero de 2004,los arts. 1 a 3 y 344 y las disposiciones finales 2 y 4 , por Ley 29/2002, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-2410).
  • SE DEROGA:
    • con efectos desde el 18 de abril de 2002, el art. 278, por Ley 25/2001, de 31 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-2511).
    • el art. 320 y SE MODIFICA el 342, todo ello con efectos desde el 18 de abril de 2002, por Ley 22/2001, de 31 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-2200).
  • SE SUSTITUYE:
    • con efectos desde el 30 de enero de 2001, los arts. 279 a 282, por Ley 13/2000, de 20 de noviembre (Ref. BOE-A-2001-539).
    • con efectos desde el 4 de octubre de 2000, los arts. 330 a 335, por Ley 6/2000, de 19 de junio (Ref. BOE-A-2000-14143).
    • con efectos desde el 23 de octubre de 1998, los arts. 6 a 62, por Ley 9/1998, de 15 de julio (Ref. BOE-A-1998-20137).
  • SE MODIFICA:
    • y SE AÑADE determinados preceptos, todo ello con efectos desde el 11 de enero de 1994, por Ley 8/1993, de 30 de septiembre (Ref. BOE-A-1993-26429).
    • los arts. 11 y 341, y SE SUSTITUYE del 63 al 276, todo ello con efectos desde el 21 de abril de 1992, por Ley 40/1991, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-4607).
    • con efectos desde el 6 de febrero de 1992, el art. 6 y la rúbrica del Libro I, del título II, por Ley 37/1991, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-4166).
    • determinados preceptos, y SE AÑADE las secciones 1 y 2 al capítulo III del título I del Libro IV, todo ello con efectos desde el 3 de marzo de 1992, por Ley 29/1991, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-1794).
  • SE DEROGA:
  • SE MODIFICA, con efectos desde el 8 de mayo de 1990, determinados preceptos, por Ley 8/1990, de 9 de abril (Ref. BOE-A-1990-10276).
  • SE DEROGA y SE MODIFICA determinados preceptos, por Ley 6/1990, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-1990-8700).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 269 a 272, y SE AÑADE el 271 bis, por Ley 11/1987, de 25 de mayo (Ref. BOE-A-1987-14660).
    • el art. 6, por Ley 10/1987, de 25 de mayo (Ref. BOE-A-1987-14659).
  • SE DEROGA los arts. 248 a 251 y 154, por Ley 9/1987, de 25 de mayo (Ref. BOE-A-1987-14658).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-30178).
  • EN RELACIÓN con la Ley 13/1984, de 20 de marzo (Ref. BOE-A-1984-9838).

Materias

  • Cataluña
  • Código Civil
  • Normas jurídicas

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