Está Vd. en

Legislación consolidada

Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 14/03/2020.
Entrada en vigor:
14/03/2020
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-3692
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2020/03/14/463/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 14/03/2020
  • Fecha de publicación: 14/03/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 14/03/2020
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente a las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA en el Recurso 2054/2020, con el alcance y efectos señalados en los fj 2.d) y 11.a), b) y c), la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 7.1, 3 y 5 y del inciso indicado del art. 10.6, en las redacciones dadas por los Reales decretos 465/2020, de 17 de marzo y 492/2020,de 24 de abril, por Sentencia 148/2021, de 14 de julio (Ref. BOE-A-2021-13032).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • y se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen: Orden SND/521/2020, de 13 de junio (Ref. BOE-A-2020-6107).
    • el art. 4 y se regula la autorización de un programa piloto de apertura de corredores turísticos seguros en la Comunidad Autónoma de Illes Balears: Orden SND/518/2020, de 11 de junio (Ref. BOE-A-2020-6024).
  • SE DICTA EN RELACIÓN sobre la expiración de vigencia del estado de alarma y medidas de prevención, contención y coordinación: Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio (Ref. BOE-A-2020-5895).
  • SE PRORROGA, en los términos indicados, desde las 00:00 horas del 7 de junio de 2020 hasta las 00:00 horas del 21 de junio de 2020, por Real Decreto 555/2020, de 5 de junio (Ref. BOE-A-2020-5767).
  • SE AUTORIZA la prórroga, desde las 00:00 horas del día 7 de junio hasta las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, por Resolución de 3 de junio de 2020 (Ref. BOE-A-2020-5763).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • el art. 4 y se establecen las condiciones a aplicar en las fases 2 y 3 en materia de servicios aéreos y marítimos: Orden SND/487/2020, de 1 de junio (Ref. BOE-A-2020-5567).
    • con los arts. 4, 7 y 10, sobre flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional en aplicación de la fase 3: Orden SND/458/2020, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5469).
    • sobre exenciones en el ámbito de las licencias de pilotos de aeronaves ultraligeras: Orden SND/457/2020, de 29 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5468).
    • el art. 4 y se prorrogan los controles en las fronteras interiores terrestres, aéreas y marítimas: Orden SND/439/2020, de 23 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5264).
  • SE DEROGA, con los efectos indicados, las disposiciones adicionales 2 a 4, y SE PRORROGA desde las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del 7 de junio de 2020, por Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5243).
  • SE AUTORIZA la prórroga desde las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del 7 de junio de 2020 y la derogación y modificación de lo indicado, por Resolución de 20 de mayo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-5240).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • los arts. 4 y 7 y se flexibilizan ciertas restricciones derivadas de la emergencia sanitaria a pequeños municipios y a entes locales de ámbito territorial inferior: Orden SND/427/2020, de 21 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5218).
    • y se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla: Orden SND/422/2020, de 19 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5142).
    • el art. 4.3 y se adoptan medidas relativas a la prórroga de las autorizaciones de estancia y residencia y/o trabajo y a otras situaciones de los extranjeros en España: Orden SND/421/2020, de 18 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5141).
    • los arts. 4 y 14 y se actualizan las medidas en materia de ordenación general de la navegación marítima: Orden TMA/419/2020, de 18 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5125).
    • los arts. 4, 7 y 10, sobre flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2: Orden SND/414/2020, de 16 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5088).
    • el art. 4 y se establecen medidas especiales para la inspección técnica de vehículos: Orden SND/413/2020, de 15 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5081).
    • los arts. 4 y 14 y se limita la entrada en España a las aeronaves y buques de pasaje a través de los puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional: Orden TMA/410/2020, de 14 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5054).
    • el art. 4.2 y 3 y se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen: Orden INT/409/2020, de 14 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5053).
    • el art. 4.2 y 3 y se adoptan medidas para flexibilizar las restricciones establecidas en el ámbito de Instituciones Penitenciarias: Orden INT/407/2020, de 12 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4960).
    • el 4.2.d), sobre medidas de vigilancia epidemiológica de la infección por SARS-CoV-2: Orden SND/404/2020, de 11 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4933).
    • sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de otros países: Orden SND/403/2020, de 11 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4932).
    • el art. 4.3 y se establecen medidas especiales para garantizar el abastecimiento de antisépticos para la piel sana que contengan digluconato de clorhexidina: Orden SND/402/2020, de 10 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4931).
    • el art. 4 y se se restablecen temporalmente los controles en las fronteras interiores aéreas y marítimas: Orden INT/401/2020, de 11 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4929).
    • los arts. 4 y 14.1 y se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura: Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4912).
    • los arts. 4, 7 y 10, sobre la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad: Orden SND/399/2020, de 9 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4911).
  • SE MODIFICA el art. 7, SE AÑADE la disposición adicional 7, SE PRORROGA, desde las 00:00 horas del 10 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020, por Real Decreto 514/2020 de 8 de mayo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4902).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD el art. 4, y se prorrogan los controles en las fronteras interiores terrestres: Orden INT/396/2020, de 8 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4900).
  • SE AUTORIZA la prórroga desde las 00:00 horas del 10 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020 y su modificación, por Resolución de 6 de mayo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4896).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • los arts. 4, 7 y 10, sobre las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, archivos y para la práctica del deporte profesional y federado: Orden SND/388/2020, de 3 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4793).
    • los arts. 4, 7 y 10 y se regula el proceso de cogobernanza con las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla: Orden SND/387/2020, de 3 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4792).
    • los arts. 4, 7 y 10, sobre flexibilización de restricciones y condiciones de desarrollo de las actividades de comercio minorista, prestación de servicios y hostelería y restauración en las islas de Formentera, la Gomera, el Hierro y la Graciosa: Orden SND/386/2020, de 3 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4791).
    • los arts. 4 y 14 y se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura: Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4789).
    • los arts 4.3 y 7.6, sobre la realización de actividades no profesionales de cuidado y recolección de producciones agrícolas: Orden SND/381/2020, de 30 de abril (Ref. BOE-A-2020-4768).
    • los arts 4.3 y 7.6, sobre las las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre: Orden SND/380/2020, de 30 de abril (Ref. BOE-A-2020-4767).
    • los arts. 4 y 14 y se establece la documentación acreditativa de tripulante de buque para asegurar los servicios de transporte marítimo con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19: Orden TMA/374/2020, de 28 de abril (Ref. BOE-A-2020-4706).
    • la disposición adicional 2, sobre medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia: Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril (Ref. BOE-A-2020-4705).
    • los arts. 4 y 7, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19: Orden SND/370/2020, de 25 de abril (Ref. BOE-A-2020-4665).
  • SE MODIFICA los arts. 7 y 10.6 y SE PRORROGA, desde las 00:00 horas del día 26 de abril de 2020 hasta las 00:00 horas del día 10 de mayo de 2020, por Real Decreto 492/2020, de 24 de abril (Ref. BOE-A-2020-4652).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • sobre medidas excepcionales para 2020 en materia de formación permanente de los vigilantes de seguridad y vigencia de las tarjetas de identificación profesional del personal de seguridad privada: Orden INT/369/2020, de 24 de abril (Ref. BOE-A-2020-4650).
    • el art. 4, y se prorrogan los controles en las fronteras interiores terrestres: Orden INT/368/2020, de 24 de abril (Ref. BOE-A-2020-4649).
  • SE AUTORIZA la prórroga desde las 00:00 horas del día 26 de abril de 2020, hasta las 00:00 horas del día 10 de mayo de 2020, por Resolución de 22 de abril de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4648).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • y se establecen el marco y las directrices de actuación para el tercer trimestre del curso 2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021: Orden EFP/365/2020, de 22 de abril (Ref. BOE-A-2020-4609).
    • sobre medidas en relación con las prestaciones y servicios específicos para el sector marítimo-pesquero, con motivo del COVID-19: Resolución de 21 de abril de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4578).
    • sobre medidas excepcionales en materia de flexibilización de las enseñanzas de Formación Profesional del Sistema Educativo y de las enseñanzas de Régimen Especial: Orden EFP/361/2020, de 21 de abril (Ref. BOE-A-2020-4575).
    • y se establecen exenciones en determinados ámbitos de la normativa de aviación civil en relación con la crisis del COVID-19: Orden TMA/360/2020, de 22 de abril (Ref. BOE-A-2020-4573).
    • el art. 4.2 y 3, sobre prórroga de la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen: Orden INT/356/2020, de 20 de abril (Ref. BOE-A-2020-4539).
    • y se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos para la prevención de contagios por el COVID-19: Orden SND/354/2020, de 19 de abril (Ref. BOE-A-2020-4525).
    • y se amplía el plazo de justificación de los fondos librados por el SEPE a las CCAA en el ejercicio 2019, para la gestión de subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los presupuestos generales de dicho organismo: Resolución de 8 de abril de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4507).
    • el art. 9, sobre medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral: Resolución de 15 de abril de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4506).
    • con el art. 4 y autoriza a las unidades militares NBQ y de emergencias, la utilización de biocidas aprobados por el Ministerio de Sanidad: Orden SND/351/2020, de 16 de abril (Ref. BOE-A-2020-4492).
    • el art. 4 y se prorrogan las autorizaciones de los proyectos relativos al uso de animales con fines científicos: Orden APA/349/2020, de 15 de abril (Ref. BOE-A-2020-4489).
    • y se autoriza la formación marítima teórica en las modalidades a distancia y "on line" durante la vigencia del estado de alarma : Resolución de 13 de abril de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4481).
    • el art. 4 y se acuerda el inicio de plazos para realizar las evaluaciones y la fecha final de residencia o de año formativo de los profesionales sanitarios de formación sanitaria especializada: Orden SND/346/2020, de 15 de abril (Ref. BOE-A-2020-4471).
    • y se establecen condiciones para la prestación y adjudicación de forma directa del servicio de transporte aéreo en determinadas rutas aéreas del Archipiélago Canario: Resolución de 10 de abril de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4469).
    • sobre exenciones para tiempos de conducción y descanso en transportes de mercancías: Resolución de 14 de abril de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4461).
    • con los arts. 4, 8 y 12, y establece medidas de refuerzo del Sistema Nacional de Salud: Orden SND/344/2020, de 13 de abril (Ref. BOE-A-2020-4442).
    • con el art. 4.3 y se suspenden las obras en edificios donde exista riesgo de contagio del COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad: Orden SND/340/2020, de 12 de abril (Ref. BOE-A-2020-4424).
    • y se establecen las medidas necesarias para garantizar la distribución al por menor de carburantes y combustibles en estaciones de servicio y postes marítimos: Orden SND/337/2020, de 9 de abril (Ref. BOE-A-2020-4415).
  • SE PRORROGA hasta las 00:00 horas del día 26 de abril de 2020, por Real Decreto 487/2020, de 10 de abril (Ref. BOE-A-2020-4413).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD el art. 4 y se prorrogan los controles en las fronteras interiores terrestres: Orden INT/335/2020, de 10 de abril (Ref. BOE-A-2020-4411).
  • SE AUTORIZA la prórroga, hasta las 00:00 horas del día 26 de abril de 2020, por Resolución de 9 de abril de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4406).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con la disposición adicional 3, sobre suspensión de plazos y tramitación de procedimientos en el marco del estado de alarma: Acuerdo de 6 de abril de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4396).
    • con el art. 6 y disposición adicional 3, sobre continuación de determinados procedimientos administrativos: Resolución de 1 de abril de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4367).
    • con la disposición adicional 3, sobre reanudación de determinados procedimientos de adquisición de la nacionalidad española: Resolución de 27 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4351).
    • los arts. 4 y 13 y se establecen medidas especiales para el otorgamiento de licencias previas de funcionamiento de instalaciones y para la puesta en funcionamiento de determinados productos sanitarios sin marcado CE: Orden SND/326/2020, de 6 de abril (Ref. BOE-A-2020-4322).
    • el art. 4 y se establecen criterios interpretativos y se prorroga la validez de los certificados de verificaciones y mantenimientos preventivos establecidos en la regulación de seguridad industrial y metrológica: Orden SND/325/2020, de 6 de abril (Ref. BOE-A-2020-4321).
    • los arts. 4 y 14 y se dictan instrucciones sobre la utilización de las tarjetas de tacógrafo de conductor y empresa: Orden TMA/324/2020, de 6 de abril (Ref. BOE-A-2020-4320).
    • los arts. 4 y 13 y se establecen medidas especiales para el uso de bioetanol en la fabricación de soluciones y geles hidroalcohólicos para la desinfección de manos: Orden SND/321/2020, de 3 de abril (Ref. BOE-A-2020-4294).
    • los arts. 4 y 14 y se disponen medidas excepcionales en la aplicación de la Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre, en relación con las habilitaciones de maquinistas: Orden TMA/318/2020, de 2 de abril (Ref. BOE-A-2020-4261).
    • con el art. 4 y disposición adicional 3, y se establecen medidas en materia de matriculación y cambio de titularidad de determinados vehículos: Orden INT/317/2020, de 2 de abril (Ref. BOE-A-2020-4260).
    • el art. 4.3 y la disposición adicional 4, sobre medidas en materia de armas, ejercicios de tiro de personal de seguridad privada, artículos pirotécnicos y cartuchería, y explosivos: Orden INT/316/2020, de 2 de abril (Ref. BOE-A-2020-4259).
    • los arts. 4 y 14.1, sobre medidas para la gestión del mantenimiento de los vehículos ferroviarios: Orden TMA/311/2020, de 1 de abril (Ref. BOE-A-2020-4231).
    • los arts. 4 y 10 y se se establecen como servicios esenciales determinados centros, servicios y establecimientos sanitarios: Orden SND/310/2020, de 31 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4211).
    • con la disposición adicional 3, sobre ampliación del plazo de justificación de los créditos distribuidos con cargo a los Presupuestos de 2018 para financiar las actuaciones de los Programas de Cooperación Territorial: Resolución de 27 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4205).
    • y establece condiciones para el transporte aéreo entre las Islas Canarias: Resolución de 27 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4198).
    • los arts. 4 y 14 y se dictan instrucciones sobre reducción de servicios de transporte de viajeros: Orden TMA/306/2020, de 30 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4195).
    • sobre medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres: Orden SND/298/2020, de 29 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4173).
    • los arts. 4.3 y 5.6, sobre medidas excepcionales para el traslado de cadáveres: Orden SND/296/2020, de 27 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4157).
    • sobre medidas en materia de recursos humanos en el ámbito de los servicios sociales: Orden SND/295/2020, de 26 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4156).
  • SE AÑADE la disposición adicional 6 y SE PRORROGA, hasta las 00:00 horas del día 12 de abril de 2020, por Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4155).
  • SE AUTORIZA la prórroga, hasta las 00:00 horas del día 12 de abril de 2020, por Resolución de 25 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4153).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • los arts. 4 y 13, sobre dispensación y administración de medicamentos: Orden SND/293/2020, de 25 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4130).
    • sobre exenciones para tiempos de conducción y descanso en transportes de mercancías: Resolución de 26 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4129).
    • sobre adquisición y distribución de mascarillas: Orden TMA/292/2020, de 26 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4128).
    • sobre adopción de medidas extraordinarias de flexibilidad en los ámbitos de la aviación civil no regulados por normativa de la UE: Orden TMA/285/2020, de 25 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4066).
    • el art. 4 y se prorrogan los controles en las fronteras interiores terrestres: Orden INT/283/2020, de 25 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4064).
    • sobre medidas en materia de transporte de animales: Orden TMA/279/2020, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4029).
    • y se establecen condiciones en los servicios de movilidad: Orden TMA/278/2020, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4028).
    • y se declaran servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos: Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4027).
    • los arts. 10 y 12, sobre criterios interpretativos para la gestión de la situación de crisis sanitaria: Instrucción de 23 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4012).
    • los arts. 4 y 13, sobre obligaciones de suministro de información, abastecimiento y fabricación de determinados medicamentos: Orden SND/276/2020, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4011).
    • el art. 4, sobre medidas complementarias de carácter organizativo y de suministro de información en el ámbito de los centros de servicios sociales de carácter residencial: Orden SND/275/2020, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4010).
    • el art. 4, sobre medidas en los servicios de abastecimiento de agua de consumo humano y saneamiento de aguas residuales: Orden SND/274/2020, de 22 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4009).
    • los arts. 4 y 14.1, sobre reducción de los servicios de transporte de viajeros: Orden TMA/273/2020, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4008).
    • sobre medidas en el ámbito del control de la gestión económico-financiera efectuado por la Intervención General del la Administración del Estado: Resolución de 23 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4007).
    • sobre medidas en el ámbito de la comprobación material de la inversión, Resolución de 20 de marzo de 2020: Resolución de 20 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4006).
    • el art. 4.3 y se establecen medidas excepcionales para expedir la licencia de enterramiento y el destino final de los cadáveres: Orden SND/272/2020, de 21 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3974).
    • y se establecen instrucciones sobre gestión de residuos: Orden SND/271/2020, de 19 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3973).
    • el art. 4 y se establece una restricción temporal de viajes desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen : Orden INT/270/2020, de 21 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3972).
    • con la disposición adicional 3.4, sobre reanudación en la forma indica del procedimiento para solicitar y conceder la Gracia del Indulto: Resolución de 20 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-3962).
    • el art. 7 y se establecen criterios interpretativos para la atención de animales domésticos: Instrucción de 19 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-3954).
    • el art. 4 y se adoptan medidas relativas a las residencias de personas mayores y centros socio-sanitarios: Orden SND/265/2020, de 19 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3951).
    • los arts. 4 y 14.1 sobre adquisición y distribución de mascarillas: Orden TMA/263/2020, de 20 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3947).
    • los arts. 4 y 7 y establece medidas en mareria de tráfico y circulación de vehículos: Orden INT/262/2020, de 20 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3946).
    • los arts. 4 y 7 y se establecen criterios interpretativos con relación a las actividades permitidas y que afectan al libre derecho de circulación de las personas: Instrucción de 19 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-3898).
    • el art. 4, sobre coordinación de la actividad profesional de los miembros de los cuerpos de funcionarios regulados en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio: Orden SND/261/2020, de 19 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3897).
    • los arts. 4 y 17 y se suspende la activación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad por criterios económicos: Orden SND/260/2020, de 19 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3896).
    • los arts. 4 y 14.1, y se dictan instrucciones sobre transporte por carretera: Orden TMA/259/2020, de 19 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3895).
    • los arts. 4 y 14.1, sobre la extensión de los títulos administrativos y la suspensión de las actividades inspectoras de la administración marítima: Orden TMA/258/2020, de 19 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3894).
    • el art. 10.6, sobre medidas en establecimientos de alojamiento turístico: Orden SND/257/2020, de 19 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3892).
    • sobre medidas en el sector marítimo pesquero: Resolución de 16 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-3866).
    • sobre instrucciones en materia de trasporte por carretera y aéreo: Orden TMA/254/2020, de 18 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3863).
  • SE MODIFICA los arts. 7.1, 10, 14.4, la disposición adicional 3 y el título del anexo, por Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3828).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • el art. 4, sobre el restablecimiento temporal de controles fronterizos y medidas de colaboración entre cuerpos de seguridad: Orden INT/248/2020, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3825).
    • los arts. 4 y 14.1, sobre medidas de transporte entre la península y Baleares: Orden TMA/247/2020, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3823).
    • los arts. 4 y 14.1, y se establecen medidas de transporte entre la península y las Islas Canarias: Orden TMA/246/2020, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3822).
    • los arts. 4 y 14.1, sobre medidas para el mantenimiento del tráfico ferroviario: Orden TMA/245/2020, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3821).
    • sobre suspensión de plazos procesales y administrativos: Acuerdo de 16 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-3805).
    • con el art. 4.3, y establece medidas de apoyo al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030: Instrucción de 16 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-3781).
    • los arts. 4 y 14, sobre medidas para el transporte entre la península y Melilla: Orden TMA/242/2020, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3779).
    • los arts. 4 y 14, sobre medidas para el transporte entre la península y Ceuta: Orden TMA/241/2020, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3778).
    • los arts. 4 y 14.1,y se establecen medidas para los establecimientos en aeródromos de uso público : Orden TMA/240/2020, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3777).
    • los arts. 4 y 14.1, sobre controles en las fronteras interiores terrestres: Orden INT/239/2020, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3776).
    • la disposición final 1, sobre competencias territoriales, medidas e información al Ministerio de Sanidad: Orden SND/234/2020, de 15 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3702).
    • sobre obligaciones de información al Ministerio de Sanidad: Orden SND/233/2020, de 15 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3701).
    • el art 12, sobre medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la crisis sanitaria: Orden SND/232/2020, de 15 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3700).
    • los arts. 4 y 14.2, sobre obligaciones de todas las compañías de transporte en la venta de billetes por internet: Orden TMA/231/2020, de 15 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3699).
    • con los arts. 4 y 14.1, sobre la actuación de las autoridades territoriales respecto al transporte público: Orden TMA/230/2020, de 15 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3698).
    • con los arts. 4 y 14.1, sobre la actuación de las autoridades territoriales respecto al transporte público :Orden TMA/229/2020, de 15 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3697).
    • sobre criterios de aplicación en el ámbito del Sistema Nacional de Protección Civil : Orden INT/228/2020, de 15 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3696).
    • sobre medidas en el ámbito de Instituciones Penitenciarias: Orden INT/227/2020, de 15 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3695).
    • y se establecen criterios de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Orden INT/226/2020, de 15 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3694).
    • el art. 4.3, sobre medidas para la gestión de la crisis sanitaria en el ámbito del Ministerio de Defensa: Instrucción de 15 de marzo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-3693).

Referencias anteriores

Materias

  • Abastecimientos
  • Asistencia sanitaria
  • Circulación vial
  • Delegación de atribuciones
  • Derechos de los ciudadanos
  • Educación
  • Enfermedades
  • Establecimientos comerciales
  • Establecimientos públicos
  • Estado de alarma
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
  • Hostelería
  • Libre circulación de personas
  • Ocio
  • Orden público
  • Organización de la Administración del Estado
  • Procedimiento administrativo
  • Procedimiento judicial
  • Protección Civil
  • Sistema Nacional de Salud
  • Suministro de energía
  • Telecomunicaciones
  • Transportes

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid