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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 7/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.

Publicado en:
«DOGV» núm. 7432, de 29/12/2014, «BOE» núm. 35, de 10/02/2015.
Entrada en vigor:
01/01/2015
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-A-2015-1236
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-vc/l/2014/12/22/7/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 22/12/2014
  • Fecha de publicación: 10/02/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2015
  • Entrada en vigor:, con la salvedad indicada, el 1 de enero de 2015.
  • Publicada en el DOCV núm. 7432, de 29 de diciembre de 2014.
  • La derogación del Reglamento aprobado por el Decreto 158/2001, de 15 de octubre se establece de acuerdo con la disposición derogatoria añadida a la Ley 11/1997, de 16 de diciembre.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • el art. 61, por Ley 7/2023, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2024-2666).
    • la disposición adicional 2.1, por Ley 7/2021, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-1018).
  • SE DEROGA la disposición adicional 9, por Ley 27/2018, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2019-1987).
  • SE MODIFICA la disposición adicional novena, por Ley 21/2017, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-1871).
  • SE DEROGA las disposiciones adicionales 7 y 8, por Ley 20/2017, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-1870).
  • SE DECLARA en el Recurso 1842/2015, la pérdida sobrevenida de objeto en lo que se refiere a los arts. 313 octies a 313 decies de la Ley de Tasas de la Generalitat, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, en la redacción dada por el art. 35 y la desestimación en todo lo demás, por Sentencia 27/2017, de 16 de febrero (Ref. BOE-A-2017-3256).
  • SE DEROGA el artículo 136 y la disposición adicional 11, por Ley 10/2015, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-1205).
  • CORRECCIÓN de errores, con modificación de los arts. 119 y 120, en BOE núm. 90, de 15 de abril de 2015 (Ref. BOE-A-2015-4032).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • Arts. 72 a 76, MODIFICA los arts. 69 a 71 y AÑADE la disposición adicional 4 a la Ley 3/1993, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-1994-1915).
    • Decreto 60/1985, de 13 de mayo (DOGV núm. 254, de 23 de mayo).
    • Reglamento aprobado por el Decreto 158/2001, de 15 de octubre (DOGV núm. 4110, de 19 de octubre).
    • Decreto 34/1983, de 21 de marzo (DOGV núm. 100, de 5 de abril).
  • MODIFICA:
    • Disposición adicional 6 de la Ley 6/2014, de 25 de julio (Ref. BOE-A-2014-9626).
    • Arts. 81.2 y 119.1 de la Ley 2/2014, de 13 de junio (Ref. BOE-A-2014-7141).
    • Art. 107 y PRORROGA, hasta el 30 de junio de 2015, el plazo indicado en la disposición adicional 3.1 de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-970).
    • Disposiciones transitoria 3, adicionales 3 y 5 y el anexo de la Ley 1/2013, de 21 de mayo (Ref. BOE-A-2013-6047).
    • Art. 12 del Decreto-ley 1/2011, de 30 de septiembre (Ref. DOGV-r-2011-90092).
    • Arts. 31, 54 y 103, y AÑADE los arts. 95 bis, 99 bis y 103 bis a la Ley 6/2011, de 1 de abril (Ref. BOE-A-2011-7330).
    • Art. 63 y disposición adicional 1 de la Ley 3/2011, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-2011-6875).
    • Arts. 110 y 112 de la Ley 2/2011, de 22 de marzo (Ref. BOE-A-2011-6874).
    • Art. 51.1 de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-20014).
    • Art. 28 de la Ley 13/2010, de 23 de noviembre (Ref. BOE-A-2010-19046).
    • determinados preceptos Y AÑADE las disposiciones adicional 24, transitorias 13, 14 y 30 y final 4 a la Ley 10/2010, de 9 de julio (Ref. BOE-A-2010-12629).
    • Art. 199 de la Ley 8/2010, de 23 de junio (Ref. BOE-A-2010-11729).
    • Art. 3.g) y PRORROGA, hasta el 31 de diciembre de 2016, el plazo indicado en el art. 9.2 del Decreto-ley 1/2009, de 20 de febrero (Ref. DOGV-r-2009-90070).
    • Art. 28 de la Ley 13/2008, de 8 de octubre (Ref. BOE-A-2008-17568).
    • Art. 48 de la Ley 10/2006, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-1348).
    • determinados preceptos Y AÑADE el art. 251 bis y las disposiciones adicionales 11 y 12 a la Ley de Tasas de la Generalitat, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero (Ref. DOGV-r-2005-90011).
    • Art. 13.5 de la Ley 13/2004, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-2358).
    • Arts. 12 y 14 de la Ley 2/2004, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2004-12183).
    • Arts. 22, 24 y 54.3 y SUPRIME el art. 26 de la Ley 6/2003, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2003-6806).
    • Arts. 36 y 38 de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-613).
    • determinados preceptos De la Ley 9/1998, de 15 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-1368).
    • Arts. 20, 26, 31, 33 y 34 de la Ley 6/1998, de 22 de junio (Ref. BOE-A-1998-17351).
    • Arts. 8 y 52 y AÑADE el art. 7 bis, 8 bis y 18 bis a la Ley 3/1998, de 21 de mayo (Ref. BOE-A-1998-14799).
    • determinados preceptos Y AÑADE la disposición transitoria 3 a la Ley 13/1997, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-8202).
    • Arts. 10, 19, 28, 45 y la disposiciones adicional única y final 1, SUPRIME los arts. 17, 18, 29 y 30 y AÑADE la disposición derogatoria a la Ley 11/1997, de 16 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-1184).
    • Art. 12. 2 de la Ley 6/1997, de 4 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-205).
    • Arts. 46 a 52, 80 a 82 y 87, y AÑADE el art. 47 bis a la Ley 5/1997, de 25 de junio (Ref. BOE-A-1997-18195).
    • Art. 31.2 de la Ley de la Hacienda Pública, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo de 26 de junio ode 1991 (Ref. DOGV-r-1991-90012).
    • Arts. 17, 21, 23, 24, 27 y 28 de la Ley 4/1988, de 3 de junio (Ref. BOE-A-1988-16881).
    • Arts. 22 y 23 de la ley 9/1986, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-2492).
  • AÑADE:
    • La disposición adicional única a la Ley 2/2009, de 14 de abril (Ref. BOE-A-2009-7515).
    • La disposición adicional 7 a la Ley 8/2004, de 20 de octubre (Ref. BOE-A-2004-19752).
  • DE CONFORMIDAD con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1982-17235).

Materias

  • Administración Local
  • Asistencia farmacéutica
  • Asistencia social
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  • Caza
  • Comercio
  • Comunidad Valenciana
  • Contaminación acústica
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Cultura
  • Deporte
  • Empleo
  • Empresas públicas
  • Entidades financieras
  • Espectáculos
  • Función Pública
  • Funcionarios públicos
  • Ganadería
  • Haciendas de las Comunidades Autónomas
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Investigación científica
  • Juego
  • Medio ambiente
  • Montes
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Pesca marítima
  • Política económica
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