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Documento BOE-A-2020-4657

Resolución de 7 de abril de 2020, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la modificación del Reglamento regulador de la modalidad de lotería denominada "Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE" y se da publicidad a la implantación, lanzamiento y finalización de varios productos de dicha modalidad.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 25 de abril de 2020, páginas 30316 a 30323 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2020-4657
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/04/07/(3)

TEXTO ORIGINAL

Con base en lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 5/2011, de 29 de marzo de Economía Social, que declara a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) como organización singular de economía social, la ONCE es una Corporación de Derecho Público de carácter social; que se rige por su normativa específica propia y que, para la financiación de sus fines sociales, goza de un conjunto de autorizaciones públicas en materia de juego.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, las loterías de ámbito estatal han quedado reservadas a los operadores que se designan por la propia ley, lo que se ha materializado en su disposición adicional primera, que designa a la ONCE como uno de los dos operadores que pueden comercializar productos de loterías de ámbito estatal.

En esta materia, las actuaciones de la Organización deben ajustarse a las prescripciones del ordenamiento vigente, representado por la disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, modificada por la disposición adicional cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del orden social; por las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego; por el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el período 2012-2021, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 18 de noviembre de 2011 y modificado mediante las Revisiones parciales aprobadas por el Consejo de Ministros el 25 de octubre de 2013, el 1 de agosto de 2014, el 10 de julio de 2015 y el 18 de diciembre de 2015; por el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la ONCE la explotación de una lotería instantánea o presorteada, modificado por el Real Decreto 1706/2011, de 18 de noviembre y por el Real Decreto 1152/2015, de 18 de diciembre; y por el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, de Reordenación de la ONCE, así como por sus vigentes Estatutos, publicados por Orden SCB/1240/2019, del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, de 18 de diciembre de 2019.

De acuerdo a lo establecido en la normativa anterior, el Pleno del Consejo de Protectorado aprobó en su reunión de 17 de diciembre de 2018 los «Procedimientos y Criterios de Control comunes a las tres modalidades de lotería de las que es titular la ONCE» y los «Procedimientos y Criterios de control de la modalidad de lotería denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE».

Conforme al referido marco de ordenación, la ONCE debe comunicar con antelación suficiente las condiciones de todas sus modalidades de lotería autorizadas al Consejo de Protectorado, como órgano al que corresponde el Protectorado del Estado sobre la Organización, para su conocimiento y verificación de que se cumplen los términos de la concesión estatal y demás normativa de general aplicación, así como para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» como garantía de los consumidores. Igualmente, la ONCE debe comunicar al Consejo de Protectorado las modificaciones de los Reglamentos reguladores de sus diferentes modalidades y productos de lotería, para su conocimiento y verificación de su conformidad a las normas de ordenación, antes mencionadas, procediendo a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», como garantía de los consumidores.

En cumplimiento de las anteriores previsiones, la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE, en reunión extraordinaria de 31 de marzo de 2020, ha verificado que el Acuerdo de 18 de marzo de 2020 de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE CEP.5/2020-3.1, sobre «Implantación de un grupo de productos de lotería instantánea y modificación del Reglamento Regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE» mediante la derogación de ocho apéndices y la inclusión de un apéndice» se ajusta a la normativa citada.

El Acuerdo establece la derogación, con fecha 1 de junio de 2020, de los siguientes apéndices del Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE»:

– Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en cuatro oportunidades» a tres euros, clase 1 (apéndice E201809).

– Normas de los productos «con mecánica tres en raya» a un euro, clase 4 (apéndice E201817).

– Normas de los productos «con mecánica cartas» a un euro, clase 1 (apéndice E201904).

– Normas de los productos «con mecánica cartas» a tres euros, clase 1 (apéndice E201905).

– Normas de los productos «con mecánica cartas» a cinco euros, clase 1 (apéndice E201906).

– Normas de los productos «con mecánica símbolos ganadores en una oportunidad» a cincuenta céntimos de euro, clase 1 (apéndice E202005).

– Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a tres euros, clase 5 (apéndice F201807).

– Normas de los productos «con mecánica tres en raya» a un euro, clase 3 (apéndice F201810).

Asimismo, mediante dicho Acuerdo se aprueba la implantación de un grupo de productos de la modalidad de lotería instantánea:

– «Con mecánica cartas» a un euro, clase 2 (apéndice E-2020-12).

Conforme a este Acuerdo también se aprueba la modificación del Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE» publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de diciembre de 2017 mediante Resolución de 20 de noviembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, y de su texto refundido de apéndices publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 10 de octubre de 2019 mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales de 30 de septiembre de 2019, mediante la modificación del índice de apéndices, la derogación de ocho apéndices y la inclusión de un nuevo apéndice con el número E-2020-12 que se acompañan como Anexos 1 y 2 a la presente Resolución.

El nuevo grupo de productos de la modalidad de lotería instantánea tendrá una vigencia indefinida. No obstante, la fecha de comienzo de comercialización efectiva de este producto la determinará, en su momento el Consejo General de la ONCE, y se publicará en la resolución trimestral de la Presidencia de la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado, sobre los productos de lotería de la ONCE o en una resolución específica de dicho Órgano.

En consecuencia, procede dar publicidad al mencionado Acuerdo del Consejo General de la ONCE y a las modificaciones en el Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE», que se acompañan como Anexos 1 y 2 a esta Resolución.

También, procede dar publicidad, como garantía de los consumidores, al Acuerdo de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE CEP.5/2020-3.2, de 18 de marzo, sobre «Lanzamiento de un producto de lotería instantánea», en soporte electrónico, que se detalla a continuación:

Nombre Apéndice del Reglamento Nombre de la mecánica Fecha de inicio de Comercialización
25 cartas 1 € 2020 E-2020-12 «Con mecánica cartas» a un euro, clase 2 10/06/2020

El producto anterior tendrá las características del grupo de productos regulado en el apéndice correspondiente, aprobado por la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General el 18 de marzo de 2020, mediante acuerdo CEP.5/2020-3.1, verificado por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión extraordinaria de 31 de marzo de 2020, cuyo contenido se encuentra en el Anexo 2 que acompaña a esta Resolución.

Finalmente, procede dar publicidad a la Resolución del Director General de la ONCE número 32/2020, de 12 de marzo, por la que se aprueba la finalización de dos productos de lotería instantánea en soporte electrónico:

– «Con mecánica uno o varios símbolos ganadores en una oportunidad» a tres euros, clase 2, con el nombre de «Símbolos 6».

– «Con mecánica uno o varios símbolos ganadores en una oportunidad» a cinco euros, clase 1, con el nombre de «Símbolos 7».

La fecha de finalización de la comercialización de los boletos de los productos de lotería instantánea en soporte electrónico mencionados será el 23 de junio de 2020. Transcurrida la fecha fijada, no podrán comercializarse boletos de estos productos.

Madrid, 7 de abril de 2020.–El Secretario de Estado de Derechos Sociales, Ignacio Álvarez Peralta.

ANEXO NÚM. 1
Apéndices del Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE»

(Versión vigente al 10 de junio de 2020)

ÍNDICE

Número de Apéndice Descripción
1 Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a un euro, clase 1.
2 Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en seis oportunidades» a un euro, clase 1.
3 Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a cincuenta céntimos de euro, clase 2.
7 Normas de los productos «con mecánica tres de doce» a un euro, clase 1.
9 Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a cincuenta céntimos de euro, clase 1.
10 Normas de los productos «con mecánica tres de nueve a un euro, clase 2.
15 Normas de los productos «con cuatro áreas de juego y cuatro mecánicas» a tres euros, clase 1.
21 Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en 5 oportunidades» a cinco euros, clase 2.
24 Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 2 sobre 6» a dos euros, clase 5.
32 Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en ocho oportunidades» a cinco euros, clase 1.
34 Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a dos euros, clase 1.
37 Normas de los productos «con mecánica reúne números iguales en 45 oportunidades» a cinco euros, clase 1.
40 Normas de los productos «con mecánica reúne un conjunto de piezas en seis oportunidades» a dos euros, clase 1.
46 Normas de los productos «con mecánica 7 de la suerte» a cincuenta céntimos de euro, clase 4.
47 Normas de los productos «con mecánica siete y media» a un euro, clase 4.
49 Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 5.
50 Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en 5 oportunidades» a tres euros, clase 1.
51 Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 13.
C-2019-01 Criterios para la certificación del «generador aleatorio de numeración» que da soporte a los boletos electrónicos de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE».
E-2018-02 Normas de los productos «con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a diez euros, clase 2.
E-2018-03 Normas de los productos «con mecánica cinco de cinco» a un euro, clase 1.
E-2018-04 Normas de los productos «con mecánica once de ochenta» a un euro, clase 1.
E-2018-05 Normas de los productos «con mecánica tres de tres» a cincuenta céntimos de euro, clase 1.
E-2018-06 Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en siete oportunidades» a diez euros, clase 1.
E-2018-13 Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales» a cincuenta céntimos de euro, clase 1.
E-2018-14 Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales» a un euro, clase 1.
E-2018-15 Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a tres euros, clase 4.
E-2018-16 Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales» a dos euros, clase 1.
E-2018-19 Normas de los productos «con mecánica reúne números iguales en 45 oportunidades» a tres euros, clase 1.
E-2018-20 Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en cinco oportunidades» a cinco euros, clase 3.
E-2018-21 Normas de los productos «con mecánica crucigrama» a dos euros, clase 1.
E-2018-22 Normas de los productos «con mecánica crucigrama» a tres euros, clase 2.
E-2019-01 Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales» a cinco euros, clase 1.
E-2019-07 Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a dos euros, clase 3.
E-2019-08 Normas de los productos «con mecánica uno o varios símbolos ganadores en tres oportunidades» a cincuenta céntimos de euro, clase 1.
E-2019-10 Normas de los productos «con mecánica símbolos ganadores tres de seis» a cincuenta céntimos de euro, clase 1.
E-2019-11 Normas de los productos «con mecánica símbolos ganadores tres de seis» a un euro, clase 1.
E-2019-12 Normas de los productos «con mecánica uno o varios símbolos ganadores en una oportunidad» a dos euros, clase 1.
E-2019-13 Normas de los productos «con mecánica uno o varios símbolos ganadores en una oportunidad» a tres euros, clase 1.
E-2019-14 Normas de los productos «con mecánica uno o varios símbolos ganadores en una oportunidad» a tres euros, clase 2.
E-2019-15 Normas de los productos «con mecánica uno o varios símbolos ganadores en una oportunidad» a cinco euros, clase 1.
E-2019-16 Normas de los productos «con mecánica uno o varios números iguales de 5 sobre 15» a dos euros, clase 1.
E-2019-18 Normas de los productos «con mecánica crucigrama» a tres euros, clase 3.
E-2019-19 Normas de los productos «con mecánica crucigrama» a cinco euros, clase 1.
E-2019-20 Normas de los productos «con mecánica reúne un conjunto de piezas en seis oportunidades» a tres euros, clase 1.
E-2019-21 Normas de los productos «con mecánica reúne un conjunto de piezas en seis oportunidades» a cinco euros, clase 1.
E-2020-01 Normas de los productos "con dos áreas de juego y dos mecánicas" a cinco euros, clase 7.
E-2020-02 Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en siete oportunidades» a dos euros, clase 1.
E-2020-03 Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en siete oportunidades» a tres euros, clase 1.
E-2020-04 Normas de los productos «con mecánica encuentra tres símbolos iguales en seis oportunidades» a un euro, clase 2.
E-2020-06 Normas de los productos «con mecánica uno o varios números iguales de 5 sobre 15» a tres euros, clase 1.
E-2020-07 Normas de los productos «con mecánica tres importes iguales de entre tres y dieciocho» a un euro, clase 1.
E-2020-08 Normas de los productos «con mecánica tres importes iguales de entre tres y dieciocho» a dos euros, clase 1.
E-2020-09 Normas de los productos «con mecánica símbolos ganadores en una oportunidad» a dos euros, clase 1.
E-2020-10 Normas de los productos «con mecánica símbolos ganadores en una oportunidad» a cinco euros, clase 1.
E-2020-11 Normas de los productos «con mecánica uno o varios símbolos ganadores en 6 oportunidades» a un euro, clase 2.
E-2020-12 Normas de los productos «con mecánica cartas» a un euro, clase 2.
F-2018-01 Normas de los productos «con mecánica uno varios números ganadores de 1 sobre 4» a un euro, clase 2.
F-2018-02 Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a tres euros, clase 4.
F-2018-04 Normas de los productos «con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 1.
F-2018-06 Normas de los productos «con mecánica encuentra tres símbolos iguales, hasta en cinco oportunidades» a dos euros, clase 1.
F-2018-09 Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a tres euros, clase 3.
F-2019-01 Normas de los productos «con mecánica siete y media» a un euro, clase 5.
F-2019-02 Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 2 sobre 6» a dos euros, clase 6.
F-2019-03 Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 5.
F-2019-04 Normas de los productos «con mecánica tres de seis» a un euro, clase 5.
F-2019-05 Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a dos euros, clase 2.
F-2020-01 Normas de los productos "con mecánica 7 de la suerte" a cincuenta céntimos de euro, clase 6.
F-2020-02 Normas de los productos "con dos áreas de juego y dos mecánicas" a cinco euros, clase 6.
F-2020-03 Normas de los productos "con cuatro áreas de juego y dos mecánicas" a diez euros, clase 3.
F-2020-04 Normas de los productos «con mecánica encuentra tres símbolos iguales en seis oportunidades» a un euro, clase 1.
F-2020-05 Normas de los productos «con mecánica uno o varios símbolos ganadores en 6 oportunidades» a un euro, clase 1.
ANEXO NÚM. 2
Apéndice E-2020-12

Normas de los productos «con mecánica cartas» a un euro, clase 2

1.º Aspectos generales.

Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos: 10 de junio de 2020.

Fecha de publicación en BOE

Soporte de comercialización: El.

Boletos por serie: 2.000.000.

Valor facial de la serie: 2.000.000 de euros.

Número de boletos premiados por serie: 603.212.

Importe de premios por serie: 1.200.000 euros.

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 60,0 %.

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categorías

de premios

Boletos premiados

por cada serie

Premio unitario

por boleto (en euros)

 1.ª 2 30.000,00
 2.ª 2 1.000,00
 3.ª 2 500,00
 4.ª 4 200,00
 5.ª 8 100,00
 6.ª 60 50,00
 7.ª 138 30,00
 8.ª 400 20,00
 9.ª 350 15,00
10.ª 700 13,00
11.ª 1.100 12,00
12.ª 1.496 10,00
13.ª 3.000 8,00
14.ª 4.000 7,00
15.ª 5.250 6,00
16.ª 1.800 5,50
17.ª 7.600 5,00
18.ª 4.000 4,50
19.ª 19.000 4,00
20.ª 12.500 3,50
21.ª 35.000 3,00
22.ª 30.000 2,50
23.ª 126.800 2,00
24.ª 50.000 1,50
25.ª 300.000 1,00

2.º Mecánica de funcionamiento.

a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego, representada gráficamente por 25 cartas. Además, aparecen bonus, un botón «auto» y una tabla de premios a la que se accede mediante un botón dispuesto al efecto.

b) El jugador debe desvelar las 25 cartas, manualmente o de forma automática, pulsando el botón «auto».

c) En cada carta pueden aparecer diferentes símbolos y bonus.

d) Si al desvelar la totalidad de las cartas se encuentran tres o más cartas iguales y adyacentes dispuestas de forma vertical, horizontal o diagonal, formando un único bloque, se obtiene el premio asociado a dichas cartas que aparece en la tabla de premios.

e) Si al desvelar las cartas se encuentran tres símbolos bonus o el de la carta dorada, se accede a un juego en el que se puede obtener un premio instantáneo.

f) Un boleto puede tener más de un premio, siendo el premio del boleto la suma de los premios obtenidos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/04/2020
  • Fecha de publicación: 25/04/2020
  • Efectos desde el 1 o el 10 de junio, según los casos.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Resolución de 4 de abril de 2023. (Ref. BOE-A-2023-9030).
  • Fecha de derogación: 01/04/2023
Referencias anteriores
  • DEROGA, MODIFICA y AÑADE determinados preceptos del Reglamento publicado por Resolución de 20 de noviembre de 2017 (Ref. BOE-A-2017-15165).
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Juego
  • Organización Nacional de Ciegos

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