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Documento BOE-A-2019-13683

Resolución de 10 de septiembre de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del Convenio colectivo del personal laboral del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 26 de septiembre de 2019, páginas 106070 a 106071 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-13683
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/09/10/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acuerdo de modificación de la disposición transitoria tercera del Convenio colectivo del personal laboral del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional (código de convenio n.º 90003962011984), publicado en el BOE de 23 de diciembre de 2013, acuerdo de modificación cuya redacción definitiva fue suscrita, con fecha 23 de julio de 2019, de una parte por los designados por la gerencia de dicho organismo público, en representación del mismo, y de otra por los sindicatos UGT, CGT y CC.OO., en representación de los trabajadores afectados, y al se acompaña informe favorable emitido por la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de septiembre de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA DE ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DE REVISIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO SOBRE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO NACIONAL 2013-2018

En Madrid, a las 12 horas del día veintitrés de julio de dos mil diecinueve, en el marco de la reunión de la Mesa Negociadora de Revisión del Convenio Colectivo para el personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional que se celebra entre la Administración y los Sindicatos UGT, CGT; CSIF, USO y CCOO, para dar cumplimiento al informe de la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas de 11 de abril y a la comunicación de subsanación de la Dirección General de Empleo de 23 de mayo de 2019, se llega a los siguientes acuerdos entre la Dirección de Patrimonio Nacional y los sindicatos UGT, CGT y CCOO, que representan a la mayoría de los trabajadores en la Comisión Negociadora:

ACUERDOS

Primero.

Dar su conformidad a la siguiente redacción de la disposición transitoria tercera:

«Los trabajadores que a fecha 1 de enero de 2013 fueran fijos en el organismo con una antigüedad de tres años, durante el período de vigencia del presente Convenio Colectivo, podrán optar a la promoción, previa superación del oportuno proceso selectivo, a puestos que hayan quedado vacantes durante el ejercicio anterior, del mismo o inmediatamente superior grupo profesional sin necesidad de contar con la titulación exigida, exceptuándose los puestos de trabajo pertenecientes a los grupos profesionales 1 y 2, o cuando se trate de puestos de trabajo de especialidades profesionales cuyas funciones requieran estar en posesión de una titulación académica o profesional habilitante. Se estará en todo caso a lo indicado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y demás normativa presupuestaria vigente, sin que se produzca un incremento en la masa salarial en términos de homogeneidad.»

Segundo.

Remitir a la Dirección General de Trabajo la citada modificación de la disposición transitoria tercera para su inscripción, registro y publicación.

Tercero.

Autorizar expresamente a don Jorge Prieto Ramos, con documento nacional de identidad número 47.040.344-P para que, en nombre y por Delegación de la Comisión Negociadora de revisión del Convenio Colectivo del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, de la que forma parte, proceda a realizar por medios electrónicos la tramitación necesaria ante la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social para solicitar la inscripción y depósito de este acuerdo.

Se levanta la sesión a las 12 horas, dando fe de lo tratado con sus firmas los representantes de cada una de las partes negociadoras.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/09/2019
  • Fecha de publicación: 26/09/2019
Referencias anteriores
  • MODIFICA la disposición transitoria 3 del Convenio publicado por Resolución de 9 de diciembre de 2013 (Ref. BOE-A-2013-13502).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
Materias
  • Consejo de Administración del Patrimonio Nacional
  • Convenios colectivos

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