Contido non dispoñible en galego
Visto el texto de la revisión salarial del año 2015 del Convenio colectivo de Distribuidora Internacional de Alimentación, S.A., y Twins Alimentación, S.A. (código de convenio núm. 90017963012010), aprobado en acta suscrita con fecha 21 de enero de 2015 por la Comisión paritaria del citado Convenio de la que forma parte FETICO, en representación de las empresas, y, de otra, UGT y CC.OO. en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro directivo, con notificación a la citada comisión.
Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 3 de febrero de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
Por la Dirección de la Empresa:
Doña Olga Rico Santiago.
Doña Laura Díaz González.
Representación social:
Por la representación de FETICO:
Doña M.ª Jesús Vázquez Rodríguez.
Doña Susana Cedillo Mayoral.
Don Martín Rodríguez Alvarellos.
Doña Soray Manchado Martín.
Don Fernando Molina Benítez.
Doña Almudena Murillo.
Doña Milagros del Puerto Sánchez.
Doña Francisca Delgado.
Asesoras:
Doña Pilar Casero Rebé.
Doña Ana Fabeiro Álvarez.
Por la representación de UGT:
Doña Belén Fernández Fonseca.
Don Ángel Gutiérrez del Pozuelo.
Asesor: Don Francisco Rodríguez Peña.
Por la representación de CC.OO.:
Doña Aurora Richarte Giménez.
Don Eduardo Ruiz Rodríguez.
En Madrid, siendo las 11:00 horas del día 21 de enero de 2015, se reúnen los miembros de la comisión paritaria relacionados al margen, para establecer la revisión salarial y aplicación del incremento salarial, conforme a lo establecido en los artículos 44 y 45 del Convenio Colectivo de la empresa Distribuidora Internacional de Alimentación, S.A., y Twins Alimentación, S.A.
La Comisión paritaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Convenio, y tras confirmar que el IPC Real español del 2014 ha resultado negativo, concluye que no ha lugar a realizar revisión salarial sobre las cuantías establecidas para el año 2014. Por lo tanto, se tomará de base para el cálculo del incremento del año 2015, las tablas salariales establecidas en el 2014.
En este sentido y de conformidad con lo previsto en el artículo 44, se acuerda, que a partir de enero de 2015, se aplique un incremento del 0,8 % para los conceptos recogidos en dicho artículo 44.
Las Tablas aplicables en el año 2015 son las siguientes:
Grupo profesional 2015 |
Módulo A |
Módulo B |
Módulo C |
Módulo D |
Módulo E |
Módulo F |
Módulo G |
Módulo H |
Módulo I |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Mandos |
15.302,64 |
15.591,11 |
16.457,77 |
17.178,96 |
17.755,90 |
18.767,99 |
19.344,94 |
20.463,71 |
20.828,54 |
Técnicos |
14.435,99 |
14.708,73 |
15.525,66 |
16.206,85 |
16.751,06 |
17.705,00 |
18.249,24 |
19.304,96 |
19.649,18 |
Especialistas |
13.619,05 |
13.876,00 |
14.646,90 |
15.289,28 |
15.803,24 |
16.702,59 |
17.216,53 |
18.211,65 |
18.536,48 |
Profesionales |
12.848,15 |
13.090,58 |
13.817,82 |
14.423,88 |
14.908,70 |
15.757,15 |
16.242,00 |
17.180,17 |
17.486,81 |
Para el personal con categoría de Mozo/a de almacén, incluido en el Grupo IV, los salarios bases grupo en el año 2015 quedan fijados en las siguientes cantidades.
Almacén |
Salario 2015 (euros) |
---|---|
Getafe |
13.090,58 |
Mejorada |
13.090,58 |
Arroyomolinos |
13.090,58 |
Dos Hermanas |
12.848,15 |
Jaén |
12.848,15 |
Cádiz |
14.423,88 |
Asturias |
13.090,58 |
Orihuela |
13.090,58 |
Manises |
13.090,58 |
Mallen |
13.332,99 |
Villanubla |
13.696,61 |
Antequera |
13.817,82 |
Tarragona |
13.090,58 |
Santiago |
14.423,88 |
Miranda |
14.423,88 |
Mérida |
14.423,88 |
Sabadell |
14.908,69 |
San Antonio |
14.908,69 |
Para el resto de conceptos del Convenio en el año 2015, queda fijado en los siguientes importes:
|
Euros |
---|---|
Antigüedad |
193,95 |
Inventarios |
20,60 |
Bolsa de vacaciones |
16,96 |
Dietas |
21,83 |
Mediadieta |
10,91 |
Se faculta a doña María Maneiro Prieto y a doña Begoña Reinoso Medina para que realicen las gestiones y trámites precisos en orden al depósito, registro, y publicación de lo aquí acordado, y en prueba de conformidad con cuanto antecede firman el presente acto los miembros de la Comisión paritaria.
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