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Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de adhesión de la empresa Enel Green Power España, SL, al IV Convenio colectivo marco del Grupo Endesa (código de convenio n.º 90100042022014), que fue suscrito con fecha 4 de diciembre de 2013, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por los Delegados de personal, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo, resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de adhesión en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de marzo de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
Representación económica:
D. Carlos Cabrera Junquera.
D.ª María Rodríguez-Navarro Oliver.
Representación sindical:
CC.OO.:
D. Miguel González Rojas.
D. José Piñón Yáñez.
En Madrid a 4 de diciembre de 2013, se reúnen en el edificio Endesa, sito en calle Ribera del Loira, 60, las personas arriba referenciadas, en su calidad de representantes de la Dirección de la Empresa Enel Green Power España, S.L., y los Delegados de Personal y en la representación que ostentan:
MANIFIESTAN
Que Enel Green Power España, S.L., está actualmente adherida al III Convenio Colectivo Marco del Grupo Endesa.
Que el 23 de octubre de 2012 quedo oficialmente constituida la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo del Grupo Endesa. El mencionado proceso de negociación se ha visto dilatado en el tiempo de manera que el pasado 7 de noviembre de 2013, la mencionada Comisión, acordó la prórroga de la ultraactividad del III CMGE hasta el 4 de diciembre de 2013.
Que en fecha 4 de diciembre la Comisión Negociadora ha elevado a definitivo el IV CM mediante Acta de Cierre del Proceso de Negociación del IV CM.
Que en el volcado previsto en el Anexo 15 del IV CM están incluidas todas las ocupaciones del personal de EGPE en activo a esta fecha.
Que de conformidad con el artículo 87 del Estatuto de los Trabajadores, ambas partes tienen legitimación suficiente para negociar Convenio de eficacia general de conformidad a lo establecido en el artículo 3 del Estatuto de los Trabajadores.
Que conforme a lo establecido en el Título V del Acuerdo de la Comisión Negociadora de Materias Concretas del Grupo Endesa por el que se establecen los derechos y garantías de los trabajadores afectados por el proceso de reordenación societaria y reorganización empresarial de Endesa Cogeneración y Renovables (ECYR), de 28 de septiembre de 2010, estas partes se reúnen al objeto de determinar el régimen convencional aplicable a EGPE.
En virtud de lo anterior, las partes
ACUERDAN
Adherirse, al amparo del artículo 92.1 del Estatuto de los Trabajadores, al IV Convenio colectivo marco del Grupo Endesa.
Comunicar a la Autoridad Laboral competente a efectos de registro el presente Acta de Acuerdo, tal y como establece el artículo 92.1 del Estatuto de los Trabajadores.
Y para que así conste, las partes firman el presente acuerdo en la fecha y lugar arriba indicados.
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