Contido non dispoñible en galego
Visto el texto de los acuerdos de revisión y las tablas salariales para el 2013 del Convenio colectivo de la empresa IMS Health, SA (código de convenio nº: 90006212011990), acuerdos que fueron suscritos, con fecha 3 de abril de 2013, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por el Comité de empresa, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Ordenar la inscripción de los citados acuerdos y tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 13 de mayo de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
ACTA DE REVISIÓN Y TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA IMS HEALTH, S.A.
En Madrid, a 3 de abril de 2013, se reúnen en los locales de la empresa IMS Health, S.A., la comisión mixta de interpretación y seguimiento del Convenio Colectivo de Empresa, formada por la Dirección de la Empresa y el Comité de Empresa, suscrito el día 14 de abril de 1981, con efecto de 1 de enero del mismo año.
Ambas partes acuerdan las siguientes variaciones respecto al Convenio vigente durante el periodo abril 2013 - marzo 2014.
1. Incrementar en un 1.25 % los salarios realmente abonados por todos los conceptos. Este incremento se aplicará desde el 1 de abril de 2013 hasta el 31 de marzo de 2014.
2. De acuerdo con el artículo 8 del RDL 3/12, la empresa, en acuerdo con los representantes de los trabajadores ha definido un sistema de clasificación profesional basado en grupos profesionales. En el Anexo n.º 1 se detallan estos nuevos grupos y los salarios base para cada una de ellas.
Detallamos a continuación las tablas salariales para cada grupo profesional en el anexo n.º 1
3. De acuerdo con el artículo 18 del Convenio Colectivo vigente, y además de los días festivos que contempla dicho artículo, para el presente año 2013, se disfrutarán los siguientes días de «puente»: El 16 de agosto y 23 de septiembre, en Barcelona y el 3 de mayo y 16 de agosto en Madrid.
4. A los premios por antigüedad establecidos desde el año 2004, se añade el premio de fidelidad por los 45 años de servicio, quedando las cantidades de la siguiente manera:
A los 5 años 35 % del salario mensual bruto.
A los 10 años 60 % del salario mensual bruto.
A los 15 años 85 % del salario mensual bruto.
A los 20 años 110 % del salario mensual bruto.
A los 25 años 135 % del salario mensual bruto.
A los 30 años 160 % del salario mensual bruto.
A los 35 años 200 % del salario mensual bruto.
A los 40 años 225 % del salario mensual bruto.
A los 45 años 250 % del salario mensual bruto.
5. Destinar 15.000 €/anuales a ayuda de transporte para los empleados que:
No dispongan de coche de Compañía.
No dispongan de plaza de garaje asignada.
Para el control de esta ayuda, el Comité elaborará una lista del personal que desee acceder a ella y cumpla los requisitos establecidos.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por terminada la reunión con el acuerdo de elevar la presente acta a la Autoridad laboral, a los efectos previstos en el artículo 90 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo.
En representación de la Empresa, María Sánchez-Biezma (Manager de RRHH).–En representación de los trabajadores, Carmen Navarro Llamas, María Teresa Duque Sánchez y Luisa Martínez Cuerva.
CONVENIO IMS HEALTH, S.A.
Anexo número 1
Tablas salariales 2013
(Aplicables a partir del 1/04/2013)
|
14 pagas/año |
Total anual |
---|---|---|
GRUPO 1 Titulación superior |
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Licenciados con experiencia |
2.114,84 |
29.607,70 |
Licenciados sin experiencia |
1.341,81 |
18.785,29 |
Diplomados/FP II |
1.251,63 |
17.522,87 |
GRUPO 2 Administrativos |
|
|
Jefe Administrativo |
1.733,86 |
24.274,00 |
Oficiales |
1.178,57 |
16.499,99 |
Auxiliares/Grabadores |
857,59 |
12.006,23 |
GRUPO 3 Limpiadores |
|
|
Limpiador/a |
653,37 |
9.147,13 |
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