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Documento BOE-A-2011-14131

Resolución de 10 de agosto de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de 20 de julio de 2011, donde se recoge el acuerdo de prórroga del IV Convenio colectivo del Grupo Generali.

Publicado en:
«BOE» núm. 204, de 25 de agosto de 2011, páginas 93593 a 93595 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-14131
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/08/10/(1)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de fecha 20 de julio de 2011 donde se recoge el acuerdo de prórroga del IV Convenio Colectivo del Grupo Generali (Código de Convenio número 90014213012002) que fue suscrito de una parte por los representantes del grupo empresarial en representación del mismo, y, de otra, por las secciones sindicales de CC.OO., CGT y UGT en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de agosto de 2011.–El Director General de Trabajo, P. S. (Real Decreto 777/2011, de 3 de junio), el Subdirector General de Ordenación Normativa, Rafael Luis García Matos.

Acta de la Reunión Extraordinaria de la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo para las Empresas del Grupo Generali España

En Madrid, a 20 de julio de 2011, y siendo las 11,30 horas de la mañana, se reúnen en la sede social de las Empresas del Grupo Generali España, c/ Orense, 2, 28020 Madrid, las representaciones que a continuación se indican, de cara a celebrar la presente reunión conforme la convocatoria previa con el siguiente,

Orden del día: Análisis del contenido del punto 3.º del Acuerdo del Acta de la Reunión Extraordinaria de la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo de Grupo Generali de 26 de mayo de 2010, al objeto de «valorar, adecuar y, en su caso, acordar la posible extensión temporal de la Prórroga del IV Convenio».

Asistentes:

Por la representación empresarial:

D. Alberto Ogando García.

D. Francisco Pinilla Blázquez.

D. Gabriel Costa Juste.

D. Gonzalo Blanco Montero.

Asesor: Antonio Gómez Enterría.

Por COMFIA - CC.OO. - Sección Sindical de CC.OO. Grupo Generali:

D. Carlos Andreu Bofill.

D. Jorge Moyano Cabrera.

D. José Luis Castelló Zarza.

Asesores: D. Ángel López Acón.

POR FESIBAC - CGT. Sección Sindical de DE CGT. Grupo Generali:

D.ª M.ª José Díaz Pascual.

D.ª Cristina Sánchez.

Asesores: D. ª Carmen García Ramos.

Por FES - UGT. Sección Sindical de UGT. Grupo Generali:

D.ª Encarna Martín Soriano.

D. Juan Ortiz Martínez.

Asesores: D. Antonio Tovar Bustos.

Se reúne la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo de Grupo Generali España a efectos de proceder al análisis, valoración, adecuación y, en su caso, acuerdo para la extensión temporal - prórroga - para el año 2012 del IV Convenio Colectivo, conforme el contenido del punto 3.º del Acuerdo del Acta de la Reunión Extraordinaria de la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo de Grupo Generali de 26 de mayo de 2010.

La sesión se inicia con la intervención de la Representación Empresarial, dando la bienvenida a todos los asistentes por su asistencia y pronta respuesta a la convocatoria efectuada el pasado día 14 de julio, recordando que el objeto principal de la reunión es analizar y valorar los aspectos concurrentes de cara a tomar la decisión de proceder a la posibilidad de acordar una extensión temporal de la prórroga del IV Convenio Colectivo de Grupo Generali.

En este sentido, entiende que es necesario hacer un análisis de los factores principales y claves que entiende la empresa son propicios para ampliar o extender la vigencia temporal del IV Convenio Colectivo un nuevo año, en el sentido de:

– Los escenarios abiertos de modificaciones normativas pendientes de su definición completa o plena, tales como: reforma laboral, reforma de la negociación colectiva y reforma del sistema de pensiones.

– La coincidencia temporal con la finalización de la vigencia temporal del Convenio Colectivo General del Sector Seguros a 31 de diciembre de 2011, siendo el nuevo escenario de la negociación colectiva en este ámbito indeterminada con el texto del Real Decreto-ley 7/2011, de 7 de junio, de Medidas Urgentes para la Reforma de la Negociación Colectiva, máxime teniendo en cuenta que el contenido de la futura norma que se publique tras su aprobación parlamentaria como ley, puede ser modificada.

– La operación de fusión de las Compañías que sustentan la actividad y negocio del Grupo desde el punto de vista societario y mercantil está definida en su casi totalidad, habiendo obtenido en este primer año un único modelo de negocio, alcanzando las sinergias del mercado con una estrategia común de productos y esfuerzos comerciales, y en la buena línea de conseguir de Generali Seguros ser una empresa competitiva y líder en la actividad aseguradora en España.

– Ello nos ha permitido que el proceso de integración siga el curso deseado y planificado desde su comienzo, con un marcado carácter dinámico y con una evolución en el tiempo tendente hacia una definición cierta del modelo estratégico de Compañía, si bien todavía hay importantes retos que afrontar y que han de ocupar nuestros esfuerzos para apuntalar nuestra posición natural de líderes en el sector asegurador español, como por ejemplo, la reciente puesta en marcha del Canal Cliente.

Tras un debate y análisis de la situación planteada, exponiendo cada una de las Secciones Sindicales de Grupo Generali sus opiniones y argumentaciones en cuanto al objeto de la convocatoria, se alcanza, por unanimidad entre las Representaciones Sindicales y la Representación de las Empresas del Grupo, el siguiente Acuerdo:

1. Extender la vigencia temporal de la prórroga acordada en el acta de 26 de mayo de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012, mediante una segunda prórroga durante el año 2012 del IV Convenio Colectivo de Grupo Generali.

2. Seguir vinculando durante este período el tratamiento de la materia económica (revisión / incremento salarial), a lo establecido, o que, en su caso, establezca el Convenio Colectivo General del Sector de Seguros.

3. Comprometer que con una antelación de al menos 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de finalización de la extensión temporal de la prórroga acordada, mantener esta Comisión una nueva reunión con el fin de valorar, adecuar y, en su caso, acordar la posible extensión temporal del presente acuerdo de prórroga.

4. Facultar y encomendar, a D. Gonzalo Blanco Montero para la realización de las gestiones necesarias para la presentación, registro y restantes requisitos de formalización para la publicación del presente Acuerdo.

El presente acuerdo lo suscriben las Representaciones de la Empresa y las Secciones Sindicales de CC.OO., CGT y UGT.

Y en prueba de su conformidad, se da por finalizada la reunión, levantando el presente Acta que se firma por las personas asistentes y, en el lugar y fecha, relacionadas en el encabezamiento de este escrito.–Por la Representación Empresarial.–Por COMFIA - CC.OO. - Sección Sindical de CC.OO.–Por FESIBAC - C.G.T. - Sección Sindical de C.G.T.–Por FES - UGT. - Sección Sindical de UGT.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/08/2011
  • Fecha de publicación: 25/08/2011
Referencias anteriores
  • PRORROGA el Convenio publicado por Resolución de 27 de marzo de 2007 (Ref. BOE-A-2007-7553).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Seguros

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