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Documento BOE-A-2011-8983

Resolución de 5 de mayo de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la prórroga del VI Convenio colectivo de Fuchs Lubricantes, SAU.

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 23 de mayo de 2011, páginas 51359 a 51360 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-8983
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/05/05/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la Prórroga del VI Convenio Colectivo de la empresa Fuchs Lubricantes SAU, Código de Convenio n.º 90011732011998, que fue suscrito con fecha 22 de febrero de 2011, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa para su representación y, de otra, por el Comité de empresa en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada prórroga del Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de mayo de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA LA PRÓRROGA DEL VI CONVENIO COLECTIVO DE «FUCHS LUBRICANTES, S.A.U.»

En Castellbisbal, el día 22 de febrero 2011, se reúnen la Dirección de Fuchs Lubricantes S.A.U. y la representación legal de los trabajadores, que más abajo se relacionan:

De una parte, la representación de los trabajadores está compuesta por los siguientes miembros:

Doña Florencia Íñigo Navarro.

Doña M.ª Lourdes Berché García.

Don Enrique Angelet Carrillo.

Don Javier Bellido García.

Don Jaume Mora i Segura.

Doña M.ª Carmen Piquer Gascón.

Don José M.ª Portillo Concha.

Don Francisco Javier Solà Terre.

Doña Marta Villán Fernández.

De la otra, la representación de la Dirección de Fuchs Lubricantes S.A.U. está compuesta por los siguientes miembros:

Don Manuel Rojas Martín.

Don Andrés Cristian Bauer.

Don Antonio González Bardera.

Don Sergio Sánchez Reches.

Reconociéndose ambas partes mutuamente como interlocutores válidos y con representación suficiente,

MANIFIESTAN

I. Que se reconocen ambas partes con plena y única capacidad para prorrogar el Convenio Colectivo propio de la Empresa Fuchs Lubricantes S.A.U., con los efectos previstos en los artículos 87.1.º y 88 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (en adelante TRLET).

II. En el presente acto se constituye la Comisión negociadora del Convenio Colectivo de Fuchs Lubricantes S.A.U., que quedará compuesta, en sus respectivas representaciones, por las personas que firman esta Acta, las cuales se comprometen a negociar bajo el principio de buena fe.

En relación con la Comisión negociadora, se hace constar expresamente que ninguna de las partes supera el número de doce miembros al que se refiere el artículo 88.3.º del TRLET.

En virtud de lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 87.1.º, 88.1.º y 89.2.º del TRLET las partes,

ACUERDAN

Primero. Prórroga del VI Convenio Colectivo de Fuchs Lubricantes S.A.U.–Las partes acuerdan la Prórroga del VI Convenio Colectivo de la Empresa Fuchs Lubricantes S.A.U. durante el período que abarca desde el día 1 de enero al 31 de diciembre de 2010.

En relación con lo anterior y para el período de prórroga, se abonarán los salarios resultantes de aplicar un incremento correspondiente al porcentaje del Índice de Precios al Consumo (IPC) establecido por el Instituto Nacional de Estadística (INE) para el año 2010 (3%), más un 0,4%, y restándole un 1,2%, correspondiente a la diferencia entre el IPC previsto para el año 2009 (2%) y el IPC real a 31 de diciembre de 2009 publicado por el INE (0,8%). Por ello, el incremento final a aplicar para el año 2010 será de un 2,2%.

De esta forma, se procede a la inclusión del artículo 7.4 del VI Convenio Colectivo de Fuchs Lubricantes S.A.U. que queda con el siguiente tenor literal:

«7.4 Para el año 2010 se incrementará la masa salarial en un 2,2%, resultante de aplicar el IPC final para el año 2010, más el 0,40%, y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 8.3 del presente Convenio, referente a la cláusula de revisión para el año 2009.

En este incremento está incluido el incremento vegetativo de la antigüedad por lo que se calculará de manera similar a lo previsto en el apartado 7.1.

Este incremento se efectuará con efectos de 1 de enero de 2010 y servirá como base de cálculo para el incremento salarial del año 2011.»

Segundo. Publicación.–Se procederá a la publicación del presente Acta a los efectos del artículo 90 del TRLET.

En prueba de conformidad y para constancia de cuanto antecede, firman las partes el presente documento, en el lugar y la fecha que figuran en el encabezamiento.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 05/05/2011
  • Fecha de publicación: 23/05/2011
Referencias anteriores
  • PRORROGA el Convenio publicado por Resolución de 24 de marzo de 2008 (Ref. BOE-A-2008-6188).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Productos químicos

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