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Documento BOE-A-2011-6146

Resolución de 21 de marzo de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial del Convenio colectivo de Iris Assistance, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 5 de abril de 2011, páginas 35111 a 35113 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-6146
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/03/21/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la empresa Iris Assistance, S.L. (Código de Convenio número 90018052012010), que fue suscrito, con fecha 4 de marzo de 2011, por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y los designados por la Sección Sindical de CC.OO. en la empresa en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de marzo de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

COMISIÓN MIXTA PARITARIA DE INTERPRETACIÓN, VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO DEL CONVENIO COLECTIVO DE IRIS ASSISTANCE, S.L.

Acta 1:

En Madrid, en la sede social de Iris Assistance, S.L., siendo las 10:30 horas del 4 de marzo de 2011, se reúnen las personas relacionadas a continuación:

Asistentes:

Por parte de la Representación de los Trabajadores:

José M.ª Martínez Primo.

Valeriana Batuecas Batuecas.

Miquel Aniento Álvarez.

Asesor R.L.T.:

Manuel Jaraba.

Por parte de la Empresa:

Javier Manzanares Langreo.

Francisco Calderón Delgado.

Román de la Fuente Primo.

Dan comienzo a la reunión de la Comisión Mixta Paritaria de Interpretación, Vigilancia y Seguimiento del Convenio Colectivo de Iris Assistance, S.L., para valorar el siguiente orden del día:

Primer y único punto del orden del día:

Aprobación de la tabla salarial definitiva del año 2010, y la tabla salarial provisional de 2011, según anexo que se adjunta.

La tabla salarial anexa queda aprobada por unanimidad.

Asimismo la Comisión Mixta designa a don Román de la Fuente Primo, con NIF 44903094-X, para que proceda al registro de las Tablas Salariales señaladas en el punto anterior en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General del Trabajo.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, firmando todos los integrantes de la Comisión el contenido de la presente acta.

ANEXO CONVENIO COLECTIVO DE IRIS ASSISTANCE, S.L. (2010-2012)

Tablas salariales

1. Tabla salarial.

Grupos

Nivel
retributivo

Categoría laboral

Salario Base anual

2010
Tabla definitiva

2011
Tabla provisional

Técnico de gestión.

I

Responsable de centro territorial.

22385,16

22664,97

II

Responsable de área.

20519,80

20776,30

Técnico de operaciones.

III

Gestor o Agente de Asistencia Senior.

18654,30

18887,48

IIIA

Gestor o Agente de Asistencia Junior.

15545,18

15739,49

Administrativo.

IV

Oficial Administrativo.

18654,30

18887,48

V

Auxiliar Administrativo.

15545,18

15739,49

Servicios Generales.

VI

Telefonista-Recepcionista.

13057,94

13221,16

VII

Ordenanza.

13057,94

13221,16

2. Complemento por experiencia C.P.E.

Tabla definitiva para el 2010

Nivel retributivo

Importe mensual de C.P.E.

Importe máximo mensual

II A VII

13,33

133,30

Tabla provisional para el 2011

Nivel retributivo

Importe mensual de C.P.E.

Importe máximo mensual

II A VII

13,5

135,00

** Para comenzar a devengar este complemento debe haber transcurrido un año de presencia del empleado en la empresa, abonándose a partir de enero del año siguiente.

3. Complemento personal revalorizable.

Revalorización de un 2% del importe percibido por este concepto a todos los trabajadores, e incremento de un 1,25% para el año 2011.

4. Complemento empresa.

Tabla definitiva para el 2010

Importe anual al 100%

Importe anual al 30%

1313,37

394,01

Tabla provisional para el 2011

Importe anual al 100%

Importe anual al 65%

1.329,79

864,36

5. Complemento de disponibilidad y turnicidad.

Importe definitivo 2010

Importe provisional 2011

73,44

74,36

6. Complemento de nocturnidad.

 

Importe definitivo 2010

Importe provisional 2011

Noche normal

10,2

10,33

Noche especial

40,8

41,31

7. Complemento por trabajo en dias festivos.

 

Importe definitivo 2010

Importe provisional 2011

Festivo normal

10,2

10,33

Festivo especial

20,4

20,66

8. dietas y gastos de locomocion.

Dietas

 

Importe definitivo 2010

Importe provisional 2011

Media dieta

15,73

15,93

Dieta completa

77,48

78,45

Kilometraje

Importe definitivo 2010

Importe provisional 2011

0,28

0,29

Vale de comida

Importe definitivo 2010

Importe provisional 2011

9,69

9,81

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/03/2011
  • Fecha de publicación: 05/04/2011
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 24 de mayo de 2010 (Ref. BOE-A-2010-8815).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Seguros

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