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Ilustrísimo señor:
La Orden ministerial de 25 de enero de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de febrero), prorrogada por Orden ministerial de 1 de octubre de 1979 («Boletín Oficial del Estado» del día 25), que daba cumplimiento al Real Decreto prototipo de libros 875/1978, de 27 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 1 de mayo), ampliado por Real Decreto 2859/1978, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 11 de diciembre), relacionaba y numeraba la mercancía de importación y establecía el cuadro de equivalencia entre las mismas, con un plazo de validez de seis meses, a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Este Ministerio, oído el preceptivo informe de la Dirección General de Aduanas y conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:
Prorrogar por seis meses, a partir del día 8 de febrero de 1980, el plazo, de vigencia de las tablas de equivalencia establecidas en la Orden ministerial de 25 de enero de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de febrero) y prorrogada por Orden ministerial de 1 de octubre de 1979 («Boletín Oficial del Estado» del día 25).
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 2 de mayo de 1980.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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