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Ilmo. Sr.: La Orden ministerial de 25 de enero de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de febrero), que daba cumplimiento al Real Decreto prototipo de libros número 875/1978, de 27 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 1 de mayo), ampliado por Real Decreto 2859/1978, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 11 de diciembre), relacionaba y numeraba las mercancías de importación y establecía el cuadro de equivalencia entre las mismas con un plazo de validez de seis meses a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Este Ministerio, oído el preceptivo informe de la Dirección General de Aduanas y conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto: Prorrogar por seis meses, a partir del tila 8 de agosto de 1979, el plazo de vigencia de las tablas de equivalencia establecido en la Orden ministerial de 25 de enero de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de febrero).
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 1 de octubre de 1979 –P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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