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Documento BOE-A-2024-6850

Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales del año 2024 del Convenio colectivo de Triangle Outsourcing, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 6 de abril de 2024, páginas 39064 a 39066 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2024-6850
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2024/03/22/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de la empresa Triangle Outsourcing, SL (Código de convenio: 90104362012023), que fue publicado en el BOE de 27 de septiembre de 2024, Acta que contiene el acuerdo relativo a las tablas salariales del año 2024 y que ha sido suscrita en fecha 15 de febrero de 2024, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por la sección sindical de USO, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta y de las tablas salariales del Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de marzo de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL I CONVENIO NACIONAL DE LA EMPRESA TRIANGLE OUTSOURCING, SL, CELEBRADA EL 15 DE FEBRERO DE 2024

Asistentes:

Por la representación sindical, Sección Sindical Estatal de USO:

Don Guillermo De la Fuente Morán.

Don Borja de la Cruz Díaz.

Doña Natalia Godoy Escribano (asesora).

Por la Dirección de Triangle Outsourcing, SL:

Doña Miriam Aparicio Loeches.

Doña Rocío Fernández Cebrián.

Don Agustín Benavent González (asesor).

A las 09:50 horas del día 15 de febrero de 2024, se reúne de forma semipresencial, la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de la empresa Triangle Outsourcing, SL, conformada por la representación referenciada en el encabezado.

Y suscriben el presente

ACUERDO

Primero.

Que conforme a lo previsto en el artículo 50.2 del I Convenio colectivo de Triangle Outsourcing, SL, (código de convenio n.º 90104362012023) publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 231, de 27 de septiembre de 2023, las tablas salariales del año 2024, con efectos desde el 1 de enero de 2024 serán el resultado de incrementar las tablas salariales del año 2023, según se reflejan en el anexo I del texto convencional de referencia, en el porcentaje del 3 %, salvo en el nivel salarial 14, para el que se mantendrá el diferencial existente con el nivel 15 de la tabla salarial del año 2023 y como consecuencia de la publicación del SMI en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 33, de 7 de febrero de 2024 los niveles 7, 8, 11 y 15 tendrán el importe de la cuantía del SMI al ser este, superior al incremento pactado.

Segundo.

Que se ha acordado crear el nivel salarial N.4 bis para la categoría Jefe/a de equipo y así diferenciar el actual Nivel 4, que se componía de dos salarios y dos categorías diferentes, respetando, en ambos, el incremento relacionado en el punto primero de este acuerdo.

Tercero.

Que el valor de la hora extraordinaria, durante el año 2024, será el reflejado en el anexo I de este acuerdo.

Cuarto.

Que, la empresa dispondrá de un plazo máximo de dos meses a contar desde la firma del presente acuerdo, para la regularización y abono de las diferencias a que hubiere lugar por aplicación de los salarios establecidos en el punto anterior. Únicamente podrá ampliarse el plazo del abono de diferencias si la modificación de la Orden de cotización a la Seguridad Social en las Bases Mínimas de cotización de 2024 fuese publicada en fecha posterior a los dos meses indicados anteriormente.

Quinto.

Designar a Agustín Benavent González, del despacho profesional Ceca Magán Abogados, para que realice la correspondiente presentación a efectos de registro y consiguiente depósito y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de los acuerdos adoptados ante la autoridad laboral competente a través de los medios electrónicos habilitados al efecto.

Y no habiendo otros asuntos que tratar, previa redacción, lectura y aprobación por todos los firmantes de la presente acta, suscriben la misma los reunidos en prueba de conformidad, en la representación que respectivamente ostentan, en la fecha al principio citada siendo las 10.21 horas.–Miriam Aparicio Loeches.–Rocío Fernández Cebrián.–Borja De la Cruz Díaz.–Guillermo de la Fuente Morán.

ANEXO I

Triangle Outsourcing

Tabla salarial año 2024 desde el 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024

Grupo profesional Nivel salarial Categorías Salario base Salario bruto anual Valor hora extra
1. Dirección. N.1 Director/a General. 1.545,00 21.630 11,99
N.2 Director/a Departamento. 1.434,64 20.085 11,13
Titulado/a Grado.
2. Mandos Intermedios. N.3 Responsable Departamento. 1.397,86 19.570 10,85
Responsable de Servicio.
N.4 Coordinador/a. 1.243,36 17.407 9,65
N.4 bis Jefe/a de Equipo. 1.221,29 17.098 9,48
3. Personal Administrativo. N.5 Oficial de 1.ª administrativo. 1.221,29 17.098 9,48
N.6 Oficial de 2.ª administrativo. 1.155,07 16.171 8,96
N.7 Grabador/a de datos. 1.134,00 15.876 8,80
N.8 Auxiliar Administrativo. 1.134,00 15.876 8,80
4. Personal Comercial. N.9 Jefe/a de Ventas. 1.272,79 17.819 9,88
N.10 Consultor/a Comercial. 1.169,05 16.367 9,07
N.11 Promotor/a de ventas. 1.134,00 15.876 8,80
5. Personal Operativo. N.12 Oficial 1.ª de servicios. 1.250,71 17.510 9,71
N.13 Oficial 2.ª de servicios. 1.213,93 16.995 9,42
N.14 Auxiliar de servicios especializado. 1.161,14 16.256 9,01
N.15 Auxiliar de servicios. 1.134,00 15.876 8,80

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/03/2024
  • Fecha de publicación: 06/04/2024
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 14 de septiembre de 2023 (Ref. BOE-A-2023-20164).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Empresas de servicios

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