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Documento BOE-A-2024-6849

Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2023 y provisionales del 2024 del Convenio colectivo estatal para las industrias de alimentos compuestos para animales.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 6 de abril de 2024, páginas 39059 a 39063 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2024-6849
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2024/03/22/(7)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales definitivas para el año 2023 y provisionales del 2024 del Convenio colectivo estatal para las industrias de alimentos compuestos para animales, que fue publicado en el BOE de 23 de noviembre de 2021 (código de convenio número 99000275011981), acta que ha sido suscrita con fecha 18 de enero de 2024, de una parte por la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para animales (CESFAC), en representación de las empresas del sector, y de otra por el sindicato UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta y de las tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de marzo de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA DE FIRMA DE TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS 2023 Y PROVISIONALES 2024

Asistentes:

Por representación de los trabajadores UGT:  don Sebastián Serena Expósito.

Por representación de las empresas CESFAC: don Jorge de Saja González.

En Madrid, siendo las 12:15 horas del día dieciocho de enero del dos mil veinticuatro, se reúnen por vía telemática, los representantes de los trabajadores de la industrias de alimentos compuestos para animales y el de la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para Animales que se reseñan al margen, al objeto de firmar la presente acta.

Esta reunión ha sido convocada por la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para Animales como consecuencia de los acuerdos establecidos entre todas las partes que han fijado el día hora y lugar de la presente convocatoria.

Por ambas partes y por unanimidad de los respectivos representantes, se manifiesta lo siguiente:

1.º Año 2023: Las tablas salariales de 2023 serán las definitivas del 2022 incrementadas en un 3,1 % mas el 2,8 % de supresión de antigüedad.

2.º Año 2024: Se establece según el artículo 49 del convenio un incremento salarial de forma provisional del 1,75 %. Si el IPC real definitivo del año 2024 superase el 1,75 % se procederá a una revisión en el exceso que generará atrasos a partir del 1 de enero de 2024 y quedará consolidado en las tablas definitivas de 2024.

Se anexa a este acta como parte integrante de la misma y a todos los efectos oportunos las tablas definitivas del ejercicio 2023 y provisionales 2024.

Las partes se dan siete días de plazo al objeto de poder subsanar cualquier error en el texto y tablas firmadas. Pasado este plazo, las partes facultan solidariamente a don Jorge de Saja González para que realice la gestión necesaria para el registro y publicación de las tablas salariales.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las trece horas y treinta minutos y de ella la presente Acta, que leída es aprobada por unanimidad y firmada por los asistentes, en cuadruplicado ejemplar.

Convenio colectivo laboral

Tabla salarial definitiva 2023 con el 3,1 % + 2,8 % de supresión de antigüedad (base de cálculo salarios definitivos de 2022)

Se asignan al personal de las industrias de alimentos compuestos para animales los salarios siguientes:

  Euros
Salario base Salario base + pagas extras
Euros/día Euros/mes Año
A) PERSONAL TÉCNICO      
1. Titulado Superior.   1.441,38 23.062,08
2. Titulado Grado Medio.   1.394,23 22.307,68
3. No Titulado.   1.303,71 20.859,36
4. Control de Calidad.   1.269,67 20.314,72
B) PERSONAL AUXILIAR DE LABORATORIO      
1. Auxiliar de Laboratorio.   1.175,17 18.802,72
C) PERSONAL DE INFORMÁTICA      
1. Jefe/a de Equipo de Informática.   1.394,23 22.307,68
2. Analista.   1.303,71 20.859,36
3. Jefe/a de Explotación.   1.280,62 20.489,92
4. Programador.   1.250,18 20.002,88
5. Operador.   1.202,48 19.239,68
D) PERSONAL ADMINISTRATIVO      
1. Jefe/a Administrativo.   1.394,23 22.307,68
2. Oficial Administrativo/a 1.ª   1.303,71 20.859,36
3. Oficial Administrativo/a 2.ª   1.250,18 20.002,88
4. Auxiliar Administrativo/a.   1.175,17 18.802,72
E) PERSONAL COMERCIAL.      
1. Jefe/a Ventas y/o Compras.   1.394,23 22.307,68
2. Jefe/a de Zona.   1.303,71 20.859,36
3. Promotor/a de Ventas.   1.250,18 20.002,88
F) PERSONAL DE PRODUCCIÓN      
1. Jefe/a de fábrica.   1.394,23 22.307,68
2. Encargado/a. 41,91   20.326,35
3. Palista, maquinista, O. carro mezc. 41,91   20.326,35
4. Personal oficial 1.ª 40,55   19.666,75
5. Personal oficial 2.ª 39,79   19.298,15
6. Especialista. 39,18   19.002,30
7. Personal peón. 38,49   18.667,65
G) PERSONAL DE MANTENIMIENTO Y TRANSPORTE      
1. Encargado/a. 41,91   20.326,35
2. Personal 1.ª Chófer. 41,04   19.904,40
3. Personal 1.ª (resto especialidades). 40,55   19.666,75
4. Personal oficial 2.ª 39,79   19.298,15
5. Personal ayudante. 39,18   19.002,30
H) PERSONAL SUBALTERNO      
1. Ordenanza.   1.175,16 18.802,56
2. Personal Vigilancia.   1.167,18 18.674,88
3. Personal Limpieza. 38,49   18.667,65
4. Personal Limpieza 1/2 jornada. 19,23   9.326,55

Prima de asistencia, gastos desplazamiento y quebranto de moneda

  2023
Artículo 23.º Prima de asistencia. 8,98
Artículo 42.º Gastos de desplazamiento.  
 Comida. 16,11
 Cena. 16,11
Alojamiento. 53,88
 Desayuno. 5,36
Artículo 43.º Quebranto de moneda. 33,59

Convenio colectivo laboral

Tabla salarial provisional 2024 con el 1,75 % + 2,8 % de supresión de antigüedad (base de cálculo salarios definitivos de 2023)

Se asignan al personal de las industrias de alimentos compuestos para animales los salarios siguientes:

  Euros
Salario base Salario base + pagas extras
Euros/día Euros/mes Año
A) PERSONAL TÉCNICO      
1. Titulado Superior.   1.507,66 24.122,56
2. Titulado Grado Medio.   1.458,35 23.333,60
3. No Titulado.   1.363,66 21.818,56
4. Control de Calidad.   1.328,06 21.248,96
B) PERSONAL AUXILIAR DE LABORATORIO      
1. Auxiliar de Laboratorio.   1.229,22 19.667,52
C) PERSONAL DE INFORMÁTICA      
1. Jefe/a de Equipo de Informática.   1.458,35 23.333,60
2. Analista.   1.363,66 21.818,56
3. Jefe/a de Explotación.   1.339,51 21.432,16
4. Programador.   1.307,68 20.922,88
5. Operador.   1.257,78 20.124,48
D) PERSONAL ADMINISTRATIVO      
1. Jefe/a Administrativo.   1.458,35 23.333,60
2. Oficial Administrativo/a 1.ª   1.363,66 21.818,56
3. Oficial Administrativo/a 2.ª   1.307,68 20.922,88
4. Auxiliar Administrativo/a.   1.229,22 19.667,52
E) PERSONAL COMERCIAL      
1. Jefe/a Ventas y/o Compras.   1.458,35 23.333,60
2. Jefe/a de Zona.   1.363,66 21.818,56
3. Promotor/a de Ventas.   1.307,68 20.922,88
F) PERSONAL DE PRODUCCIÓN      
1. Jefe/a de fábrica.   1.458,35 23.333,60
2. Encargado/a. 43,83   21.257,55
3. Palista, maquinista, O. carro mezc. 43,83   21.257,55
4. Personal oficial 1.ª 42,42   20.573,70
5. Personal oficial 2.ª 41,62   20.185,70
6. Especialista. 40,99   19.880,15
7. Personal peón. 40,26   19.526,10
G) PERSONAL DE MANTENIMIENTO Y TRANSPORTE      
1. Encargado/a. 43,83   21.257,55
2. Personal 1.ª Chófer. 42,93   20.821,05
3. Personal 1.ª (resto especialidades). 42,42   20.573,70
4. Personal oficial 2.ª 41,62   20.185,70
5. Personal ayudante. 40,99   19.880,15
H) PERSONAL SUBALTERNO      
1. Ordenanza.   1.229,21 19.667,36
2. Personal Vigilancia.   1.220,86 19.533,76
3. Personal Limpieza. 40,26   19.526,10
4. Personal Limpieza 1/2 jornada. 20,12   9.758,20

Prima de asistencia, gastos desplazamiento y quebranto de moneda

  2024
Artículo 23.º Prima de asistencia. 9,14
Artículo 42.º Gastos de desplazamiento.  
 Comida. 16,39
 Cena. 16,39
 Alojamiento. 54,22
 Desayuno. 5,45
Artículo 43.º Quebranto de moneda. 34,18

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/03/2024
  • Fecha de publicación: 06/04/2024
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 12 de noviembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-19283).
Materias
  • Alimentos para animales
  • Convenios colectivos
  • Piensos

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