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Documento BOE-A-2024-6851

Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales del año 2024 del VII Convenio colectivo de Síntax Logística, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 6 de abril de 2024, páginas 39067 a 39068 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2024-6851
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2024/03/22/(9)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de la Comisión Negociadora del VII Convenio colectivo de la empresa Síntax Logística, SA, que fue publicado en el BOE de 27 de septiembre de 2023 (Código de convenio: 90007282011991), mediante la que se procede a aprobar las tablas salariales del año 2024, y que ha sido suscrita en fecha 15 de febrero de 2024, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra, por las Secciones Sindicales de CGT y CC.OO., en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de marzo de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ANEXO AL ACTA DE 15 DE FEBRERO DE 2024 DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VII CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SÍNTAX LOGÍSTICA, SA

Acuerdos sobre SMI y tablas salariales de 2024

Antecedentes. En el BOE de fecha 7 de febrero de 2024 se ha publicado el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024, ello con efectos del día 1 de enero de 2024.

Este Real Decreto afecta al salario del año 2024 de tres categorías o subgrupos profesionales que constan en las tablas salariales del año 2024 del anexo III del vigente VII Convenio colectivo de la empresa Síntax Logística, SA (Código de convenio n.º 90007282011991, publicado en el BOE de fecha 27 de septiembre de 2023), por lo que se hace necesario adaptar el salario de dichas categorías o subgrupos al SMI de 2024.

Acuerdos. La Comisión Negociadora del vigente VII Convenio colectivo de la empresa Síntax Logística, SA, llega por unanimidad a los siguientes acuerdos:

1. En relación con el mencionado VII Convenio colectivo de la empresa Síntax Logística, SA, se aprueba que, con efectos del día 1 de enero de 2024 en adelante, serán aplicables en los centros de trabajo de la empresa de todas las comunidades autónomas los siguientes salarios en las siguientes categorías o subgrupos profesionales (importes en euros y a jornada completa):

Subgrupo Salario base mensual Plus convenio mensual Total bruto mensual Total bruto anual Precio hora extraordinaria
Mozo/a Especializado. 761,23 297,24 1.058,47 15.877,05 8,98
Mozo/a Ordinario. 761,23 297,24 1.058,47 15.877,05 8,98
Peón Ordinario. 761,23 297,24 1.058,47 15.877,05 8,98

Por tanto, los salarios aquí pactados sustituirán, a partir del referido día 1 de enero de 2024, a los salarios de dichas categorías o subgrupos profesionales de todas las comunidades autónomas que constan en las tablas salariales del año 2024 del anexo III del citado Convenio colectivo.

2. La aplicación de las tablas salariales del punto 1 de los presentes acuerdos se realizará a partir de la nómina del mes de febrero de 2024, abonándose en dicha nómina también los correspondientes atrasos devengados desde el día 1 de enero de 2024.

3. A efectos de la futura revisión salarial prevista en el artículo 37.3.b) del referido VII Convenio colectivo, se tendrá en cuenta que, conforme a lo aquí pactado, las tablas salariales de 2024 de dichas tres categorías se han incrementado en un 4,52 % respecto de las tablas de 2023 (y no en un 4,00 % de incremento que se pactó inicialmente).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/03/2024
  • Fecha de publicación: 06/04/2024
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 14 de septiembre de 2023 (Ref. BOE-A-2023-20165).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Transporte de mercancías
  • Transportes por carretera

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