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Documento BOE-A-2015-1343

Resolución de 30 de enero de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales correspondientes a los años 2013, 2014 y 2015 del Convenio colectivo de ámbito estatal para los centros de educación universitaria e investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2015, páginas 11738 a 11750 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2015-1343
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2015/01/30/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales correspondientes a los años 2013, 2014 y 2015 del Convenio colectivo, de ámbito estatal para los centros de educación universitaria e investigación (código de convenio núm. 99000995011982) que fueron suscritas, con fecha 15 de enero de 2015, de una parte, por las Asociaciones empresariales EyG y CECE, en representación de las empresas de sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales USO, CC.OO, FETE-UGT y FSIE, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de enero de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA MESA NEGOCIADORA PARA LA REVISIÓN SALARIAL DE LOS AÑOS 2013, 2014 Y 2015 DEL XIII CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL PARA LOS CENTROS DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA E INVESTIGACIÓN

Asistentes

Por E y G: Don Iván Hodar, don Benjamín Estévez, doña Cristina Diago, don Juan Carlos Gortázar.

Por CECE: Doña Basilia Cuéllar, don Fernando Domingo, don Vidal Alonso, don Emilio Villardefrancos, don Manuel Lobo.

Por USO: Don Antonio Amate, don Carlos Quirós.

Por CCOO: Don José Antonio Rodríguez, doña Paloma Perona.

Por FETE UGT: Don Jesús Gualix, doña Patricia Gómez, don Juan Carlos Martínez.

Por FSIE: Doña Silvia Santos, doña Cristina Martínez, don José Antonio de Frutos.

Siendo las 12.00 h del día quince de enero de 2015, los asistentes anteriormente reseñados se reúnen en la sede de la Universidad Pontifica Comillas para, previa convocatoria al efecto, proceder a la constitución de la mesa negociadora del XIII Convenio Colectivo.

Todas las partes se reconocen legitimidad para formar parte de la mesa, según la representatividad acreditada en el acta de 25 de abril de 2008 de constitución de la mesa negociadora del XIII convenio colectivo de centros de educación universitaria e investigación. CIG no comparece, habiendo sido debidamente citada conforme a los procedimientos del convenio.

Por su parte la representatividad de la parte patronal viene determinada por los siguientes porcentajes: 50 % para E y G, y 50 % para CECE.

La convocatoria cursada para la constitución de la mesa negociadora tiene por objeto negociar y establecer las tablas salariales correspondientes a los ejercicios 2013, 2014 y 2015 que pasarán a integrar el apéndice de tablas salariales del convenio y que corresponderán a las jornadas que se indican en las mismas.

Abierta la sesión y tras las deliberaciones desarrolladas, se adoptaron por unanimidad de ambas representaciones presentes, los siguientes

ACUERDOS

Primero.

Constituir la Mesa para la revisión de las tablas salariales prevista en el XIII convenio colectivo citado.

Segundo.

Por unanimidad de las partes presentes se acuerda que la presidencia sea ostentada por don Fernando Domingo (CECE) y la Secretaría por José Antonio Rodríguez (CCOO).

Tercero.

Pactar un mantenimiento salarial para el ejercicio 2013, por lo que en consecuencia las tablas salariales para 2013 quedan del mismo tenor literal que las correspondientes al ejercicio 2012. Se procede en consecuencia a elaborar unas Tablas Salariales para 2013, que quedan unidas al presente acta y pasan a conformar el apéndice de tablas salariales del vigente XIII Convenio colectivo para los centros de educación universitaria e investigación.

Cuarto.

Pactar una subida del 0,2 % para el ejercicio 2014, procediendo en consecuencia a elaborar la correspondiente Tabla salarial implementando la referida subida salarial; tablas salariales de 2014 que quedan igualmente unidas al presente acta y pasan a conformar el apéndice de tablas salariales del vigente XIII Convenio colectivo para los centros de educación universitaria e investigación.

Quinto.

Asimismo pactar una revisión salarial del 0,6 % para el ejercicio 2015, que vendrá a implementarse sobre las tablas salariales del 2014 que han quedado conformadas según lo dispuesto en el «Acuerdo Segundo». Procede por tanto la elaboración de la tabla salarial para 2015, que quedan unidas al presente acta y pasan a conformar el apéndice de tablas salariales del vigente XIII Convenio colectivo para los centros de educación universitaria e investigación.

Sexto.

Los atrasos derivados en su caso de la aplicación de las tablas salariales del Convenio, se abonarán en el plazo máximo de noventa días a contar desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en virtud de lo dispuesto en la disposición final tercera del Convenio colectivo.

Séptimo.

Los firmantes acuerdan delegar en la representación social, y más concretamente en la persona de doña Paloma Perona, de CCOO que ha ejercido la Secretaría de la presente negociación, la realización de los trámites necesarios para el registro y publicación de los presentes acuerdos.

Y, no teniendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 13.00 h del día quince de enero de dos mil quince, extendiéndose el presente acta que, leída por todos los asistentes, es encontrada conforme, siendo firmada por todos ellos en prueba de aceptación en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

APÉNDICE TABLAS SALARIALES
Tablas salariales para el año 2013

Categoría

Sueldo

Trienio*

Valor hora extra

artículo 33

GRUPO I. PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR

 

 

 

Subgrupo 1.º Personal docente-investigador

 

 

 

A. Gratificación temporal de los cargos de gobierno

 

 

 

Rector

775,00

 

 

Vicerrector y Secretario General

681,05

 

 

Decano o Director

681,05

 

 

Vicedecano o Subdirector

547,40

 

 

Jefe de Estudios, Director Instituto Universitario

545,74

 

 

Jefe de Departamento

506,88

 

 

Secretario

467,78

 

 

B. Retribución del profesorado

 

 

 

Dedicación exclusiva:

 

 

 

Ordinario o Catedrático

2.354,07

 

 

Agregado o Titular

1.895,17

 

 

Adjunto

1.573,93

 

 

Contratado Doctor

1.573,93

 

 

Colaborador Licenciado

1.520,83

 

 

Ayudante Doctor

1.467,73

 

 

Auxiliar/Ayudante

1.414,64

 

 

Dedicación plena:

 

 

 

Ordinario o Catedrático

2.047,46

 

 

Agregado o Titular

1.627,07

 

 

Adjunto

1.376,23

 

 

Contratado Doctor

1.376,23

 

 

Colaborador Licenciado

1.320,04

 

 

Ayudante Doctor

1.264,25

 

 

Auxiliar/Ayudante

1.207,74

 

 

Dedicación semiplena:

 

 

 

Titular

1.177,16

 

 

Agregado

948,35

 

 

Adjunto

787,08

 

 

Auxiliar/Ayudante

707,41

 

 

Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):

 

 

 

Ordinario o Catedrático

93,08

 

 

Agregado o Titular

77,67

 

 

Adjunto

65,94

 

 

Contratado Doctor

65,94

 

 

Colaborador Licenciado

63,33

 

 

Ayudante Doctor

60,71

 

 

Auxiliar/Ayudante

58,10

 

 

Asociado

58,10

 

 

Subgrupo 2.º Personal investigador

 

 

 

Investigador

1.581,59

 

25,27

Colaborador de investigación

1.474,32

 

23,57

Ayudante de investigación

995,66

 

15,91

Subgrupo 3.º Personal de enseñanzas no oficiales

 

 

 

Dedicación exclusiva:

 

 

 

Titular

1.881,24

 

 

Contratado Doctor

1.320,25

 

 

Colaborador Licenciado

1.070,48

 

 

Colaborador Diplomado

1.016,95

 

 

Auxiliar/Ayudante

942,90

 

 

Dedicación plena:

 

 

 

Titular

1.231,50

 

 

Contratado Doctor

990,18

 

 

Colaborador Licenciado

785,21

 

 

Colaborador Diplomado

745,95

 

 

Auxiliar/Ayudante

708,57

 

 

Dedicación semiplena:

 

 

 

Titular

821,12

 

 

Agregado

660,10

 

 

Adjunto

535,35

 

 

Auxiliar/Ayudante

474,16

 

 

Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):

 

 

 

Titular

32,06

 

 

Contratado Doctor

25,79

 

 

Colaborador Licenciado

20,81

 

 

Asociado

19,37

 

 

Auxiliar/Ayudante

18,55

 

 

Subgrupo 4.º Profesores Emérito, Visitantes e Invitados (retribución al mes por hora de trabajo semanal)

 

 

 

Profesor Emérito

77,67

 

 

Profesor Visitante e Invitado

65,94

 

 

Profesores de las antiguas Escuelas Universitarias

 

 

 

A. Gratificación temporal de los cargos de gobierno

 

 

 

Director

681,05

 

 

Subdirector

547,40

 

 

Jefe de Estudios

545,74

 

 

Jefe o Coordinador de Área

506,88

 

 

Secretario

467,78

 

 

B. Retribución del profesorado

 

 

 

Dedicación exclusiva:

 

 

 

Titular de Escuela Universitaria

2.095,30

 

 

Agregado de Escuela Universitaria

1.703,77

 

 

Adjunto de Escuela Universitaria

1.528,62

 

 

Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria

1.482,77

 

 

Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria

1.438,29

 

 

Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria

1.395,14

 

 

Dedicación plena:

 

 

 

Titular de Escuela Universitaria

1.784,31

 

 

Agregado de Escuela Universitaria

1.464,29

 

 

Adjunto de Escuela Universitaria

1.313,73

 

 

Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria

1.274,29

 

 

Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria

1.236,08

 

 

Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria

1.199,01

 

 

Dedicación semiplena:

 

 

 

Titular

1.036,49

 

 

Agregado

852,00

 

 

Adjunto

764,43

 

 

Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):

 

 

 

Titular de Escuela Universitaria

77,67

 

 

Agregado de Escuela Universitaria

69,82

 

 

Adjunto de Escuela Universitaria

62,35

 

 

Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria

60,48

 

 

Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria

58,65

 

 

Asociado de Escuela Universitaria

60,77

 

 

Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria

56,89

 

 

GRUPO III. PERSONAL NO DOCENTE

 

 

 

Subgrupo I. Personal titulado

 

 

 

Titulado de grado superior

1.536,07

 

24,67

Titulado de grado medio

1.375,51

 

22,09

Subgrupo II. Personal administrativo

 

 

 

a) Administración:

 

 

 

Jefe Superior

1.536,07

 

24,19

Jefe de Sección

1.065,51

 

21,66

Jefe de Negociado

1.065,51

 

18,79

Subjefe de Negociado

1.065,51

 

17,44

Oficial de primera

1.065,51

 

16,78

Oficial de segunda

985,62

 

15,53

Auxiliar

965,97

 

15,21

En formación

627,90

 

8,77

Complemento de cargo:

 

 

 

Jefe de Sección

309,97

 

 

Jefe de Negociado

138,27

 

 

Subjefe de Negociado

40,19

 

 

b) Tecnologías de Información y Telecomunicaciones (TIC):

 

 

 

Analista

1.536,07

 

24,19

Técnico de TIC

1.193,24

 

18,79

Operador

1.065,51

 

16,78

c) Biblioteca:

 

 

 

Bibliotecario/Facultativo

1.536,07

 

24,67

Ayudante de Biblioteca, titulado

1.193,25

 

19,17

Auxiliar de Biblioteca (a extinguir)

965,97

 

15,51

Subgrupo III. Personal de servicios y oficios

 

 

 

Encargado de servicios generales

1.193,25

 

19,17

Técnico especialista de oficios

1.105,72

 

17,78

Conductor de primera

1.065,51

 

17,12

Conductor de segunda

985,62

 

15,84

Oficial 1.ª oficios auxiliares / Laboratorios

1.065,51

 

17,12

Oficial 2.ª oficios auxiliares / Laboratorios

985,62

 

15,83

Auxiliar 1.ª de Servicios

965,97

 

15,51

Auxiliar 2.ª de Servicios

917,45

 

14,73

Personal de limpieza

917,45

 

14,73

Complemento de cargo:

 

 

 

Conserje

227,26

 

 

* Ver disposición transitoria novena del convenio: desaparición de trienios y transformación en complemento personal.

Notas:

1. El importe de la gratificación por Jefe o Coordinador de Área, corresponde a la dedicación exclusiva. En caso de otras dedicaciones se establecerá proporcionalmente.

2. Complemento Especial por Actividad Docente. Para el año 2013 su importe será el siguiente:

– Escuelas Universitarias: 2,35 euros./hora.

– Facultades y Escuelas Técnicas Superiores:2,45 euros./hora.

3. Los actuales Ayudantes de Biblioteca y Programadores que no posean al menos título universitario de primer ciclo, quedan declarados a extinguir y equiparados en sueldo al Oficial 1.ª de Administración.

4. Acceso al mundo laboral y formación: Quienes se inician en la investigación en las categorías de Colaborador de Investigación y Ayudante de Investigación, percibirán el 75 % de las cantidades indicadas en las Tablas Salariales. Transcurridos 2 y 4 años, respectivamente, si continuasen prestando servicios al Centro, pasarán automáticamente a percibir el 100 % de la retribución establecida, computándose el tiempo de formación a todos los efectos.

Tablas salariales para el año 2014

Categoría

Sueldo

Trienio*

Valor hora extra

artículo 33

GRUPO I. PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR

 

 

 

Subgrupo 1.º Personal docente-investigador

 

 

 

A. Gratificación temporal de los cargos de gobierno

 

 

 

Rector

776,55

 

 

Vicerrector y Secretario General

682,41

 

 

Decano o Director

682,41

 

 

Vicedecano o Subdirector

548,49

 

 

Jefe de Estudios, Director Instituto Universitario

546,83

 

 

Jefe de Departamento

507,89

 

 

Secretario

468,72

 

 

B. Retribución del profesorado

 

 

 

Dedicación exclusiva:

 

 

 

Ordinario o Catedrático

2.358,78

 

 

Agregado o Titular

1.898,96

 

 

Adjunto

1.577,08

 

 

Contratado Doctor

1.577,08

 

 

Colaborador Licenciado

1.523,87

 

 

Ayudante Doctor

1.470,67

 

 

Auxiliar/Ayudante

1.417,47

 

 

Dedicación plena:

 

 

 

Ordinario o Catedrático

2.051,56

 

 

Agregado o Titular

1.630,32

 

 

Adjunto

1.378,99

 

 

Contratado Doctor

1.378,99

 

 

Colaborador Licenciado

1.322,68

 

 

Ayudante Doctor

1.266,78

 

 

Auxiliar/Ayudante

1.210,16

 

 

Dedicación semiplena:

 

 

 

Titular

1.179,51

 

 

Agregado

950,25

 

 

Adjunto

788,65

 

 

Auxiliar/Ayudante

708,82

 

 

Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):

 

 

 

Ordinario o Catedrático

93,27

 

 

Agregado o Titular

77,83

 

 

Adjunto

66,07

 

 

Contratado Doctor

66,07

 

 

Colaborador Licenciado

63,46

 

 

Ayudante Doctor

60,83

 

 

Auxiliar/Ayudante

58,22

 

 

Asociado

58,22

 

 

Subgrupo 2.º Personal investigador

 

 

 

Investigador

1.584,75

 

25,32

Colaborador de investigación

1.477,27

 

23,62

Ayudante de investigación

997,65

 

15,94

Subgrupo 3.º Personal de enseñanzas no oficiales

 

 

 

Dedicación exclusiva:

 

 

 

Titular

1.885,00

 

 

Contratado Doctor

1.322,89

 

 

Colaborador Licenciado

1.072,62

 

 

Colaborador Diplomado

1.018,98

 

 

Auxiliar/Ayudante

944,79

 

 

Dedicación plena:

 

 

 

Titular

1.233,96

 

 

Contratado Doctor

992,16

 

 

Colaborador Licenciado

786,78

 

 

Colaborador Diplomado

747,44

 

 

Auxiliar/Ayudante

709,99

 

 

Dedicación semiplena:

 

 

 

Titular

822,76

 

 

Agregado

661,42

 

 

Adjunto

536,42

 

 

Auxiliar/Ayudante

475,11

 

 

Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):

 

 

 

Titular

32,12

 

 

Contratado Doctor

25,84

 

 

Colaborador Licenciado

20,85

 

 

Asociado

19,41

 

 

Auxiliar/Ayudante

18,59

 

 

Subgrupo 4.º Profesores Emérito, Visitantes e Invitados (Retribución al mes por hora de trabajo semanal)

 

 

 

Profesor Emérito

77,83

 

 

Profesor Visitante e Invitado

66,07

 

 

Profesores de las antiguas Escuelas Universitarias.

 

 

 

A. Gratificación temporal de los cargos de gobierno

 

 

 

Director

682,41

 

 

Subdirector

548,49

 

 

Jefe de Estudios

546,83

 

 

Jefe o Coordinador de Área

507,89

 

 

Secretario

468,72

 

 

B. Retribución del profesorado

 

 

 

Dedicación exclusiva:

 

 

 

Titular de Escuela Universitaria **

2.095,30

 

 

Agregado de Escuela Universitaria

1.707,18

 

 

Adjunto de Escuela Universitaria

1.531,68

 

 

Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria

1.485,74

 

 

Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria

1.441,17

 

 

Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria

1.397,93

 

 

Dedicación plena:

 

 

 

Titular de Escuela Universitaria

1.787,88

 

 

Agregado de Escuela Universitaria

1.467,22

 

 

Adjunto de Escuela Universitaria

1.316,36

 

 

Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria

1.276,84

 

 

Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria

1.238,55

 

 

Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria

1.201,41

 

 

Dedicación semiplena:

 

 

 

Titular

1.038,56

 

 

Agregado

853,70

 

 

Adjunto

765,96

 

 

Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):

 

 

 

Titular de Escuela Universitaria

77,83

 

 

Agregado de Escuela Universitaria

69,96

 

 

Adjunto de Escuela Universitaria

62,47

 

 

Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria

60,60

 

 

Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria

58,77

 

 

Asociado de Escuela Universitaria

60,89

 

 

Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria

57,00

 

 

GRUPO III. PERSONAL NO DOCENTE

 

 

 

Subgrupo I. Personal titulado

 

 

 

Titulado de grado superior

1.539,14

 

24,72

Titulado de grado medio

1.378,26

 

22,13

Subgrupo II. Personal administrativo

 

 

 

a) Administración:

 

 

 

Jefe Superior

1.539,14

 

24,24

Jefe de Sección

1.067,64

 

21,70

Jefe de Negociado

1.067,64

 

18,83

Subjefe de Negociado

1.067,64

 

17,47

Oficial de primera

1.067,64

 

16,81

Oficial de segunda

987,59

 

15,56

Auxiliar

967,90

 

15,24

En formación

629,16

 

8,79

Complemento de cargo:

 

 

 

Jefe de Sección

310,59

 

 

Jefe de Negociado

138,55

 

 

Subjefe de Negociado

40,27

 

 

b) Tecnologías de Información y Telecomunicaciones (TIC):

 

 

 

Analista

1.539,14

 

24,24

Técnico de TIC

1.195,63

 

18,83

Operador

1.067,64

 

16,81

c) Biblioteca:

 

 

 

Bibliotecario/Facultativo

1.539,14

 

24,72

Ayudante de Biblioteca, titulado

1.195,64

 

19,21

Auxiliar de Biblioteca (a extinguir)

967,90

 

15,54

Subgrupo III. Personal de servicios y oficios

 

 

 

Encargado de servicios generales

1.195,64

 

19,21

Técnico especialista de oficios

1.107,93

 

17,82

Conductor de primera

1.067,64

 

17,15

Conductor de segunda

987,59

 

15,86

Oficial 1.ª oficios auxiliares / Laboratorios

1.067,64

 

17,15

Oficial 2.ª oficios auxiliares / Laboratorios

987,59

 

15,86

Auxiliar 1.ª de Servicios

967,90

 

15,54

Auxiliar 2.ª de Servicios

919,28

 

14,76

Personal de limpieza

919,28

 

14,76

Complemento de cargo:

 

 

 

Conserje

227,71

 

 

* Ver disposición transitoria novena del convenio: desaparición de trienios y transformación en complemento personal.

** Ver disposición adicional décima, apartado IV.

Notas:

1. El importe de la gratificación por Jefe o Coordinador de Área, corresponde a la dedicación exclusiva. En caso de otras dedicaciones se establecerá proporcionalmente.

2. Complemento Especial por Actividad Docente. Para el año 2014 su importe será el siguiente:

– Escuelas Universitarias: 2,36 euros/hora.

– Facultades y Escuelas Técnicas Superiores: 2,46 euros/hora.

3. Los actuales Ayudantes de Biblioteca y Programadores que no posean al menos título universitario de primer ciclo, quedan declarados a extinguir y equiparados en sueldo al Oficial 1.ª de Administración.

4. Acceso al mundo laboral y formación: Quienes se inician en la investigación en las categorías de Colaborador de Investigación y Ayudante de Investigación, percibirán el 75 % de las cantidades indicadas en las Tablas Salariales. Transcurridos 2 y 4 años, respectivamente, si continuasen prestando servicios al Centro, pasarán automáticamente a percibir el 100 % de la retribución establecida, computándose el tiempo de formación a todos los efectos.

Tablas salariales para el año 2015

Categoría

Sueldo

Trienio*

Valor h. extra art. 33

GRUPO I. PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR

 

 

 

Subgrupo 1.º Personal docente-investigador

 

 

 

A. Gratificación temporal de los cargos de gobierno

 

 

 

Rector

781,21

 

 

Vicerrector y Secretario General

686,50

 

 

Decano o Director

686,50

 

 

Vicedecano o Subdirector

551,78

 

 

Jefe de Estudios, Director Instituto Universitario

550,11

 

 

Jefe de Departamento

510,94

 

 

Secretario

471,53

 

 

B. Retribución del profesorado

 

 

 

Dedicación exclusiva:

 

 

 

Ordinario o Catedrático

2.372,93

 

 

Agregado o Titular

1.910,35

 

 

Adjunto

1.586,54

 

 

Contratado Doctor

1.586,54

 

 

Colaborador Licenciado

1.533,01

 

 

Ayudante Doctor

1.479,49

 

 

Auxiliar/Ayudante

1.425,97

 

 

Dedicación plena:

 

 

 

Ordinario o Catedrático

2.063,87

 

 

Agregado o Titular

1.640,10

 

 

Adjunto

1.387,26

 

 

Contratado Doctor

1.387,26

 

 

Colaborador Licenciado

1.330,62

 

 

Ayudante Doctor

1.274,38

 

 

Auxiliar/Ayudante

1.217,42

 

 

Dedicación semiplena:

 

 

 

Titular

1.186,59

 

 

Agregado

955,95

 

 

Adjunto

793,38

 

 

Auxiliar/Ayudante

713,07

 

 

Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):

 

 

 

Ordinario o Catedrático

93,83

 

 

Agregado o Titular

78,30

 

 

Adjunto

66,47

 

 

Contratado Doctor

66,47

 

 

Colaborador Licenciado

63,84

 

 

Ayudante Doctor

61,19

 

 

Auxiliar/Ayudante

58,57

 

 

Asociado

58,57

 

 

Subgrupo 2.º Personal investigador

 

 

 

Investigador

1.594,26

 

25,47

Colaborador de investigación

1.486,13

 

23,76

Ayudante de investigación

1.003,64

 

16,04

Subgrupo 3.º Personal de enseñanzas no oficiales

 

 

 

Dedicación exclusiva:

 

 

 

Titular

1.896,31

 

 

Contratado Doctor

1.330,83

 

 

Colaborador Licenciado

1.079,06

 

 

Colaborador Diplomado

1.025,09

 

 

Auxiliar/Ayudante

950,46

 

 

Dedicación plena:

 

 

 

Titular

1.241,36

 

 

Contratado Doctor

998,11

 

 

Colaborador Licenciado

791,50

 

 

Colaborador Diplomado

751,92

 

 

Auxiliar/Ayudante

714,25

 

 

Dedicación semiplena:

 

 

 

Titular

827,70

 

 

Agregado

665,39

 

 

Adjunto

539,64

 

 

Auxiliar/Ayudante

477,96

 

 

Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):

 

 

 

Titular

32,31

 

 

Contratado Doctor

26,00

 

 

Colaborador Licenciado

20,98

 

 

Asociado

19,53

 

 

Auxiliar/Ayudante

18,70

 

 

Subgrupo 4.º Profesores Emérito, Visitantes e Invitados (Retribución al mes por hora de trabajo semanal)

 

 

 

Profesor Emérito

78,30

 

 

Profesor Visitante e Invitado

66,47

 

 

Profesores de las antiguas Escuelas Universitarias.

 

 

 

A. Gratificación temporal de los cargos de gobierno

 

 

 

Director

686,50

 

 

Subdirector

551,78

 

 

Jefe de Estudios

550,11

 

 

Jefe o Coordinador de Área

510,94

 

 

Secretario

471,53

 

 

B. Retribución del profesorado

 

 

 

Dedicación exclusiva:

 

 

 

Titular de Escuela Universitaria **

2.095,30

 

 

Agregado de Escuela Universitaria

1.717,42

 

 

Adjunto de Escuela Universitaria

1.540,87

 

 

Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria

1.494,65

 

 

Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria

1.449,82

 

 

Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria

1.406,32

 

 

Dedicación plena:

 

 

 

Titular de Escuela Universitaria

1.798,61

 

 

Agregado de Escuela Universitaria

1.476,02

 

 

Adjunto de Escuela Universitaria

1.324,26

 

 

Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria

1.284,50

 

 

Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria

1.245,98

 

 

Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria

1.208,62

 

 

Dedicación semiplena:

 

 

 

Titular

1.044,79

 

 

Agregado

858,82

 

 

Adjunto

770,56

 

 

Dedicación parcial (retribución al mes por hora de trabajo semanal):

 

 

 

Titular de Escuela Universitaria

78,30

 

 

Agregado de Escuela Universitaria

70,38

 

 

Adjunto de Escuela Universitaria

62,84

 

 

Colaborador Licenciado de Escuela Universitaria

60,96

 

 

Colaborador Diplomado de Escuela Universitaria

59,12

 

 

Asociado de Escuela Universitaria

61,26

 

 

Auxiliar o Ayudante de Escuela Universitaria

57,34

 

 

GRUPO III. PERSONAL NO DOCENTE

 

 

 

Subgrupo I. Personal titulado

 

 

 

Titulado de grado superior

1.548,37

 

24,87

Titulado de grado medio

1.386,53

 

22,26

Subgrupo II. Personal administrativo

 

 

 

a) Administración:

 

 

 

Jefe Superior

1.548,37

 

24,39

Jefe de Sección

1.074,05

 

21,83

Jefe de Negociado

1.074,05

 

18,94

Subjefe de Negociado

1.074,05

 

17,57

Oficial de primera

1.074,05

 

16,91

Oficial de segunda

993,52

 

15,65

Auxiliar

973,71

 

15,33

En formación

632,93

 

8,84

Complemento de cargo:

 

 

 

Jefe de Sección

312,45

 

 

Jefe de Negociado

139,38

 

 

Subjefe de Negociado

40,51

 

 

b) Tecnologías de Información y Telecomunicaciones (TIC):

 

 

 

Analista

1.548,37

 

24,39

Técnico de TIC

1.202,80

 

18,94

Operador

1.074,05

 

16,91

c) Biblioteca:

 

 

 

Bibliotecario/Facultativo

1.548,37

 

24,87

Ayudante de Biblioteca, titulado

1.202,81

 

19,33

Auxiliar de Biblioteca (a extinguir)

973,71

 

15,63

Subgrupo III. Personal de servicios y oficios

 

 

 

Encargado de servicios generales

1.202,81

 

19,33

Técnico especialista de oficios

1.114,58

 

17,93

Conductor de primera

1.074,05

 

17,26

Conductor de segunda

993,52

 

15,96

Oficial 1.ª oficios auxiliares / Laboratorios

1.074,05

 

17,25

Oficial 2.ª oficios auxiliares / Laboratorios

993,52

 

15,96

Auxiliar 1.ª de Servicios

973,71

 

15,63

Auxiliar 2.ª de Servicios

924,80

 

14,85

Personal de limpieza

924,80

 

14,85

Complemento de cargo:

 

 

 

Conserje

229,08

 

 

* Ver disposición transitoria novena del convenio: desaparición de trienios y transformación en complemento personal.

** Ver disposición adicional décima, apartado IV.

Notas:

1. El importe de la gratificación por Jefe o Coordinador de Área, corresponde a la dedicación exclusiva. En caso de otras dedicaciones se establecerá proporcionalmente.

2. Complemento Especial por Actividad Docente. Para el año 2015 su importe será el siguiente:

– Escuelas Universitarias: 2,37 euros/hora.

– Facultades y Escuelas Técnicas Superiores: 2,47 euros/hora.

3. Los actuales Ayudantes de Biblioteca y Programadores que no posean al menos título universitario de primer ciclo, quedan declarados a extinguir y equiparados en sueldo al Oficial 1.ª de Administración.

4. Acceso al mundo laboral y formación: Quienes se inician en la investigación en las categorías de Colaborador de Investigación y Ayudante de Investigación, percibirán el 75 % de las cantidades indicadas en las Tablas Salariales. Transcurridos 2 y 4 años, respectivamente, si continuasen prestando servicios al Centro, pasarán automáticamente a percibir el 100 % de la retribución establecida, computándose el tiempo de formación a todos los efectos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/01/2015
  • Fecha de publicación: 11/02/2015
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 4 de septiembre de 2015 (Ref. BOE-A-2015-9873).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • Art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 4 de julio de 2012 (Ref. BOE-A-2012-9803).
Materias
  • Centros de Educación Universitaria e Investigación
  • Convenios colectivos

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