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Documento BOE-A-2014-8809

Resolución de 31 de julio de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas del año 2014 del Convenio colectivo de Iris Assistance, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 19 de agosto de 2014, páginas 65784 a 65786 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2014-8809
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/07/31/(16)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales definitivas del año 2014 del Convenio colectivo de la empresa Iris Assistance, S.L. (código de convenio n.º 90018052012010) que fue suscrito con fecha 17 de julio de 2014 por la Comisión Mixta Paritaria del Convenio de la que forman parte los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y por la sección sindical de CC.OO. en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 31 de julio de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

COMISION MIXTA PARITARIA DE INTERPRETACION, VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO DEL CONVENIO COLECTIVO DE IRIS ASSISTANCE S.L.
Acta 4

Reunidos en los centros de trabajo de IRIS ASSISTANCE S.L., en Valencia, Madrid y Barcelona, mediante video-conferencia, siendo las 9 horas del 17 de julio de 2014, se reúnen las personas relacionadas a continuación:

Asistentes:

Por parte de la Sección Sindical de CCOO:

– José María Martínez Primo.

– Miquel Aniento Alvarez.

– Ana Belén Sanchís Gurrea.

En representación de la Empresa:

– Javier Manzanares Langreo.

– Román de la Fuente Primo.

– Francisco Calderón Delgado.

Se da comienzo a la reunión de la Comisión Mixta Paritaria de Interpretación, Vigilancia y Seguimiento del Convenio Colectivo de IRIS ASSISTANCE S.L. para valorar el siguiente orden del día:

1. Revisión y Aprobación de tablas definitivas para el año 2014.

Aprobación por unanimidad de la tabla salarial definitiva del año 2014, según anexo que se adjunta. La subida salarial del 0,6% para los conceptos revalorizables viene establecida según la disposición adicional octava del Convenio Colectivo, la cual determina que, finalizado el plazo de vigencia del convenio, será de aplicación a efectos de revisiones salariales los incrementos que resultaran pactados en el Convenio Colectivo de mediación de seguros privados.

Los atrasos devengados desde el 1 de enero de 2014 hasta el momento serán abonados a los trabajadores.

2. Legalización de actas y publicación en el B.O.E.

La Comisión Mixta designa a D. Román de la Fuente Primo, para que proceda al registro de las Tablas Salariales señaladas en el punto anterior en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo para su posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión firmando todos los integrantes de la Comisión el contenido de la presente acta.

ANEXO AL I CONVENIO COLECTIVO DE IRIS ASSISTANCE S.L. (2010-2012)
Actualización de tablas salariales-año 2014

1. Tabla salarial

Grupos

Nivel

retributivo

Categoría laboral

Salario Base anual

2014

Técnico de gestión.

I

Responsable de centro territorial.

23728,67

II

Responsable de área.

21751,36

Técnico de operaciones.

III

Gestor o Agente de Asistencia Senior.

19773,90

IIIA

Gestor o Agente de Asistencia Junior.

16478,17

Administrativo.

IV

Oficial Administrativo.

19773,90

V

Auxiliar Administrativo.

16478,17

Servicios Generales.

VI

Telefonista-Recepcionista.

13841,65

VII

Ordenanza.

13841,65

2. Complemento por experiencia C.P.E.

Nivel retributivo

2014

Importe mensual de C.P.E.

Importe máximo mensual

II A VII

14,13

141,30

** Para comenzar a devengar este complemento debe haber transcurrido un año de presencia del empleado en la empresa, abonándose a partir de enero del año siguiente.

3. Complemento personal revalorizable

Revalorización de un 0,60% del importe percibido en el 2013 por este concepto a todos los trabajadores.

4. Complemento empresa

Importe para año 2014: 1392,19.

5. Complemento de disponibilidad y turnicidad

Importe mensual para año 2014: 77,84.

6. Complemento de nocturnidad

 

Importe por noche trabajada para año 2014

Noche normal

10,81

Noche especial

43,25

7. Complemento por trabajo en días festivos

 

Importe por festivo trabajado para año 2014

Festivo normal

10,81

Festivo especial

21,63

8. Dietas y gastos de locomoción

Dietas

Importe para año 2014

Media dieta

16,67

Dieta completa

82,13

Kilometraje

0,30

Vale de comida

10,27

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 31/07/2014
  • Fecha de publicación: 19/08/2014
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • el Convenio publicado por Resolución de 24 de mayo de 2010 (Ref. BOE-A-2010-8815).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Seguros

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