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Documento BOE-A-2005-16737

Resolución de 15 de septiembre de 2005, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se da publicidad al Acuerdo de encomienda de gestión a la Sociedad Estatal para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A., de determinadas tareas relacionadas con su página web.

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 2005, páginas 33105 a 33106 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2005-16737

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Acuerdo de Encomienda de Gestión por la «Dirección General de Aviación Civil a la Sociedad Estatal para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A., de determinadas tareas relacionadas con su página web», y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado, del citado acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 15 de septiembre de 2005.-El Director General, Manuel Bautista Pérez.

ANEXO

Acuerdo de Encomienda de Gestión por la Direccion General de Aviacion Civil a la Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A. (SENASA) de determinadas tareas relacionadas con su página web

Expediente número: 245/E05.

En Madrid, a 15 de septiembre de 2005.

REUNIDOS

De una parte, D. Manuel Bautista Pérez, Director General de Aviación Civil, nombrado por Real Decreto 1091/2004, de 7 de mayo de 2004, y actuando por delegación de la Ministra de Fomento (Orden FOM/3029/2004, de 21 de septiembre).

Y de otra parte, D. Domingo Ferreiro Picado, actuando en su condición de Presidente de la Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A. (en adelante SENASA), en nombre y representación de la entidad SENASA, con CIF número A-79818423, domiciliada en Madrid (28042), Avenida de la Hispanidad n.º 12, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 838, Folio 121, Hoja n.º M-16.835.

Intervienen en la representación que ostentan de sus respectivos Organismos, en virtud de los nombramientos que legalmente les fueron conferidos, con el fin de instrumentar la Encomienda de Gestión del epígrafe.

EXPONEN

1.º Que la Dirección General de Aviación Civil (en lo sucesivo DGAC), como Autoridad aeronáutica española, tiene la necesidad de contar con herramientas propias de representación institucional y que proporcionen información relevante a los usuarios del transporte aéreo en su ámbito de actuación.

2.º Que para poder cubrir lo expuesto en el apartado anterior, la DGAC necesita contar con una página web que tenga en cuenta sus necesidades actuales y que emplee las posibilidades tecnológicas adecuadas en el proceso de proporcionar la información y los recursos adecuados a los usuarios 3.º Que la DGAC puede requerir el concurso de Organismos Técnicos competentes, para apoyo técnico en la realización de una evaluación de la situación actual de su página Web, sus contenidos, su estructura, su diseño, orientado a la actualización y mejora de la misma. 4.º Que SENASA es una sociedad mercantil de carácter estatal cuyo capital pertenece íntegramente a la Dirección General del Patrimonio del Estado, siendo una de las sociedades estatales de acuerdo a lo establecido en el artículo 166.2 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas 33/2003. Se encuentra adscrita funcionalmente al Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Aviación Civil, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1476/2004, de 18 de junio por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del mismo. 5.º Que por razones de mayor eficacia y no disponiendo de todos los medios idóneos para el ejercicio directo de las tareas asignadas, es propósito de la DGAC encomendar al SENASA las tareas que se enumeran en la cláusula Tercera de este documento. Y en atención a las circunstancias y fundamentos legales expuestos,

ACUERDAN:

De conformidad con lo establecido en la letra l) del artículo 3.1 del TRLCAP, modificado por Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo y lo previsto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y teniendo en cuenta los principios generales de colaboración y cooperación que deben presidir las actuaciones de las Administraciones Públicas, en orden a conseguir la mayor eficacia y la mejor utilización de los recursos de que dispone la Administración General del Estado en relación con las tareas que se enumeran en la cláusula Tercera, las partes representadas aprueban el presente documento, cuyo objeto es la encomienda de gestión por la Direccion General de Aviacion Civil a la Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A. (SENASA) de determinadas tareas relacionadas con su página web.

La Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A. (SENASA), se compromete a realizar el objeto de la Encomienda a que se refiere el apartado anterior la cláusula anterior con estricta sujeción a lo establecido en las siguientes presentes

CLÁUSULAS

Primera.-Las tareas encomendadas a SENASA por la DGAC, según la presente Encomienda, serán:

La redacción de los términos de referencia para la elaboración de una nueva página web de la DGAC.

Los términos de referencia incluirán los contenidos de la página, la estructuración de los mismos, la administración para su actualización, y estimación del coste para su desarrollo, implantación y posterior actualización y mantenimiento.

Descripción de los medios utilizados en el proyecto: El proyecto se realizará con los recursos técnicos y humanos que se describen a continuación: Recursos Humanos:

El trabajo será ejecutado por dos técnicos; uno responsable de la coordinación del trabajo, toma de datos, y análisis de la información y el otro responsable de los aspectos relativos a la implantación de lo anterior.

Se estima que será necesaria una dedicación total de 352 horas a un precio horario de 65,80 euros/hora. La metodología será el siguiente:

Análisis de la página Web actual de la DGAC.

Toma de datos. Entrevista con personal seleccionado de la DGAC para que estos identifiquen qué materias de su especialidad deberían incorporarse a la página Web. Análisis de contenidos y diseños de páginas Web de otras instituciones de la administración española y de otras aviaciones civiles: Estados Unidos, Reino Unido, Francia, Irlanda y Australia. Elaboración y validación de un listado de temas y capítulos relacionados con los mismos para su posible incorporación a la nueva página Web. Para cada uno los elementos identificados, evaluar el grado de complejidad de la elaboración de los datos necesarios para su incorporación a la página Web (valorar su incorporación o no, necesidad de tratamiento o no, coste de desarrollo y tiempo de implantación). Propuesta de la lista final de temas y capítulos para la página Web de la DGAC. Propuesta de documento de administración de la página Web. Para cada uno de los temas y capítulos de la página:

Identificación del/de los responsable/s de la DGAC que han de proporcionar la información de contenidos.

Elaboración de los contenidos. Estructura de los contenidos. Identificación de los procedimientos para modificar / actualizar los contenidos.

Segunda.-Los trabajos se realizarán con el máximo cuidado y diligencia con respecto a los intereses de la Administración General del Estado y el personal de SENASA estará obligado a guardar el debido sigilo respecto de los hechos, datos e informaciones que conozca en el curso de la realización de la encomienda de gestión.

Tercera.-En ningún caso la realización de los trabajos objeto de la encomienda de gestión interferirá o menoscabará el ejercicio de las competencias que corresponden a la Administración con arreglo a la legislación de aviación civil. Cuarta.-Conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Encomienda no implica cesión de titularidad de competencia alguna, correspondiendo la resolución de los recursos y reclamaciones que en su caso se interpongan al Ministerio de Fomento.

Ninguna estipulación del encargo podrá interponerse en el sentido que implicare disposición, renuncia o delegación de competencia alguna de la Administración.

Quinta.-La Dirección General de Aviación Civil designará a una persona como Director de la encomienda, responsable y supervisor de las funciones de dirección y coordinación en la vigilancia y control de la correcta ejecución del trabajo y de su recepción y certificación. Como consecuencia de la comunicación de la encomienda, SENASA designará un representante que deberá mantener las relaciones necesarias con el Director de la encomienda, especialmente en lo concerniente a la presentación de un programa de trabajo, trabajos defectuosos, equipos, modificaciones y eventual suspensión de los trabajos, entrega y recepción de los mismos. Sexta.-SENASA remitirá a la DGAC los correspondientes informes, relativos a los trabajos encargados y pondrá a disposición de la DGAC los expertos descritos para la realización de trabajos concretos. Por otra parte, se establecerá un documento en que se recoja el programa, con sus relaciones de actividades y presupuestos, para los procesos previstos para su ejecución total o parcial en el transcurso del periodo de vigencia de la Encomienda. Séptima.-La DGAC se hará cargo de los costes derivados de las actividades encargadas a SENASA en el marco de la presente Encomienda, por importe de veintiséis mil ochocientos sesenta y siete euros con cuarenta y cinco céntimos (26.867,45), habiéndose cumplido los trámites reglamentarios para asegurar la existencia de crédito para el pago del precio convenido, que se efectuará mediante presentación de facturas por SENASA, para su abono, a cargo de este expediente, conforme se vayan ejecutando las distintas actividades programadas. Octava.-La duración de la Encomienda será desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2005. Novena.-Todos los gastos derivados de la aplicación y ejecución de la presente Encomienda, sin excepción alguna, serán a cargo la Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A., sin perjuicio de lo previsto en la cláusula séptima. Décima.-El pago se realizará mediante certificaciones que se extenderán contra la presentación por SENASA de las facturas correspondientes a los trabajos realizados, de acuerdo con la determinación del precio. Undécima.-La presente Encomienda es de naturaleza jurídico-administrativa de las previstas en el artículo 3, apartado l), del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, modificado por el artículo trigésimo cuarto 34 del Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, de Reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública, y se regirá por sus propios términos y condiciones, aplicándose subsidiariamente los principios del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, citado, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Las dudas y controversias que puedan surgir en la interpretación y aplicación de esta Encomienda serán resueltas con carácter ejecutivo por el Ministerio de Fomento. Por la Dirección General de Aviación Civil, el Director General, Manuel Bautista Pérez.-Por la Sociedad Estatal para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A., el Presidente, Domingo Ferreiro Picado.

Encomienda de Gestión por la Dirección General de Aviación Civil a la Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civi-les, S. A. (SENASA) de determinadas tareas relacionadas con su página web

Presupuesto:

El presupuesto total correspondiente a esta Encomienda es de 23.161,60 € más IVA. Precio horario a 65,80 euros/hora.

Concepto:

Trabajos encaminados a la actualización y mejora de la página Web de la DGAC. Precio horario 65,80 euros/hora. Horas 352. Total 23.161,60 €.

IVA 16% 3.705,85 €. Total IVA incluido 26.867,45 €.

Por la Dirección General de Aviación Civil, el Director General, Manuel Bautista Pérez.-Por la Sociedad Estatal para Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A., el Presidente, Domingo Ferreiro Picado.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/09/2005
  • Fecha de publicación: 08/10/2005
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 3.1.1 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio (Ref. BOE-A-2000-11533).
    • art. 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Dirección General de Aviación Civil
  • Encomienda de gestión
  • Internet
  • Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles

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