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Documento BOE-A-2003-11349

Resolución de 9 de mayo de 2003, de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica Facultativa Superior (Arquitecto).

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 2003, páginas 21981 a 21988 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2003-11349

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta

Universidad aprobados por Decreto 22/2003, de 27 de febrero

(Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 5 de marzo), y con

el fin de atender a las necesidades de Personal de Administración

y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2002, de 21 de

diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.e), de

la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad,

acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala

Técnica Facultativa Superior (Arquitectos) de la Universidad Rey

Juan Carlos, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza

perteneciente a la Escala Técnica Facultativa Superior (Arquitectos)

de esta Universidad, grupo A, por el sistema general de acceso

libre, mediante concurso-oposición.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28

de julio, la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (Boletín Oficial del

Estado de 24), sobre el acceso a determinados sectores de la

Función pública de los nacionales de los demás Estados miembros

de la Unión Europea, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de

diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social,

el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo

público de la Administración General del Estado y sus organismos

públicos de nacionales de otros de otros Estados a los que es

de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores,

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba

el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración General del Estado y de Provisión de los Puestos

de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles

de la Administración General del Estado, los Estatutos de la

Universidad Rey Juan Carlos y lo dispuesto en la presente

convocatoria.

1.3 El procedimiento de selección será el de

concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se

especifican como Anexo I.

1.4 El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es

el que figura como Anexo II de esta convocatoria.

1.5 Las pruebas selectivas comenzarán a partir de julio del

2003.

1.6 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier

propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula

de pleno derecho.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los

aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a

la función pública, y en particular:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud

de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y

ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el

Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

otros Estados miembros de la Unión europea, siempre que no

estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores

de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares

de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los

Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y

ratificados por España.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber

alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Arquitecto en la fecha en que termine el plazo de presentación

de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero

deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su

homologación.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

funciones propias de la Escala Técnica Facultativa Superior

(Arquitecto) de la Universidad.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función

Pública.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse el día de finalización del plazo de presentación de

instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

2.3 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de

funcionarios de organismos internacionales, habrán de ajustarse a los

requisitos y condiciones que, para su acceso en los Cuerpos y

Escalas de la Administración del Estado, establece el Real Decreto

182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de

nacionalidad española de organismos internacionales a los

cuerpos y escalas de la Administración General del Estado.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada

gratuitamente en la Oficina de Información y Registro de la Universidad

Rey Juan Carlos, edificio de la Biblioteca, calle Tulipán s/n,

Móstoles, Madrid, en cualquiera de las Oficinas de Registro situadas

en los Campus de la Universidad (Campus de Alcorcón,

Fuenlabrada o Vicálvaro), en los Gobiernos Civiles de cada provincia,

en las Delegaciones del Gobierno de las Comunidades Autónomas,

en el Centro de Información Administrativa para las

Administraciones Públicas, en el Instituto Nacional de la Administración

Pública y en los Rectorados de todas las Universidades Públicas

del Estado, siempre que las solicitudes de que dispongan éstos

sean de características similares a la publicada como Anexo III.

3.2 Los aspirantes deberán adjuntar a la instancia una

fotocopia legible del documento nacional de identidad.

Los aspirantes que no posean nacionalidad española, y tengan

derecho a participar deberán presentar fotocopia compulsa del

correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta

de residente comunitario o de familiar de residente comunitario

en vigor, o en su caso, de la tarjeta temporal de residente

comunitario o de trabajador comunitario en vigor. Asimismo, deberán

presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está

separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de

que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.3 En las solicitudes se consignarán necesariamente los

siguientes datos:

- En el apartado 1 "Cuerpo o Escala", se hará constar la

denominación en la Escala objeto de esta convocatoria: "Escala Técnica

Facultativa Superior (Arquitecto)".

- En el apartado 3 "Forma de acceso", se consignará "L"

sistema de acceso libre.

3.4 Los aspirantes que presten o hayan prestado servicio

como funcionarios interinos o como contratado laboral en la

Universidad Rey Juan Carlos, deberán presentar unida a su solicitud,

para la valoración de la fase de concurso, certificación, o

justificante de haberla solicitado, expedida por el Servicio de Personal

de Administración y Servicios de la Universidad Rey Juan Carlos.

La certificación (conforme al modelo que figura como Anexo

IV a esta convocatoria), entre otros extremos hará mención expresa

a la condición de funcionario interino/contratado laboral eventual

del aspirante y su antigüedad como tal personal a fecha de

finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

3.5 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General de la Universidad Rey Juan Carlos (Edificio de la Biblioteca),

calle Tulipán s/n, 28933 Móstoles, Madrid, en cualquiera de las

Oficinas de Registro situadas en los Campus de la Universidad

(Campus de Alcorcón, Fuenlabrada o Vicálvaro) o en la forma

prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria

en el Boletín Oficial del Estado, dirigidas al Magnífico y

Excelentísimo Sr. Rector de la Universidad Rey Juan Carlos.

3.6 Los derechos de examen serán de 30 euros y se ingresarán

en la Caja de Madrid (entidad 2038), oficina n.o 2745, n.o de

cuenta 6000005091, "Derechos de examen", bien directamente

o por transferencia bancaria.

El interesado deberá justificar el ingreso de los derechos de

examen mediante la cumplimentación y sellado por la entidad

bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto

o adjuntando el correspondiente resguardo de

ingreso/transferencia. La falta de pago de los derechos de examen, determinará

la exclusión del aspirante. En ningún caso el abono de los derechos

examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en

tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.5.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en

el plazo expresado indicado a través de las representaciones

diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las

remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado

adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber

satisfecho los derechos de examen.

3.7 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la

solicitud. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el

recuadro correspondiente, las posibles adaptaciones de tiempos y

medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación

sea necesaria.

3.8 De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de

la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y del Orden Social, por el que se modifica el apartado

cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre,

de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, estarán

exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %,

debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal

condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de

publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente convocatoria

de pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica

Facultativa Superior (Arquitecto) de la Universidad Rey Juan Carlos.

Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo

de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado

ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en

acciones de promoción, formación o reconversión profesionales

y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo

mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo citada en el párrafo anterior se solicitará en la

correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo, debiendo

figurar en ella todos y cada uno de los requisitos citados en dicho

párrafo.

En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una

declaración jurada o promesa escrita del solicitante, para lo que

se podrá utilizar el modelo del Anexo VI. Ambos documentos

deberán acompañarse a la solicitud.

3.9 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrá

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.10 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar

su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo

establecido en la base 3.4 para la presentación de solicitudes.

Transcurrido este plazo, no se admitirá ninguna petición de esta

naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y

libremente apreciada por el Tribunal.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el

Rector de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución, que

será publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid,

declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y

excluidos. En dicha Resolución se indicará el lugar, fecha y hora

de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de los

aspirantes excluidos, con mención expresa, en todo caso, de los

apellidos, nombre, número del documento nacional de identidad y

motivo que la produce.

4.2 Los aspirantes excluidos o los que no figuren en las

relaciones de admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la Resolución que aprueba las listas provisionales de admitidos

y excluidos, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no

subsanen la causa de la exclusión justificando su derecho a estar

incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente

excluidos de la realización de las pruebas.

4.3 Contra la Resolución definitiva, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de

reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al

de su publicación, ante el mismo órgano que la dicta, o recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano

judicial competente de acuerdo con lo previsto en los artículos

116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero y el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.4 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto

de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los

documentos exigidos en las convocatorias, no dará lugar a la devolución

de los derechos de examen.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador se ajustará a lo establecido por

el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal

al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de los Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y cuya

composición se hará pública, mediante Resolución de la Gerencia

General de la Universidad Rey Juan Carlos, en el Boletín Oficial

de la Comunidad de Madrid, antes del inicio de las pruebas

selectivas.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la Gerencia General de esta Universidad,

cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el

artículo 28.2 de la Ley 30/2992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a

pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de

esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros

del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en alguna

de las circunstancias previstas en el párrafo anterior. Asimismo,

los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando

concurran circunstancias previstas en la presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas

la autoridad convocante publicará, en el Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid, Resolución por la que se nombra a los nuevos

miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan

perdido su condición por alguna de las causas previstas en la

base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad,

al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión

el Tribunal acordará las decisiones pertinentes en orden al correcto

desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones,

el Tribunal para actuar válidamente, requerirá la presencia de

la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las

dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y

adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la

convocatoria en todo lo no previsto por las presentes bases y la

normativa aplicable. El procedimiento de actuación del Tribunal se

ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la

Universidad Rey Juan Carlos.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

se realicen de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá

nombrar colaboradores en número suficiente para garantizar el

correcto y normal desarrollo de los ejercicios.

5.9 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición a realizar de forma

escrita y que no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para

ello los impresos aprobados por la Orden del entonces Ministerio

de Presidencia de 18 de febrero de 1985 (B.O.E. del día 22) o

cualesquiera otros equivalentes. El Tribunal excluirá a aquellos

opositores en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos, marcas o

signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Rey

Juan Carlos, calle Tulipán s/n, 28933 Móstoles, Madrid, teléfono

916655060 / 914887117. El Tribunal dispondrá en esta sede

de al menos una persona, miembro o no del Tribunal, que atienda

a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas

pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría de primera de las recogidas en el Acuerdo de 13

de diciembre de 2001, del Consejo de Gobierno de la Comunidad

de Madrid (B.O.C.M. del día 16 de enero de 2002).

5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra P, de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Dirección General de la

Función Pública de la Comunidad de Madrid, de fecha 27 de febrero

de 2003 (B.O.C.M. del día 10 de marzo), por la que se publica

el resultado del sorteo para la determinación del orden de

actuación de los aspirantes en todos los procesos que se convocan

en ejecución de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad

de Madrid para 2003.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización del

ejercicio, en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición

quienes no comparezcan al mismo, dado el carácter de unidad

de acto de la convocatoria.

6.4 La publicación del anuncio de celebración del segundo

ejercicio y los posteriores se efectuará por el Tribunal en los locales

donde se haya celebrado el primero o anteriores ejercicios, así

como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10. y por

cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar

su máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de

antelación a la señalada para la iniciación del mismo. Cuando se trate

del mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde

se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier

otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,

de antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Rector

de la Universidad convocante, comunicándole, asimismo, las

inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la

solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

7. Listas de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

pública, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así

como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos

otros que estime oportuno, la relación del aspirante que ha

superado las pruebas, señalando la puntuación alcanzada y con

indicación del número de su documento nacional de identidad.

7.2 El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de

la lista del aprobado al Rector de la Universidad y al Servicio

de Personal de Administración y Servicios para su conocimiento,

especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno

de los ejercicios.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el

día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de

aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores

aprobados deberán presentar en el Servicio de Personal de

Administración y Servicio de la Universidad Rey Juan Carlos, a través

del Registro General, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada en el Registro General de la

Universidad del Título exigido en la Base 2.1.3, o en su defecto,

certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del mismo. En el caso de titulaciones

obtenidas en el extranjero, se aportará fotocopia de la credencial

que acredite su homologación.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de alguna administración

pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas,

según el modelo que figura como Anexo V a esta convocatoria.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos

a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado

el acceso a la función pública, según anexo VI a esta convocatoria.

c) Los aspirantes con minusvalía y grado de discapacidad igual

o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición, si

obtuvieran plaza, mediante certificación de los Órganos competentes

del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, o, en su caso, de

la Comunidad Autónoma correspondiente.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de

Personal o del Ministerio u Organismo correspondiente del que

dependiere para acreditar tal condición, con expresión del número

e importe de trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

8.3 Si dentro del plazo fijado, y salvo en caso de fuerza mayor

que no prestase la documentación, o del examen de la misma

se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en

la base 2.1, no podrá ser nombrado funcionario de carrera y

quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad

en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Por la autoridad convocante y a propuesta del Tribunal

calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de

carrera, mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial

de la Comunidad de Madrid.

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de

fotocopia del Documento Nacional de Identidad de los aspirantes

aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas

selectivas enviado a la Universidad convocante, así como el

certificado a que se refiere la base 1.6

8.5 La toma de posesión del aspirante aprobado será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a

la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

de la Comunidad de Madrid".

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados, en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de

13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la

revisión de las Resoluciones de Tribunal Calificador de las pruebas,

conforme a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Móstoles, 9 de mayo de 2003.-El Rector, Pedro

GonzálezTrevijano Sanchéz.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

1. Fase de concurso

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán

los servicios efectivos prestados o reconocidos, al amparo de la

Ley 70/1978, de 26 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"

de 10 de enero de 1979), hasta la fecha de publicación de esta

convocatoria en alguno de los Cuerpos, Escalas o Plazas señaladas

en la base 3.4 de esta convocatoria, así como el grado personal

consolidado y el nivel de complemento de destino correspondiente

al puesto de trabajo que se tenga en propiedad en esa misma

fecha.

Por lo tanto, se valorarán los méritos relacionados con los

servicios prestados en la Universidad Rey Juan Carlos como

funcionario interino o como personal laboral eventual de la

Universidad Rey Juan Carlos. La valoración se realizará hasta un máximo

de 5 puntos, a razón de 0,08 puntos por mes de servicio o fracción

igual o superior a quince días, las fracciones inferiores se valorarán

proporcionalmente. En el caso de haber prestado servicios como

funcionario interino de la Escala Técnica Facultativa Superior

(Arquitecto) o como contratado laboral con la categoría de Titulado/a

Superior esta valoración será a razón de 0,10 puntos. En ningún

caso, los puntos obtenidos en esta fase servirán para superar la

fase de oposición.

2. Fase de oposición

Estará constituido por dos ejercicios de carácter eliminatorio:

Primer ejercicio.-Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de 100 preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo

una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa

de estas pruebas -parte general- que figura en el Anexo II. El

tiempo máximo de realización de este ejercicio será de noventa

minutos.

La puntuación máxima de esta prueba será de 30 puntos.

Segundo ejercicio.-Consistirá en desarrollar por escrito tres

temas generales a elegir entre cinco propuestos por el Tribunal

correspondiente al grupo de la parte especial del Temario. El

tiempo máximo de realización de este ejercicio será de dos horas.

Este ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión

pública ante el Tribunal, el cual podrá formular a aquellos

preguntas o aclaraciones sobre los temas desarrollados, durante un

tiempo máximo de quince minutos.

La puntuación máxima de esta prueba será de 30 puntos.

Tercer ejercicio.-Consistirá en la realización de dos supuestos

prácticos que versarán sobre el temario específico del programa.

Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima

será de cuatro horas, los aspirantes podrán acudir provistos de

la documentación y el material que el Tribunal determine en la

convocatoria de este ejercicio. Los supuestos serán leídos por los

aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar

con el opositor durante un plazo máximo de quince minutos.

La puntuación máxima de esta prueba será de 30 puntos.

3. Valoración final

La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la

suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y

oposición, no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas,

un número mayor de personas que el total de plazas convocadas.

En ningún caso los puntos obtenidos en la fase de concurso

servirán para superar la fase de oposición.

En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas

las fases de concurso y de oposición, se dará prioridad al aspirante

que hubiera obtenido mayor puntuación en la fase de oposición,

y, en caso de persistir la igualdad, se acudirá para dirimirla a

la mayor puntuación obtenida en los sucesivos ejercicios de la

fase de oposición, comenzando por el último realizado. Si

persistiese el empate, éste se resolverá por el orden alfabético del

primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose el citado

orden por la letra indicada en la base 6.1. de la presente

convocatoria.

ANEXO II

Programa

I. Parte General

1. Las Comunidades Europeas. Objetivos y naturaleza

jurídica.

2. El Consejo y la Comisión de las Comunidades Europeas.

El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia de las

Comunidades. El Sistema Monetario Europeo.

3. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho

originario y derivado: Reglamentos, Directivas y Decisiones.

4. El Tratado de Adhesión de España a la Comunidad

Económica Europea.

5. La Constitución española de 1978: Características. Los

principios constitucionales y los valores superiores.

6. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Los

derechos económicos y sociales en la Constitución española. La

protección de los derechos fundamentales.

7. La Corona. El Gobierno: composición, funciones y

potestades en el sistema constitucional español.

8. Las Cortes Generales. Órganos dependientes de las Cortes

Generales.

9. El poder judicial en la Constitución. El Tribunal

Constitucional.

10. El procedimiento administrativo. Principios generales.

Los recursos administrativos. Naturaleza, extensión y límites de

la jurisdicción contencioso-administrativa.

11. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones

Públicas. Las sanciones administrativas. El procedimiento

sancionador.

12. Los sectores económicos: el sector primario, el sector

industrial y el sector servicios. El sector público económico.

Dimensión económica y social. Las empresas públicas.

13. El presupuesto. Concepto y clases. Estructura. Crisis de

los principios clásicos del presupuesto.

14. Los ingresos públicos. Concepto y clasificación.

15. Los gastos públicos. Concepto y clasificación.

16. Elaboración y aprobación del presupuesto. El control

presupuestario.

17. Régimen jurídico del personal al servicio de las

Administraciones públicas. Funcionarios de carrera y de empleo.

18. Personal Laboral. Regímenes especiales de los

funcionarios.

19. La planificación de Recursos Humanos en las

Administraciones Públicas. Los planes de empleo. La oferta de empleo

público.

20. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Situaciones administrativas.

21. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Régimen

disciplinario.

21. El régimen de seguridad social de los funcionarios. Clases

pasivas. Ayuda familiar.

22. El sistema de la Seguridad Social y el sistema sanitario

en España.

23. La autonomía universitaria: reconocimiento

constitucional, contenido y alcance. Creación, régimen jurídico y estructura

de las Universidades. Los Estatutos de las Universidades. El

Consejo de Coordinación Universitaria.

24. Universidad Rey Juan Carlos: organización académica.

Órganos de gobierno y administración colegiados y unipersonales.

25. Universidad Rey Juan Carlos: régimen de profesorado.

Formas de provisión de los distintos tipos de personal docente

e investigador.

26. Universidad Rey Juan Carlos. Personal de administración

y servicios. Selección. Situaciones. Provisión de puestos de

trabajo.

27. Universidad Rey Juan Carlos. Derechos y deberes de los

funcionarios. Sistema de retribuciones. Las incompatibilidades.

Régimen disciplinario.

28. Universidad Rey Juan Carlos. El personal laboral.

Convenio colectivo. Selección. Provisión de puestos de trabajo.

29. Universidad Rey Juan Carlos. Los estudiantes. Acceso

y permanencia. Los procedimientos de ingreso en los centros

universitarios.

30. Universidad Rey Juan Carlos. Planes de estudios. Tercer

ciclo.

31. Precios públicos. Becas y ayudas. Seguro Escolar.

32. El presupuesto universitario, elaboración, contenido y

aprobación.

33. La investigación en la Universidad.

34. La calidad en las universidades.

Parte especial

1. La organización territorial de la Comunidad de Madrid.

El planteamiento urbano.

2. La organización administrativa del urbanismo. Órganos de

la Administración General de Estado. Comunidades Autónomas.

Administración Local. La organización administrativa del

urbanismo en la Comunidad de Madrid.

3. La planificación urbanística. Tipos de planes.

4. La legislación urbanística de la Comunidad de Madrid.

Planificación regional. La ordenación del territorio.

5. Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Ámbito

de aplicación. Requisitos para contratar con la Administración.

6. Actuaciones administrativas preparatorias de los contratos.

Tramitación de los expedientes de contratación. Prerrogativas de

la Administración.

7. Anteproyectos y proyectos de obras de contratación

pública. Clasificación de las obras a los efectos de elaboración de

proyectos. Normas de redacción de proyectos. Alcance documental.

8. Presupuesto de proyecto. Estructura de costes y precios

en las obras de contratación pública. Costes directos e indirectos.

Precios auxiliares y descompuestos. Bancos de precios.

9. Pliegos de cláusulas administrativas particulares en la

contratación pública de obras.

10. Pliegos de prescripciones técnicas generales y

particulares. Alcance y contenido.

11. Instrucción del expediente de contratación y aprobación

del gasto. Supervisión del proyecto. Acta de Replanteo Previo.

12. Adjudicación del contrato de obras. Procedimientos y

formas de adjudicación. La mesa de contratación. Formalización del

contrato de obras.

13. Ejecución de obras: funciones y responsabilidades de la

dirección y del contratista.

14. Ejecución de obras: acta de comprobación del replanteo.

Autorización y suspensión del inicio de obras. Programa de

trabajo.

15. Ejecución de obras: plazos parciales y totales de

ejecución.

16. Certificación y abono de la obra de contratación pública

en ejecución. Relaciones valoradas. Abonos a cuenta. Abono de

las unidades de seguridad y salud. Revisión de precios. Demora

en los pagos.

17. Modificaciones del contrato público de obras: requisitos

y clases de variaciones. Reformado por el objeto. Límites y efectos

de las modificaciones. Alcance, contenido documental y

tramitación del proyecto. Obras complementarias.

18. Incidencias en el contrato público de obras. Reajuste de

anualidades. Cesión de contratos. Subcontratación. Modificación

del plazo de ejecución. Efectos del incumplimiento de plazos.

Suspensión de las obras.

19. Extinción del contrato público de obras. Terminación,

recepción y liquidación de la obra. El período de garantía.

Resolución del contrato: causas, procedimiento y efectos.

20. La ejecución de obras por la propia administración.

Supuestos. Contratos de colaboración. Autorización para la

ejecución.

21. El contrato de obras.

22. El contrato de gestión de servicios públicos.

23. El contrato de suministro.

24. El contrato de consultaría y asistencia.

25. El contrato de servicios.

26. Oficina Técnica. Cometidos y funcionamiento. Personal.

27. Redacción de proyectos de obras. Documentos de que

consta un proyecto. Descripción del contenido de los mismos.

28. Fases de que consta una obra desde su solicitud hasta

su liquidación definitiva.

29. Relaciones valoradas de una obra. Certificaciones.

Modificaciones de obra. Revisiones de precios. Aplicación. Fórmulas

e índices.

30. Normas básicas de la edificación. Pliegos e instrucciones

de recepción de materiales. Norma básica de condiciones térmicas

de los edificios. Norma básica de condiciones acústicas de los

edificios. Norma básica de protección contra incendios de los

edificios.

31. Criterios de redacción de proyectos de instalaciones

deportivas. Normativa de aplicación: tipología de instalaciones,

condiciones funcionales y de diseño.

32. Criterios de redacción de proyectos de edificios de función

Aularios. Tipologías. Normativa de aplicación. Condiciones

funcionales y de diseño.

33. Criterios de redacción de proyectos de edificios de función

Laboratorios. Tipologías. Normativa de aplicación. Condiciones

funcionales y de diseño.

34. Criterios de redacción de proyectos de edificios de función

Departamental. Tipologías. Normativa de aplicación. Condiciones

funcionales y de diseño.

35. Criterios de redacción de proyectos de bibliotecas.

Tipologías. Normativa de aplicación. Condiciones funcionales y de

diseño.

36. Los proyectos de urbanización. Objeto, determinaciones

y contenido documental. Las obras de urbanización.

37. Morfología de las tramas urbanas de los campus

universitarios. Definición del modelo urbanístico. Tipología de los

asentamientos. Relación con el medio físico y la estructura del

territorio.

38. El espacio público universitario. Tipología: plazas, áreas

libres, espacio viario. Criterios de diseño.

39. El proyecto de urbanización del espacio público

universitario. Criterios de dotación de infraestructuras.

40. La ordenación del territorio. Regulación de la Comunidad

Autónoma de Madrid. tipos de planes.

41. Seguridad y salud en el proyecto y en la ejecución. Estudio

Básico y Estudio de Seguridad y Salud. Plan de Seguridad y Salud.

Libro de incidencias. Plan de evacuación.

42. Calidad de la edificación. Legislación aplicable.

43. Mediciones y presupuestos. Contenido, documentación

y determinaciones.

44. Seguridad, protección contra incendios y evacuación en

caso de siniestro de las edificaciones. Legislación aplicable.

45. Proyectos de ejecución. Modificación de sus

determinaciones.

46. Eficiencia energética de la edificación. Condiciones

térmicas de los edificios. Aislamiento térmico. Legislación aplicable.

47. Condiciones acústicas de la edificación.

Acondicionamiento y aislamiento. Legislación aplicable. Criterios de diseño

y cálculo.

48. Suministro y distribución de agua fría y caliente. Red de

saneamiento y evacuación. Legislación aplicable.

49. Calefacción, ventilación y refrigeración. Legislación

aplicable.

50. Cubiertas. Tipos y soluciones. Legislación aplicable.

51. Cimentaciones. Tipos y soluciones. Legislación aplicable.

52. Demoliciones y excavaciones. Tipos y soluciones.

53. Estructura de fábrica. Tipos. Legislación aplicable.

54. Estructuras de acero y mixtas. Tipos. Legislación

aplicable.

55. Estructuras de hormigón armado y mixtas. Tipos.

Legislación aplicable.

56. Cerramientos de fachadas. Tipos y soluciones de los

problemas. Criterios de diseño y cálculo. Legislación aplicable.

57. Carpintería exterior e interior, y acabados interiores de

los espacios. Tipos de soluciones. Criterios de diseño y cálculo.

Legislación aplicable.

58. Accesibilidad y supresión de barreras. Exigencias en los

edificios de uso público. Obligaciones de control. Obligaciones

de las Administraciones Públicas.

59. La protección del medio ambiente en la Comunidad de

Madrid. Marco legislativo. Competencias.

SIGUEN ANEXOS (Ver imágenes páginas 21987 a 21988)

INSTRUCCIONES PARA EL INTERESADO

Instrucciones generales

Escriba solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie

dura, utilizando mayúsculas de tipo de imprenta.

Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en

todos los ejemplares.

Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o

tachaduras.

No olvide firmar el impreso.

Instrucciones particulares

Consigne en FORMA DE ACCESO una sola letra mayúscula,

tomando la que corresponda a la siguiente clave:

Letra Forma deacceso

L Libre

P Promoción interna

Consigne en la LIQUIDACIÓN el importe de los derechos de

examen y número de la cuenta corriente que se indican en la

convocatoria, ya que es un impreso autoliquidativo.

Adjunte fotocopia del documento nacional de identidad al

presentar o remitir el ejemplar de la solicitud destinado a la

Universidad.

Al realizar la prestación, solicite de la oficina receptora

constancia de la fecha en el ejemplar destinado al interesado, que

deberá conservar en su poder como justificante del ingreso de

los derechos y de la presentación de la solicitud.

ANEXO IV

Certificación servicios prestados en la Universidad Rey Juan

Carlos

D./D.a

Cargo:

Centro Directivo/Unidad Administrativa

CERTIFICO, que, según los antecedentes obrantes en este

centro y a los solos efectos de valoración en la fase de concurso

(Anexo I) de las pruebas selectivas para el acceso a la Escala

Técnica Facultativa Superior (Arquitecto) de la Universidad Rey

Juan Carlos, a fecha de finalización del plazo de presentación

de solicitudes:

D/D.a ..............................................................................

Grupo/Escala/Categoría laboral a que pertenece ...................

.......................................................................................

D.N.I. ..............................................................................

Destino actual ..................................................................

Situación administrativa/laboral .........................................

.......................................................................................

J Acredita el número total de años, meses de servicios como

funcionario interino en la Universidad Rey Juan Carlos ......

J Acredita el número total de años, meses de servicios como

personal laboral eventual en la Universidad Rey Juan Carlos

.............

J Acredita el número total de años, meses de servicios como

funcionario interino de la Escala Técnica Superior de

Administradores de la Universidad Rey Juan Carlos ...................

J Acredita el número total de años, meses de servicios como

personal laboral eventual con la categoría de Titulado/a

Superior en la Universidad Rey Juan Carlos ......................

Y para que conste, expido el presente certificado

en ...................................

(localidad, fecha, firma y sello)

ANEXO V

D/D.a .............................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

y con documento nacional de identidad ..........................,

declara bajo juramento o promete, a los efectos de ser nombrado

funcionario de carrera de la Escala Técnica Facultativa Superior

(Arquitecto) de la Universidad Rey Juan Carlos, que no ha sido

separado del servicio de alguna de las administraciones públicas y

que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones

públicas.

En ....................., a ........ de ..................... de ........

ANEXO VI

D/D.a .............................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

y con documento nacional de identidad ..........................,

declara bajo juramento o promete, a los efectos de la exención de

tasa por derechos de examen de las pruebas selectivas para ingreso

en la Escala Técnica Facultativa Superior (Arquitecto) de la

Universidad Rey Juan Carlos, que carece de rentas superiores, en

cómputo mensual al salario mínimo interprofesional.

En ....................., a ........ de ..................... de ........

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid