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Documento BOE-A-1995-22172

Real Decreto 1460/1995, de 1 de septiembre, por el que se establece los títulos de Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño en Estilismo de Indumentaria y en Modelismo de Indumentaria, pertenecientes a la familia profesional de las artes aplicadas a la indumentaria, y se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas.

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 9 de octubre de 1995, páginas 29626 a 29640 (15 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-22172
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1995/09/01/1460

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en su artículo 38, establece como finalidad primordial de las enseñanzas Artísticas proporcionar a los alumnos una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de las artes. Dentro de estas enseñanzas, la Ley define, en el artículo 46, como de Artes Plásticas y Diseño, aquéllas que comprenden, entre otros, los estudios relacionados con las Artes Aplicadas y los Oficios Artísticos.

Las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos cuentan con una extensa tradición en el sistema educativo, cuyo origen remite a las raíces genuinas de nuestra cultura artística y cuya acelerada evolución en la modernidad ha dependido no sólo del proceso de constante transformación y diversificación de las tendencias artísticas, sino también de las mejoras introducidas en los productos como resultado de la aplicación a la industria de los logros provenientes de la invención y del desarrollo tecnológico, así como de la aspiración emancipatoria de amplios sectores sociales que otorga al fomento de la dimensión estética del hombre una cualidad determinante para el crecimiento de valores de identidad, expresión personal y comunicación social.

Por ello, las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño, asumen un doble sentido, ya que, por un lado, la transmisión de sus saberes empíricos garantiza la conservación de prácticas artísticas fundamentales, tanto en la composición y el crecimiento del Patrimonio Histórico del Estado como en las tareas de apoyo a la conservación y restauración de éste, y por otro, auspician la renovación y diseño de las artes y las industrias culturales a través de la incentivación de la reflexión estética y la sólida formación en los oficios de las artes.

El presente Real Decreto establece los títulos de Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño en Estilismo de Indumentaria y en Modelismo de Indumentaria, pertenecientes a la familia profesional del Diseño de Indumentaria, y sus correspondientes enseñanzas mínimas, configurándose éstos en línea de continuidad y correspondencia con los títulos de Artes Plásticas y Diseño establecidos por Real Decreto 1843/1994, de 9 de septiembre.

Los ciclos formativos de grado superior de la familia profesional del Diseño de Indumentaria están orientados a formar profesionales que conozcan y sepan utilizar diferentes técnicas con el fin de cubrir la amplia demanda de profesionales capacitados para realizar actividades relacionadas con el estilismo y el modelismo de indumentaria.

Las enseñanzas mínimas que regula el presente Real Decreto señalan como aspecto básico que el técnico de este nivel deberá estar en posesión de una cultura apropiada, particularmente en lo que concierne al hecho y a los fundamentos de la expresión artística, a las formas de representación y comunicación que den significado a su capacidad creativa y a su realización práctica. Contienen, por tanto, la concepción e interpretación de esquemas proyectuales y su desarrollo desde cualquier tendencia plástica, tanto tradicional como actual, en el campo del Diseño de Indumentaria, así como el manejo de las técnicas actuales que permitan obtener una resolución óptima de los proyectos propios de su ámbito profesional.

La organización de los contenidos formativos ha de permitir con flexibilidad programar interdisciplinarmente secuencias de aprendizaje, destacando de los ámbitos artísticos, técnicos y de aquéllos relativos a la especialización profesional del alumno, los contenidos de mayor significación o pertinencia para el desarrollo cualificado de las actividades profesionales para las que preparan los ciclos formativos.

La incorporación a los ciclos formativos de fases de formación práctica es pieza clave en la construcción de este modelo formativo, ya que la intervención de profesionales, entidades e instituciones, con su colaboración contribuirá desde planteamientos reales a la concreción de proyectos educativos que anticipen soluciones de solvencia en el mercado de las industrias culturales, cuya referencia ha de proporcionar constantemente índices orientadores de la competitividad profesional en este campo.

Como componente formativo de transición entre la formación modular de los ciclos formativos y el mundo profesional en el que ha de insertarse el alumno, el proyecto final comprende un proceso de trabajo compuesto por fases concatenadas de elaboración sobre un supuesto práctico suscitado a partir de situaciones de proyecto referibles a la realidad del trabajo profesional según éste se produce. Esa elaboración y su culminación y evaluación han de contribuir a situar al alumno, con realismo y sentido práctico, ante el inicio de su vida profesional. Por ello, el proyecto final ha de reflejar con nitidez el grado de adquisición de capacidades por parte de los alumnos, permitiendo, a su vez, desplegar su sentido artístico, a disposición del proceso de soluciones previsto como respuesta a la problemática planteada en el propio proyecto final.

Por último, se establecen distintas vías de acceso a los ciclos formativos que tienen como denominador común el que todas ellas permiten garantizar que los alumnos poseen aptitudes y dotes de personalidad y talento artístico suficientes que le posibilitan iniciar, progresar y culminar su formación con garantías de aprovechamiento.

Para la elaboración de esta norma han sido consultadas las Comunidades Autónomas que se encuentran en el pleno ejercicio de sus competencias en materia educativa, en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, previo informe del Consejo Escolar del Estado, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de septiembre de 1995,

D I S P O N G O :

Artículo 1.

1. Se establecen los siguientes títulos de Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño, pertenecientes a la familia profesional de las Artes Aplicadas a la Indumentaria, los cuales tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional:

a) Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño en Estilismo de Indumentaria.

b) Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño en Modelismo de Indumentaria.

2. Se aprueban las enseñanzas mínimas correspondientes a cada uno de los títulos establecidos por el presente Real Decreto, los objetivos generales, la descripción del perfil profesional, así como las condiciones para la impartición de sus enseñanzas referidas a la relación numérica profesor/alumno e instalaciones, cuyos contenidos se establecen en el anexo I.

3. Las Administraciones educativas competentes establecerán el currículo de los respectivos ciclos formativos de grado superior, de los que formarán parte, en todo caso, las enseñanzas mínimas.

Artículo 2.

Las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos oficiales a que se refiere el artículo 1 tienen como objetivo común, en cuanto enseñanzas de las artes plásticas y diseño:

a) Proporcionar a los alumnos una formación artística de calidad, que les permita apreciar la importancia de las artes plásticas como lenguaje artístico y medio de expresión cultural y desarrollar su capacidad creativa, tomando conciencia de las posibilidades de realización profesional que todo ello implica.

b) Garantizar su cualificación profesional, de acuerdo con los títulos de Artes Plásticas y Diseño de esta familia profesional, permitiéndoles adquirir la capacidad y conocimientos necesarios para resolver cuantos problemas se presenten en el desarrollo de su actividad profesional y adaptarse a la evolución de los procesos técnicos y de las concepciones artísticas.

Artículo 3.

Asimismo, estas enseñanzas tienen como objetivo, en cuanto ciclos formativos de grado superior, proporcionar a los alumnos la formación necesaria para:

a) Proyectar y coordinar procesos técnicos y artísticos de realización.

b) Proyectar y realizar obras que posean rigor técnico y sensibilidad expresiva, a través del desarrollo de su personalidad artística, sus facultades y su cultura plástica.

c) Poseer los conocimientos científico-técnicos y prácticos que les capaciten para la realización de su trabajo a través de los procesos tecnológicos, tradicionales y actuales, relacionados con su actividad artística profesional.

d) Desarrollar su capacidad de investigación de formas con un enfoque pluridisciplinar.

e) Comprender la organización y características del ámbito de su profesión, así como los mecanismos de inserción profesional básica; conocer la legislación profesional básica y los mecanismos de prevención de riesgos laborales.

Artículo 4.

1. Al establecer el currículo de los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño las Administraciones educativas tendrán en cuenta las necesidades de desarrollo económico y social del territorio de su competencia educativa, así como la función de estas enseñanzas en el fomento de su patrimonio cultural. A tal fin, impulsarán la participación del sector artístico, profesional y empresarial y de organismos e instituciones artísticos y culturales, tanto en la elaboración del currículo como en el desarrollo de las enseñanzas, especialmente en la organización y evaluación de las fases de formación práctica y del proyecto final.

2. Asimismo, en el establecimiento del currículo se fomentará la autonomía pedagógica y organizativa de los centros y se impulsará su relación con su entorno socio-económico y cultural.

3. Las Administraciones educativas facilitarán la actividad artística e investigadora del profesorado en relación con su práctica docente.

Artículo 5.

La obtención del correspondiente título requerirá la evaluación positiva de los distintos contenidos en que se estructura la enseñanza impartida en el centro educativo, de las fases de formación práctica en empresas, estudios o talleres, así como del proyecto final.

Artículo 6.

1. La enseñanza en el centro educativo se organiza en módulos.

2. A efectos de los dispuesto en el presente Real Decreto, el concepto «módulo» se considerará equivalente al término «materia teórica», «materia teórico-práctica» y «clases prácticas» a que se refiere el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas Artísticas.

Artículo 7.

1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.4 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, el currículo de los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño incluirá fases de formación práctica en empresas, estudios o talleres, que podrán consistir tanto en la realización de prácticas en entidades de titularidad pública o privada, como en trabajos profesionales académicamente dirigidos e integrados en el currículo, así como aquéllos efectuados en el marco de programas de intercambio nacional o internacional.

2. La fase de formación práctica tendrá por finalidades:

a) Complementar los conocimientos, habilidades y destrezas de los módulos que integren el currículo.

b) Contribuir al logro de los objetivos previstos en los artículos 2 y 3 del presente Real Decreto y de los objetivos propios de cada ciclo formativo.

3. Las Administraciones educativas regularán la organización y evaluación de la fase de formación práctica, pudiendo quedar total o parcialmente exentos de ella quienes acrediten experiencia laboral en el campo profesional directamente relacionado con el ciclo formativo que se pretende cursar.

Artículo 8.

1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.4 de la Ley Orgánica 1/1990, de Ordenación General del Sistema Educativo, el currículo determinará el proyecto final que deberá superar el alumno, una vez aprobados los módulos del correspondiente ciclo, para la obtención del título. En el proyecto final el alumno deberá acreditar el dominio de los conocimientos y métodos científicos y artísticos exigibles para el ejercicio profesional en la correspondiente especialidad.

2. Con dicho fin, el alumno elaborará un proyecto de su especialidad, con una memoria que incluya las necesidades funcionales, sociales y artísticas a satisfacer y las previsiones y cálculos tecnológicos, de coste y de medios, que resultarían precisos para la ejecución de lo proyectado.

3. Las Administraciones educativas regularán el procedimiento de elaboración y la evaluación del proyecto final.

Artículo 9.

1. Para acceder a los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño que se regulan en el presente Real Decreto será preciso estar en posesión del título de Bachiller, y superar la correspondiente prueba de acceso.

2. La prueba de acceso, cuya estructura, contenido y criterios de calificación serán determinados por cada Administración educativa deberá permitir acreditar los conocimientos y aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas.

Artículo 10.

No obstante lo previsto en el artículo anterior, será posible acceder a los ciclos establecidos en el presente Real Decreto sin estar en posesión del título de Bachiller, siempre que el aspirante tenga cumplidos los veinte años de edad y supere una prueba en la que demuestre tanto madurez intelectual, acreditada a través del dominio de las capacidades lingüísticas, de razonamiento y de conocimientos fundamentales de la etapa educativa anterior relacionados con la enseñanza a la que aspira, como las habilidades específicas necesarias para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

Dicha prueba será regulada por las Administraciones educativas.

Artículo 11.

1. Estarán exentos de realizar la prueba de acceso prevista en el artículo 9 del presente Real Decreto:

a) Los alumnos que hubieran superado en el bachillerato de la modalidad de Artes la materia «Fundamentos del Diseño» y aquellas otras dos materias del mismo Bachillerato que las Administraciones educativas determinen teniendo en cuenta su directa concordancia con los estudios de esta familia profesional.

b) Los alumnos que hubieran superado los estudios experimentales de Bachillerato Artístico.

c) Los alumnos que estuvieran en posesión del título de Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño correspondiente a otro ciclo formativo de la misma familia profesional, así como quienes tuvieran el título de Graduado en Artes Aplicadas en especialidades del ámbito de las Artes Aplicadas a la Indumentaria.

2. Las Administraciones educativas determinarán el número máximo de plazas disponibles para alumnos que se hallen en los supuestos de exención a que se refiere este artículo.

Artículo 12.

1. La evaluación de las enseñanzas propias de los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño se realizará por módulos, considerando los objetivos educativos y los criterios de evaluación establecidos en el currículo para cada módulo, así como la madurez académica de los alumnos en relación con los objetivos del ciclo.

2. Asimismo, el número máximo de convocatorias por cada módulo será de cuatro. Con carácter excepcional, las Administraciones educativas podrán establecer una convocatoria extraordinaria en los supuestos de enfermedad que impida el normal desarrollo de los estudios u otros que merezcan igual consideración.

3. Podrán ser objeto de correspondencia con la práctica profesional los módulos que se establecen en el anexo I del presente Real Decreto.

4. El Ministerio de Educación y Ciencia determinará las convalidaciones entre módulos de ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño de la familia profesional de las Artes Aplicadas a la Indumentaria o, en su caso, de diferente familia profesional, atendiendo a la correspondencia de sus contenidos.

Artículo 13.

El título de Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño permitirá el acceso directo a los estudios superiores que se determinen.

Disposición adicional primera. El Ministerio de Educación y Ciencia, previo informe de las Comunidades Autónomas, determinará los elementos básicos de los informes de evaluación, así como los requisitos formales derivados de dicho proceso que sean precisos para garantizar la movilidad de los alumnos.

Disposición adicional segunda.

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 676/1993, de 7 de mayo, los elementos que se enuncian bajo el epígrafe «Descripción del Perfil Profesional» en el apartado 2 del anexo I no constituyen una regulación del ejercicio de profesión titulada alguna, en todo caso, se entenderán en el contexto del presente Real Decreto con respeto al ámbito del ejercicio profesional vinculado por la legislación vigente a las profesiones tituladas.

Disposición transitoria única.

Hasta tanto se determinen las nuevas especialidades docentes, la competencia del profesorado perteneciente a los Cuerpos de Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño para la impartición de cada módulo, queda definida por su pertenencia a la especialidad que se establece en el anexo II del presente Real Decreto. No obstante, las Administraciones educativas, en su ámbito de competencia, podrán autorizar la impartición de determinados módulos a aquellos docentes que, a la promulgación de este Real Decreto se encontrasen impartiendo materias equivalentes de la anterior ordenación, siempre que acrediten preparación para ello.

Disposición final primera.

1. El presente Real Decreto, que tiene carácter de básico, se dicta en uso de las competencias atribuidas al Estado en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, así como en la disposición adicional primera, apartado 2, de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, del Derecho a la Educación y en virtud de la habilitación que confiere al Gobierno el artículo 4 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

2. Corresponde a las Administraciones educativas competentes dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, cuantas disposiciones sean precisas para la ejecución y desarrollo de lo dispuesto en el presente Real Decreto.

Disposición final segunda.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Palma de Mallorca a 1 de septiembre de 1995.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Ciencia,

JERONIMO SAAVEDRA ACEVEDO

ANEXO I

Estilismo de Indumentaria

1. Identificación del título

El ciclo formativo de grado superior «Estilismo de Indumentaria» está orientado a formar profesionales cualificados para cumplir varias funciones: concebir una colección de moda y coordinar su proceso de ejecución pudiendo ejercer su actividad en distintos sectores: alta costura, «prêt-à-porter», ropa deportiva.

Como creador específico de un campo muy concreto, el de las prendas y accesorios de que se reviste la figura humana y completan su personalidad, el estilista debe poseer una formación polivalente, profundamente asentada en campos diversos, que van desde el desarrollo de la sensibilidad artística, el conocimiento del dibujo, el color o la anatomía, hasta los más recientes procesos tecnológicos relacionados con las materias primas de que se vale, pasando por una capacitación adecuada en el ámbito de la comunicación y una atención continuada a la evolución cultural, social y económica de su tiempo.

Desde que se considera definido el concepto de moda, a partir de la época bajomedieval, el realizador del indumento (bajo las diferentes denominaciones de oficios insertos en los gremios tradicionales, o los de sastre, modisto, figurinista, creador de moda o diseñador) ha experimentado un proceso evolutivo que le ha llevado a integrarse en la aceleración progresiva experimentada por los cambios del gusto, a especializarse profundamente con el paso de los siglos y a convertirse en un profesional que, por una parte, ha de adaptarse a las tendencias y necesidades del mercado y, por otra, ha de anticiparse con su creatividad en la definición de modas, estilos o líneas, que a él corresponde difundir o imponer.

Las profundas transformaciones sociales y económicas de nuestro siglo, que han impuesto la evolución que lleva de la alta costura a la confección seriada, ha abierto simultáneamente gran cantidad de posibilidades a este profesional, tanto en planteamientos artesanales como industriales, y contando con su capacidad imaginativa, los recursos que le proporcionan las técnicas de «marketing» y sus aplicaciones dentro de la economía de consumo, tiene garantizado un papel de relevancia en la dinámica laboral contemporánea.

Por ello, al adecuar mediante este ciclo formativo la formación que requiere el estilista a la nueva Ordenación del Sistema Educativo, se actualizan, estructural y académicamente, unas enseñanzas que se han impartido en las Escuelas de Artes Aplicadas bajo la denominación de «Figurines», desde 1963, habiendo sido éstos los primeros centros españoles que les otorgaron titulación oficial en nuestro país.

1.1 Denominación: Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño en Estilismo de Indumentaria.

1.2 Nivel: grado superior de Artes Plásticas y Diseño.

1.3 Duración total del ciclo: mil ochocientas setenta y cinco horas.

2. Descripción del perfil profesional

2.1 Campo profesional.

La actividad laboral del profesional «Estilista de Moda», verdadero creador que participa en la definición de las nuevas tendencias de la moda, requiere poseer marcadas cualidades artísticas y de comunicación. Imaginación, originalidad, habilidad manual, sentido del color y de las formas, un amplio conocimiento de los tejidos y su utilización, así como una atención permanente a los fenómenos sociales y acontecimientos culturales.

El «Estilista de Indumentaria» ejercerá su actividad profesional en los diversos sectores de creación y producción de la moda, principalmente: en los departamentos de diseño de empresas relacionadas con el sector: alta costura, «prêt-à-porter», ropa deportiva, laboral, lencería y baño, géneros de punto y piel, y como coordinador de colecciones.

El «Estilista de Indumentaria» puede ejercer de manera autónoma, como profesional liberal (free lance), con capacidad para desarrollar un estilo propio, o por cuenta ajena.

La actividad del «Estilista de Indumentaria» abarca, por tanto, un amplio campo profesional, requiere habilidad y buen gusto, rapidez en la ejecución y conocimiento preciso de los problemas de realización.

A causa de la diversificación que existe en las empresas del sector en cuanto a tamaño y producto, las funciones de este profesional variarán formalmente dependiendo de cómo sea la empresa.

Como motor que es de la evolución de la moda, el «Estilista de Indumentaria» realizará su trabajo en función de las tendencias de la moda y/o de la firma para la que trabaje, o como trabajador autónomo, debiendo tener una formación que le prepare para:

1.º Insertarse en la realidad productiva como diseñador, con capacidad para crear las distintas prendas y accesorios que conforman una colección.

2.º Trabajar en equipo dentro de una empresa de «prêt-à-porter», de alta moda o dentro de los estudios de creación para accesorios de moda, con responsabilidades de coordinación en la ejecución de las colecciones.

3.º Pensar en términos de estilos o «líneas», teniendo en cuenta las necesidades del mercado.

4.º Poseer una visión de conjunto, tomando conciencia de su quehacer dentro de la empresa de la moda.

5.º Dinamizar y renovar su formación, estando al corriente de todos los avances e innovaciones tecnológicas y nuevos métodos concernientes a su quehacer profesional, para lograr un mejor y mayor rendimiento en su trabajo.

6.º Ser un profesional eminentemente creativo, estudioso de tendencias y psicología consumista, obteniendo fuentes de motivación para temas actuales y su aplicación a diseños capaces de ofrecer nuevas estrategias.

2.2 Tareas más significativas.

Las tareas más significativas del «Estilista de Indumentaria» son:

1.ª Crear y diseñar cualquier elemento de indumentaria.

2.ª Definir los productos y determinar las materias y los colores.

3.ª Dirigir y coordinar estética y técnicamente el proceso de producción, asumiendo la responsabilidad de garantizar la viabilidad y perfecta concordancia entre el diseño y la prenda terminada.

4.ª Asegurar la interpretación adecuada de sus creaciones en la elaboración de los prototipos.

5.ª Componer, examinar y/o admitir las tendencias de la temporada siguiente.

6.ª Rediseñar y adaptar tendencias en cuanto a colores, tejidos, línea y masa estructurales, según funciones y necesidades de los imperativos sociales.

7.ª Intervenir en la distribución de las colecciones por su conocimiento del mercado.

8.ª Participar en la elaboración de catálogos y dosieres de presentación de las colecciones.

9.ª Asesorar sobre los productos por medio de su conocimiento de los aspectos sociales de la Moda y sus aplicaciones prácticas.

10. Establecer las relaciones pertinentes para la participación en ferias y muestras nacionales e internacionales, como medio de distribución y promoción de las creaciones de Moda.

11. Crear y seleccionar elementos de fornitura y complementos del traje, coordinándolos.

12. Investigar nuevas fórmulas para mejorar estrategias estéticas y funcionales.

3. Enseñanzas mínimas

3.1 Objetivos generales del ciclo formativo.

1.º Analizar y desarrollar los procesos básicos de realización propios de la especialidad.

2.º Conocer y saber utilizar los sistemas de creación y elaboración de productos propios de la especialidad, tanto en lo referente a tendencias plásticas como a las técnicas que se integran dentro de este campo profesional.

3.º Valorar de forma idónea las necesidades planteadas en la propuesta de trabajo, así como los aspectos plásticos, artísticos, técnicos, organizativos y económicos, para configurar el proyecto y seleccionar las especificaciones plásticas y técnicas oportunas para conseguir un óptimo resultado en su trabajo profesional.

4.º Resolver los problemas artísticos y tecnológicos que se planteen durante el proceso de proyectación y realización.

5.º Conocer con detalle las especificaciones técnicas de los equipos y maquinaria utilizados.

6.º Conocer y saber utilizar las medidas preventivas necesarias para que los procesos de realización utilizados no incidan negativamente en el medio ambiente.

7.º Investigar las formas, materiales, técnicas y procesos creativos y artísticos relacionados con la especialidad.

8.º Conocer y comprender el marco legal, económico y organizativo que regula y condiciona la actividad profesional en el campo propio de la especialidad.

9.º Analizar, adaptar y, en su caso, generar documentación artístico-técnica imprescindible en la formación y adiestramiento de profesionales del sector.

10. Seleccionar y valorar críticamente las situaciones plásticas, artísticas, técnicas y culturales derivadas del avance tecnológico y artístico de la sociedad, de forma que le permitan desarrollar su capacidad de autoaprendizaje a fin de evolucionar adecuadamente en la profesión.

11. Adquirir los conocimientos elementales para rentabilizar el trabajo.

3.2 Distribución horaria de las enseñanzas mínimas.

Estructura general / Horas mínimas

Módulos impartidos en el centro educativo. / 925

Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres / 25

Proyecto final / 75

Suma horas enseñanzas mínimas / 1.025

3.3 Formación en centros educativos.

3.3.1 Módulos correspondientes a las enseñanzas mínimas.

Módulos / Horas mínimas

Dibujo del Natural y su aplicación a la Indumentaria / 300

Historia de la Indumentaria / 100

Marketing / 50

Modelismo / 100

Modelismo: Estilista / 75

Estilismo / 250

Formación y Orientación Laboral / 50

Suma / 925

3.3.2 Objetivos, contenidos y criterios de evaluación de los diversos módulos.

I. Dibujo del Natural y su aplicación a la Indumentaria.

a) Objetivos:

1.º Conocimiento anatómico y la capacidad para representar la figura humana, como elementos de formación esenciales para poder expresar ideas y desarrollar la creatividad.

2.º Utilizar diferentes técnicas y elementos de composición plástica, a fin de concretar el dibujo y el color en una aplicación práctica y creativa, tanto en figurines de ámbito general como en lo relativo a ilustración de moda.

3.º Desarrollar la sensibilidad artística y la creatividad.

b) Contenidos:

1.º Técnicas de dibujo aplicadas a la especialidad. Materiales.

2.º Dibujo del desnudo. Proporciones. Anatomía.

3.º Proporciones del cuerpo humano; aplicación al diseño; aplicación al figurín.

4.º Ejercicios de retentiva.

5.º Modelo vestido sobre maniquí; volúmenes; aplicación al figurín.

6.º Dibujo de movimiento; aplicación al figurín.

7.º Figurinismo e ilustración. Complementos.

8.º Dibujo creativo.

9.º Dibujo de tejidos: lisos, estampados. Texturas.

10. Dibujo del vestido a través del tiempo. Figurines.

11. Ilustración de moda.

c) Criterios de evaluación: se valorarán los siguientes términos:

1.º La capacidad para comprender y representar la figura humana, sus proporciones y ritmos, y sus aplicaciones al figurín; y si es capaz de utilizar distintos materiales y técnicas de dibujo, en aplicaciones concretas.

2.º La capacidad de plasmar en el dibujo diferentes clases de tejidos para su aplicación al figurín.

3.º El grado de aportaciones personales y de investigación desarrolladas en el trabajo propuesto.

4.º La sensibilidad artística y la creatividad demostradas.

II. Historia de la Indumentaria.

a) Objetivos:

1.º Desarrollar la comprensión visual y conceptual de ámbito histórico, económico, social y cultural en que se desarrollan la indumentaria y la moda.

2.º Comprender las especificaciones de su lenguaje y relacionarlas en el espacio y en el tiempo con otras manifestaciones artísticas o con aquéllas que caracterizan a las distintas culturas visuales.

3.º Conocer la génesis y evolución histórica de las diversas fórmulas del traje y tendencias de la moda, insistiendo en las manifestaciones contemporáneas y en sus conexiones con el arte de nuestro siglo.

4.º Coordinar planteamientos de trabajo y actividades en común con las distintas disciplinas que se integran en este ciclo formativo superior, para reunir el conocimiento teórico de la evolución del indumento con la realización del mismo.

b) Contenidos:

1.º El traje como manifestación cultural y artística: factores funcionales, climatológicos, sociales y estéticos que lo configuran. Significado expresivo de materiales, formas, colores y complementos. Concepto de moda y su trascendencia histórica, social y económica. Fuentes iconográficas.

2.º Orígenes del vestir. El traje de las civilizaciones antiguas: tipologías fundamentales. Sencillez griega y suntuosidad romana. El adorno personal en la antigüedad.

3.º El indumento europeo de la Alta Edad Media: modalidades occidentales y orientales; influencias asiáticas y musulmanas. La Baja Edad Media: el traje y las clases sociales. Definición de «la moda».

4.º El Renacimiento: búsqueda de un ideal de belleza armónica. Las industrias del lujo. Difusión de la moda española. Variantes nacionales. El grabado como medio informativo de tendencias.

5.º La estética barroca: tendencias del gusto. Repercusiones de la moda francesa y holandesa. Publicaciones de moda. La sociedad y el vestir en el siglo de la Ilustración: aceleración de las modas. Revistas especializadas y creadoras de moda. Influencia inglesa.

6.º Consecuencias de la Revolución Industrial en la Indumentaria. Cambios políticos y económicos y sus repercusiones sobre la forma de vestir. De la silueta Imperio al gusto romántico: ámbitos de influencia de Francia e Inglaterra. Aparición del la «confección» e internacionalización de la moda. La alta costura y la consagración de lo francés.

7.º Del fin del siglo a la Primera Guerra Mundial: tendencias e influencias. Moda industrial y artesanal. La sociedad de la «Belle Epoque»: hacia la libertad en el vestir. Consecuencias de la guerra de 1914 sobre el traje y las formas de vida. Variantes del período de entreguerras.

8.º Moda posterior a la Segunda Guerra Mundial: «línea» de creación y de confección. Nuevos materiales textiles y de adorno. Cambio del concepto de «elegancia». Tendencias de los años 50, 60, 70 y 80. La moda actual.

9.º Formas de vestir especializadas. Moda profesional: militar, religiosa, teatral, etc. Fórmulas sociales: popular, de luto, infantil, etc. Evolución histórica de los tipos fundamentales.

c) Criterios de evaluación: se valorarán los siguientes términos:

1.º Capacidad de percepción visual, razonada y científica, de la cultura del vestir, de sus valores estéticos y plásticos y de los variados elementos que la configuran.

2.º Comprensión razonada y juicio crítico ante las manifestaciones artísticas y su reflejo en el mundo de la moda, que permitan encuadrar estas manifestaciones en el contexto histórico, social, cultural y temporal en el que se han producido.

3.º Sensibilidad manifestada ante el análisis del hecho artístico, pasado o actual, y capacidad de interpretar adecuadamente la diversidad de factores que actúan sobre la definición de la moda y el indumento.

4.º Utilización de un lenguaje claro y conciso y de una terminología y un vocabulario específico idóneos.

III. Marketing.

a) Objetivos:

1.º Conocer las técnicas comerciales básicas, con el fin de poder realizar estudios sobre posibles mercados y sus canales de distribución.

2.º Identificar y conocer el proceso y las técnicas de investigación de mercados.

3.º Conocer los distintos sistemas de planificación de ventas y determinación de los precios.

4.º Conocer las distintas estrategias de promoción de productos.

5.º Alcanzar una comprensión global del sistema distributivo de la empresa.

6.º Identificar los pasos a seguir para asegurar una ejecución de las estrategias de «marketing».

7.º Analizar los distintos tipos de costos.

b) Contenidos:

1.º El «marketing»: concepto, naturaleza y funciones del «marketing».

2.º La investigación de mercados. Procesos y técnicas.

3.º El Producto: concepto y tipos. Ciclos de vida del producto. Etapas de desarrollo de un nuevo producto. Los productos de moda.

4.º La determinación de los requisitos del producto: influencias personales y socioculturales en el comportamiento de compra. Estudio de las motivaciones.

5.º El planteamiento de la venta y las operaciones de venta: métodos de venta. Elaboración de presupuestos. Determinación de los precios. Los descuentos. Metodología de las argumentaciones de venta. La recogida de información sobre la demanda o pedido.

6.º Promoción de ventas y publicidad: técnicas y estrategias. La promoción de ventas a nivel detallista.

7.º La distribución: concepto, funciones y sistemas de distribución. Los canales de distribución: mayoristas y minoristas. Las nuevas formas de distribución comercial. Los costes.

8.º El servicio del producto: la calidad. Análisis de la satisfacción del cliente y del normal resultado de los productos.

c) Criterios de evaluación: Se valorarán los siguientes términos:

1.º Capacidad de asimilación de los conceptos fundamentales que se incluyen en los bloques temáticos.

2.º Interés por la materia.

3.º Utilización correcta de una terminología específica.

IV. Modelismo.

a) Objetivos: mediante el conocimiento de los sistemas de patronaje, sastrería y nociones de corte y técnicas de confección, asegurar una mejor interpretación de los diseños.

b) Contenidos:

1.º Patronaje. Sistemas.

2.º Técnicas de confección: a mano y a máquina.

3.º Patrones base.

4.º Transformaciones

5.º La marcada. Cálculo y distribución en el tejido.

6.º Elaboración del prototipo. Escalado.

7.º El adorno aplicado al traje.

c) Criterios de evaluación:

Se valorará: la capacidad del alumno para iniciarse en la realización de cualquier prenda de vestir y la adecuada interpretación de los diseños de moda o de espectáculos, desarrollando todo el proceso de elaboración, teniendo en cuenta sus características, su aplicación y la técnica de realización más adecuada.

V. Modelismo: Estilista.

a) Objetivos: adquirir los conocimientos necesarios para interpretar y verificar la viabilidad de los/sus diseños.

b) Contenidos:

1.º El patrón. Sus aplicaciones y diferencias: hombre, mujer y niño.

2.º Sastrería. Transformaciones: montaje y escalado.

3.º Diferenciación de patrones en los distintos sistemas de sastrería y modistería.

c) Criterios de evaluación:

Se valorará: la capacidad del alumno para realizar cualquier prenda de vestir y la adecuada interpretación de los diseños, desarrollando todo el proceso de elaboración, teniendo en cuenta sus características, su aplicación y la técnica de realización más adecuada.

VI. Estilismo.

a) Objetivos:

1.º Concretar y elaborar las colecciones.

2.º Desarrollar la sensibilidad artística y la creatividad.

b) Contenidos:

1.º Emisión de mensajes con recursos concretos: texturas, colores, formas y volúmenes.

2.º El cuerpo humano: sus edades y sus formas. Concreción de necesidades funcionales y estéticas.

3.º La percepción y observación de los elementos naturales. Su plasmación y ambientación.

4.º Estética de la luz.

5.º La línea estética como recurso de significación de un mensaje.

6.º Creatividad, intuición y reflexión: su interrelación.

7.º Estilismo creativo y estilismo dirigido.

8.º El tema: proyecto y cohesión.

9.º El figurín de moda.

c) Criterios de evaluación: se valorarán los siguientes términos:

1.º Capacidad para diseñar una colección teniendo en cuenta todos los factores necesarios para su concreción, aplicando los conocimientos artísticos y técnicos adquiridos.

2.º Sensibilidad artística y creatividad demostradas en el trabajo.

VII. Formación y Orientación Laboral.

Este espacio lectivo está estructurado en dos bloques:

El primer bloque está dedicado a la información profesional, impartida por el profesor del centro correspondiente a la materia y los contenidos constan de una parte general, tendente a que el alumno se familiarice con el marco jurídico de condiciones de trabajo y salud con los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones contractuales de trabajo, ya sean por cuenta ajena o por cuenta propia. Permite además, orientar en la búsqueda de un puesto de trabajo acorde con el perfil profesional y/o formar para el autoempleo. En segundo lugar, consta de una parte específica propia de cada campo profesional.

El segundo bloque, dedicado a la colaboración de expertos, externos al centro, pretende posibilitar al alumno una mayor aproximación a la realidad sociolaboral, cultural y técnica a través de la recepción de contenidos teóricos y prácticos que giren en torno a la especialidad: charlas de representantes de asociaciones y colegios profesionales, críticos de arte y profesionales en nuevas tecnologías o en el campo creativo, etc.

Las Escuelas de Arte acordarán las colaboraciones de los correspondientes expertos fijando para ello una temporalización flexible y circunscribiéndose al tiempo establecido para este bloque.

a) Objetivos:

1.º Familiarizarse con el marco legal del trabajo y conocer los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales.

2.º Adquirir la sensibilización necesaria acerca de la salud laboral como determinante, tanto de la calidad de vida como de los resultados de calidad en la actividad productiva.

3.º Conocer las distintas vías de acceso al empleo así como las ayudas de organismos e instituciones dedicadas a este fin, nacionales y comunitarios.

4.º Capacitarse para realizar tareas asociativas adquiriendo actitudes de cooperación e incluso de actividades de trabajo en grupo.

5.º Adquirir las bases necesarias para organizar una empresa de pequeño y mediano tamaño así como la comercialización de sus productos teniendo en cuenta los factores de producción y distribución, las relaciones mercantiles y los aspectos jurídicos y sociolaborales que intervienen.

6.º Conocer los instrumentos jurídicos propios de la especialidad.

b) Contenidos.

A) Comunes:

1.º El marco jurídico de las relaciones laborales: Estatuto de los Trabajadores y reglamentación específica del sector.

2.º Medidas de seguridad e higiene en el trabajo.

3.º Sistemas de acceso al empleo. Técnicas. Organismos que prestan ayuda a la inserción laboral.

4.º Conceptos básicos de economía y mercadotecnia.

5.º La empresa. El diseño de la organización y cultura empresarial. Descripción de los distintos modelos jurídicos de empresas y características.

6.º El empresario individual. Trámites para el inicio de la actividad empresarial. Administración y gestión de empresas. Obligaciones jurídicas y fiscales. Programas de financiación y ayudas a empresas.

7.º La organización de la producción, venta y distribución en la empresa. Métodos de análisis de costes y el control de la calidad.

B) Derecho específico:

1.º Protección al diseño. Propiedad intelectual. Registro de la Propiedad Intelectual. Entidades de gestión. Propiedad industrial. Los modelos y dibujos industriales y artísticos. Registro y procedimiento registral.

2.º La protección internacional de las innovaciones.

3.º Los signos distintivos: marca, rótulo y nombre comercial.

c) Criterios de evaluación: se valorarán los siguientes términos: información profesional:

1.º Capacidad de asimilación de los conceptos fundamentales que se incluyen en los bloques temáticos.

2.º Interés por la materia.

3.º Utilización correcta de una terminología específica en torno a los contenidos económicos, laborales, de «marketing» y mercadotecnia, jurídicos o empresariales.

4.º Valoración razonada de la normativa específica por la que se sigue este campo profesional.

3.4 Fase de prácticas en empresas, estudios o talleres.

A efectos del cómputo total horario, se atribuye a la fase de prácticas en empresas, estudios o talleres un mínimo de veinticinco horas.

Objetivos:

1.º Asumir la realidad profesional para completar la formación académica, realizando un cometido laboral de responsabilidad acorde con su nivel.

2.º Tomar contacto con el mundo del trabajo y con su sistema de relaciones sociales, laborales y técnicas.

3.º Contrastar los conocimientos adquiridos en el centro educativo con la realidad empresarial y laboral.

4.º Adquirir, a través del contacto con la empresa, los conocimientos complementarios necesarios para la práctica de la profesión tanto sobre la propia especialidad como sobre la situación y relaciones de mercado, tendencias artísticas y culturales, organización y coordinación del trabajo, gestión empresarial, relaciones de una empresa, etc.

5.º Adquirir los conocimientos técnicos de útiles, herramientas, aparatos y máquinas que, por su especialización, coste o novedad, no están al alcance del centro educativo.

6.º Participar de forma activa en las fases del proceso productivo, bajo la tutoría o dirección correspondiente.

7.º Aplicar los conocimientos y habilidades adquiridos en la formación teórica práctica del alumno en los centros docentes.

8.º Integrarse en el mundo laboral y en el sistema técnico-social de la empresa.

3.5 Proyecto final.

A efectos del cómputo total horario, se atribuye al proyecto final un mínimo de setenta y cinco horas.

Se realizará un proyecto concreto de la especialidad elegido por el alumno, o sugerido por el centro educativo. Estará orientado por el centro educativo y podrá ser asesorado, en su caso, por empresas, talleres o estudios profesionales, o profesionales autónomos. El proyecto constará de los siguientes apartados:

a) Información:

1.º Documentación histórica, técnica, de referencia.

2.º Desarrollo de la idea: memoria, bocetos.

b) Comunicación:

1.º Dibujos o planos.

2.º Detalles constructivos.

3.º Presupuestos económicos.

c) Realización:

1.º Prototipo o maqueta

2.º Realización: total, parcial, con o sin participación de la empresa; según: tiempo, tecnología, escala.

En su evaluación podrán intervenir, corresponsablemente, centro educativo, profesionales especializados o representantes de organismos o instituciones culturales y artísticas.

4. Relación numérica profesor/alumno

De acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas artísticas, para la impartición de las enseñanzas correspondientes a los siguientes módulos, se mantendrá una relación numérica profesor/alumno no superior a 1/15:

a) Modelismo.

b) Modelismo: estilista.

Al resto de los módulos se aplicará la ratio máxima 1/30.

5. Instalaciones

Para la impartición de este ciclo formativo se requerirán las instalaciones establecidas en el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril.

6. Correspondencias

Podrán ser objeto de correspondencia con la práctica laboral los siguientes módulos:

a) «Marketing».

b) Modelismo.

c) Formación y orientación laboral

Asimismo, podrán quedar total o parcialmente exentos de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, quienes acrediten experiencia laboral en el campo profesional directamente relacionado con este ciclo formativo.

Modelismo de Indumentaria

1. Identificación del título

El ciclo formativo de grado superior «Modelismo de Indumentaria» está orientado a formar profesionales cualificados para concretar sobre el patrón los diseños de estilista, ejerciendo su actividad en los mismos sectores: alta costura «prêt a porter».

Como profesional específico de un campo muy concreto, el de las prendas y accesorios de que se reviste la figura humana y completan su personalidad, el modelista debe poseer una formación polivalente, profundamente asentada en campos diversos, que van desde el desarrollo de la sensibilidad artística, el conocimiento del dibujo, el color o la anatomía, hasta los más recientes procesos tecnológicos relacionados con las materias primas de que se vale, pasando por una capacitación adecuada en el ámbito de la comunicación y una atención continuada a la evolución cultural, social y económica de su tiempo.

Desde que se considera definido el concepto de moda, a partir de la época bajomedieval, el realizador del indumento (bajo las diferentes denominaciones de oficios insertos en los gremios tradicionales: sastre, modisto, etc.), ha experimentado un proceso evolutivo que le ha llevado a integrarse en la aceleración progresiva experimentada por los cambios del gusto, a especializarse profundamente con el paso de los siglos y a convertirse en un profesional que ha de adaptarse a las tendencias y necesidades del mercado.

Las profundas transformaciones sociales y económicas de nuestro siglo, que han impuesto la evolución que lleva de la alta costura a la confección seriada, ha abierto simultáneamente gran cantidad de posibilidades a este profesional, tanto en planteamientos artesanales como industriales, y contando con su capacidad imaginativa, los recursos que le proporcionan las técnicas de «marketing» y sus aplicaciones dentro de la economía de consumo, tiene garantizado un papel de relevancia en la dinámica laboral contemporánea.

Por ello, al adecuar mediante este ciclo formativo la formación que requiere el modelista a la nueva Ordenación del Sistema Educativo, se actualizan y especializan, estructural y académicamente, unas enseñanzas que se han impartido en las Escuelas de Artes Aplicadas bajo la denominación de «figurines», desde 1963, habiendo sido éstos los primeros centros españoles que les otorgaron titulación oficial en nuestro país.

Este ciclo, por tanto, tiene por objeto formar profesionales conocedores de este campo, con lo que se ofrecen las mejores expectativas para una renovación que responda a las necesidades de nuestro tiempo.

1.1 Denominación: Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño en Modelismo de Indumentaria.

1.2 Nivel: grado superior de Artes Plásticas y Diseño.

1.3 Duración total del ciclo: mil ochocientas setenta y cinco horas.

2. Descripción del perfil profesional

2.1 Campo profesional.

La especialidad «Modelista de Indumentaria», orienta principalmente su trabajo, en estrecha colaboración con el estilista, hacia la interpretación y verificación de los diseños mediante los patrones y el tejido, elaborando así los prototipos que han de servir de base para el posterior trabajo de ejecución en talleres.

La actividad laboral de este profesional requiere habilidad y buen gusto, rapidez en la ejecución y conocimiento preciso de los problemas de realización.

A causa de la diversificación que existe en las empresas del sector en cuanto a tamaño y producto, las funciones de este profesional variarán formalmente dependiendo de cómo sea la empresa.

El modelista de indumentaria debe estar preparado para:

1.º Interpretar y concretar los diseños del estilista.

2.º Analizar y comprender la intención del creador antes de la realización del prototipo.

3.º Trabajar en equipo a nivel de organización y dirección del trabajo en los talleres de confección:

a) En la gran empresa su actividad está dentro del Departamento de Diseño elaborando los prototipos y siendo el responsable de que los diseños sean viables, así como de todos los aspectos referentes a las fases tecnológicas de la fabricación en serie.

b) En la mediana y pequeña empresas puede asumir las funciones del estilista además de las propias, lo que confiere a su actividad un mayor nivel de autonomía que en la gran empresa.

2.2 Tareas más significativas.

Las tareas más significativas del modelista de indumentaria:

1.ª Interpretar correctamente las formas y estilo de los diseños, haciéndolos operativos.

2.ª Traducir la representación artística del figurín al plano, verificando proporciones y medidas, para facilitar su comprensión en la realización del prototipo.

3.ª Realizar la «toile» sobre el maniquí para, a partir de las formas obtenidas, hacer el patrón.

4.ª Investigar en el patrón para una mejor adaptación al diseño.

5.ª Evaluar la fiabilidad del diseño, en cuanto a su funcionalidad y armonía estética.

6.ª Asegurar la realización de los prototipos respetando el estilo de los diseños.

7.ª Consolidar las bases de un buen patronaje asegurando la respuesta de los restantes talleres.

8.ª Establecer el lazo intermedio entre la creación y la realización.

9.ª Elaborar, mantener y/o completar la ficha técnica del

prototipo.

10. Concebir las formas y los volúmenes de las prendas a partir de un conocimiento profundo de las tendencias del momento o de la obra a representar.

3. Enseñanzas mínimas.

3.1 Objetivos generales del ciclo formativo.

1.º Analizar y desarrollar los procesos básicos de realización propios de la especialidad.

2.º Conocer y saber utilizar los sistemas de creación y elaboración de productos propios de la especialidad, tanto en lo referente a tendencias plásticas como a las técnicas que se integran dentro de este campo profesional.

3.º Valorar de forma idónea las necesidades planteadas en la propuesta de trabajo, así como los aspectos plásticos, artísticos, técnicos, organizativos y económicos, para configurar el proyecto y seleccionar las especificaciones plásticas y técnicas oportunas para conseguir un óptimo resultado en su trabajo profesional.

4.º Resolver los problemas artísticos y tecnológicos que se planteen durante el proceso de proyectación y realización.

5.º Conocer con detalle las especificaciones técnicas de los equipos y maquinaria utilizados.

6.º Conocer y saber utilizar las medidas preventivas necesarias para que los procesos de realización utilizados no incidan negativamente en el medio ambiente.

7.º Investigar las formas, materiales, técnicas y procesos creativos y artísticos relacionados con la especialidad.

8.º Conocer y comprender el marco legal, económico y organizativo que regula y condiciona la actividad profesional en el campo propio de la especialidad.

9.º Analizar, adaptar y, en su caso, generar documentación artístico-técnica imprescindible en la formación y adiestramiento de profesionales del sector.

10. Seleccionar y valorar críticamente las situaciones plásticas, artísticas, técnicas y culturales derivadas del avance tecnológico y artístico de la sociedad, de forma que le permitan desarrollar su capacidad de autoaprendizaje a fin de evolucionar adecuadamente en la profesión.

11. Adquirir los conocimientos elementales para rentabilizar el trabajo.

3.2 Distribución horaria de las enseñanzas mínimas.

Estructura general / Horas mínimas

Módulos impartidos en el centro educativo. / 925

Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres / 25

Proyecto final / 75

Suma horas enseñanzas mínimas / 1.025

3.3 Formación en centros edicativos.

3.3.1 Módulos correspondientes a las enseñanzas mínimas:

Módulos / Horas mínimas

Dibujo del natural y su aplicación a la indumentaria / 300

Historia de la indumentaria / 100

Diseño asistido por ordenador / 125

Marketing / 50

Modelismo / 100

Modelismo: moda / 200

Formación y orientación laboral / 50

Suma / 925

3.3.2 Objetivos, contenidos y criterios de evaluación de los diversos módulos.

I. Dibujo del natural y su aplicación a la indumentaria.

a) Objetivos:

1.º Adquirir el conocimiento anatómico y la capacidad para representar la figura humana, como elementos de formación esenciales para poder expresar ideas y desarrollar la creatividad.

2.º Utilizar diferentes técnicas y elementos de composición plástica, a fin de concretar el dibujo y el color en una aplicación práctica y creativa.

b) Contenidos:

1.º Técnicas de dibujo aplicadas a la especialidad. Materiales.

2.º Dibujo del desnudo. Proporciones. Anatomía.

3.º Proporciones del cuerpo humano; aplicación al diseño; aplicación al figurín.

4.º Ejercicios de retentiva.

5.º Modelo vestido sobre maniquí; volúmenes; aplicación al figurín.

6.º Dibujo de movimiento; aplicación al figurín.

7.º Figurinismo e ilustración. Complementos.

8.º Dibujo creativo.

9.º Dibujo de tejidos: lisos, estampados. Texturas.

10. Dibujo del vestido a través del tiempo. Figurines.

11. Ilustración de moda.

c) Criterios de evaluación: se valorarán los siguientes términos:

1.º La capacidad para comprender y representar la figura humana, sus proporciones y ritmos y sus aplicaciones al figurín; y si es capaz de utilizar distintos materiales y técnicas de dibujo, en aplicaciones concretas.

2.º La capacidad de plasmar en el dibujo diferentes clases de tejidos para su aplicación al figurín.

3.º El grado de aportaciones personales y de investigación desarrolladas en el trabajo propuesto.

4.º La sensibilidad demostrada.

II. Historia de la indumentaria.

a) Objetivos:

1.º Desarrollar la comprensión visual y conceptual de ámbito histórico, económico, social y cultural en que se desarrollan la indumentaria y la moda.

2.º Comprender las especificaciones de su lenguaje y relacionarlas en el espacio y en el tiempo con otras manifestaciones artísticas o con aquellas que caracterizan a las distintas culturas visuales.

3.º Conocer la génesis y evolución histórica de las diversas fórmulas del traje y tendencias de la moda, insistiendo en las manifestaciones contemporáneas y en sus conexiones con el arte de nuestro siglo.

4.º Coordinar planteamientos de trabajo y actividades en común con las distintas disciplinas que se integran en este ciclo formativo superior, para reunir el conocimiento teórico de la evolución del indumento con la realización del mismo.

b) Contenidos:

1.º El traje como manifestación cultural y artística: factores funcionales, climatológicos, sociales y estéticos que lo configuran. Significado expresivo de materiales, formas, colores y complementos. Concepto de moda y su trascendencia histórica, social y económica. Fuentes iconográficas.

2.º Orígenes del vestir. El traje de las civilizaciones antiguas: tipologías fundamentales. Sencillez griega y suntuosidad romana. El adorno personal en la antigüedad.

3.º El indumento europeo de la Alta Edad Media: modalidades occidentales y orientales; influencias asiáticas y musulmanas. La Baja Edad Media: el traje y las clases sociales. Definición de «la moda».

4.º El Renacimiento: búsqueda de un ideal de belleza armónica. Las industrias del lujo. Difusión de la moda española. Variantes nacionales. El grabado como medio informativo de tendencias.

5.º La estética barroca: tendencias del gusto. Repercusiones de la moda francesa y holandesa. Publicaciones de moda. La sociedad y el vestir en el siglo de la Ilustración: aceleración de las modas. Revistas especializadas y creadoras de moda. Influencia inglesa.

6.º Consecuencias de la Revolución Industrial en la indumentaria. Cambios políticos y económicos y sus repercusiones sobre la forma de vestir. De la silueta Imperio al gusto romántico: ámbitos de influencia de Francia e Inglaterra. Aparición del la «confección» e internacionalización de la moda. La alta costura y la consagración de lo francés.

7.º Del fin del siglo a la Primera Guerra Mundial: tendencias e influencias. Moda industrial y artesanal. La sociedad de la «Belle Epoque»: hacia la libertad en el vestir. Consecuencias de la guerra de 1914 sobre el traje y las formas de vida. Variantes del período de entreguerras.

8.º Moda posterior a la Segunda Guerra Mundial: «línea» de creación y de confección. Nuevos materiales textiles y de adorno. Cambio del concepto de «elegancia». Tendencias de los años cincuenta, sesenta, setenta y ochenta. La moda actual.

9.º Formas de vestir especializadas. Moda profesional: militar, religiosa, teatral. Fórmulas sociales: popular, de luto, infantil. Evolución histórica de los tipos fundametales.

c) Criterios de evaluación: se valorarán los siguientes términos:

1.º Capacidad de percepción visual, razonada y científica, de la cultura del vestir, de sus valores estéticos y plásticos y de los variados elementos que la configuran.

2.º Comprensión razonada y juicio crítico ante las manifestaciones artísticas y su reflejo en el mundo de la moda, que permitan encuadrar estas manifestaciones en el contexto histórico, social, cultural y temporal en el que se han producido.

3.º Sensibilidad manifestada ante el análisis del hecho artístico, pasado o actual, y capacidad de interpretar adecuadamente la diversidad de factores que actúan sobre la definición de la moda y el indumento.

4.º Utilización de un lenguaje claro y conciso y de una terminología y un vocabulario específico idóneos.

III. Diseño asistido por ordenador.

a) Objetivos:

1.º Aprender a utilizar correctamente el material y los equipos informáticos.

2.º Usar el ordenador como técnica de aplicación en el proceso creativo y productivo y como instrumento de comunicación y gestión.

b) Contenidos:

1.º Introducción a la informática.

2.º Sistemas operativos.

3.º Dispositivos de entrada y salida.

4.º Sistemas CAD/CAM.

5.º «Software» específico.

6.º Automatización y control de procesos.

7.º Uso de la tecnología informática del patrón. Sistemas de representación. Normalización.

8.º Tecnología informática aplicada al corte y a la confección industrial.

9.º «Software» de ilustración y diseño.

10. Ofimática.

c) Criterios de evaluación: se valorará:

1.º El conocimiento y la capacidad del alumno para utilizar correctamente el material y los equipos informáticos.

2.º La capacidad para seleccionar el medio informático adecuado, sus resultados, alcance y posibles combinaciones con otros medios.

IV. Marketing.

a) Objetivos:

1.º Conocer las técnicas comerciales básicas, con el fin de poder realizar estudios sobre posibles mercados y sus canales de distribución.

2.º Identificar y conocer el proceso y las técnicas de investigación de mercados.

3.º Conocer los distintos sistemas de planificación de ventas y determinación de los precios.

4.º Conocer las distintas estrategias de promoción de productos.

5.º Alcanzar una comprensión global del sistema distributivo de la empresa.

6.º Identificar los pasos a seguir para asegurar una ejecución de las estrategias de «marketing».

7.º Analizar los distintos tipos de costos.

b) Contenidos:

1.º El «marketing»: concepto, naturaleza y funciones del «marketing».

2.º La investigación de mercados. Procesos y técnicas.

3.º El producto: concepto y tipos. Ciclos de vida del producto. Etapas de desarrollo de un nuevo producto. Los productos de moda.

4.º La determinación de los requisitos del producto: influencias personales y socioculturales en el comportamiento de compra. Estudio de las motivaciones.

5.º El planteamiento de la venta y las operaciones de venta: métodos de venta. Elaboración de presupuestos. Determinación de los precios. Los descuentos. Metodología de las argumentaciones de venta. La recogida de información sobre la demanda o pedido.

6.º Promoción de ventas y publicidad: técnicas y estrategias. La promoción de ventas a nivel detallista.

7.º La distribución: concepto, funciones y sistemas de distribución. Los canales de distribución: mayoristas y minoristas. Las nuevas formas de distribución comercial. Los costes.

8.º El servicio del producto: la calidad. Análisis de la satisfacción del cliente y del normal resultado de los productos.

c) Criterios de evaluación: se valorarán los siguientes términos:

1.º Capacidad de asimilación de los conceptos fundamentales que se incluyen en los bloques temáticos.

2.º Interés por la materia.

3.º Utilización correcta de una terminología específica.

V. Modelismo.

a) Objetivos: mediante el conocimiento de los sistemas de patronaje, sastrería y nociones de corte y técnicas de confección, asegurar una mejor interpretación de los diseños.

b) Contenidos:

1.º Patronaje. Sistemas.

2.º Técnicas de confección: a mano y a máquina.

3.º Patrones base.

4.º Transformaciones.

5.º La marcada. Cálculo y distribución en el tejido.

6.º Elaboración del prototipo. Escalado.

7.º El adorno aplicado al traje.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará: la capacidad del alumno para iniciarse en la realización de cualquier prenda de vestir y la adecuada interpretación de los diseños de moda o de espectáculos, desarrollando todo el proceso de elaboración, teniendo en cuenta sus características, su aplicación y la técnica de realización más adecuada.

VI. Modelismo: moda.

a) Objetivo: interpretar correctamente los diseños del estilista de moda, elaborando los prototipos mediante la utilización de materiales y técnicas de realización idóneas.

b) Contenidos:

1.º El patrón. Sus aplicaciones y diferencias: hombre, mujer y niño.

2.º Sastrería. transformaciones: montaje y escalado.

3.º Diferenciación de patrones en los distintos sistemas de sastrería y modistería.

c) Criterios de evaluación:

Se valorará: la capacidad del alumno para realizar cualquier prenda de vestir desarrollando todo el proceso de elaboracion, teniendo en cuenta sus características, su aplicación y la técnica de realización más adecuada, así como la adecuada interpretación de los diseños del estilista de moda.

VII. Formación y orientación laboral.

Este espacio lectivo está estructurado en dos bloques:

El primer bloque está dedicado a la información profesional, impartida por el profesor del centro correspondiente a la materia y los contenidos constan de una parte general, tendente a que el alumno se familiarice con el marco jurídico de condiciones de trabajo y salud con los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones contractuales de trabajo, ya sean por cuenta ajena o por cuenta propia. Permite además, orientar en la búsqueda de un puesto de trabajo acorde con el perfil profesional y/o formar para el autoempleo. En segundo lugar consta de una parte específica propia de cada campo profesional.

El segundo bloque, dedicado a la colaboración de expertos, externos al centro, pretende posibilitar al alumno una mayor aproximación a la realidad sociolaboral, cultural y técnica a través de la recepción de contenidos teóricos y prácticos que giren en torno a la especialidad: charlas de representantes de asociaciones y colegios profesionales, críticos de arte y profesionales en nuevas tecnologías o en el campo creativo, etc.

Las Escuelas de Arte acordarán las colaboraciones de los correspondientes expertos fijando para ello una temporalización flexible y circunscribiéndose al tiempo establecido para este bloque.

a) Objetivos:

1.º Familiarizarse con el marco legal del trabajo y conocer los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales.

2.º Adquirir la sensibilización necesaria acerca de la salud laboral como determinante, tanto de la calidad de vida como de los resultados de calidad en la actividad productiva.

3.º Conocer las distintas vías de acceso al empleo así como las ayudas de organismos e instituciones dedicadas a este fin, nacionales y comunitarios.

4.º Capacitarse para realizar tareas asociativas adquiriendo actitudes de cooperación e incluso de actividades de trabajo en grupo.

5.º Adquirir las bases necesarias para organizar una empresa de pequeño y mediano tamaño así como la comercialización de sus productos teniendo en cuenta los factores de producción y distribución, las relaciones mercantiles y los aspectos jurídicos y sociolaborales que intervienen.

6.º Conocer los instrumentos jurídicos propios de la especialidad.

b) Contenidos.

A) Comunes:

1.º El marco jurídico de las relaciones laborales: Estatuto de los Trabajadores y reglamentación específica del sector.

2.º Medidas de seguridad e higiene en el trabajo.

3.º Sistemas de acceso al empleo. Técnicas. Organismos que prestan ayuda a la inserción laboral.

4.º Conceptos básicos de economía y mercadotecnia.

5.º La empresa. El diseño de la organización y cultura empresarial. Descripción de los distintos modelos jurídicos de empresas y características.

6.º El empresario individual. Trámites para el inicio de la actividad empresarial. Administración y gestión de empresas. Obligaciones jurídicas y fiscales. Programas de financiación y ayudas a empresas.

7.º La organización de la producción, venta y distribución en la empresa. Métodos de análisis de costes y el control de la calidad.

B) Derecho específico:

1.º Protección al diseño. Propiedad intelectual. Registro de la Propiedad Intelectual. Entidades de gestión. Propiedad industrial. Los modelos y dibujos industriales y artísticos. Registro y procedimiento registral.

2.º La protección internacional de las innovaciones.

3.º Los signos distintivos: marca, rótulo y nombre comercial.

c) Criterios de evaluación: se valorarán los siguientes términos: información profesional:

1.º Capacidad de asimilación de los conceptos fundamentales que se incluyen en los bloques temáticos.

2.º Interés por la materia.

3.º Utilización correcta de una terminología específica en torno a los contenidos económicos, laborales, de «marketing» y mercadotecnia, jurídicos o empresariales.

4.º Valoración razonada de la normativa específica por la que se rige este campo profesional.

3.4 Fase de prácticas en empresas, estudios o talleres.

A efectos del cómputo total horario, se atribuye a la fase de prácticas en empresas, estudios o talleres un mínimo de veinticinco horas.

Objetivos:

1.º Asumir la realidad profesional para completar la formación académica, realizando un cometido laboral de responsabilidad acorde con su nivel.

2.º Tomar contacto con el mundo del trabajo y con su sistema de relaciones sociales, laborales y técnicas.

3.º Contrastar los conocimientos adquiridos en el centro educativo con la realidad empresarial y laboral.

4.º Adquirir, a través del contacto con la empresa, los conocimientos complementarios necesarios para la práctica de la profesión tanto sobre la propia especialidad como sobre la situación y relaciones de mercado, tendencias artísticas y culturales, organización y coordinación del trabajo, gestión empresarial, relaciones de una empresa, etc.

5.º Adquirir los conocimientos técnicos de útiles, herramientas, aparatos y máquinas que, por su especialización, coste o novedad, no están al alcance del centro educativo.

6.º Participar de forma activa en las fases del proceso productivo, bajo la tutoría o dirección correspondiente.

7.º Aplicar los conocimientos y habilidades adquiridos en la formación teórica práctica del alumno en los centros docentes.

8.º Integrarse en el mundo laboral y en el sistema técnico-social de la empresa.

3.5 Proyecto final.

A efectos del cómputo total horario, se atribuye al proyecto final un mínimo de setenta y cinco horas.

Se realizará un proyecto concreto de la especialidad elegido por el alumno, o sugerido por el centro educativo. Estará orientado por el centro educativo y podrá ser asesorado, en su caso, por empresas, talleres o estudios profesionales, o profesionales autónomos. El proyecto constará de los siguientes apartados:

a) Información:

1.º Documentación histórica, técnica, de referencia.

2.º Desarrollo de la idea: memoria, bocetos.

b) Comunicación:

1.º Dibujos o planos.

2.º Detalles constructivos.

3.º Presupuestos económicos.

c) Realización:

1.º Prototipo o maqueta.

2.º Realización: total, parcial, con o sin participación de la empresa; según: tiempo, tecnología, escala.

En su evaluación intervendrán, corresponsablemente, centro educativo, profesionales especializados y representantes de organismos o instituciones culturales y artísticas.

4. Relación numérica profesor/alumno

De acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas artísticas, para la impartición de las enseñanzas correspondientes a los siguientes módulos, se mantendrá una relación numérica profesor/alumno no superior a 1/15:

a) Modelismo

b) Modelismo: moda.

c) Diseño asistido por ordenador.

Al resto de los módulos se aplicará la ratio máxima 1/30.

5. Instalaciones

Para la impartición de este ciclo formativo se requerirán las instalaciones establecidas en el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril.

6. Correspondencias

Podrán ser objeto de correspondencia con la práctica laboral los siguientes módulos:

a) Marketing.

b) Modelismo.

c) Diseño asistido por ordenador.

d) Formación y orientación laboral.

Asimismo, podrán quedar total o parcialmente exentos de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, quienes acrediten experiencia laboral en el campo profesional directamente relacionado con este ciclo formativo.

ANEXO II

Ciclos formativos de grado superior de la familia

profesional de las Artes Aplicadas a la Indumentaria

Profesorado que los imparte

Los funcionarios del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño impartirán, con carácter preferente, los módulos de estos ciclos de acuerdo con la atribución de módulos a especialidades que figura en la columna (A) del presente anexo.

No obstante, a fin de lograr una optimización en el aprovechamiento de los recursos disponibles en el centro, en la organización del mismo, dichos módulos podrán ser impartidos por funcionarios de otras especialidades de acuerdo con lo que figura en la columna (B), sin que ello surta efectos en la adscripción de especialidad.

Módulos / Especialidad del profesorado: (A) / (B)

Profesor A.P.D. de:

Historia de la Indumentaria. / Cultura General Cerámica.

Historia del Arte.

Historia del Arte y de la Cerámica.

Profesor A.P.D. de: / Profesor A.P.D. de:

Dibujo del natural y su aplicación a la Indumentaria. / Dibujo Artístico.

Colorido y Procedimientos Pictóricos. / Diseño de Figurines.

Corte y Confección.

Composición Decorativa, Pintura y Escultura Religiosas.

Decoración sobre Pastas Cerámicas.

Análisis de Forma y Color.

Procedimientos Pictóricos.

Técnicas de Colorido Aplicado a la Cerámica.

Dibujo Publicitario.

Composición Ornamental y Proyectos.

Composición Ornamental.

Estilización Artística y Colorido.

Decoración Elemental Cerámica.

Maestro Taller A.P.D. de:

Modelismo. / Corte y Confección.

Diseño de Figurines.

Figurines.

Patronaje, Escalado y Técnicas de Confección.

Profesor A.P.D. de:

Formación y Orientación Laboral. / Derecho Usual.

Organización Industrial.

Profesor A.P.D. de:

«Marketing». / Derecho Usual.

Organización Industrial.

Profesor A.P.D. de: / Profesor A.P.D. de:

Estilismo. / Diseño de Figurines. / Dibujo Artístico.

Corte y Confección. / Colorido y Procedimientos Pictóricos.

Composición Decorativa, Pintura y Escultura Religiosas.

Decoración sobre Pastas Cerámicas.

Análisis de Forma y Color.

Procedimientos Pictóricos.

Técnicas de Colorido Aplicado a la Cerámica.

Dibujo Publicitario.

Composición Ornamental y Proyectos.

Composición Ornamental.

Estilización Artística y Colorido.

Decoración Elemental Cerámica.

Maestro Taller A.P.D. de:

Modelismo: estilista. / Corte y Confección.

Diseño de Figurines.

Figurines.

Patronaje, Escalado y Técnicas de Confección.

Profesor A.P.D. de:

Diseño Asistido por Ordenador. / Diseño Asistido por Ordenador.

Maestro Taller A.P.D. de:

Modelismo: moda. / Corte y Confección.

Diseño de Figurines.

Figurines.

Patronaje, Escalado y Técnicas de Confección.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 01/09/1995
  • Fecha de publicación: 09/10/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 10/10/1995
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD estableciendo el Curriculo y Prueba de Acceso a los Ciclos Formativos de Grado Superior: Real Decreto 553/1998, de 2 de abril (Ref. BOE-A-1998-9959).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 38 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (Ref. BOE-A-1990-24172).
    • disposición adicional primera, apartado 2, de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (Ref. BOE-A-1985-12978).
  • CITA:
Materias
  • Artes Plásticas y Diseño
  • Enseñanza Artística
  • Escuelas de Artes aplicadas y Oficios artísticos
  • Títulos académicos y profesionales

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