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Vista la propuesta formulada por el Rectorado de la Universidad del País Vasco en orden a la aprobación de la modificación del Plan de Estudios de Segundo Ciclo de la Especialidad de <Geografía> de la Facultad de Filología y Geografía e Historia de la citada Universidad, aprobado por Orden ministerial de 27 de octubre de 1978 (<Boletín Oficial del Estado> de 10 de enero de 1979);
Considerando que se han cumplidos las normas dictadas por este Departamento en materia de elaboración de los planes de estudios de las Facultades y Escuelas Técnicas Superiores y, 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, y visto el informe favorable de la Junta Nacional de Universidades.
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.- Aprobar la modificación del Plan de Estudios del Segundo Ciclo de la Especialidad de <Geografía> de la Facultad de Filología y Geografía e Historia, de la Universidad del País Vasco, aprobado por Orden ministerial de 27 de octubre de 1978 (<Boletín Oficial del Estado> de 10 de enero de 1979), en el sentido de añadir dos clases practicas a cada asignatura del mencionado Plan de Estudios, salvo las que figuran en el mismo como Curso Monográfico variable.
Segundo.- La aprobación a que se refiere el número anterior no implicará aumento del gasto público.
Madrid, 15 de junio de 1984.- P. D. (Orden de 27 de marzo de 1982), el Director General de Enseñanza Universitaria, Emilio Lamo de Espinosa.
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