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Documento BOE-A-1984-10419

Real Decreto 885/1984, de 11 de abril, por el que se modifica el artículo 24 de los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 1984, páginas 13317 a 13317 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1984-10419
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1984/04/11/885

TEXTO ORIGINAL

El artículo 49 de los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación, aprobado por Decreto 1251/1976, de 8 de abril, establece que <la reforma de los Estatutos sólo podrá verificarse por acuerdo de las tres cuartas partes de los asistentes y representados en la Asamblea general extraordinaria de colegiados convocada al efecto>.

En la Asamblea general extraordinaria celebrada el 10 de marzo de 1982 por el referido Colegio, y cumplidos los requisitos exigidos en el artículo 49 de los Estatutos, se tomó el acuerdo de modificar el artículo 24 de los mismos.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Transportes, Turismo y Comunicaciones y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de abril de 1984, dispongo:

Artículo único.-El artículo 24 de los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación, aprobado por Decreto 1251/1976, de 8 de abril, quedará redactado como sigue:

<Artículo 24.-La Junta de Gobierno estará constituida por los siguientes miembros: Decano, Vicedecano, Secretario, Vicesecretario, Tesorero y seis Vocales.

Todos los cargos de la Junta Directiva o de Gobierno se elegirán por la Asamblea general de colegiados, por un período de cuatro años, renovándose cada dos años la mitad, pudiendo ser reelegidos una o varias veces.

Los candidatos para ocupar cargos en la Junta de Gobierno vendrán obligados a cumplir los requisitos que determina el artículo 1. del Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.>

Dado en Madrid a 11 de abril de 1984.-JUAN CARLOS R.-EL Ministro de Transportes, Turismo y Comunicaciones, Enrique Barón Crespo.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 11/04/1984
  • Fecha de publicación: 14/05/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 03/06/1984
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Real Decreto 418/2006, de 7 de abril (Ref. BOE-A-2006-7681).
  • Fecha de derogación: 30/04/2006
Referencias anteriores
Materias
  • Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación
  • Correos y Telecomunicaciones

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