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Ilustrísimo señor:
La Orden ministerial de 28 de noviembre de 1975 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de diciembre) fija las convalidaciones de estudios extranjeros por los correspondientes españoles del Bachillerato y segunda etapa de la Educación General Básica. En la tabla de equivalencias de estudios extranjeros convalidables que figura como anexo a esta Orden no se incluye a Australia entre los países cuyos estudios cursados en Centros oficiales pueden ser objeto de, convalidación, a pesar de la importancia creciente que va adquiriendo en ese país la colonia española residente, fundamentalmente emigrante, razón por la cual parece oportuno completar esa tabla de convalidaciones con la inclusión en la misma del mencionado país.
En su virtud, previo informe del Consejo Nacional de Educación y al amparo de la autorización concedida en la disposición final quinta del Decreto 1676/1969, de 24 de julio,
Este Ministerio ha dispuesto:
Los estudios de nivel primario y secundario realizados en Centros oficiales australianos por españoles residentes en aquel país serán convalidados de acuerdo con la tabla de equivalencias que figura como anexo de esta Orden.
El procedimiento de convalidación se ajustará a lo dispuesto en la Orden ministerial de 28 de noviembre de 1975, y en el caso de que los estudios a convalidar hayan sido cursados por alumnos españoles emigrantes, serán de plena aplicación los preceptos contenidos en el Real Decreto 481/1978, de 2 de marzo, y Orden ministerial de 19 de febrero de 1979.
Queda autorizada la Secretaría General Técnica para resolver cuantas dudas se susciten en la aplicación de la presente Orden.
Lo que comunico a V. I.
Madrid, 12 de diciembre de 1980.
ORTEGA Y DIAZ-AMBRONA
Ilmo. Sr. Secretario general Técnico.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid