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Documento DOUE-L-1977-80129

Sexta Directiva del Consejo, de 17 de mayo de 1977, en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios - Sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido; base imponible uniforme.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 145, de 23 de junio de 1977, páginas 1 a 40 (40 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1977-80129

TEXTO ORIGINAL

Texto no disponible. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANÁLISIS

  • Rango: Directiva
  • Fecha de disposición: 17/05/1977
  • Fecha de publicación: 23/06/1977
  • Cumplimiento a más tardar el 1 de enero de 1978.
  • Fecha de derogación: 01/01/2007
  • Permalink ELI EUR-Lex: http://data.europa.eu/eli/dir/1977/388/spa
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA, por Directiva 2006/98, de 20 de noviembre (Ref. DOUE-L-2006-82599).
  • SE DEROGA, por Directiva 2006/112, de 28 de noviembre (Ref. DOUE-L-2006-82505).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 28.6 sobre la Autorización de los Estados miembros a aplicar un tipo reducido de IVA a algunos servicios de gran intensidad de mano de obra: Decisión 2006/774, de 7 de noviembre (Ref. DOUE-L-2006-82162).
  • SE MODIFICA:
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 28.6, sobre la Autorización a los Estados miembros a aplicar un tipo reducido de IVA a algunos servicios de gran intensidad de mano de obra: Decisión 2000/185, de 28 de febrero (Ref. DOUE-L-2000-80415).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 28 y se añade el anexo K, por la Directiva 99/85, de 22 de octubre (Ref. DOUE-L-1999-82049).
    • los arts. 9 y 21, por la Directiva 99/59, de 17 de junio (Ref. DOUE-L-1999-81179).
    • el art. 12.3, por la Directiva 99/49, de 25 de mayo (Ref. DOUE-L-1999-81010).
  • SE AÑADE el art. 26 ter y se suprimen la letra e) del art. 12.3 y el punto 26 del anexo F, por la Directiva 98/80, de 12 de octubre (Ref. DOUE-L-1998-81870).
  • SE TRANSPONE parcialmente , por Real Decreto-ley 14/1997, de 29 de agosto (Ref. BOE-A-1997-19125).
  • SE SUSTITUYE el art. 12.3.A), por la Directiva 96/95, de 20 de diciembre (Ref. DOUE-L-1996-82267).
  • SE SUPRIME la letra D) del art. 12.3 y se añade la letra I) al art. 28.2, por el Directiva 96/42, de 25 de junio (Ref. DOUE-L-1996-81122).
  • SE MODIFICA por la Directiva 95/7, de 10 de abril (Ref. DOUE-L-1995-80494).
  • SE AÑADE el título XVI Quater y el art. 28, por la Directiva 94/76, de 22 de diciembre (Ref. DOUE-L-1994-82294).
  • SE MODIFICA:
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD : Reglamento (CEE, EURATOM) núm. 1553/89, de 29 de mayo de 1989 (Ref. DOUE-L-1989-80517).
Referencias anteriores
Materias
  • Actividades económicas
  • Armonización de legislaciones
  • Comités consultivos
  • Empresas
  • Exenciones
  • Impuesto sobre el Valor Añadido

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