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Documento DOUE-L-2017-80980

Reglamento (UE) 2017/821 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por el que se establecen obligaciones en materia de diligencia debida en la cadena de suministro por lo que respecta a los importadores de la Unión de estaño, tantalio y wolframio, sus minerales y oro originarios de zonas de conflicto o de alto riesgo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 130, de 19 de mayo de 2017, páginas 1 a 20 (20 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-80980

TEXTO ORIGINAL

Texto no disponible. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 17/05/2017
  • Fecha de publicación: 19/05/2017
  • Aplicable desde el 9 de julio de 2017, con las excepciones indicadas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en DOUE L 84 de 23 de marzo de 2023 (Ref. DOUE-L-2023-80437).
  • SE MODIFICA el anexo I, por Reglamento 2020/1588, de 25 de junio (Ref. DOUE-L-2020-81583).
  • SE COMPLETA, por Reglamento 2019/429, de 11 de enero (Ref. DOUE-L-2019-80411).
  • CORRECCIÓN de errores en DOUE L 127, de 23 de mayo de 2018 (Ref. DOUE-L-2018-80844).
Materias
  • Cooperación internacional
  • Delincuencia organizada
  • Importaciones
  • Industrias
  • Información
  • Minerales
  • Normas de calidad
  • Organización de Cooperación y Desarrollo Económico
  • Terrorismo

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