LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 404/93 del Consejo, de 13 de febrero de 1993, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del plátano (1),
Visto el Reglamento (CEE) no 1442/93 de la Comisión, de 10 de junio de 1993, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de plátanos en la Comunidad (2), modificado por el Reglamento (CEE) no 2009/93 (3), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 4,
Considerando que el apartado 4 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 1442/93 dispone que las autoridades competentes de los Estados miembros comuniquen a la Comisión, antes del 10 de octubre, el volumen total de las cantidades solicitadas cada año por los operadores de la categoría C registrados ante ellas; que el volumen de las cantidades solicitadas para 1994 asciende a 205 054 780 toneladas y sobrepasa la parte de 70 000 toneladas del contingente arancelario fijada de conformidad con la letra c) del apartado 1 del artículo 19 del Reglamento (CEE) no 404/93; que, por consiguiente, conviene fijar un porcentaje uniforme de reducción que se aplicará a las cantidades solicitadas por cada operador,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Dentro del contingente arancelario establecido en los artículos 18 y 19 del Reglamento (CEE) no 404/93, la cantidad que se asignará a cada operador de la categoría C para el año 1994 se obtendrá aplicando, según lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 1442/93, un coeficiente uniforme de reducción del 0,000341372 al volumen solicitado por cada uno de ellos.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y
directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 28 de octubre de 1993.
Por la Comisión
René STEICHEN
Miembro de la Comisión
(1) DO no L 47 de 25. 2. 1993, p. 1.
(2) DO no L 142 de 12. 6. 1993, p. 6.
(3) DO no L 182 de 24. 7. 1993, p. 46.
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