Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto Legislativo
  • Fecha de disposición: 23/10/2015
  • Fecha de publicación: 24/10/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 13/11/2015

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • Cuestión 6694/2023, promovida por supuesta inconstitucionalidad del art. 48.4 a 6 (Ref. BOE-A-2024-4141).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD y se fija el salario mínimo interprofesional para 2024: Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero (Ref. BOE-A-2024-2251).
  • SE DEJA SIN EFECTO la modificación de los arts. 37.4, 84.3 y 4, y el añadido de la disposición adicional 28, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, por Resolución de 10 de enero de 2024 (Ref. BOE-A-2024-664).
  • SE MODIFICA los arts. 37.4, 84.3 y 4, y SE AÑADE la disposición adicional 28, por Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-25759).
  • SE DECLARA:
    • en el Recurso 4469/2021, su desestimación, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 9/2021, de 11 de mayo, por Sentencia 147/2023, de 6 de noviembre (Ref. BOE-A-2023-25629).
    • en el Recurso 4977/2021, su desestimación, por Sentencia 144/2023, de 25 de octubre (Ref. BOE-A-2023-24507).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 4, 34, 37, 45, 48, 53, 55, disposición adicional 19 y SE AÑADE el art. 48 bis, por Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (Ref. BOE-A-2023-15135).
    • el art. 37.6, por Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-2023-6967).
    • determinados preceptos, por Ley 4/2023, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2023-5366).
    • los arts. 27.2 y 51.2, por Ley 3/2023, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2023-5365).
    • con efectos desde el 1 de junio de 2023, el art. 45.1.d), por Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2023-5364).
    • el art. 33.2, por Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre (Ref. BOE-A-2022-14680).
    • con efectos desde el 7 de octubre de 2022, los arts. 37.8, 40.4, 45.1,49.1, 53.4, 55.5, por Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre (Ref. BOE-A-2022-14630).
  • Recurso 2191/2022 promovido contra el art. 84.2.d, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-9433).
  • SE CORRIGEN errores de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, en BOE núm. 125 de 26 de mayo de 2022 (Ref. BOE-A-2022-8562).
  • SE MODIFICA, con efectos desde el 31 de marzo de 2022, el art. 2.1.e), por Real Decreto-ley 5/2022, de 22 de marzo (Ref. BOE-A-2022-4583).
  • SE CORRIGEN errores del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, en BOE núm. 16 de 19 de enero de 2022 (Ref. BOE-A-2022-801).
  • SE MODIFICA el art. 84.2, en la redacción dada por el art. 1.9 del Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre, por Real Decreto-ley 1/2022, de 18 de enero (Ref. BOE-A-2022-800).
  • SE DEROGA, en la forma señalada, el art. 12.3, las disposiciones adicionales 15.1 y 2; 16 y 21, SE MODIFICA, en la forma indicada, determinados preceptos y SE AÑADE el art. 47 bis y las disposiciones adicionales 24 a 27, por Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-21788).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 37.6, por Ley 22/2021, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-21653).
    • la disposición adicional 10 y SE AÑADE la disposición transitoria 9, por Ley 21/2021, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-21652).
    • el art. 64.4 y SE AÑADE la disposición adicional 23, por Ley 12/2021, de 28 de septiembre (Ref. BOE-A-2021-15767).
    • los arts. 13, 23.1.a) y 37.8, por Ley 10/2021, de 9 de julio (Ref. BOE-A-2021-11472).
    • con efectos desde el 12 de agosto de 2021, el art. 64.4 y SE AÑADE la disposición adicional 23, por Real Decreto-ley 9/2021, de 11 de mayo (Ref. BOE-A-2021-7840).
    • los arts. 11 y 33.2, por Ley 11/2020, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-17339).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • sobre igualdad retributiva entre mujeres y hombres: Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre (Ref. BOE-A-2020-12215).
    • con los arts. 17.5 y 85.2, y establece planes de igualdad: Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre (Ref. BOE-A-2020-12214).
  • SE MODIFICA los arts. 13, 23.1.a) y 37.8, por Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre (Ref. BOE-A-2020-11043).
  • SE DEROGA el art. 52.d), por Ley 1/2020, de 15 de julio (Ref. BOE-A-2020-7937).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 8.2, por Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio (Ref. BOE-A-2020-6838).
    • el art. 33, por Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5315).
  • SE DEROGA el art. 52.d), por Real Decreto-ley 4/2020, de 18 de febrero (Ref. BOE-A-2020-2381).
  • SE DECLARA en la Cuestión 2960/2019, la desestimación en relación con el art. 52.d), por Sentencia 118/2019, de 16 de octubre (Ref. BOE-A-2019-16727).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 34, por Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo (Ref. BOE-A-2019-3481).
    • determinados preceptos y SE AÑADE las disposiciones adicional 22 y transitoria 13, por Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo (Ref. BOE-A-2019-3244).
  • SE DEROGA las disposiciones adicional 2, trasitorias 2, 9 y SE MODIFICA la adicional 10, por Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-17992).
  • SE AÑADE el art. 20 bis, por Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-16673).
  • SE MODIFICA el art. 48.7 y la disposición adicional 19.2, por Ley 6/2018, de 3 de julio (Ref. BOE-A-2018-9268).
  • SE DEROGA el art. 2.1.h), por Real Decreto-ley 8/2017, de 12 de mayo (Ref. BOE-A-2017-5270).
  • SE DEJA SIN EFECTO la derogación del art. 2.1.h, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 4/2017, de 24 de febrero, por Resolución de 16 de marzo de 2017 (Ref. BOE-A-2017-3124).
  • SE DEROGA el art. 2.1.h, por Real Decreto-ley 4/2017, de 24 de febrero (Ref. BOE-A-2017-1933).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • Disposición transitoria 2 de la Ley 1/2014, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2014-2219).
    • Disposición transitoria única del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13426).
    • Disposición adicional 6 del Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo (Ref. BOE-A-2013-2874).
    • Disposición transitoria 7 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio (Ref. BOE-A-2012-9364).
    • Art. 17 y las disposiciones adicionales 6 y 9 y transitorias 5, 6, 9.1, 10 y 15 de la Ley 3/2012, de 6 de julio (Ref. BOE-A-2012-9110).
    • Art. 5 y las disposiciones adicional 5 y transitorias 1 y 2 del Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto (Ref. BOE-A-2011-14220).
    • Disposiciones adicionales 1 y 3 y transitorias 1, 2 y 12 de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre (Ref. BOE-A-2010-14301).
    • Disposiciones adicional 7 y transitoria 2 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-22949).
    • Disposiciones adicional 4 y transitoria 2 de la Ley 12/2001, de 9 de julio (Ref. BOE-A-2001-13265).
    • Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • DE CONFORMIDAD con el art. Uno.d) de la Ley 20/2014, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-2014-11064).

Materias

  • Asociaciones sindicales
  • Contratos de trabajo
  • Convenios colectivos
  • Desempleo
  • Despidos
  • Elecciones sindicales
  • Empleo
  • Estatuto de los Trabajadores
  • Formación profesional
  • Jornada laboral
  • Negociación colectiva
  • Representación
  • Trabajadores
  • Trabajo

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid