Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 10/05/2006
  • Fecha de publicación: 22/06/2006
  • Fecha de entrada en vigor: 01/07/2006
  • Publicada en el DOGC núm. 4640, de 24 de mayo de 2006.
  • La modificación del art. 565-11 entra en vigor el 1 de marzo de 2017, por Corrección de erratas de la Ley 3/2017, de 15 de febrero, (Ref. DOGC-f-2017-90298).

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores:
    • de la Ley 3/2023, de 16 de marzo, en DOGC núm. 9059 de 13 de diciembre de 2023 (Ref. DOGC-f-2023-90327).
    • de la Ley 3/2023, de 16 de marzo, en BOE núm. 310 de 28 de diciembre de 2023 (Ref. BOE-A-2023-26465).
  • SE DEROGA el art. 19.2; SE MODIFICA el 553-25 y SE AÑADE la disposición transitoria 22 al libro 5, por Ley 3/2023, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-2023-10344).
  • SE MODIFICA el art. 553-40.1 y 2, por Ley 1/2023, de 15 de febrero (Ref. BOE-A-2023-5752).
  • SE AÑADE el art. 553-25 bis en la redacción dada a la Ley 5/2015, de 13 de mayo, por Ley 11/2022, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-3125).
  • SE MODIFICA los arts. 553-25, 553-26, 553-30, 553-42, 553-43 y 553-44, por Decreto-ley 28/2021, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-2707).
  • SE CORRIGEN erratas, en la Ley 5/2020, de 27 de abril, en DOGC núm. 8135, de 18 de mayo de 2020 (Ref. DOGC-f-2020-90174).
  • SE CORRIGEN errores de la Ley 5/2020, de 29 de abril, en BOE num. 163, de 10 de junio de 2020 (Ref. BOE-A-2020-5901).
  • SE MODIFICA los arts. 569-13, 569-15 y 569-20, por Ley 5/2020, de 29 de abril (Ref. BOE-A-2020-5569).
  • SE DEJA SIN EFECTO la modificación de los arts. 569-13, 569-15 y 569-20, en la redacción dada por el Decreto-ley 9/2019, de 21 de mayo, por Acuerdo de 26 de junio de 2019 (Ref. DOGC-f-2019-90510).
  • SE CORRIGEN erratas con modificación de la disposición final 2.3 del Decreto-ley 9/2019, de 21 de mayo, en DOGC. num. 7890 de 5 de junio de 2019 (Ref. DOGC-f-2019-90503).
  • SE MODIFICA los arts. 569-13, 569-15 y 569-20, por Decreto-ley 9/2019, de 21 de mayo (Ref. DOGC-f-2019-90495).
  • SE CORRIGEN erratas de la disposición final 9 de la Ley 3/2017, de 15 de febrero, en DOGC num. 7329 de 15 de marzo de 2017 (Ref. DOGC-f-2017-90298).
  • SE DECLARA en el Recurso 2465/2016, la desestimación en relación con el capítulo VII del título IV, del libro 5, en la redacción dada por el art. 1 de la Ley 19/2015, de 29 de julio, por Sentencia 95/2017, de 6 de julio (Ref. BOE-A-2017-9654).
  • SE MODIFICA los arts. 531-13, 552-12, 561-14, 565-11, 568-1, 569-7, 569-8, 569-20, 569-28, 569-36 y SE AÑADE la sección 5 al capítulo VIII del título VI y con entrada en vigor el 1 de marzo de 2017 la disposición transitoria 21, por Ley 3/2017, de 15 de febrero (Ref. BOE-A-2017-2466).
  • SE DECLARA en el Recurso 2465/2016, el levantamiento de la supensión de la vigencia y aplicación en relación con el capítulo VII del libro 5, en la redacción dada por el art. 1 de la Ley 19/2015, de 29 de julio por Auto de 4 de octubre de 2016 (Ref. BOE-A-2016-9238).
  • Recurso 2465/2016 planteado en relación con el capítulo VII del título IV, del libro 5, en la redacción dada por el art. 1 de la Ley 19/2015, de 29 de julio (Ref. BOE-A-2016-5336).
  • SE AÑADE los capítulos VII, al título IV y el VI al título V, del libro quinto, por Ley 19/2015, de 29 de julio (Ref. BOE-A-2015-9678).
  • SE MODIFICA:
    • determinados preceptos, por Ley 6/2015, de 13 de mayo (Ref. BOE-A-2015-6014).
    • el art. 551-2.2 y el capítulo III del título V, por Ley 5/2015, de 13 de mayo (Ref. BOE-A-2015-6013).
    • determinados preceptos, por Ley 25/2010, de 29 de julio (Ref. BOE-A-2010-13312).
  • SE DEROGA arts. 531-26.1 b), 569-40 y 569-41.5 y 7 y SE MODIFICA lo indicado, por Ley 10/2008, de 10 de julio (Ref. BOE-A-2008-13533).

Referencias anteriores

Materias

  • Abandono
  • Cataluña
  • Código Civil
  • Derecho Foral
  • Ocupación
  • Posesión
  • Propiedad
  • Propiedad Horizontal
  • Servidumbres
  • Usufructo
  • Vecindad

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid