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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 20/05/1997
  • Fecha de publicación: 01/07/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 18/06/1997
  • Publicada en el DOGC núm. 2401, de 29 de mayo de 1997.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN erratas en el Decreto-ley 5/2022, de 17 de mayo, en DOGC núm. 8711, de 18 de julio de 2022 (Ref. DOGC-f-2022-90233).
  • SE CORRIGEN errores en el Decreto-ley 5/2022, de 17 de mayo, en BOE núm. 179 de 27 de julio de 2022 (Ref. BOE-A-2022-12512).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 7, 19, 27 y 60, por Decreto-ley 5/2022, de 17 de mayo (Ref. BOE-A-2022-10453).
    • el art. 60.a); SE AÑADE el 63 bis y la disposición transitoria 2 y se reenumera la única como 1, por Ley 5/2017, de 28 de marzo (Ref. BOE-A-2017-7353).
    • Art. 59.2 y 3, por Ley 14/2015, de 21 de julio (Ref. BOE-A-2015-9206).
    • los arts. 59.1 y 60, por Ley 12/2014, de 10 de octubre (Ref. BOE-A-2014-11991).
    • los arts. 58, 59 y 62, por Ley 2/2014, de 27 de enero (Ref. BOE-A-2014-2999).
  • SE AÑADE la disposición adicional 7, por Ley 10/2011, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-547).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 59, por Ley 7/2011, de 27 de julio (Ref. BOE-A-2011-13896).
    • arts. 58, 59, 62, 63 y se añade la disposición adicional 6, por Ley 26/2009, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-737).
    • lo indicado del art. 59.1, por Ley 21/2005, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-2013).
  • SE DECLARA, en el Recurso 3726/2002, su desestimación en relación con los arts. 58 a 64, por Sentencia 168/2004, de 6 de octubre de 2004 (Ref. BOE-T-2004-19068).
  • SE MODIFICA el art. 59.2, por Ley 7/2004, de 16 de julio (Ref. BOE-A-2004-16713).
  • SE DEROGA la disposición adicional 5, por Ley 21/2001, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-1485).
  • SE DESARROLLA el art. 59.3, por Ley 20/2001, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-1484).
  • SE MODIFICA:
  • SE DECLARA, en el Recurso 3726/1997, el levantamiento de suspensión de vigencia de los arts. 58 a 64, por Auto de 16 de diciembre de 1997 (Ref. BOE-A-1998-34).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 163, de 9 de julio de 1997 (Ref. BOE-A-1997-15194).

Referencias anteriores

Materias

  • Cataluña
  • Protección Civil

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