Contingut no disponible en valencià
Real Decreto 877/1981, de 8 de mayo, por el que se prorroga por tres meses la aplicación de los derechos arancelarios a la importación de alcohol etílico, no vínico, desnaturalizado, de graduación alcohólica igual o superior a 90º G. L. e inferior a 96º G. L., incluidos en la subpartida 22-08 A.II. del Arancel de Aduanas.
Corrección de errores de la Orden de 7 de octubre de 1980 por la que se fijan módulos contables para el ejercicio de 1980, en el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo, autorizado a «Vitrex, S. A.», por Orden de 30 de marzo de 1976 y ampliación posterior.
Cambios oficiales del día 18 de mayo de 1981.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid