La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado es un organismo público, integrado en el sector público institucional, adscrito al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, con personalidad jurídica pública diferenciada y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, dispone de patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión y funcional dentro de los límites establecidos por la Ley 40/2025, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y por su propio Estatuto.
[D]
La aparición de la imprenta y su posterior uso generalizado posibilitó el auge de la información y el desarrollo cultural.
Frente a los manuscritos, perecederos y manipulables, la imprenta permitía la fijación de los textos y su producción seriada, circunstancias sustanciales para la difusión de la información.
En el último tercio del siglo XVII se produjo un gran aumento de la literatura periodística, y, en concreto, el nacimiento de numerosos Boletines o Gacetas en la mayor parte de Europa; estas publicaciones nacieron de manos de la iniciativa privada y con un contenido estrictamente informativo.
En nuestro país este fenómeno se concretó en 1661 con la creación de la Gazeta, primer periódico de información general. En 1697 apareció bajo el título de Gaceta de Madrid. Durante el reinado de Carlos III, en 1762, la Corona asume el privilegio de imprimir la Gazeta. La publicación pasa a convertirse en un medio de información oficial que refleja los criterios y decisiones del Gobierno. En 1787 se crea la Imprenta Real.
Durante el período 1808-1814 se publican varias Gacetas en diversas localidades.
Posteriormente, en 1836, se establece que los Decretos, órdenes e Instrucciones que dicte el Gobierno se considerarán obligatorios desde el momento en que sean publicados en la Gazeta. De este modo pasó a convertirse en un órgano de expresión legislativa y reglamentaria, característica que conservará hasta la actualidad.
La estructura de la Gazeta se establece en 1886 con la finalidad de publicar sólo documentos de interés general (Leyes, Decretos, Sentencias de Tribunales, contratos de la Administración Pública, anuncios oficiales...). Asimismo se regula el orden de preferencia en la publicación de las disposiciones atendiendo a criterios de urgencia y de prioridad de la inserción de documentos: Leyes, Reales Decretos, Reales órdenes, etc. Por último se dispone que, dentro de cada sección, el orden de inserción debe ser el de antigüedad de los Ministerios, siempre tras la Presidencia del Consejo de Ministros. Esta estructura se perfila por una Real Orden de 6 de junio de 1909 (PDF).
El Gobierno de Burgos durante la Guerra Civil utilizó la denominación Boletín Oficial del Estado (PDF) para distinguirse de la Gaceta de la República (PDF). La denominación Boletín Oficial del Estado se mantuvo desde octubre de 1936 hasta 1961. Desde esta fecha hasta 1986 pasó a denominarse Boletín Oficial del Estado - Gaceta de Madrid (PDF) y a partir de 1986 volvió a denominarse Boletín Oficial del Estado.
Posteriores normas de 1948, 1957, 1960 y 1986 han ido conformando el funcionamiento del Boletín Oficial del Estado.
La sede de la Agencia Estatal BOE se encuentra en la avenida de Manoteras, 54, 28050 Madrid.
La Librería del BOE está ubicada en la calle Trafalgar, 27. 28010 Madrid.
Son funciones de la Agencia:
Se relacionan e incluyen los enlaces al texto consolidado de las principales normas de aplicación en la Agencia.
Mediante Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con la Cortes (BOE n.° 81 de 2 de abril de 2024) ha sido aprobada la Carta de Servicios de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado 2024-2027.
La Carta de servicios es el documento a través del cual la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado informa a la ciudadanía de los servicios que tiene encomendados, de los derechos que les asisten y donde manifiesta públicamente los compromisos de calidad que asume en su prestación.
La finalidad de las cartas es desarrollar el principio de servicio efectivo a los ciudadanos que debe orientar la actuación de las Administraciones Públicas, enunciado en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado es el Organismo al que corresponde desarrollar la política pública sobre publicidad normativa del Estado. Son sus objetivos cumplir, en la forma legalmente prevista, el servicio público de publicidad de las normas y de aquellas otras disposiciones o actos que el ordenamiento jurídico considera que deben ser publicados en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" y llevar a cabo la máxima difusión de la legislación, ofreciendo servicios singularizados, accesibles, gratuitos y de calidad que atiendan las necesidades específicas de información jurídica de los ciudadanos, profesionales, empresas y demás clientes.
Tiene implantado un Sistema de Gestión de Calidad, conforme a la norma UNE-EN-ISO 9001:2015, cuyo alcance se extiende a los productos/servicios de:
Con el fin de mantener este Sistema de Gestión de Calidad (SGC), la Dirección del Organismo se compromete, dentro del alcance de la certificación a:
Para alcanzar estos compromisos la Dirección de la AEBOE establecerá y documentará anualmente unos objetivos alcanzables y cuantificables. La Política de Calidad será revisada anualmente en el Comité de Calidad para asegurar que su contenido está plenamente vigente, es acorde con los valores de la organización y coherente con la estrategia funcional de la AEBOE y con las expectativas depositadas por nuestros ciudadanos.
La práctica "Códigos electrónicos COVID-19" ha recibido el Premio Ciudadanía, XV edición, convocado en el año 2022. Este premio se destina a reconocer la calidad e impacto en la ciudadanía de iniciativas singulares de mejora en los sistemas de relación con los ciudadanos o que reviertan en una mayor transparencia, participación, rendición de cuentas o integridad en la provisión de los servicios públicos. (Orden HFP/779/2022, de 28 de julio).
La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado ha sido galardonada con el Premios "TIC Administración General del Estado 2015" otorgado por la Fundación SOCINFO. El premio distingue el papel de la Agencia en su apuesta por la Sociedad de la Información.
La práctica "Sistema Integrado de Difusión Legislativa" recibió un accésit del Premio Ciudadanía 2014. Este premio reconoce las prácticas innovadoras en la provisión de productos o servicios, así como en los sistemas de relación con los ciudadanos o usuarios de los servicios públicos. (Orden HAP/1258/2015, de 18 de junio)
Se incorpora enlace a la información en materia de empleo público de la Agencia:
La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado ha adoptado un documento de Ética Institucional que comprende tanto un Código de buena administración como un Código de buen gobierno, en aplicación del Sistema de Integridad de la Administración General del Estado, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de enero de 2025.
El Registro de actividades de tratamiento de la Agencia es accesible a través del siguiente enlace:
La información completa en materia de protección de datos en la Agencia está disponible a través del siguiente enlace:
La Presidencia la ejerce la persona titular de la Subsecretaría del Ministerio de adscripción. Sus competencias, además de las que le corresponden por presidir un órgano colegiado, vienen establecidas en el artículo 8 del Estatuto de la Agencia. Ostenta la representación institucional del Consejo Rector y de la propia Agencia, dirigiendo y coordinando las grandes líneas de actuación de la organización y su gestión.
El Consejo Rector es el órgano colegiado de gobierno, compuesto por la Presidencia, la Vicepresidencia, once vocalías y la Secretaría. Las competencias del Consejo Rector vienen establecidas en el artículo 9 del Estatuto de la Agencia.
La Comisión de Control de la Agencia está compuesta por tres miembros del Consejo Rector. Le corresponde informar al Consejo Rector sobre la ejecución del Contrato de gestión, la ejecución del presupuesto y, en general, sobre todos aquellos aspectos relativos a la gestión económico-financiera que debe conocer el propio Consejo, y sobre cuantas cuestiones le sean solicitadas por éste.
El órgano ejecutivo de la Agencia es la Dirección, la persona titular de la Dirección es nombrada y separada por el Consejo Rector, a propuesta de la Presidencia de la Agencia.
La Dirección ostenta la representación legal de la Agencia y es responsable de la gestión ordinaria, ejerciendo las competencias inherentes a dicha dirección, así como las que expresamente se le atribuyen en la Ley 40/2015, en su estatuto, y las que le delegue el Consejo Rector.
De la Dirección de la Agencia dependen directamente las siguientes unidades:
Organigrama: versión HTML accesible
La actuación de la Agencias se produce, con arreglo al plan de acción anual, bajo la vigencia y con arreglo al pertinente contrato plurianual de gestión.
El Informe general de actividad en su apartado 5 "Seguimiento del Contrato de Gestión y del Plan de Acción Anual" contiene el grado de cumplimiento de los objetivos estratégicos de la Agencia establecidos para esa anualidad, y en su Anexo el detalle de ejecución de los programas y proyectos contenidos en el correspondiente Plan de acción anual.
El Plan de acción anual contiene un detalle de la planificación de la Agencia para esa anualidad especificando: los objetivos estratégicos, los indicadores de cumplimiento de dichos objetivos con sus valores de referencia equivalentes a un índice de cumplimiento del 100% y del 0%, la ponderación de cada uno de ellos en el Índice General de cumplimiento de los objetivos de la Agencia (IGA), los programas y proyectos en que se concreta la actividad que hay que desarrollar para la consecución de los objetivos, especificando la meta a alcanzar en esa anualidad, el indicador para evaluar su cumplimiento, y las unidades administrativas responsables de su ejecución, así como la ponderación de cada programa y proyecto en el conjunto de la actividad de cada unidad administrativa de la Agencia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid