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Documento BOE-A-2026-6304

Resolución de 2 de marzo de 2026, del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se aprueban nuevos modelos normalizados que deberán cumplimentar los Servicios Sociales para certificar el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 17 de marzo de 2026, páginas 41338 a 41344 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-A-2026-6304
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2026/03/02/(7)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, establece en su artículo 21, apartados 9 y 10, la exigencia de un certificado expedido por los Servicios Sociales competentes, cuando fuera necesario, para acreditar determinados requisitos y circunstancias para acceder a la prestación.

Por otra parte, el artículo 22 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, establece que, con carácter anual, los Servicios Sociales también deberán comunicar al Instituto Nacional de la Seguridad Social el mantenimiento o modificación de los certificados previstos en los párrafos d) y e) del artículo 21.9, así como el certificado de exclusión social establecido en el artículo 21.10 de la citada ley.

Esa misma ley incorpora en su disposición adicional sexta una habilitación a la persona titular de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social para que, mediante resolución que habrá de publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», apruebe los modelos normalizados que deberán cumplimentar, en todo caso, los citados servicios sociales para certificar el cumplimiento de los indicados requisitos.

Al amparo de la referida habilitación, la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social dictó la Resolución de 26 de enero de 2022, por la que se aprueban los modelos normalizados que deberán cumplimentar los Servicios Sociales y las Entidades del Tercer Sector de Acción Social para certificar el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, modificada por la Resolución de 5 de octubre de 2022, en la que se aprueban los modelos normalizados a los efectos señalados.

El tiempo transcurrido desde la aprobación de dichos modelos ha permitido detectar la conveniencia de introducir ciertos cambios en los citados modelos, con el fin de dotarlos de mayor precisión, y en aras de prestar un mejor servicio a las personas en situación de vulnerabilidad.

Así, al amparo de la habilitación contenida en la mencionada disposición adicional sexta de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, mediante la presente resolución se aprueban los nuevos modelos normalizados de los certificados de referencia de los Servicios Sociales, que sustituyen a los aprobados por las anteriores Resoluciones de 26 de enero de 2022 y de 5 de octubre de 2022.

Por todo ello, vistos los textos legales citados y demás normas de aplicación, resuelvo:

Primero.

Aprobar los modelos normalizados de certificados que deberán utilizar, en todo caso, los Servicios Sociales competentes para acreditar los requisitos previstos en los apartados 9 y 10 del artículo 21 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, que figuran como anexo I y II a esta resolución.

Segundo.

Aprobar el modelo normalizado por el que los servicios sociales comunicarán al Instituto Nacional de la Seguridad Social el mantenimiento o modificación de los certificados previstos en los párrafos d) y e) del artículo 21.9, así como del certificado de exclusión social establecido en el artículo 21.10, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, que figura como anexo III.

Tercero. Derogación.

Quedan derogadas la Resolución de 26 de enero de 2022, de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se aprueban los modelos normalizados que deberán cumplimentar los Servicios Sociales y las Entidades del Tercer Sector de Acción Social para certificar el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, y la Resolución de 5 de octubre de 2022, de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que la modifica.

Cuarto. Entrada en vigor.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de marzo de 2026.–La Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, Carmen Armesto González Rosón.

ANEXO I
Certificado de los servicios sociales a efectos de solicitud del ingreso mínimo vital

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ANEXO II
Certificado complementario de los servicios sociales a efectos de solicitud del ingreso mínimo vital

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ANEXO III
Comunicación de los de servicios sociales a efectos del mantenimiento de la certificación de la prestación del ingreso mínimo vital

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/03/2026
  • Fecha de publicación: 17/03/2026
  • Efectos desde el 18 de marzo de 2026.
Referencias anteriores
  • DEROGA:
  • DE CONFORMIDAD con la disposición adicional 6 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-21007).
Materias
  • Asistencia social
  • Formularios administrativos
  • Instituto Nacional de la Seguridad Social
  • Renta Mínima de Inserción

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