Content not available in English
Visto el texto del Acta de 16 de septiembre de 2025 de la Comisión negociadora del IX Convenio colectivo estatal del corcho (código de convenio 99010185011996), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de septiembre de 2023, Acta mediante la que se aprueba la prórroga del convenio hasta el 31 de diciembre de 2025 y las tablas salariales para el año 2025, acuerdo que ha sido suscrito, de una parte, por la Asociación de Empresarios del Corcho de Cataluña (AECORK) y la Asociación San Vicenteña de Empresarios del Corcho (ASECOR), en representación de las empresas del sector, y de otra, por la Federación de Industria, Construcción y Agro de la Unión General de Trabajadores (UGT-FICA) y por Comisiones Obreras del Hábitat (CCOO), en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada Acta, de la prórroga y de las tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de octubre de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.
Asisten:
Por la parte empresarial:
Asesora: Ariadna Guixé (PIMEC).
AECORK:
– Julia Oliver.
– Esther del Moral.
– Albert Hereu.
ASECOR:
– Maribel Bejarano.
– David Mir.
– Ángel Rodríguez.
Por la parte sindical:
Por CCOO:
– Antonio Garde Piñera.
– Antonio Ortega Salgado.
– Miguel Ángel Garrido Palacios.
Por UGT:
– Juan José Pedrazo Mogollón.
– Juana Arenas Gómez.
– Sergio Estela.
Secretaria de la Comisión: Ariadna Pagès López.
A 16 de septiembre de 2025, se reúnen telemáticamente a las 16 horas la representación de las organizaciones empresariales AECORK y ASECOR, y los sindicatos CCOO del Hábitat y UGT-FICA que se indican al margen, previamente convocadas a los efectos de alcanzar un acuerdo parcial del IX Convenio colectivo estatal del corcho.
Tras un debate entre la parte empresarial y la parte sindical, se adoptan los acuerdos que a continuación se exponen:
Se amplía la vigencia del IX Convenio colectivo estatal del corcho del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
Para el año 2025 se aplicará un incremento del 3 % sobre las tablas salariales definitivas del año 2024. Se adjuntan las tablas del año 2025 en el anexo 1.
Finalizado el año 2025, si el IPC interanual de diciembre de 2025 fuera superior al incremento pactado (3 %), se aplicará un incremento adicional por la diferencia con un tope máximo del 1 %, con efecto de 1 de enero de 2026.
Las empresas deberán proceder a la regularización de los posibles atrasos en el plazo máximo de dos meses desde la publicación del presente convenio colectivo en el BOE.
Se delega en la secretaria de la Comisión, Ariadna Pagès López, la realización del correspondiente registro del acuerdo alcanzado, para su publicación.
La presente acta de acuerdo se firmará por una persona en representación de cada una de las organizaciones que componen la mesa negociadora.
Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, de la que se extiende la presente Acta, que suscribe un representante de cada organización firmante y la secretaria, extendiéndose de la misma las correspondientes copias, siendo las 16:30 horas.
| Grupos |
Salario anual – Euros |
Salario mensual – Euros |
Salario diario – Euros |
|---|---|---|---|
| 1 | 28.556,15 | 2.039,72 | |
| 2 | 24.147,98 | 1.724,87 | |
| 3 | 22.681,26 | 1.620,09 | |
| 4 | 20.817,23 | 1.486,94 | |
| 5 | 20.658,35 | 1.475,60 | 48,68 |
| 6 | 19.897,89 | 1.421,28 | 46,88 |
| 7 | 18.748,04 | 1.339,13 | 44,13 |
Dietas:
Completa: 91,63.
Media: 27,48.
Dieta de campo: 53,11.
Km: 0,35 euros/km.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid