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Visto el texto del Acuerdo de modificación del VI Convenio colectivo de la empresa Telefónica Servicios Audiovisuales, SAU (código de convenio n.º 90013192012001), que fue publicado en el BOE de 25 de enero de 2018, por el que se aprueba la modificación del artículo 3.2 posibilitando la denuncia del convenio por cualquiera de las partes con fecha límite de 31 de diciembre de 2025, acuerdo que ha sido suscrito el día 17 de octubre de 2025, de una parte por las personas designadas por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación del convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de octubre de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.
En Madrid a las 12:00 horas del día 17 de octubre de 2025, se reúnen en el centro de la Empresa sito en Ronda de la Comunicación, s/n (Madrid).
Representación de la Empresa:
María Soto Gómez.
Beatriz de San José Torija.
Aida Quijada Moro.
Representación de las personas trabajadoras:
El Comité Intercentros:
Presidenta: Susana Sanz Segura, CGT.
Secretario: Jorge Rodríguez Saint-Remy, SUMADOS.
Javier Harguindey Cid, CGT.
Antonio Ruiz Álvarez, UGT.
Francisco Luis Acosta Flores, CCOO.
Los Asistentes conforman la Comisión Negociadora del VI Convenio Colectivo de la empresa, y en su virtud
ACUERDAN
Que las partes coinciden en la voluntad de facilitar la negociación de una posible prórroga del actual convenio de la empresa, sin por otro lado perjudicar los intereses de las partes en orden a poder proceder a la denuncia del mismo.
Por ello se acuerda modificar, exclusivamente para el presente año, el plazo de denuncia de dos meses fijado en el artículo 3.2 del texto del VI Convenio de la Empresa, posibilitando la denuncia por cualquiera de las partes con fecha límite de 31 de diciembre de 2025.
Se acuerda facultar expresamente al Asesor de la Empresa, don Santiago Carrero Bosch, para que proceda a realizar los trámites necesarios para la presentación y registro ante la Autoridad Laboral, y publicación en el BOE del presente acuerdo.
Y en prueba de conformidad se firma el presente documento en el lugar y fecha arriba indicados.–En representación de la Empresa, María Soto Gómez, Beatriz de San José Torija y Aida Quijada Moro.–En representación de las personas trabajadoras, Susana Sanz Segura, Jorge Rodríguez Saint-Remy, Javier Harguindey Cid, Antonio Ruiz Álvarez y Francisco Luis Acosta Flores.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid