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Documento BOE-A-2025-4805

Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales de los centros de educación especial para los años 2023 y 2024 del XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2025, páginas 32750 a 32757 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2025-4805
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2025/02/27/(1)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de 17 de febrero de 2025 de la Comisión negociadora del XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad (código de Convenio 99000985011981), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 4 de julio de 2019, mediante la que se aprueban las tablas salariales de los centros de educación especial para los años 2023 y 2024, tablas que han sido suscritas, de una parte, por las asociaciones empresariales AEDIS, CECE, EyG y ANCEE, en representación de las empresas del sector, y de otra, por los sindicatos FE-CCOO y UGT Servicios Públicos, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta y de las tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de febrero de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA DE FIRMA DEL ACUERDO DE LAS TABLAS SALARIALES DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL PARA LOS AÑOS 2023 Y 2024 DEL XV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE CENTROS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Asistentes:

AEDIS:

Doña Raquel Manjavacas.

ANCEE:

Don José Luís Antolín.

Don Armando Nevado.

CECE:

Doña Basilia Cuéllar.

EyG:

Don Ivan Hódar.

Don Juan Manuel Ruiz.

FECCOO:

Don Pedro Ocaña.

Don Alejandro Llamas.

Doña Paloma Perona.

Doña Iria Antuña.

Doña Susana Amat.

UGT Servicios Públicos:

Don Jesús Gualix.

Doña Ana Castaño.

En Madrid siendo las 13:00 horas del día 17 de febrero de 2025 se reúnen en modalidad presencial en la sede de AEDIS sita en la Calle Orense, número 26, planta 1, Oficina 7, 28020, Madrid los reseñados al margen en representación de sus respectivas organizaciones, para proceder a la firma del acuerdo de las tablas salariales de los centros de educación especial pertenecientes a los años 2023 y 2024 del XV Convenio Colectivo General de Centros y Servicios de Atención a Personas con Discapacidad.

Tras la reunión mantenida en la mañana de hoy 17 de febrero de 2025, en mesa negociadora, las organizaciones AEDIS, ANCEE, CECE, EyG, UGT Servicios Públicos y FECCOO han alcanzado el acuerdo de revisión salarial que se plasma en las tablas adjuntas, en los siguientes términos:

Primero.

Actualización de las Tablas salariales para el año 2023 del Personal docente en pago delegado y plus de cargo del personal docente.

Se acuerda un incremento del 3,5 %.

Segundo.

La retribución de las personas trabajadoras de los centros educativos para el año 2024, se corresponde con las tablas que se acompañan adjuntas a la presente acta como:

«Tablas salariales 2024 del Personal Complementario y Personal de Administración y Servicios de Centros de Educación Especial con Concierto».

Se acuerda un incremento del 3,5 % para el PAS y del 2,5 % para el Personal Complementario.

A excepción de la categoría 6. Auxiliar Gestión Administrativa, 11. Ayudante de cocina, 13. Auxiliar de Servicios Generales y 14. Personal de Servicios Domésticos que se pacta la cuantía de 1.052 euros.

«Tablas salariales 2024 del Personal en centros educativos Sin Concierto».

Se acuerda un incremento 3,5 %.

Los atrasos generados desde el 1 de enero de 2024 serán abonados por las empresas del sector, como máximo, hasta dos meses después de la publicación en el BOE de las mencionadas tablas.

Tercero.

Se modifica y actualiza el anexo VIII; «Anexo VIII. Gratificación Extraordinaria en 2023 para Centros Educativos con Concierto», en los siguientes términos:

Anexo VIII. Gratificación Extraordinaria en 2024 para Centros Educativos con Concierto.

Corresponderá a todo el personal complementario y personal de administración y servicios generales que presta sus servicios en los centros educativos concertados una paga compensatoria que ascenderá a la suma de las cantidades que resulten de la siguiente fórmula y que aparecen reflejadas en las tablas salariales:

Paga compensatoria 2024 = A + (B × Número de Trienios devengados)

Cuarto.

Se acuerda la modificación disposición transitoria, que figura como «Disposición transitoria novena. Complemento temporal adicional de los centros educativos concertados» en los siguientes términos:

El personal de administración y servicios de las siguientes categorías, que a la fecha de la firma de las presentes tablas salariales hayan cumplido, al menos, un trienio de antigüedad, percibirán un complemento temporal adicional de 15 euros/mes, en catorce pagas con independencia del número de trienios que tenga cumplidos; en el caso de cumplimiento del primer trienio durante el año 2024 se tendrá derecho a la percepción de este complemento temporal a partir de dicho momento. Este complemento que figurará como ítem diferenciado en la nómina con la denominación de «complemento temporal adicional 2024», se percibirá exclusivamente hasta el 31 de diciembre de 2024, siendo absorbible y compensable con cualquier incremento en las tablas que se produzca. Este complemento será abonado en proporción a la jornada prestada por la persona trabajadora.

Quinto.

Se modifica la disposición transitoria séptima. «Disposición transitoria séptima. Aplicación del SMI», en los siguientes términos:

Para la aplicación correcta del Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, se establece un complemento personal y absorbible para los casos en los que la cuantía del salario en su conjunto y en cómputo anual fuera inferior al SMI, de tal manera que se garantice que el trabajador/a percibe, como mínimo, 1.134 euros mensuales en los términos que establece el mencionado real decreto.

Por tanto, AEDIS, ANCEE, CECE, EyG, UGT Servicios Públicos y FECCOO, reconociendo, que existe mayoría suficiente para que la mencionada revisión salarial tenga eficacia general, proceden a la firma de las tablas salariales de los centros educativos no concertados, y personal complementario, y PAS de los centros educativos concertados, para los años 2023 y 2024, que se anexan a este acta.

Se mandata a la secretaría del convenio, concretamente a Paloma Perona Mejías para el registro y tramitación telemática de este acuerdo con el fin de su posterior publicación en el BOE.

Personal docente en pago delegado 2023 (en euros)

  Salario base

Antigüedad

(valor del trienio)

II. Personal docente    
1. Profesor/a de secundaria. 2.054,51 52,76
2. Profesor/a de primaria y EBO. 1.749,52 41,86
3. Profesor/a de educación infantil. 1.749,52 41,86
4. Profesor/a de audición y lenguaje. 1.749,52 41,86
5. Profesor/a de apoyo. 1.749,52 41,86
6. Profesor/a de taller. 1.749,52 41,86

Plus de cargo del personal docente (en euros)

Complementos por cargo directivo-pedagógico en centros educativos con concierto

  Importe Complemento/mes Trienio
Director/a Pedagógico/a. 385,69 14,40
Subdirector/a Pedagógico/a. 277,56 12,79
Jefe/a de estudios. 249,74 12,00
Jefe de Departamento. 222,10 10,52
Encargado/a de residencia. 147,29
Secretario/a. 170,11

Tablas Salariales 2024. Personal Complementario y Personal de Administración y Servicios de Centros de Educación Especial con Concierto (en euros)

Categoría Salario base Trienio Nocturnidad
1. Psicólogo/a. 2.075,39 75,16 4,70
2. Pedagogo/a. 2.075,39 75,16 4,70
3. Psicopedagogo/a. 2.075,39 75,16 4,70
4. Otros titulados grado superior o postgrado. 2.075,39 75,16 4,70
5. Logopeda. 1.899,60 68,80 4,31
6. Fisioterapeuta. 1.899,60 68,80 4,31
7. Trabajador/a social. 1.899,60 68,80 4,31
8. Otros titulados grado Medio o grado. 1.899,60 68,80 4,31
IV. Personal Complementario Auxiliar      
1. Auxiliar técnico educativo-Educador de educación especial. 1.118,67 41,41 2,53
2. Cuidador/a. 1.118,67 40,27 2,53
3. Intérprete en lengua de signos. 1.384,22 50,73 3,14
4. Técnico Superior en Integración Social. 1.384,22 50,73 3,14
V.1 Personal de Administración      
1. Jefe/a de administración. 1.590,88 59,49 3,24
2. Jefe/a de 1.ª de administración. 1.491,27 54,99 3,03
3. Técnico/a de gestión administrativa. 1.423,15 52,04 2,90
4. Oficial/a de 1.ª de administración. 1.068,41 40,54 2,17
5. Oficial/a de 2.ª de administración. 1.055,70 37,47 2,08
6. Auxiliar gestión administrativa. 1.052 34,96 2,03
V.2 Personal de Servicios Generales      
7. Oficial/a de 1.ª de oficios. 1.075,97 42,72 2,18
8. Oficial/a de 2.ª de oficios. 1.055,70 39,31 2,07
9. Jefe/a cocina. 1.179,77 47,60 2,40
10. Cocinero/a. 1.055,70 39,31 2,07
11. Ayudante de cocina. 1.052 34,17 2,13
12. Conductor/a. 1.055,70 39,31 2,15
13. Auxiliar de servicios generales. 1.052 37,60 2,13
14. Personal de Servicios domésticos. 1.052 33,34 2,13

Tablas salariales del personal en centros educativos sin concierto 2024 (en euros)

  Tablas salariales 2024
Salario base Antigüedad (valor del trienio) Nocturnidad (complemento/hora nocturna)
II. Personal docente      
1. Profesor/a de secundaria. 2.017,99 75,36 5,92
2. Profesor/a de primaria y EBO. 1.648,79 51,45 4,62
3. Profesor/a de educación infantil. 1.648,79 51,45 4,62
4. Profesor/a de audición y lenguaje. 1.490,56 54,27 4,18
5. Profesor/a de apoyo. 1.490,56 54,27 4,18
6. Profesor/a de taller. 1.398,83 46,56 3,92
III. Personal complementario titulado      
1. Psicólogo/a. 2.017,99 75,36 4,57
2. Pedagogo/a. 2.017,99 75,36 4,57
3. Psicopedagogo/a. 2.017,99 75,36 4,57
4. Otros titulados de grado superior o postgrado. 2.017,99 75,36 4,57
5. Logopeda. 1.490,56 54,27 3,38
6. Fisioterapeuta. 1.490,56 54,27 3,38
7. Trabajador/a social. 1.490,56 54,27 3,38
8. Otros titulados de grado medio. 1.490,56 54,27 3,38
IV. Personal complementario auxiliar      
1. Auxiliar técnico educativo-Educador/a de educación especial. 1.174,82 43,62 2,67
2. Cuidador/a. 1.151,57 40,45 2,61
3. Interprete en lengua de signos. 1.405,12 51,48 3,18
4. Técnico superior de integración social. 1.405,12 51,48 3,18
V. Personal de Administración y Servicios Generales      
V.1 Personal de Administración      
1. Jefe/a de administración. 1.613,24 60,30 3,28
2. Jefe/a de 1.ª de Administración. 1.513,49 55,78 3,07
3. Técnico/a de gestión administrativa. 1.450,43 52,74 2,95
4. Oficial/a de 1.ª de Administración. 1.151,57 40,45 2,35
5. Oficial/a de 2.ª de administración. 1.151,57 40,45 2,35
6. Auxiliar de gestión administrativa. 1.134,00 39,44 2,31
V.2 Personal de Servicios Generales      
7. Oficial/a de 1.ª de oficios. 1.151,57 40,45 2,35
8. Oficial/a de 2.ª de oficios. 1.151,57 40,45 2,35
9. Jefe/a de cocina. 1.405,13 45,86 2,87
10. Cocinero/a. 1.151,57 40,45 2,35
11. Ayudante de cocina. 1.134,00 39,43 2,31
12. Conductor/a. 1.151,57 40,45 2,35
13. Auxiliar de servicios generales. 1.134,00 39,43 2,31
14. Personal de servicios domésticos. 1.134,00 39,43 2,31

Plus de cargo del personal docente

Complementos por cargo directivo-pedagógico en centros educativos sin concierto

  Sueldo mes Trienio
Director/a Pedagógico/a. 413,54 15,46
Subdirector/a Pedagógico/a. 297,56 13,71
Jefe/a de estudios. 267,74 12,86
Secretario/a. 167,60
Encargado/a de residencia. 145,26
ANEXO VIII
Gratificación Extraordinaria en 2024 para Centros Educativos con Concierto

Corresponderá a todo el personal complementario y personal de administración y servicios generales que presta sus servicios en los centros educativos concertados una única paga compensatoria, por la pérdida de poder adquisitivo en 2023, que ascenderá a la suma de las cantidades que aparecen reflejadas en las siguientes tablas:

Paga compensatoria = A + (B × Numero de Trienios devengados)

Esta una única paga, no consolidable ni actualizable, como complemento compensatorio para el personal complementario y de administración y servicios se abonará antes del 31 de marzo de 2025, con fecha de devengo del día 1 de enero de 2024.

A efecto de calcular la cantidad que corresponde percibir a la persona trabajadora por los trienios, se tendrá en cuenta los que tenga generados a fecha de 1 de enero de 2024. Se abonará en proporción a la jornada de trabajo que tenga la persona trabajadora en la fecha del devengo de la misma.

Gratificación 2024 (en euros)

Puesto de trabajo Importe paga compensatoria 2024 (A) Importe por cada trienio devengado por el trabajador antes del 31 de diciembre de 2023 (B)
III. Personal complementario titulado    
1. Psicólogo/a. 272,57 9,87
2. Pedagogo/a. 272,57 9,87
3. Psicopedagogo/a. 272,57 9,87
4. Otros titulados grado superior o postgrado. 272,57 9,87
5. Logopeda. 249,46 9,04
6. Fisioterapeuta. 249,46 9,04
7. Trabajador/a social. 249,46 9,04
8. Otros titulados grado medio o grado. 249,46 9,04
IV. Personal complementario auxiliar    
1. Auxiliar técnico educativo-Educador de educación especial. 145,5 5,39
2. Cuidador/a. 145,5 5,24
3. Intérprete en lengua de signos. 180,04 6,60
4. Técnico superior en integración social. 180,04 6,60
V.1 Personal de administración    
1. Jefe/a de administración. 206,91 7,74
2. Jefe/a de 1.ª de administración. 193,96 7,15
3. Técnico/a de gestión administrativa. 185,10 6,77
4. Oficial/a de 1.ª de administración. 139,96 5,27
5. Oficial/a de 2.ª de administración. 132,92 4,87
6. Auxiliar gestión administrativa. 129,5 4,55
V.2 Personal de servicios generales    
7. Oficial/a de 1.ª de oficios. 139,94 5,56
8. Oficial/a de 2.ª de oficios. 131,77 5,11
9. Jefe/a cocina. 153,44 6,19
10. Cocinero/a. 131,77 5,11
11. Ayudante de cocina. 129,5 4,44
12. Conductor/a. 131,77 5,11
13. Auxiliar de servicios generales. 129,5 4,89
14. Personal servicios domésticos. 129,5 4,34
Disposición transitoria novena. Complemento temporal adicional centros educativos concertados.

El personal de administración y servicios de las siguientes categorías, que a la fecha de la firma de las presentes tablas salariales hayan cumplido, al menos, un trienio de antigüedad, percibirán un complemento temporal adicional de 15 euros/mes, en catorce pagas con independencia del número de trienios que tenga cumplidos; en el caso de cumplimiento del primer trienio durante el año 2024 se tendrá derecho a la percepción de este complemento temporal a partir de dicho momento. Este complemento que figurará como ítem diferenciado en la nómina con la denominación de «complemento temporal adicional 2024», se percibirá exclusivamente hasta el 31 de diciembre de 2024, siendo absorbible y compensable con cualquier incremento en las tablas que se produzca. Este complemento será abonado en proporción a la jornada prestada por la persona trabajadora.

Personal Complementario Auxiliar:

Auxiliar técnico educativo-Educador de educación especial.

Cuidador/a.

Personal de Administración:

Oficial/a de 1.ª de administración.

Oficial/a de 2.ª de administración.

Auxiliar gestión administrativa.

Personal de servicios generales:

Oficial/a de 1.ª de oficios.

Oficial/a de 2.ª de oficios.

Cocinero/a.

Ayudante de cocina.

Conductor/a.

Auxiliar de servicios generales.

Personal de Servicios domésticos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/02/2025
  • Fecha de publicación: 11/03/2025
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 27 de junio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-9974).
Materias
  • Asistencia social
  • Centros residenciales para personas con discapacidad
  • Convenios colectivos
  • Discapacidad
  • Educación Especial

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