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Documento BOE-A-2025-2261

Resolución de 27 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales de 2024 y abono de paga única para el personal de niveles no concertados y personal de administración y servicios, complemento adicional temporal al personal de administración y servicios, y actualización del complemento de salidas con pernocta del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2025, páginas 16935 a 16960 (26 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2025-2261
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2025/01/27/(7)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta por la que se aprueban las tablas salariales de 2024 para el personal de niveles no concertados y el de administración y servicios, así como el abono de una paga única convenio para el mismo personal, el complemento adicional temporal al personal de administración y servicios y la actualización del complemento de salidas con pernocta del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (Código de convenio n.º: 99008725011994), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 27 de septiembre de 2021, acta que ha sido suscrita con fecha 17 de diciembre de 2024, de una parte por las organizaciones empresariales Educación y Gestión (EyG), Confederación de Centros de Enseñanza (CECE), Federación de Centros de Enseñanza de Economía Social (FED-ACES) y Asociació Profesional Serveis Educatius de Catalunya (APSEC), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FSIE, USO y UGT-Servicios Públicos, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de enero de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA DE ACUERDO DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL VII CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS

Asistentes: EyG, FSIE, CECE, USO, FED ACES, UGT Servicios Públicos y APSEC que delega en EyG.

La Comisión negociadora del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, (en adelante, el VII Convenio), se reúne para firmar las tablas salariales de 2024 para el personal docente en niveles no concertados y del personal de administración y servicios.

La reunión se celebra de forma presencial en la sede de Educación y Gestión (EyG), Calle Hacienda de Pavones, Núm. 5, 1.ª Planta. El Secretario de la Mesa identifica a las personas presentes y hace constar que las personas reseñadas actúan en representación de sus respectivas organizaciones como negociadoras del VII Convenio Colectivo, reconociéndose todas las partes la representación que se ostentaba en el momento de constitución de la Mesa del VII convenio.

La organización APSEC ha excusado su asistencia delegando su representación en EyG.

Preside la reunión la organización empresarial EyG y la Secretaría de Actas la asume el sindicato FSIE.

Tras las deliberaciones pertinentes y como consecuencia del Acuerdo de fecha 29 de octubre firmado por la Comisión Negociadora del VII Convenio, los abajo firmantes acuerdan:

Primero.

Aprobar por mayoría sindical y unanimidad patronal la firma, y llevarla a cabo en la sesión de hoy, de las tablas salariales de 2024 para el personal de niveles no concertados y el de administración y servicios en cumplimiento del artículo 57 del VII Convenio Colectivo que contemplan un incremento de un 3,5 % para dicho personal.

Segundo.

Abono de una paga única convenio para el mismo personal a abonar antes del 30 de septiembre de 2025 y adicional al incremento del 3,5 %.

Tercero.

Aprobar la firma y llevarla a cabo en la sesión de hoy del complemento adicional temporal al personal de administración y servicios para las categorías señaladas en el anexo que hayan cumplido al menos un trienio de antigüedad, a fecha 31 de diciembre de 2024, que se percibirá hasta el 31 de diciembre de 2024.

Cuarto.

Aprobar la firma y llevarla a cabo en la sesión de hoy de la actualización del complemento de salidas con pernocta.

En Madrid a 17 de diciembre de 2024.

TABLAS SALARIALES 2024
Personal docente en régimen sin concierto, sin subvención

Confeccionadas para 14 pagas

Grupo 1: Personal docente

1.1 De 1er Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría Salario Trienio
Profesor/Maestro. 1.878,86 44,96
Educador Infantil/Técnico. 1.434,55 38,94

1.1 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría Salario Trienio
Profesor/Maestro. 1.878,86 44,96

1.2 De Educación Secundaria Obligatoria.

En régimen sin concierto o sin subvención.

De 1.º y 2.º Curso de ESO.

Categoría Salario Trienio
Director. 1.767,51 44,94
Complemento. 414,21 15,45
Subdirector. 1.767,51 44,94
Complemento. 298,05 13,73
Jefe de Estudios. 1.767,51 44,94
Complemento. 268,18 12,88
Jefe de Departamento. 1.767,51 44,94
Complemento. 238,48 11,47
Profesor. 1.767,51 44,94
Orientador Educativo. 1.767,51 44,94

Complemento equiparación Licenciados, Grados, o Titulación equivalente y autorizada: Complemento al salario de 308,11 euros y al trienio de 11,73 euros, en cada una de las 14 pagas para el profesor de jornada completa.

De 3.º y 4.º Curso de ESO.

Categoría Salario Trienio
Director. 2.075,62 56,67
Complemento. 471,37 22,67
Subdirector. 2.075,62 56,67
Complemento. 414,22 19,90
Jefe de Estudios. 2.075,62 56,67
Complemento. 414,22 19,90
Jefe de Departamento. 2.075,62 56,67
Complemento. 336,40 16,17
Profesor. 2.075,62 56,67
Orientador Educativo. 2.075,62 56,67

1.3 De Bachillerato.

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría Salario Trienio
Director. 2.170,64 56,67
Complemento. 462,11 22,67
Subdirector. 2.170,64 56,67
Complemento. 406,10 19,90
Jefe de Estudios. 2.170,64 56,67
Complemento. 406,10 19,90
Jefe de Departamento. 2.170,64 56,67
Complemento. 329,82 16,17
Profesor. 2.170,64 56,67
Orientador Educativo. 2.170,64 56,67

Complemento Bachillerato: Complemento de 105,48 euros, en cada una de las 14 pagas para el profesor de jornada completa, en las condiciones previstas en el artículo 72. 

1.4 De Ciclos Formativos de Grados Medio y Superior.

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría Salario Trienio
Director. 2.075,62 56,67
Complemento. 458,74 22,08
Subdirector. 2.075,62 56,67
Complemento. 403,06 19,36
Jefe de Estudios. 2.075,62 56,67
Complemento. 385,33 18,71
Jefe de Departamento. 2.075,62 56,67
Complemento. 328,16 15,76
Profesor Titular. 2.075,62 56,67
Profesor adjunto, Agregado o Auxiliar. 1.948,12 56,67
Orientador Educativo. 2.075,62 56,67

1.6 De Educación Permanente de Adultos.

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría Salario Trienio
Director. 1.878,87 44,96
Complemento. 414,16 15,46
Subdirector. 1.878,87 44,96
Complemento. 298,09 13,72
Jefe de Estudios. 1.878,87 44,96
Complemento. 268,20 12,87
Jefe de Departamento. 1.878,87 44,96
Complemento. 238,53 11,47
Profesor. 1.878,87 44,96
Profesor Adjunto, Agregado. 1.137,93 37,79

1.7 Otro Personal.

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría Salario Trienio
Profesor de actividades Educativas Extracurriculares. 1.593,96 40,83
Instructor o Monitor. 1.434,55 38,94
Educador. 1.434,55 38,94

Personal de Administración y Servicios

Confeccionadas para 14 pagas

Grupo 2: Personal de Administración

2.1 Personal Administratativo.

Categoría Salario Trienio
Jefe de Administración o Secretaría. 1.470,79 45,40
Jefe de Negociado. 1.238,64 38,79
Oficial. Contable. 1.181,74 38,33
Recepcionista. Telefonista. 1.052,72 38,33
Auxiliar. 1.052,72 38,33

2.2. Personal Auxiliar.

Categoría Salario Trienio
Cuidador. 1.080,33 38,33

Grupo 3: Personal de Servicios Generales

3.1 Personal de portería y vigilancia.

Categoría Salario Trienio
Conserje. 1.238,41 38,33
Portero. 1.080,33 38,33
Guarda. Vigilante. 1.052,72 38,33

3.2 Personal de limpieza.

Categoría Salario Trienio
Gobernante. 1.238,41 38,33
Empleado de servicio de limpieza, de costura, lavado y plancha. 1.052,72 38,33

3.3 Personal de cocina y comedor.

Categoría Salario Trienio
Jefe de cocina. 1.181,74 38,33
Cocinero. 1.126,39 38,33
Ayudante de cocina. 1.080,33 38,33
Empleado del servicio de comedor. 1.052,72 38,33

3.4 Personal de mantenimiento y oficios generales.

Categoría Salario Trienio
Oficial de 1.ª de oficios. 1.181,74 38,33
Oficial de 2.ª de oficios. 1.080,33 38,33
Empleado de mantenimiento, jardinería y oficios varios. 1.052,72 38,33
Conductores. 1.181,74 38,33

Centros residenciales

(Colegios Menores, Residencias de Estudiantes y Escuelas Hogar)

Salarios del personal docente

Categoría Salario Trienio
Director. 2.079,96 56,67
Subdirector. 2.022,87 56,67
Jefe de estudios/Tutor. 1.957,16 54,38
Educador, Capellán, Médico Y Psicólogo. 1.882,17 44,79
Educador de Escuela-Hogar. 1.824,53 37,80

Salario del personal no docente

Categoría Salario Trienio
Personal titulado no docente. El que corresponda en el Grupo 4. El que corresponda en el Grupo 4.
Personal administrativo. El que corresponda en Grupo 2 Subgrupo 2.1. El que corresponda en el Grupo 2 Subgrupo 2.1.
Cuidador de Escuela-Hogar. 1.393,20. 37,80.
Personal de Servicios Generales. El que corresponda en el Grupo 3. El que corresponda en el Grupo 3.

Plus de Residencia e Insularidad 2024:

Personal Docente sin concierto, din subvención y Personal de Administración y Servicios y Personal Complementario Titulado.

Confeccionadas para las 12 pagas.

A) Ceuta y Melilla

Grupo 1: Personal docente

1.1 De 1.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

1.2 De 2.ª Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En Régimen sin Concierto, sin Subvención.

Categoría Plus Trienio
Profesor. 446,45 30,23
Educador Infantil/Técnico. 339,50 23,98

1.3 De 1.º y 2.º Curso ESO.

1.6 De Educación Permanente de Adultos.

En Régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus Trienio
Profesor de 1.º y 2.º Curso ESO, Profesor Titular Educación Permanente de Adultos y Orientador Educativo Primaria y 1er Y 2.º curso ESO. 446,45 30,23
Prof. Adjunto, agreg. Educ. Permanente Adultos. 262,97 17,79

1.3 De 3.º y 4.º Curso ESO.

1.3 De Bachillerato.

1.4 De FP de Grados Medio Y Superior.

En Régimen sin concierto, sin subvenciones.

Categoría Plus Trienio
Profesores 3.º y 4.º curso ESO y Bachillerato, profesores titulares de FP de Grados Medio y Superior y Orientadores Educativos de 3.º y 4.º curso ESO, Bachillerato y FP de Grados Medios y Superior. 599,09 39,98
Profesores Adjuntos, agregados o auxiliares de FP de Grados Medio y Superior. 431,35 39,98

1.7 Otro personal.

Categoría Plus Trienio
Profesor actividades educativas extracurriculares, instructor o monitor y educador. 339,50 23,98

Grupo 2: Personal de Administración

2.1 Personal Administrativo.

Categoría Plus Trienio
Jefe de administración o secretaría. 431,79 25,81
Jefe de negociado. 264,17  
Oficial contable. 252,03  
Recepcionista. Telefonista. 220,58  
Auxiliar. 220,58  

2.2 Personal Auxiliar. 

Categoría Plus
Cuidador. 230,42

Grupo 3: Personal de Servicios Generales

3.1 Personal de portería y vigilancia.

Categoría Plus
Conserje. 264,11
Portero. 230,42
Guardia. Vigilante. 220,58

3.2 Personal de limpieza.

Categoría Plus
Gobernante. 264,11
Empleado de servicio de limpieza, de costura, lavado y plancha. 220,58

3.3 Personal de cocina y comedor.

Categoría Plus
Jefe de cocina. 252,03
Cocinero. 240,22
Ayudante de cocina. 230,42
Empleado del servicio de comedor. 220,58

3.4 Personal de mantenimiento y oficios generales.

Categoría Plus
Oficial de 1.ª de oficios 252,03
Oficial de 2.ª de oficios 230,42
Empleado de mantenimiento, jardinería y oficios varios 220,58
Conductores 252,03

B) Islas Canarias

Grupo 1: Personal docente

1.1 De 1er Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

1.2 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus
Profesor:  
– Islas mayores. 110,70
– Islas menores. 351,39
Educador infantil/Técnico. 74,52

1.3 De 1.º y 2.º curso ESO.

1.6 De Educación Permanente de Adultos.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus
Profesor 1.º y 2.º curso ESO, profesor titular educación permanente de adultos y orientador educativo de primaria y 1.º y 2.º curso de ESO:  
– Islas mayores 110,70
– Islas menores 351,39
Profesor adjunto, agregado educación permanente de adultos:  
Islas mayores. 58,19
Islas menores. 175,68

1.3 De 3.º y 4.º curso ESO.

1.3 De Bachillerato.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus
Profesores 3er y 4.º curso ESO y Bachillerato y Orientadores Educativos de 3er y 4.º curso ESO y Bachillerato:  
– Islas mayores. 106,81
– Islas menores. 348,27

1.4 De FP de grados medio y superior.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus
Profesores titulares de FP de grados medio y superior y Orientadores Educativos de FP de grados medio y superior. 104,78
Profesores adjuntos, Agregados de FP de grados medio y superior 98,69

1.7 Otro personal.

Categoría Plus
Profesor de actividades educativas extracurriculares. 80,23
Instructor o monitor y educador. 74,52

Grupo 2: Personal de Administración

2.1 Personal Administrativo.

Categoría Plus
Jefe de administración o secretaría. 96,81
Jefe de negociado. 81,54
Oficial. contable. 77,77
Recepcionista. telefonista. 68,05
Auxiliar. 68,05

 2.2 Personal Auxiliar.

Categoría Plus
Cuidador. 71,13

Grupo 3: Personal de Servicios Generales

3.1 Personal de portería y vigilancia.

Categoría Plus
Conserje. 81,51
Portero. 71,13
Guarda. Vigilante. 68,05

3.2 Personal de limpieza.

Categoría Plus
Gobernante. 81,51
Empleado de servicio de limpieza, de costura, lavado y plancha. 68,05

3.3 Personal de cocina y comedor.

Categoría Plus
Jefe de cocina. 77,77
Cocinero. 74,13
Ayudante de cocina. 71,13
Empleado del servicio de comedor. 68,05

3.4  Personal de mantenimiento y oficios generales.

Categoría Plus
Oficial de 1.ª de oficios. 77,77
Oficial de 2.ª de oficios. 71,13
Empleado de mantenimiento, jardinería y oficios varios. 68,05
Conductores. 77,77

C) Islas Baleares

Grupo 1: Personal docente

1.1 De 1.º Ciclo de Educación infantil (integrado).

1.2 De 2.º Ciclo de Educación infantil (integrado).

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus
Profesor. 52,72
Educador infantil/técnico 39,20

1.3 de 1.º y 2.º curso ESO.

1.6 de Educación permanente de adultos

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus
Profesor 1.º y 2.º curso ESO, profesor titular educación permanente de adultos y orientador educativo de primaria y 1.º y 2.º curso ESO. 52,72
Profesor adjunto, agregado educ. permanente de adultos. 31,06

13 De 3er y 4.º curso ESO.

1.3 De Bachillerato.

1.4 De FP de grados medios y superior

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus
Profesores de 3.º y 4.º curso ESO y bachillerato, profesores titulares de FP de grados medio y superior y orientadores educativos de 3.º y 4.º curso ESO, Bachillerato, FP de grados medio y superior. 70,72
Profesores adj., agregados o auxiliares de FP de grados medio y superior. 50,94

1.7 Otro personal.

Categoría Plus
Profesor de actividades educativas extracurriculares. 43,54
Instructor o monitor y educador. 39,20

Grupo 2: Personal de Administración

2.1 Personal administrativo.

Categoría Plus
Personal administrativo. 60,87

2.2 Personal auxiliar.

Categoría Plus
Cuidador. 46,65

Grupo 3: Personal de Servicios Generales

2.3 Personal de servicios generales.

Categoría Plus
Personal de servicios generales. 46,65
ANEXO I
Paga única convenio

PERSONAL DOCENTE

En régimen sin concierto, sin subvención

Grupo 1: Personal docente

De 1er Ciclo de educación Infantil (integrado).

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría General Por cada trienio cumplido a 31-12-2023
Profesor/maestro. 244,37 5,85
Educador infantil/técnico. 186,58 5,06

De 2.º ciclo de educación infantil (integrado).

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Profesor/Maestro. 244,37 5,85

1.2 De educación secundaria obligatoria.

En régimen sin concierto o sin subvención.

De 1.º y 2.º curso de ESO.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Director. 229,89 5,85
Complemento. 53,87 2,01
Subdirector. 229,89 5,85
Complemento. 38,76 1,79
Jefe de estudios. 229,89 5,85
Complemento. 34,88 1,67
Jefe de departamento. 229,89 5,85
Complemento. 31,02 1,49
Profesor. 229,89 5,85
Orientador educativo. 229,89 5,85

Complemento equiparación licenciados, grados o titulación equivalente y autorizada: paga compensatoria general de 40,07 euros con la adición de una paga compensatoria por cada trienio cumplido a 31 de diciembre de 2023 por importe de 1,52 euros para el profesor de jornada completa.

De 3.º y 4.º curso de ESO. 

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Director. 269,96 7,37
Complemento. 61,31 2,95
Subdirector. 269,96 7,37
Complemento. 53,87 2,59
Jefe de estudios. 269,96 7,37
Complemento. 53,87 2,59
Jefe de departamento. 269,96 7,37
Complemento. 43,75 2,10
Profesor. 269,96 7,37
Orientador Educativo. 269,96 7,37

1.3 De bachillerato.

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría General

Por cada

trienio cumplido

a 31-12-2023

Director. 282,32 7,37
Complemento. 60,10 2,95
Subdirector. 282,32 7,37
Complemento. 52,82 2,59
Jefe de estudios. 282,32 7,37
Complemento. 52,82 2,59
Jefe de departamento. 282,32 7,37
Complemento. 42,90 2,10
Profesor. 282,32 7,37
Orientador educativo. 282,32 7,37

Complemento bachillerato: paga compensatoria general de 13,72 euros para el profesor de jornada completa, en las condiciones previstas en el artículo 72.

1.4 De ciclos formativos de grados medio y superior.

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Director. 269,96 7,37
Complemento. 59,67 2,87
Subdirector. 269,96 7,37
Complemento. 52,42 2,52
Jefe de estudios. 269,96 7,37
Complemento. 50,12 2,43
Jefe de departamento. 269,96 7,37
Complemento. 42,68 2,05
Profesor titular. 269,96 7,37
Profesor adjunto, agregado o auxiliar. 253,38 7,37
Orientador educativo. 269,96 7,37

1.6 De educación permanente de adultos.

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Director. 244,37 5,85
Complemento. 53,87 2,01
Subdirector. 244,37 5,85
Complemento. 38,77 1,79
Jefe de estudios. 244,37 5,85
Complemento. 34,88 1,67
Jefe de departamento. 244,37 5,85
Complemento. 31,02 1,49
Profesor. 244,37 5,85
Profesor adjunto, agregado. 148,00 4,92

1.7 Otro personal.

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría General

Por cada Trienio cumplido

a 31-12-2023

Profesor actividades educativas extracurriculares. 207,32 5,31
Instructor o monitor. 186,58 5,06
Educador. 186,58 5,06

PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

Grupo 2: Personal de administración

2.1 Personal administrativo.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Jefe de administración o secretaría. 191,29 5,90
Jefe de negociado. 161,10 5,05
Oficial. contable. 153,70 4,99
Recepcionista. telefonista. 136,92 4,99
Auxiliar. 136,92 4,99

2.2 Personal auxiliar.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Cuidador. 140.51 4,99

Grupo 3: Personal de servicios generales

3.1 Personal de portería y vigilancia.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Conserje. 161,07 4,99
Portero. 140,51 4,99
Guarda. vigilante. 136,92 4,99

3.2 Personal de limpieza.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Gobernante. 161,07 4,99
Empleado de servicio de limpieza, de costura, lavado y plancha. 136,92 4,99

3.3 Personal de cocina y comedor.

Categoría

General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Jefe de cocina. 153,70 4,99
Cocinero. 146,50 4,99
Ayudante de cocina. 140,51 4,99
Empleado del servicio de comedor. 136,92 4,99

3.4 Personal de mantenimiento y oficios generales.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Oficial de 1.ª de oficios. 153,70 4,99
Oficial de 2.ª de oficios. 140,51 4,99
Empleado de mantenimiento, jardinería y oficios varios. 136,92 4,99
Conductores. 153,70 4,99

Centros residenciales (colegios menores, residencias de estudiantes y escuelas hogar).

Salarios del personal docente.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Director. 270,53 7,37
Subdirector. 263,10 7,37
Jefe de estudios /tutor. 254,56 7,07
Educador, capellán, médico y psicólogo. 244,80 5,83
Educador de escuela-hogar. 237,30 4,92

Salario del personal no docente:

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Personal administrativo La que corresponda en el grupo 2 Subgrupo 2.1. del apartado de Personal de administración y Servicios de este anexo I. La que corresponda en el Grupo 2 subgrupo 2.1. del apartado de personal de administración y servicios de este anexo I.
Cuidador de escuela-hogar 181,20 4,92
Personal de servicios generales La que corresponda en el grupo 3 del apartado de personal de administración y servicios de este anexo I. La que corresponda en el grupo 3 del apartado de personal de administración y Servicios de este anexo I.

Paga única convenio adicional para trabajadores que desarrollan su trabajo en Ceuta, Melilla, Islas Canarias e Islas Baleares.

Personal docente sin concierto, sin subvención y personal de administración y servicios.

A) Ceuta y Melilla

Grupo 1: Personal docente

De 1.º ciclo de educación infantil (integrado).

De 2.º ciclo de educación infantil (integrado).

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Profesor. 58,07 3,93
Educador infantil/técnico. 44,16 3,12

1.2 De educación primaria

1.3 De 1.º y 2.º curso ESO.

1.5 De educación especial (integrado).

1.6 De educación permanente de adultos.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Profesor de Educación Primaria, 1.º y 2.º curso ESO y educación especial (integrado), profesor titular educación permanente de adultos y orientador educativo primaria y 1er y 2.º curso ESO. 58,07 3,93
Prof. adjunto, agreg. educ. permanente adultos. 34,20 2,31

1.3 De 3.º y 4.º curso ESO.

1.3 De bachillerato.

1.4 De FP de grados medio y superior.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Profesores 3.º y 4.º curso ESO y bachillerato, profesores titulares de FP de grados medio y superior y orientadores educativos de 3.º y 4.º curso ESO, bachillerato y FP de grados medio y superior. 77,92 5,20
Profesores adjuntos, agregados o auxiliares de FP de grados medio y superior. 56,10 5,20

1.7 Otro personal.

Categoría General

Por cada

trienio cumplido

a 31-12-2023

Profesor actividades educativas extracurriculares, instructor o monitor y educador. 44,16 3,12

Grupo 2: Personal de administración

2.1 Personal administrativo.

Categoría

General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2023

Jefe de administración o secretaría. 56,16 3,36
Jefe de negociado. 34,36  
Oficial. Contable. 32,78  
Recepcionista. telefonista. 28,69  
Auxiliar. 28,69  

2.2 Personal auxiliar.

Categoría General
Cuidador. 29,97

Grupo 3: Personal de servicios generales

3.1 Personal de portería y vigilancia.

Categoría General
Conserje. 34,35
Portero. 29,97
Guarda. vigilante. 28,69

3.2 Personal de limpieza.

Categoría General
Gobernante. 34,35
Empleado de servicio de limpieza, de costura, lavado y plancha. 28,69

3.3 Personal de cocina y comedor.

Categoría General
Jefe de cocina. 32,78
Cocinero. 31,24
Ayudante de cocina. 29,97
Empleado del servicio de comedor. 28,69

3.4 Personal de mantenimiento y oficios generales.

Categoría General
Oficial de 1.ª de oficios 32,78
Oficial de 2.ª de oficios 29,97
Empleado de mantenimiento, jardinería y oficios varios 28,69
Conductores 32,78

B) Islas Canarias

Grupo 1: Personal docente

1.1 De 1er ciclo de educación infantil (integrado).

1.2 De 2.º ciclo de educación infantil (integrado).

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesor:  
– Islas mayores 14,40
– Islas menores 45,70
Educador infantil/técnico 9,69

1.3 De 1.º y 2.º curso ESO.

1.6 De educación permanente de adultos.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesor 1.º y 2.º curso ESO, profesor titular educación permanente de adultos y orientador educativo de primaria y 1.º y 2.º curso de eso:  
– Islas mayores 14,40
– Islas menores. 45,70
Profesor adjunto, agregado educación permanente de adultos:  
– Islas mayores. 7,57
– Islas menores. 22,85

1.3 De 3.º y 4.º curso ESO.

1.3 De bachillerato.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesores 3er y 4.º curso ESO y bachillerato y orientadores educativos de 3er y 4.º curso ESO y bachillerato:  
– Islas mayores. 13,89
– Islas menores. 45,30

1.4 De FP de grados medio y superior.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesores titulares de FP de grados medio y superior y orientadores educativos de FP de grados medio y superior. 13,63
Profesores adjuntos, agregados de FP de grados medio y superior. 12,84

1.5 De educación especial (integrado).

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesor. 15,63

1.7 Otro personal.

Categoría General
Profesor de actividades educativas extracurriculares. 10,44
Instructor o monitor y educador. 9,69

Grupo 2: Personal de administración

2.1 Personal administrativo.

Categoría General
Jefe de administración o secretaría. 12,59
Jefe de negociado. 10,61
Oficial. contable. 10,12
Recepcionista. telefonista. 8,85
Auxiliar. 8,85

2.2 Personal auxiliar.

Categoría General
Cuidador. 9,25

Grupo 3: Personal de servicios generales

3.1 Personal de portería y vigilancia.

Categoría General
Conserje 10,60
Portero 9,25
Guarda. vigilante. 8,85

3.2 Personal de limpieza.

Categoría General
Gobernante. 10,60
Empleado de servicio de limpieza, de costura, lavado y plancha. 8,85

3.3 Personal de cocina y comedor.

Categoría General
Jefe de cocina. 10,12
Cocinero. 9,64
Ayudante de cocina. 9,25
Empleado del servicio de comedor. 8,85

3.4 Personal de mantenimiento y oficios generales

Categoría General
Oficial de 1.ª de oficios. 10,12
Oficial de 2.ª de oficios. 9,25
Empleado de mantenimiento, jardinería y oficios varios. 8,85
Conductores. 10,12

C) Islas Baleares

Grupo 1: Personal docente

1.1 De 1.º Ciclo de educación infantil (integrado).

1.2 De 2.º Ciclo de educación infantil (integrado).

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesor. 6,86
Educador infantil/técnico. 5,10

1.2 De educación primaria

1.3 De 1.º y 2.º curso ESO.

1.5 De educación especial (integrado).

1.6 De educación permanente de adultos.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesor de primaria, 1.º y 2.º curso ESO y educación especial (integrado), profesor titular educación permanente de adultos y orientador educativo de primaria y 1.º y 2.º curso ESO. 6,86
Profesor adjunto, agregado educ. permanente de adultos. 4,04

1.3 De 3er y 4.º curso ESO.

1.3 De bachillerato.

1.4 De FP de grados medios y superior.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesores de 3.º y 4.º curso ESO y bachillerato, profesores titulares de FP de grados medio y superior y orientadores educativos de 3.º y 4.º curso ESO, bachillerato, FP de grados medio y superior. 9,20
Profesores adj., agregados o auxiliares de FP de grados medio y superior. 6,63

1.7 Otro personal.

Categoría General
Profesor de actividades educativas extracurriculares. 5,66
Instructor o monitor y educador. 5,10

Grupo 2: Personal de administración

2.1 Personal administrativo.

Categoría General
Personal administrativo. 7,92

2.2 Personal auxiliar.

Categoría General
Cuidador. 6,07

Grupo 3: Personal de servicios generales

2.3 Personal de servicios generales.

Categoría General
Personal de servicios generales. 6,07

Paga única convenio

Primero.

Se establece la obligación de abonar una paga convenio, por una sola vez, con carácter no consolidable ni actualizable, como gratificación para el personal docente en pago directo y personal de administración y servicios que se abonará antes del 30 de septiembre de 2025, con fecha de devengo del día 1 de enero de 2024.

Las cuantías correspondientes de esta paga por categorías son las establecidas en este anexo I.

Segundo.

Esta paga se abonará en proporción a la jornada de trabajo que tenga la persona trabajadora en la fecha de devengo de la misma.

ANEXO II
Complemento salarial por salidas escolares de más de un día de duración correspondiente a 2024 (anexo II del VII Convenio Colectivo)
  Euros
Por cada día lectivo o laborable no lectivo de presencia obligatoria en el centro que coincida con la salida. 58,06
Por cada día no lectivo o laborable de no presencia en el centro, incluidos los sábados, que coincida con una salida de carácter nacional. 92,85
Por cada día no lectivo o laborable de no presencia en el centro, incluidos los sábados, que coincida con una salida de carácter internacional. 104,45
Disposición adicional única.

Las diferencias que las empresas adeuden a sus trabajadores como consecuencia de la aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2024 de las tablas salariales, deberán quedar totalmente saldadas en el plazo de tres meses desde la publicación de estas tablas en el «Boletín Oficial del Estado».

Disposición transitoria primera. Complemento SMI.

En virtud de lo establecido en la normativa anual correspondiente, por el que se fija el salario mínimo interprofesional, ninguna persona trabajadora recibirá una retribución total a jornada completa inferior al salario mínimo interprofesional mensual en catorce pagas, señalado en la norma correspondiente. Si los ingresos por todos los conceptos que recibiese la persona trabajadora no alcanzasen la cuantía del SMI antes señalada, se establecerá un <«omplemento SMI», hasta alcanzar el importe antes mencionado que será absorbible y compensable.

Disposición transitoria segunda. Complemento temporal adicional.

El personal de administración y servicios de las siguientes categorías, que a la fecha de la firma de las presentes tablas salariales hayan cumplido, al menos un trienio de antigüedad, o lo cumplan hasta el 31 de diciembre de 2024, percibirán un complemento temporal adicional de 15 euros/mes, en catorce pagas con independencia del número de trienios que tenga cumplidos; en el caso de cumplimiento del primer trienio durante 2024 se tendrá derecho a la percepción de este complemento temporal a partir de dicho momento. Este complemento que figurará como ítem diferenciado en la nómina con la denominación de «complemento temporal adicional 2024», se percibirá exclusivamente hasta el 31 de diciembre de 2024, siendo absorbible y compensable cualquier incremento en las tablas que se produzca. Este complemento será abonado en proporción a la jornada prestada por la persona trabajadora.

Recepcionista. Telefonista. 15 euros/mes
Auxiliar Administrativo.
Cuidador.
Portero.
Guarda. Vigilante.
Empleado del Servicio de Limpieza, Costura, Lavado y Plancha.
Cocinero.
Ayudante de Cocina.
Empleado del Servicio de Comedor.
Oficial de 2.ª de Oficios.
Empleado de Mantenimiento, Jardinería y Oficios Varios.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/01/2025
  • Fecha de publicación: 06/02/2025
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 15 de septiembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-15665).
Materias
  • Centros de enseñanza privada
  • Convenios colectivos

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