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Documento BOE-A-2023-4220

Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo relativo al Convenio colectivo general del sector de la construcción.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2023, páginas 23969 a 23971 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2023-4220
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2023/02/06/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de 20 de diciembre de 2022 en la que se contiene el acuerdo relativo a cómo proceder con el 1% dispuesto en el artículo 52 bis.3.a) del Convenio colectivo general del sector de la construcción (código de convenio núm. 99005585011900), Acta que fue suscrita de una parte por la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO. del Hábitat y UGT-FICA en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 6 de febrero de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE LA 13.ª REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VII CONVENIO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

En representación laboral:

CC.OO. del Hábitat, don Juan José Montoya Pérez y don David Juan Pérez Martínez.

UGT-FICA, don Sergio Estela Gallego, don Juan José Escrig Gil, don Constantino Mostaza Saavedra y don José Jesús Rodríguez Guerrero.

FCM-CIG, don Marcos Sánchez Branco y don Plácido Valencia Rodríguez.

En representación empresarial:

CNC, don Marcos Cañadas Bores, don Eugenio Corral Álvarez, don Juan Manuel Cruz Palacios, don Josep Donés Barcons, don Pedro García Díaz, doña Mercedes Girón Torrano, doña María José Leguina Leguina, don Ángel Ignacio León Ruiz, don José Félix Palomino Cantarellas, don Joaquín Pedriza Bermejillo, don Ignasi Puig Abos, don Francisco Ruano Tellaeche, don Mariano Sanz Loriente, don Francisco Santos Martín y doña Sandra Verger Rufián.

En Madrid, a veinte de diciembre de dos mil veintidós, de forma mixta, presencial y por videoconferencia, conforme se establece en el artículo 3 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, previamente convocados, se reúnen los relacionados al margen, en la representación que en el mismo consta.

El representante de ELA Industria Eraikuntza debidamente convocado no comparece.

La reunión tiene por objeto continuar con la reunión de esta Comisión Negociadora aplazada, en primer lugar para el día 16 de diciembre a las 9:00 horas y, posteriormente siguiendo la reserva de fechas previstas en la última reunión, para el día 20 de diciembre a las 16:00 horas referida a la negociación del VII Convenio General del Sector de la Construcción (CGSC) (número de Código 99005585011900). Se procede por los asistentes al estudio de los diferentes puntos del orden del día:

1. Constitución de la Comisión Promotora del Plan de Pensiones conforme a lo establecido artículo 69 del Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de los Fondos y Planes de Pensiones.

En este punto la Comisión Negociadora entiende necesario seguir profundizando en el estudio del Reglamento de Especificaciones del Plan de Pensiones y decide aplazar la reunión para proseguir con ella el próximo día 13 de enero de 2023, a las 9:00 horas.

2. Fijación del calendario de reuniones de la Comisión Promotora.

Para una correcta promoción y formalización del citado Plan de Pensiones se acuerda dejar sin efecto la anterior reserva de fechas efectuada en la pasada reunión y hacer una nueva reserva de fechas para futuras reuniones:

– 13 de enero de 2023, 9:00 h.

– 17 de enero de 2023, 9:00 h.

3. Cómo proceder con el 1% dispuesto en la letra a) de apartado 3 del artículo 52 bis del VI Convenio General del Sector de la Construcción.

Las partes firmantes del Convenio General del Sector de la construcción llegan al siguiente acuerdo:

Acuerdo único:

En virtud de lo dispuesto en el artículo 52 bis, apartado 4, del Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción, se acuerda que el 1 por ciento a que se refiere el apartado 3.a) del indicado artículo se destinará al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado Sectorial de la Construcción, cuya promoción y formalización se acordó iniciar en la reunión de la Comisión Negociadora del citado Convenio celebrada el día 2 de diciembre del presente año.

El ingreso de la contribución correspondiente al indicado 1 por ciento se efectuará dentro de los 90 días siguientes a que dicho Plan de Pensiones se haya integrado en el Fondo de Pensiones que se determine y se hayan cumplido los trámites y requisitos establecidos en la normativa de aplicación.

La representación de FCM-CIG manifiesta: «El 1% de aportaciones al plan de pensiones para el 2022 pase a tablas salariales de ese año y que para el 2023 que se aplique la aportación del acuerdo más un 1% a mayores por la parte empresarial». El representante de FCM-CIG manifiesta su desacuerdo con este acuerdo.

4. Ruegos y preguntas.

No hay asuntos que tratar en este punto.

Y sin más asuntos que tratar, previa redacción y aprobación de la presente acta, firmada esta acta por un representante de cada organización, se acuerda su remisión por el Secretario de esta Comisión Negociadora, don Mariano Sanz Loriente, a la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social, a efectos de su registro y posterior publicación del acuerdo que contiene en el «Boletín Oficial del Estado».

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 06/02/2023
  • Fecha de publicación: 16/02/2023
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 21 de septiembre de 2017 (Ref. BOE-A-2017-10951).
Materias
  • Construcciones
  • Convenios colectivos
  • Industria de la construcción
  • Negociación colectiva

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